Decreto Nº 3 - Suspende temporalmente veda extractiva del recurso Macha en área y período que indica, y establece cuota anual de captura que señala
Made 2015-01-06 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- marine fisheries, molluscs, seasons, total allowable catch, fishery management and conservation
Where to read it
No source link is recorded for this law.
Text
The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 09-Mar-2015 Tipo Norma :Decreto 3 EXENTO Fecha Publicación :14-01-2015 Fecha Promulgación :06-01-2015 Organismo :MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO; SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA Título :SUSPENDE TEMPORALMENTE VEDA EXTRACTIVA DEL RECURSO MACHA EN ÁREA Y PERÍODO QUE INDICA, Y ESTABLECE CUOTA ANUAL DE CAPTURA QUE SEÑALA Tipo Versión :Unica De : 14-01-2015 Inicio Vigencia :14-01-2015 Fin Vigencia :31-12-2015 Id Norma :1073470 URL :http://www.leychile.cl/N?i=1073470&f=2015-01-14&p= SUSPENDE TEMPORALMENTE VEDA EXTRACTIVA DEL RECURSO MACHA EN ÁREA Y PERÍODO QUE INDICA, Y ESTABLECE CUOTA ANUAL DE CAPTURA QUE SEÑALA Por decreto exento Nº3, de 6 de enero de 2015, de este Ministerio, se suspende vigencia veda extractiva para recurso Macha, establecida por decreto exento Nº 971, de 2014, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, entre fecha de publicación del presente decreto, de conformidad con Ley General de Pesca y Acuicultura, y hasta el 31 de diciembre de 2015, para el área marítima correspondiente a Pucaihuen, X Región, comprendida entre los paralelos 43º19'03" Latitud Sur, y 43º24'54" Latitud Sur. Asimismo, fíjase para año 2015 cuota anual de captura de 271 toneladas del recurso Macha, a ser extraídas en el área ya indicada. Las capturas que se efectúen entre el 1º de enero de 2014 y la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial, se imputarán a la cuota anual de captura autorizada en el presente decreto. El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. Valparaíso, 6 de enero de 2015.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura. http://www.leychile.cl/