Decreto Nº 1.681 - Modifica el Decreto Nº 430 de 2000, que establece áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos para la IV Región
Made 2006-12-29 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- marine fisheries, artisanal fisheries, protected fishing area, fishery management and conservation
Where to read it
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SUBSECRETARIA DE PESCA MODIFICA DECRETO Nº 430 DE 2000, QUE ESTABLECE AREA DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS EN LA IV REGION Núm. 1.681 exento.- Santiago, 29 de diciembre de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura, Nº 18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.F.L. Nº 5 de 1983; los D.S. Nº 355 de 1995, Nº 572 y Nº 430, ambos de 2000 y Nº 253 de 2002, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el memorándum técnico DAD Nº 20/06 de fecha 1 de diciembre de 2006, de la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca; el D.S. Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República. Considerando: Que el artículo 1º del decreto supremo Nº 430 de 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobó el establecimiento de un área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Chungungo Sector A, en la IV Región, de conformidad con la facultad y el procedimiento establecido en el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura; Que mediante memorándum técnico citado en Visto, la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, recomienda modificar las coordenadas geográficas del área de manejo y explotación de recursos bentónicos antes individualizada, con el objeto de regularizar la cartografía base del área; D e c r e t o: Artículo 1º. Modifícase el artículo 1º del decreto supremo Nº 430 de 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Chungungo Sector A, en la IV Región, en el sentido de reemplazar sus coordenadas geográficas por las siguientes: CARTA IGM 2915-7115; 1ª ED. 1967; ESC. 1:50.000 Puntos Latitud Longitud A 29° 26' 43.58" 071° 18' 53.41" B 29° 27' 30.96" 071° 19' 15.31" C 29° 27' 32.59" 071° 18' 58.59" Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Sra. Presidenta de la República, Alejandro Ferreiro Yazigi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.