Decreto Nº 522 - Declara Reserva Marina del Ostión del Norte en La Rinconada (II Región) y regula las actividades en el área
Made 1997-09-15 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- molluscs, protected fishing area, fishery management and conservation
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MINlSTERIO DE ECONOMJA FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA MINISTERIO DE HACIENDA OFICINA DE PARTES DECLARA RESERVA MARINA DEL OSTION DEL NORTE EN LA RlNCONADA (II REGION) Y REGULA LAS ACTlVU)ADES EN EL AREA RECIBIDO SANTIAGO, 15 S£1. '1997 CONSIDERANDO: Que es necesario establecer medidas de adrninistracion que involucren la conservacion integral, ecosistemica, de recursos hidrobiologicos y de su ambiente, en areas geograficas definidas, de acuerdo a 10 sefialado en los articulos 2°, numeral 43; y 48, letra b, de la Ley N° 18.892 Y sus modificaciones. Que el banco de ostion del norte en La Rinconada cumple con los requisitos para convertirse en una area marina protegida que involucre la utilizacion sustentable del recurso y la participacion activa de los agentes del sector, de acuerdo a los lineamientos basicos propuestos par la Subsecretaria de Pesca. Que el recurso-objetivo de la reserva marina, el ostion del Norte (Argopecten purpuratus) rer.resenta una importante fuente economics para el pais, que sus bancos naturales son actualmente escasos debido a una intensiva extraccion, y que el banco existente en el sector de La Rinconada es uno de los mas importantes del pais, tanto en tamafio como en diversidad genetica. I r'22"J VISTO: Lo informado par el Departamento de Pesquerias de esta Subsecretaria de Pesca en Informe Tecnico (R PESQ) N° 3 del 3 de febrero de 1997; el Informe Tecnico del Consejo Zonal de Pesca de la I y II Regiones, contenido en Ordinario N° 25, del 16 de abril de 1997; el Informe de la Subsecretaria de Marina, contenido en el Ordinaria SSM (BC) N° 602511288, del 15 de mayo de 1997; 10 dispuesto en el D.F.L. N° 5, de 1983; la Ley N° 18.892 Y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430. de 1991, del Ministerio de Economia, Fomento ~' Reconstruccion. .. ..- -- .,--" - --". . CONTRAlORIA GENERAL TOMA DE RAZON R E C E P C I ON C ~RT. c--. J ,"DICO 0-. DEP T. R. Y REGISTRO DEPART. CONTABIL. . .. SUB OEP. -'--" C CENTRAl. 1------- SUB. DEP. E. ClJENTAS . SUB. DFP. C. P Y ~ BIENES NAC. DEPART. AUDITORIA OJOPI\RTVIC J ~ T. SUB.OEP. MUNICIP. R E F R E N D A C I 0 N . REF. POR $ ........... IMPUTAC. ....... .. ANOT. POR $ .. , .... , ....... ,. IMPlJTAC. ....... .... .... ..... .......... ... .. , .. ......... ........... DEDUC. DTO. .... " ..... ... 6P Que el Consejo Zonal de Pesca ha emitido su Infonne Tecnico en los terminos establecidos en el articulo 48 de la Ley N° 18.892 Ysus modificaciones. I .I •• -''''. - . .-..........- ., 'i . "'" J'. D. t 1\ N 1.7 ! C; I AL l'J ' t..!'3.2(.(:?:-';:o...et.0... .:::"4".II..a.Y..:.v.•.tJ., ,.• • • ra"I~11i ~~~~~"~vr In 1 f DECRETO: Articulo 1°. Crease la Reserva Marina denominada "La Rinconada", ubicada en el sector La Rinconada, comuna de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, IT Region. Las coordenadas geograficas del area de reserva marina son las siguientes, de acuerdo a la carta base SHOA N° 1.300: c VERTICEA): VERTICEB): VERTICEC): VERTICED): .VERTICE E): 23°29'02,06" S 23°28' 49,78" S 23°28'24,25" S 23°27'52,00" S 23°28'58,08" S 70°30' 55, ]7" W 70°30'55,]5" W 70°30'58,62" W 70°29'35,86" W 70°29'45,88" W Articulo 2°. El area de reserva marina quedara bajo la tuicion del Servicio Nacional de Pesca, se regira por un Plan de Administraci6n, y las actividades en su interior deberan sujetarse a las normas de la Ley General de Pesca y Acuicultura y reglamentos que se dicten para estos efectos. Articulo 3°. El Servicio Nacional de Pesca debera adoptar las medidas necesarias para supervisar y coordinar las acciones de administracion del area, y efectuar los controles necesarios para lograr un efectivo cumplimiento de las disposiciones del presente decreta. ANOTESE, TOMESE RAZON Y PUBLIQUESE EDUARDO FREI RUIZ-TAGl,E Presidente de la Republica . "ALVAl .'\ :tv . \ , . ' " :,\ FOl \ ',} .\'.~.\:d/ ·····D)'/I ~o¥ ....<, Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento Saluda • :Q'~~~~UEL CRUZ SANCHEZ etario de Pesca