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Laws of Chile

Decreto exento N° 698 – Fija valor de sanción de especies hidrobiológicas que indica, período 2017-2018

Made 2017-11-16 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Chile
Subjects
Fisheries and aquaculture
Keywords
offences/penalties, marine fisheries

Where to read it

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Text

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  1. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 12-Ene-2018 Tipo Norma :Decreto 698 EXENTO Fecha Publicación :22-11-2017 Fecha Promulgación :16-11-2017 Organismo :MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO; SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA Título :FIJA VALOR DE SANCIÓN DE ESPECIES HIDROBIOLÓGICAS QUE INDICA PERIODO 2017-2018 Tipo Versión :Única De : 22-11-2017 Inicio Vigencia :22-11-2017 Id Norma :1111120 URL :https://www.leychile.cl/N?i=1111120&f=2017-11-22&p= FIJA VALOR DE SANCIÓN DE ESPECIES HIDROBIOLÓGICAS QUE INDICA PERIODO 2017-2018 Por decreto exento N° 698, de 16 de noviembre de 2017, de este Ministerio, fíjanse los valores de sanción de las especies hidrobiológicas que a continuación se indican, los que servirán de unidad de cuenta para los efectos de la aplicación de las sanciones que se establecen en la Ley General de Pesca y Acuicultura: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 12-Ene-2018 Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 12-Ene-2018 MAMÍFEROS, AVES Y REPTILES MARINOS INCLUIDOS EN APÉNDICE I DE LA CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES (CITES A.I.) Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 12-Ene-2018 Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 12-Ene-2018 Los valores de sanción indicados en el artículo precedente regirán por el término de un año, contado desde la fecha de publicación del presente decreto de conformidad con el artículo 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura. El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. Valparaíso, 16 de noviembre de 2017.- Paolo Trejo Carmona, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).

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