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Laws of Chile

Decreto Nº 279 – Declara Norma Oficiale de la República de Chile la que indica

Made 2007-06-19 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Forestry
Keywords
standards, timber, classification/declassification

Where to read it

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Text

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  1. Decreto 279 EXENTO, AGRICULTURA (2007) Decreto 279 EXENTO, AGRICULTURA (2007) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 22-Jun-2025 página 1 de 1 Decreto 279 EXENTO DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE LA QUE INDICA MINISTERIO DE AGRICULTURA Publicación: 06-JUL-2007 | Promulgación: 19-JUN-2007 Versión: Única De : 06-JUL-2007 Url Corta: https://bcn.cl/3mc27 DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE LA QUE INDICA Santiago, 19 de junio de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 279 exento.- Visto: lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización por oficio Nº 3000-0553-05, de fecha 15 de noviembre de 2005; lo informado por la Directora Ejecutiva de CONAF mediante oficio Ord. Nº 036, de 8 de junio de 2007; los decretos Nº 456, de 1968 y Nº 186, de 1994, ambos del Ministerio de Agricultura; el DFL Nº 294 de 1960, la resolución Nº 520, de 1996 y sus modificaciones posteriores, de la Contraloría General de la República, Decreto: Artículo 1º.- Declárase Norma Oficial de la República de Chile, la siguiente norma chilena con su respectivo código y título de identificación: NCh 178-2005 Madera aserrada de pino radiata - Clasificación por aspecto. Artículo 2º.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial. La norma identificada en él tendrá vigencia a partir de la fecha de su publicación. Artículo 3º.- El texto íntegro de la norma será publicado en documentos oficiales del Instituto Nacional de Normalización. Artículo 4º.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dicha norma, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares a este Ministerio. Artículo 5º.- Déjase sin efecto, a contar de la entrada en vigencia del presente decreto, el decreto Nº 70, de 27 de febrero de 1979, del Ministerio de Agricultura, mediante el cual se declaró Norma Chilena Oficial a la NCh178.Of79 Madera aserrada de pino insigne - Clasificación por aspecto. Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Alvaro Rojas Marín, Ministro de Agricultura. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Cecilia Leiva Montenegro, Subsecretaria de Agricultura. https://www.leychile.cl/ Encabezado ARTíCULO 1 ARTíCULO 2 ARTíCULO 3 ARTíCULO 4 ARTíCULO 5 Promulgación

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