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Laws of Bolivia

Resolución Nº 63 - Normas para la certificación de semillas de arroz

Made 2001-05-04 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Bolivia
Subjects
Cultivated plants
Keywords
plant production, seeds/planting material, cereals/grains/rice, certification, registration, plant variety, crops, agricultural commodities
Categories
agriculture

Where to read it

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Text

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  1. Norma Específica de Certificación de Semilla de Arroz – R.M. 063 del 04-05-01 Programa Nacional de Semillas (PNS) 1 NORMAS ESPECIFICAS PARA LA CERTIFICACION DE SEMILLAS DE ARROZ Oriza sativa L. 1. Aislamiento Todo campo semillero, deberá constituir una unidad claramente definida a fin de evitar mezclas varietales en siembra y cosecha. La separación mínima entre campos semilleros deberá ser de dos metros. 2. Requisitos en campo El cultivo semillero deberá establecerse en un campo en el cual no se haya sembrado la misma especie durante la campaña anterior. Durante las inspecciones se evaluará el estado general del campo semillero, y se constatará el cumplimiento de los requisitos que se indican a continuación: CATEGORÍAS DETERMINACIONES BASICA REGISTRADA CERTIFICADA Panojas de otras variedades y/o atípicas 1:1000 2:1000 5:1000 Malezas prohibidas (1) 0 0 0 Arroz Rojo panojas 0 2:10.000 4:10.000 Nº mínimo de sub-muestras 10 10 10 Nº de panojas examinadas Por sub-muestras 1000 1000 1000 Área máxima por campo (Ha) 20 40 80 Malezas comunes Plantas de otras especies Que no compitan significativamente y que no causen daño en cosecha Porcentaje máximo de manchado del grano causado por enfermedades (%) 15 15 15 1/ Se considera como maleza prohibida a la Rogelia Rottboellia cochinchinensis, Maicillo Sorghum sudanense, Camotillo, Ipomoea spp, Sorgo de Alepo Sorghum halepense y otras que representen un peligro de diseminación a través de la semilla de arroz. Los niveles indicados en el cuadro se exigirán en el momento de la cosecha o cuando el inspector así lo determine. 3. Requisitos de Laboratorio La muestra oficial para propósitos de certificación debe realizarse después de haber pasado el período de latencia de la misma. Para cumplir con los requisitos de Certificación, la semilla deberá cumplir con los siguientes límites de tolerancia exigidos en laboratorio. Norma Específica de Certificación de Semilla de Arroz – R.M. 063 del 04-05-01 Programa Nacional de Semillas (PNS) 2 CATEGORÍAS DETERMINACIONES BASICA REGISTRADA CERTIFICADA Pureza Física % mínimo 98 98 98 Materia Inerte % máximo 2 2 2 Semilla de otras variedades y/o atípicas 1:1000 2:1000 5:1000 Semillas de otros cultivos máximo/Kg. 0 5 15 Semillas de malezas prohibidas máximo/Kg. 0 0 0 Arroz Rojo 0 3:10.000 6:10.000 Semilla desnuda 5:1000 :1000 5:1000 Semillas de malezas comunes máximo/Kg. 0 5 10 Humedad % máximo 14 14 14 Germinación % mínimo - - 80 * Porcentaje máximo de manchado del grano causado por enfermedades 15 15 15 No se establece un mínimo de germinación por ser categorías para multiplicaciones posteriores. * Certificada Premium 90% 4. Generaciones Se establece el siguiente número de generaciones: Categoría Generaciones Básica 1 Básica Básica 2 Registrada 1 Registrada Registrada 2 Certificada Generación única SECUENCIA OBLIGATORIA [FIN DEL DOCUMENTO]

Resolución Nº 63 - Normas para la certificación de semillas de arroz · Nelum