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Laws of Chile

Decreto Nº 230 - Normas técnicas NCh2571.Of01 y NCh2608.Of01: Requisitos para el maíz y arvejas congelados

Made 2001-08-08 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Food and nutrition
Keywords
food safety and quality, cereals/grains/rice, vegetables/legumes, milk/dairy products, residues, agricultural commodities
Categories
agriculture

Where to read it

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Text

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  1. Ministerio de Agricultura DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPUBLICA DE CHILE Santiago, 8 de agosto de 2001.- Hoy se decretó lo que sigue: Decreto Núm. 230 exento.- Visto: Lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización por oficio Nº 17.230-300, de fecha 11 de julio de 2001; el informe del Servicio Agrícola y Ganadero contenido en el oficio Nº 6.447, de 24 de julio de 2001; los decretos Nº 456, de 1968 y Nº 186, de 1994, ambos del Ministerio de Agricultura; el DFL Nº 294 de 1960; el artículo 22 de la ley Nº 18.575 y los artículos 32, Nº 8 y 35º de la Constitución Política de la República, Decreto: Artículo 1º.- Declárase Normas Oficiales de la República de Chile, las siguientes normas chilenas con sus respectivos códigos y títulos de identificación: NCh2571.Of2001 Maíz en grano entero congelado rápidamente en forma individual (I.Q.F.) - Requisitos. NCh2608.Of2001 Arvejas congeladas rápidamente en forma individual (I.Q.F.) Requisitos. Artículo 2º.- Las normas identificadas tendrán vigencia a partir de la fecha de publicación de este decreto en el Diario Oficial. Artículo 3º.- El texto íntegro de las normas indicadas en el Nº 1 precedente será publicado en documentos oficiales del Instituto Nacional de Normalización. Artículo 4º.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dichas normas, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares a este Ministerio. Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Arturo Barrera Miranda, Ministro de Agricultura (S). Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Arturo Barrera Miranda, Subsecretario de Agricultura.

Decreto Nº 230 - Normas técnicas NCh2571.Of01 y NCh2608.Of01: Requisitos para el maíz y arvejas congelados · Nelum