Decreto Nº 157 - Declara las enfermedades Aborto Enzoótico Ovino (Clamydia Psittaci) y la Fiebre Q (Coxiella Burnetii) de denuncia obligatoria
Made 2000-11-16 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Livestock
- Keywords
- animal health, cattle, sheep/goats, hygiene/sanitary procedures, pests/diseases
Where to read it
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Text
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Ministerio de Agricultura DECLARA ENFERMEDAD INFECTO CONTAGIOSA Y DE DENUNCIA OBLIGATORIA Y OBJETO DE MEDIDAS SANITARIAS A LAS ENFERMEDADES DE LOS ANIMALES DENOMINADA ABORTO ENZOOTICO OVINO Y FIEBRE Q DE LOS OVINOS, CAPRINOS Y BOVINOS Santiago, 16 de noviembre de 2000.- Hoy se decretó lo que sigue: Decreto Núm. 216 exento.- Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Agricultura; en el DFL RRA Nº 16, de 1963, sobre Sanidad Animal; en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley Nº 19.283; el decreto Nº 186, de 1994, del Ministerio del Interior, y Considerando: Que se ha comprobado la presencia de las enfermedades denominadas Aborto Enzoótico Ovino y Fiebre Q en las especies ovinas, caprinas y bovina, en el país. Que dichas enfermedades transmisibles permanecen en los animales infectados como portadores de por vida, lo que contribuye a una mayor diseminación de la enfermedad. Que por estas razones, es conveniente establecer las medidas sanitarias que permitan la prevención, control y erradicación de esta enfermedad, Decreto: 1.- Declárase enfermedad infecto contagiosa de denuncia obligatoria y, por consiguiente, objeto de medidas sanitarias, el Aborto Enzoótico Ovino (Clamydia Psittaci) y la Fiebre Q (Coxiella Burnetii) que afecta a los ovinos, caprinos y bovinos. 2.- Serán aplicables en la prevención, control y erradicación de esta enfermedad, las normas contenidas en el DFL RRA Nº 16, de 1963, y las que para el efecto emita el Servicio Agrícola y Ganadero. Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jaime Campos Quiroga, Ministro de Agricultura. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Arturo Barrera Miranda, Subsecretario de Agricultura.