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Laws of Chile

Decreto Nº 281 - Norma técnica NCh1933.Of99: Requisitos de limones

Made 1999-12-28 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Food and nutrition
Keywords
food safety and quality, fruits/edible nuts

Where to read it

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Text

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  1. DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Santiago, 28 de diciembre de 1999.- Hoy se decretó lo que sigue: Decreto Núm. 281 exento.- Visto: Lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización por oficio Nº 15489-300, de 1999; los decretos Nº 456, de 1968 y Nº 186, de 1994, ambos del Ministerio de Agricultura; el DFL Nº 294 de 1960; y los artículos 32, Nº 8 y 35º de la Constitución Política del Estado, Decreto: Artículo 1º.- Declárase Norma Oficial de la República de Chile, la siguiente norma chilena con sus respectivos códigos y títulos de identificación: NCh1933.Of 1999 Limones - requisitos. Artículo 2º.- Por el presente decreto se anulan y reemplazan las siguientes normas: NCh1933. Of 83 Limones para exportación - Requisitos, declarada Norma Chilena Oficial de la República de Chile por decreto Nº 131, de fecha 18 de octubre de 1983, del Ministerio de Agricultura y publicado en el Diario Oficial de 26 de noviembre de 1983. NCh 1576. Of 80 Limones - Requisitos, declarada Norma Chilena Oficial de la República de Chile por decreto Nº 44, de fecha 22 de febrero de 1980, del Ministerio de Agricultura y publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1980. Artículo 3º.- La norma identificada tendrá vigencia a partir de la fecha de publicación de este decreto en el Diario Oficial. Artículo 4º.- El texto íntegro de la norma será publicado en documentos oficiales del Instituto Nacional de Normalización. Artículo 5º.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dicha norma, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República, y además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares a este Ministerio. Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Angel Sartori Arellano, Ministro de Agricultura. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jean Jacques Duhart Saurel, Subsecretario de Agricultura.

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