Resolución Administrativa SENASAG Nº 277/2021 - Aprueba el Manual de procedimiento fitosanitario para la importación de productos y subproductos de origen vegetal
Made 2021-09-08 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Bolivia
- Subjects
- Food and nutrition, Cultivated plants
- Keywords
- agricultural commodities, food safety and quality, inspection, authorization/permit, plant protection, international trade, quarantine
- Categories
- *, agriculture
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VISTOS: IVIINii,Trn1u ilE Dl SAllHOLI Cl Hllhii\l V Ill Hl{/1S RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 277 /2021 Santisima Trinidad, 08 de septiembre de 2021 El Inform Tecnico SENASAG/JNSV /N° 08/2021 de fecha 16 de agosto de 2021, Comunicaci6n Interna CI/SENASAG/AICV/N° 67/2021 de fecha 27 de agosto de 2021, Manual de Procedimientos Fitosanitario para la Importaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal y todo lo que convino ver; CONSIDERANDO: Que, la Conslituci6n Politica del Estado preve en su articulo 232 que: La Adminislraci6n Publica e rige por lo principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interes social, etica, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resu I tados. Que, el articulo 405 del mismo cuerpo Constitucional, determina que: El desarrollo rural int gral sustentable es parte fundamental de las politicas econ6micas del Estado, que priorizara sus acciones para el fomento de todos los emprendimientos econ6micos comunitarios y del conjunto de los actores rurales, con enfasis en la seguridad y en la soberania alimentaria. Que, el para.grafo I del articulo 406 de! Texto Constitucional, establece que el estado garantizara el dcsa.rrollo rural integral sustentable por media de politicas, planes, programas y proyectos integrales de fomento a la producci6n agropecuaria, arLesanal, forestal y al turismo, con el objetivo de obtener el mejor aprovechamiento, transformacion, industrializaci6n y comercializaci6n de los recursos naturales renovables. Que, el numeral 1 del articulo 407 de la Norma Suprema del Estado, senala que uno de los objetivos de la politica de desarrollo rural integral del Estado, en coordinaci6n con las entidade territoriales aut6nomas y descentralizadas, garantizar la soberania y seguridad alimenla.ria priorizando la producci6n y consumo de alimento de origen agropecuario producidos en el territorio boliviano. Que, el numeral 4 de! articulo 12 de la Ley N° 144 de 26 de junio de 2011 "Ley de R!:!voluci6n Productivo Comunitario Agropecuaria", dispone que el fomento a la prodµcci6n cs una de las politicas de Estado en el marco del desarrollo rural integral sustentable y de la seguridad con soberania alimentaria para la implementaci6n del proceso de la Revoluci6n Productiva Comunitaria Agropecuaria. Que, la Ley N° 2061 de 16 de marzo de 2000, se crea el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria - SENASAG, como estructura operativa del Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural, hoy Miqi,sterio de Desarrollo Rural y 1'ierras, encargado de administrar el Regimen de Sanigaq Agropecuaria e lnoculdad Alimentaria; en el mar·co de los establecido en el arti¢ulq 9 de la Ley de Organizaci6n de! Pod er Ejecu tivo. • ,.-;: Que, el Decreto Supremo 25729 de! 07 de abril del 2000, que reglamenta la organizaci6n y atribuciones del Servicio Nacional de Sanidad ·Ag0ropecuaria e Inocuidad Alimentaria - SENASAG, • en su articulo 3 que: La misi6n institucional del SENASAO es a w:rnfi; el regimen especifico de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentclfl- ei ·q~e rritorio nacional; con atribuciones ;(:,, ,, ,,. . de pre~ervar: la condici 6n ~anitaria lit)![f,~?!{I;',,.~ p~oductivo agropecuario y f~restal, E : \l "•--ii meJorarmento samtano de la p.~1/ animal y vegetal y,. garant1zar la "'j~\\·] l] • ,'x,:.,.v .,,.,., ... ,n,{r.}. ~., ...,. G;YV.'U~Y ..... ~r"("'(,) f,'\(,J ~•-,'/( ·~» ,Ro)'~~ '<'b-: X.'6 lC)·.1..)5,~'P',X.1'+,r. ~~ t\*uP ,.":, ' • SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAO ALIMENTARIA Av Jose Natusch Esq Fehx Sa11ori Telefonos· 591-3-4628105 • Fax: 591-3-4628683 Sitio web· www.senasag.gob.bo Tnn,dad - Bern - Bolivia P~glna 1 de 5 MINISTCRIO OE D~ 1;1\RROLI O lllllML Y I ii Hll/\S inocuidad de los alimentos en los tramos productivos y de procesamiento que correspondan al sector agropecuario. Que, el arliculo 4 del mismo cuerpo legal precisa que: El regimen legal especifico de! SENASAG es la Sanidad e lnocuidad Alimentaria, en el marco establecido por la Ley N° 206], cl prescnte Decreto Supremo y las normas vigentes. Por su parte el articulo 5 de! mismo Dccreto Reglamentario dispone que: El SENASAG tiene independencia de gesti6n tecnica, legal y administrativa. Su dependencia funcional de! Viceministro de Agricultura, Ganaderia y Pesca, se entiende como la supervision de este sobre el cumplimiento de las normas, objetivos y resultados institucionales, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 41 de! Decreto Supremo N° 25055, de 23 de mayo de 1998. Que, el articulo 7 de! citado decreto Reglamentario, refiere que el SENASAG tiene entrc otras atribuciones: a) Administrar el regimen legal especifico de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria; b) Resolver los asuntos de su competencia mediantc Resoluciones Administrativas; c) Administrar la prestaci6n de servicios para el logro de su misi6n institucional; g) Reglamentar y administrar el sistema de cuarentena, para el control e inspecci6n fito y zoosanitaria en el comercio interno y extcrno de! pais; h) Reglamentar los requisitos sanitarios para la importaci6n de animales, vegetales, productos, subproductos de origen agropecuario, forestal e insumos agropecuarios; i) Reglamentar los procedimientos para la fiscalizaci6n, control y scguimiento, para la inocuidad alimentaria en los tramos productivos y de procesamiento de! sector agropecuario; k) Reglamentar la importaci6n, uso y otras actividadcs que se realicen con Organismos Vivos Modificados Geneticamente (OMGs), en coordinaci6n con otros organismos nacionales relacionados con esta materia; !) Reglamentar el sistema de acreditaci6n de servicios en el marco de la Ley N° 2061. Que, cl paragrafo II. de! articulo 10 de! mencionado Decreto Supremo Reglamentario, mentada, cstablece que el Director· de! SENASAG tiene entre otras atribuciones: a) Ejerccr la represcntaci6n legal de! SENASAG; b) Dirigir la instituci6n en todas sus actividades tecnico operativas y administrativas; c) Cumplir y hacer cumplir las normas lcgales y atribuciones de! SENASAG; d) Conocer y tramitar los asuntos que le son planteados en el marco de su competencia; e) Oictar resoluciones administrativas sobre asuntos de su competencia CONSIDERANDO: Que, Ley N° 830 de 06 de septiembre de 2016, "Ley de Sanidad Agropecuaria e Jnocuidad Alimentaria", que tiene por objeto establecer el marco normativo en materia de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria, instituye en su articulo 8 que: I. La autoridad Nacional competente, en materia de sanidE\q ;:tgropecuaria e inocuidad alimentaria, es el Servicio Nacional de Sanidad Agrop~cuaria e Inocuidad Alimentaria - SENASAG; II. El alcance de! SENASAG en el' ambito de sus atribuciones, se circunscribe a los servicios de alcance nacionaJ, en los tramos productivos y de procesamiento en todo el territorio de! estado R!urinacional de Bolivia. • • Quo, el artlculo 11 de! Capitulo III, establece que uno de lo& componet1~es de la Sanldad Agropecuarla e lnocuidad Alimentaria es la: Sanidad Vegetal, tlene como finalidad proteger, prevenir, erradicar pl;as y mejorar la condici6n fitosanitaria del patrimonio agricola, forestal y flora sil ~l pa.is a traves de! establecimiento de med id as fitosanitarias, regulando el 1 ~~ r6' ntrol, manejo y uso de los insumos • agricolas en el marco de las buena r2i<rt!~a icolas, con el prop6sito de prevenir .:\' .,,J.a discminaci6n e introducci6n de p gj~s:,c~ar tenarias que representen un riesgo ' I'·· ~ '' .; r . '1 ·. parr.i cl l:SLUl\.lS fiLosanito.rio. UOLIVIA '.·.. ,,,.,.~'<.•> ""'"" X <•~ ~~y <.<-•YY ,-..Y-:~ ,f ~'<,,x.'<"<),.,><.,,:)>''1(-C'>IU~">"~:i:'<~.lp(,~~~l4>'~~'l¼:t~~~ SERVICIO NACIONAL DE SANIDAO AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av, Jose Natusch Esq Felix Salton Telefonos· 591-3-4628105 • Fax: 591·3•4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Ben, - Bolrvia Pagina 2 de 5 MINl!:TEnlO I)[ fllSARROII O RUHAI Y f If HRAS Que, el articulo 15 de la citada Ley, precisa que: El SENASAG tienen entre otras atribuciones: 1. Proteger la condici6n sanitaria y fitosanitaria del patrimonio agropecuario y forestaJ; 2. Proponer y ejecutar las politicas, estrategias y planes para garantizar la Sanidad Agropecuaria y la Inocuidad Alimentaria; 3. Implementar y administrar el regisLro sanitario en materia de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, como el unico registro oficiaJ de! Estado PlurinacionaJ de Bolivia; 4. Elaborar y aprobar normas y reglamentos tecnicos en materia de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, en coordinaci6n con las instancias que corresponda. Que, el articulo 1 del Decreto Supremo N° 26590 de! 17 de abril de 2002, se establece que: el Pcrmiso Zoosanitario, Fitosanitario y /ode Inocuidad Alimentaria emitido por el "SENASAG" sera de exigencia obligatoria para la importaci6n de los productos indicados en la lista anexa aJ presente Decreto Supremo, previo cumplimiento de los requisilos sanitaries especificos. Que, el articulo 8 de! Decreto Supremo N° 2295 de! 18 de marzo de 2015, dispuso que: El Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Jnocuidad Alimentaria SENASAG, Banco Union S.A., Concesionarios de Dep6sitos Aduaneros, Despachantes y Agencias Despachantes d Aduana y otras entidades involucradas en el proceso de importaci6n de mercaderias, deberan constituirse en fronteras debiendo realizar sus funciones en los puntos fronterizos a fin de coadyuvar en el cumplimiento de los procedimientos y plazos establecidos en la presente norma. Que, el arliculo 3 de! Decreto Supremo N° 2522 del 16 de septiembre de 2016, estableci6 que: I. El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierra a traves de! Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria - SENASAG, emitira los Permisos Sanitaries y Fitosanitarios de Importaci6n previo al embarque en el pais de origen, mismos que seran requisitos para la certificaci6n de! despacho aduanero, conforme al listado de mercancias que en Anexo 2 adjunto, forma parte de! presente Decreto Supremo; II. El Permiso senalado en el paragrafo precedente debera estar vigente aJ momenta del ingreso de la mercancia a territorio nacional, el cual debera ser verificado por el SENASAG y presentado en la Aduana de ingreso por el transportista. Que, el aniculo Adicional Onico de! citado Decreto establece que: Se incorpora el paragrafo IV en el articulo 3 del Decreto Supremo N° 2295 de 18 de marzo de 2015, con el ~iguiente texto: "IV. Para las mercancias sujetas a certificaci6n el SENASAG, debera cmitir dicho documento en un plaza maxima de uni'J. (1) hora a partir de! registro de! Manifiesto Internacional de Cargo o el cierre de transito, debiendo dicho pla.zo ser computado de forma paralela y simultanea al plazq par/i la emisi6n de! parte de recepci6n. Si durante cl proceso establecido de! para~rafo anterior, el SENASAG detecta en la inspecci6n de la mercaderia, la presenci~ de una posible plaga, enfermedad o alimentos que no cumplieran con los requisitp!l exigidos para su importaci6n, la misma procedera de acuerdo a Jos protocolos sanitarios y fitosanitarios correspondientes, excluyendose de! procedimiento e1Stablecido en el presente Decreto Supremo, debiendo si corresponde la administraci61:(aduanera de frontera reconducir el proceso de nacionalizaci6n a traves qe un deBP-~£hO general, de conform id ad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 25.870 de· 1 i cl~ agosto de 2000", • ~ ) Que, medlante Rcsoluci6n Administrativ • 085/2016 de! 06 dejunio de 2016, el I entonces Director General Ejecuti Nacional de Sanidad Agropecuaria • '-e lnocuidad Alimentaria - SE • el "Manual de Procedimiento , 1 . .. fitosanitario de lmportaci6n". ' I \) \ ,' CONSIDERANDO: SERVICIO NACIONAL OE SANIOAO AGROPECUARIA E INOCUfOAO ALfMENTARfA Av. Jose Natusch Esq, Felix Saltorl Telefonos. 591-3-4628105. Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Ben, - Bolivia Pagina 3 de 5 g~ 1 ~~ I •"o H\ •N,C,< ·• l Gl "'~11J~rn° BOLIVIA '61 MINISTE1110 DC lltSIIHROl.lO llUIML Y I II.HR/IS Que, mediante Informe Tccnico SENASAG/JNSV /N° 08/2021 de fecha 16 de agosto de 2021, el Profcsional de Registro de lnspecci6n Fitosanitaria para Importaci6n SENASAG, scnala que el objetivo de! referido informe es actualizar el "MANUAL DE PROCEDIMIENTO FITOSANITARIO DE IMPORTACIQN" aprobado mediante Resoluci6n Administrativa N° 085/2016 de fecha 06 de junio de 2016. Asimismo, senala que la Jefatura Nacional de Sanidad Vegetal, a traves de los Encargados de Registros y Certificaci6n Fitosanitaria e lnspectores Fitosanitarios de las Departamentales de! SENASAG se encarg6 de la aplicaci6n y cumplimiento operativo de! referido Manual de Procedimiento desde el 2016 a la fecha, habiendose suscitado algunos inconvenientes que fueron reportados por los encargados de Registros de las Departamentales. Se recogi6 sugerencia de modificaci6n al Manual a fin de que este sea mas operativo para nuestros funcionarios, amigable para los usuarios que conlleve la aplicaci6n de la norma de manera mas efectiva, cumpliendo con los objetivos para lo cual fue elaborado este procedimiento. Finalmente senala que, este proccdimiento fitosanita.rio para la Importaci6n de productos y subproductos de origen vcgetal debe ser constantemente actualizado para mejorar la calidad de su aplicabilidad. Concluyendo que siendo necesaria la aclualizaci6n de! Manual de la Gesti6n 2016, recomienda la aprobaci6n del "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS FITOSANITARIO PARA LA IMPORTACION DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL. Que, medianle Informe Legal 1/SENASAG/UNAJ N° 330/2021 del 08 de septiembre de 2021, concluye senalando que el Informe Tecnico SENASAG/JNSV/N° 08/2021 cmitido por el PROFESIONAL DE REGISTRO DE INSPECCION FITOSANITARIA PARA IMPORTACION - SENASAG, senala que la Jefatura Nacional de Sanidad Vegetal, a traves de los Encargados de Registros y Certificaci6n Fitosa.nitaria e Jnspectores Fitosanitarios de las Dcpa.rtamentales def SENASAG, siendo Ios encargados de la aplicaci6n y cumpli.miento operativo del Manual de Procedimiento Fitosanitario de lmportaci6n desde cl 2016, han idcntificado inconveniences e inconsistencias reportados por los encargados de Registros de las oficinas Departamentales, por lo que habiendose recogido sugerencia de modificaci6n del Manual a fin de que este sea mas operativo para nuestros funcionarios y de aplicaci6n mas efectiva y, teniendo en cuenta que el procedimiento litosa.nitru·io de Importaci6n dcbe ser constantemente actualizado para mejorar la calidad de su aplicabilidad, recomienda Ia aprobaci6n del "MANUAL DE PROCEDIMIENTO FITOSANITARIO PARA LA IMPORTACION DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL" adjunto al Informe Tecnico. POR TANTO: El Director General Ejecu tivo def Servicio Nacion al de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria - SENASAG, Dr. Patrick Renan Nogales Mejia, designado mediante Resoluci6n Ministerial Nro. 115 def 07 de abril de 2021, en uso de las atribuciones conferidas. RESUELVE: PRIMERO.- APROBAR el "MANUAL DE PROCEDIMIENTO FITOSAJ'{IT.ARIO PARA LA IMPORTACION DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN VEpETAL", en sus diecisietc (17) Capitulos, Cincuenta y Cinco (55) Articulos y Once (11) ft..nFxos. SEGUNDO.- (Dlsposicl6n Transitoria) I. EI Manual de Procedimiento Fitosanitario para I~ Importaci6n de Productos y Sub~ rf uctos ~e Orige n Veget~ entra eh vigencia a parltr de la suscnpc16n de la prele [tm~ Cl011 Adm1mstrat1va. II. Los procesos de importaci6n de ~ocf1 £,!"y u bp roductos ~e ori~en vegetal, que sc encuentren en curso y / o presen ~~ an 10ndad a la v1genc1a de la presente , . .\ } • .. ~esoluci6n Administrativ-:, con~inu ~~,:V mite hasta su finalizaci6n, con el f ~ v~ 1 : ;.N,la.nual de Proced11n1ento F1tosan1tano crt:}p<1 tac16n. I /',· f \ I . •1' • ,,.Q,.,,...,x~>.>'<-•xx.~•.,,x-..•,x~<J'"'<->l'4'V°'r«.xx-.:J~:ic.,:>>'x..v.xx,r;,>'Y~'<~"-~,~ns,~¥-~-ll~V.~~~~~ " " SERVICIO NACIONAL OE SANIOAO AGROPECUARIA E INOCUIOAO ALIMENTARIA Av. Jose Nalusch Esq Felix Sattori Telefonos· 591-3-4628105 • Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Tnnidad - Ben, - Bolivia Pagina 4 de 5 a ;f~~i~ rioLiviA ~ MINISTERIO DE DLSARROLl.0 HUll,\l Y I ll·RRAS TERCERO.- (Disposici6n Abrogatoria) Se abroga el Manual de Procedimiento Fitosanitario de lmportaci6n aprobado mediante Resoluci6n Administrativa N° 085/2016 del 06 dejunio de 2016. CUARTO.- La Jefatura Nacional de Sanidad Vegetal, a traves de los Encargados de Registros y Certificaci6n Fitosanitaria e Inspectores Fitosanitarios de las Departamentales de! SENASAG, quedan encargados de la ejecuci6n y cumplimiento de la presence Resoluci6n Administrativa. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. ,,.,.--·· ····•---""' ,,·' ) ' ,, ,\~:' kx,,. x'<,/:,,.-, ~'~ x "''->,:i::< ,~ «.<; Yx ~-.Y><fo>.i, x'<,.Y=•.,n,,,J:t><.,<0/>1ul,1.1-,q.:i..'f 'llt~~~"ll-'P'..isW3W~~W.t.~~\t'6~ SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av Jose Na1usch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4626105 - Fax: 591-3-4628663 Sltio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Pagina 5 de 5 Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal MANUAL DE PROCEDIMIENTO FITOSANITARIO PARA LA IMPORTACION DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL Elaborado o Modificado por: Revisado por: Aprobado por: AREA NACIONAL DE INSPECCl6N Y CUARENTENA VEGETAL Tabla de Modificaciones Version N° Fecha 1 16/08/2021 Ing. Placido Condori Mamani JEFE NACIONAL DE SANIDAD VEGETAL Descripci6n del cambio Creaci6n del Documento. Ing. Agr. Placido Condon Mamani ~J£Ff HACIOtW OE WIID4D VEGETAI ~/ SENASAG • MORyT Fecha: 23/08/2021 SERVICIO NACIONAL DE SAN I DAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105- Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia CONSIDERANDO: Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal CAPiTULO I El SENASAG, como estructura operativa del actual Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, se ha constituido en un s6Iido brazo tecnico de apoyo al sector productivo y exportador agropecuario y en su condici6n de entidad oficial acreditada a nivel nacional e internacional, contribuye permanentemente a garantizar la soberania y seguridad alimentaria, la sanidad agropecuaria e inocuidad de los alimentos, propiciando el intercambio comercial de productos con valor agregado, dando lugar a la generaci6n de empleos directos e indirectos y el mejoramiento de las condiciones econ6micas de las familias del Estado Plurinacional de Bolivia. El numeral 1 del articulo 2° del Acuerdo sobre la aplicaci6n de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organizaci6n Mundial de Comercio (OMC), establece que los Miembros tienen derecho a adoptar las medidas sanitarias y fitosanitarias necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales, siempre que tales medidas no sean incompatibles con las disposiciones del mismo Acuerdo. Articulo 1.-El presente manual tiene los siguientes objetivos: a) Dar a conocer a los usuarios importadores del Estado Plurinacional de Bolivia y a los interesados de los paises que pretendan exportar productos y subproductos de origen vegetal al territorio Boliviano, los procedimientos que deberan seguir para importar al pais productos y subproductos de origen vegetal y articulos reglamentados. b) Garantizar que los productos y subproductos de origen vegetal y los articulos reglamentados, cumplan con las reglamentaciones fitosanitarias establecidos para su importaci6n. c) Se aplicara a todas las personas naturales y juridicas que importen y/o exporten plantas, y subproductos de origen vegetal, de acuerdo a normativa CAPiTULO 11 DEL AMBITO DE APLICACION Articulo 2.-El ambito de aplicaci6n del presente manual, rige para todas las personas naturales y juridicas, incluidas las instituciones de investigaci6n y aquellas que realizan ferias y exposiciones internacionales, que estan involucradas a la actividad de la importaci6n de productos vegetales y otros articulos reglamentados, sean estas para consumo o para su industrializaci6n, que ingresan al pais a traves de las diferentes medios de transporte; terrestres, aereas o maritimas - terrestres. ~-~P,C~~~~br-~b<:~~~X:;\~:,ld~~~~~~~:.6'~~p;:;;;,c1>.~IIO-C'~~~-~A SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia 111 Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal CAPITULO Ill DE LAS AUTORIDADES COMPETENTE Articulo 3.- Como autoridad competente, el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria (SENASAG), a traves de la Jefatura Nacional de Sanidad Vegetal y las Jefaturas Departamentales, quedan encargadas de la ejecuci6n y cumplimiento del presente manual establecido per el SISTEMA DE CUARENTENA VEGETAL, para la importaci6n de productos y sub productos de origen vegetal. Articulo 4.- Los Responsables Departamentales de Sanidad Vegetal, los Encargados de Registro y Certificaci6n Fitosanitaria y los lnspectores de Puestos de Control, seran los responsables de cumplir y hacer cumplir el presente manual de procedimientos. CAPITULO IV DE LAS FUNCIONES DEL INSPECTOR Articulo 5.-Son funciones del Tecnico: a) Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos referentes a las importaciones de productos y sub productos de origen vegetal, y otras normas que se establezcan para resguardar la condici6n fitosanitaria de pais. Verificar si la documentaci6n que ampara la importaci6n o transito internacional de plantas, productos y subproducto de origen vegetal y otros articulos reglamentados, se ajustan a las normas y requisitos fitosanitarios establecidos para tal fin. b) Establecer y mantener una base de dates de las importaciones y exportaciones, asi como de todas las acciones que se realizan de acuerdo a los procedimientos establecidos para la inspecci6n y certificaci6n fitosanitaria. c) Efectuar la verificaci6n y/o inspecci6n fitosanitaria a las plantas, productos y subproductos y otros articulos reglamentados. d) Ejecutar acciones u operativos de control cuarentenario interno de plantas, productos y subproductos de origen vegetal y otros articulos reglamentados. e) Ejecutar en cualquier memento, acciones de fiscalizaci6n del estado fitosanitario de las plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, incluyendo las condiciones de empaque, embalaje, acondicionamiento, medic de transporte sin excepci6n. f) lnspeccionar, verificar y efectuar el seguimiento de las condiciones fitosanitaria de los lugares de inspecci6n y empacadora, asi come el material en ellos con fines de importaci6n. g) Otras que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislaci6n en materia de Sanidad Vegetal vigente en el pais. ~~pr-;~~~;>A~/ldll;~~~:::9c,~,ic,.~~~:::<.iA1=~~~:;,,CJ,o,<:;,,Q,;:~":,j~~~;:r,;:::r SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105- Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia ti) Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal CAPiTULO V DE LAS FACULTADES DEL INSPECTOR Articulo 6.-Son facultades de los Tecnicos. a) Disponer como resultado de la inspecci6n y/o verificaci6n fitosanitaria, el ingreso, retenci6n, rechazo, (reexpedici6n, decomiso y/o destrucci6n de plantas, productos y subproductos de origen vegetal y otros articulos reglamentados. b) Expedir la autorizaci6n de ingreso y disponer el levantamiento de ingresos retenidos. c) Disponer, supervisar y de ser el caso ejecutar el tratamiento aplicable a las plantas, productos y subproductos de origen vegetal, en materia de importaciones, cuarentena pos entrada o ingresos retenidos. d) Suspender las inspecciones fitosanitarias, cuando no se disponga de las condiciones o equipos que deban ser proporcionado por el usuario o agente de Aduana para la realizaci6n optima de trabajo. e) Elaborar y presentar informes tecnicos de todas las actividades que realice en su fuente de trabajo. Articulo 7.- El Inspector Fitosanitario, cumplira sus funciones en el lugar y en horario para garantizar el cumplimiento de las reglamentaciones fitosanitarias, para este prop6sito debera estar debidamente identificada y provista de tadas las equipas necesarias para realizar su trabaja. CAPITULO VI DE LAS OBLIGACIONES DE LOS IMPORT ADORES, TRANSPORTIST AS Y USUARIOS Articulo 8.- Es responsabilidad de toda persona natural o juridica que desee obtener un Permiso Fitosanitario de lmportaci6n (PFI); previamente a efectuar la importaci6n, debera solicitar las requisitas fitosanitarios para la importaci6n al pais de plantas para plantar, productos y subproductos de origen vegetal y otros articulos reglamentados. Para este fin, es necesario tener conocimiento de las normativas y procedimientos establecidos por el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria (SENASAG); con el prop6sito, de coadyuvar en el cumplimiento de los procesos de certificaci6n fitosanitaria para la importaci6n de los productos de origen vegetal y articulos reglamentarios. Articulo 9.- Contar con toda la documentaci6n que permitan respaldar legalmente la importaci6n del producto y presentarla en los puestos de control a los inspectores del SENASAG. Articulo 10.-Las personas naturales y/o juridicas, publicas o privadas; asi como, cualquier otra persona involucrada en el proceso de importaci6n de productos y sub productos de origen vegetal, deberan cumplir de manera obligatoria y bajo su responsabilidad, con las medidas fitosanitaria dispuestas por el inspector o tecnico de los puestos de control. Articulo 11.-Los costos ocasionados por I.a verificaci6n del cumplimiento de las medidas fitosanitarias, se.ran ~';,\: Jlf~ 1 F SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCU~AD ALIMENTARIA~~ ·•,,,~.:..."3~ -'r Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal asumidas por el importador o interesado del producto. Articulo 12.-Cualquier persona natural o juridica que realice actividades de importaci6n, exportaci6n, reexportaci6n, este en transito internacional o cuarentena interna, estan obligados a proporcionar a los tecnicos de puestos de control las medias y facilidades para el cumplimiento de sus funciones de acuerdo a normativas vigentes. CAPITULO VII DE LOS PUESTOS DE CONTROL Articulo 13.-Los puestos de control - PC, son centros operativos destinados al control en el traslado, internaci6n, importaci6n, exportaci6n, transito de productos y sub productos de origen vegetal y articulos reglamentados, con el objetivo de evitar la introducci6n y diseminaci6n de plagas reglamentadas al pais, a traves del cumplimiento de las reglamentaciones fitosanitarias. Articulo 14.-Los puestos de control pueden ser externos e internos; los externos estan ubicados en Terminales Aeroportuarias lnternacionales, Terminales Terrestres Fronterizas, bspuestos de control interno, ubicado en lugares estrategicos donde el SENASAG, lo determine por conveniente. Articulo 15.-Los Puestos de Control Externos, se establecera de acuerdo a los puntos de entrada que esten autorizados o habilitados en el pais, en los que se efectuaran acciones de inspecci6n y certificaci6n de productos vegetales y artlculos reglamentados que ingresan al pals. Articulo 16.-Los Puestos de Control lnterno, son establecidos para proteger las areas reglamentadas y controlar el movimiento interno de productos regulados par el servicio. Articulo 17.-Los materiales sujetos a cuarentena pos entrada (R. A. 103/2010), solo podran ingresar al pais, por los puestos de control autorizado a nivel nacional. CAPITULO VIII DE LAS CATEGORiAS DE RIEGO FITOSANITARIO Articulo 18.-Para la importaci6n de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, se adoptara las Categorias de Riesgo Fitosanitario, segun establece la normativa vigente de la Comunidad Andina (CAN), para su aplicaci6n en el comercio intra subregional y con terceros paises. Articulo 19.- Los requisitos para importaci6n y en transito internacional seran aprobados mediante Resoluci6n Administrativa emitida por la autoridad competente (SENASAG) y de acuerdo a la categoria de riesgo fitosanitario. CAPITULO IX DE LOS TRA TAMIENTOS Articulo 20.-Los tratamientos fitosanitarios a productos vegetales y articulos reglamentados, se realizara en base a las requisitos fitosanitarios establecidos en el Permiso Fitosanitario de lmportaci6n; asi mismo, se .J· ·, Bo,."'~> l 2 • ~j t,>.: Y. i! ~\, .t' ~ 1ci<:;~::,;c~:>A~~~>ci,c,c'JC!il.0ae~~~">Cl,~c:.i<':ltC'<Ol'.!:::><:.i.~~:>Q~,0.,.~~~1.:,-,, .. !kM<'i>//f SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Laura Cross-Out Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal aplicaran los tratamientos cuando el inspector lo establezca en funci6n a una evaluaci6n tecnica y cientifica. Articulo 21.-Las personas naturales y/o juridicas que realicen tratamientos fitosanitarios a las plantas, productos vegetales y articulos reglamentados, deberan registrarse ante el SENASAG, para obtener la autorizaci6n, de acuerdo a normas vigentes. Articulo 22.-No seran reconocidos, los tratamientos fitosanitarios realizados por empresas no autorizadas; asi como, tratamientos efectuados por empresas autorizadas sin la debida supervision de un tecnico del SENASAG. Articulo 23.-El interesado debera de disponer de todas las condiciones que sean necesarias para realizar los tratamientos fitosanitarios. Articulo 24.- Los productos que se utilicen en los tratamientos fitosanitarios, deberan contar con la autorizaci6n y registro vigente del SENASAG. CAPITULOX DEL PERMISO FITOSANITARIO DE IMPORTACION Articulo 25.-Los Permiso Fitosanitario de lmportaci6n (PFI), son documentos oficiales que autorizan la importaci6n de productos y subproductos de origen vegetal y articulos reglamentados, que deben estar en conformidad con los requisitos fitosanitarios de importaci6n especificado en el documento. El mismo que tendra una vigencia dependiendo del medio de transporte: a) Terrestre: El Permiso Fitosanitario de lmportaci6n tendra una vigencia de (30) dias calendario a partir de su emisi6n. b) Aerea: El Permiso Fitosanitario de lmportaci6n tendra una vigencia de (30) dias calendario a partir de su emisi6n. c) Maritima -Terrestre: El Permiso Fitosanitario de lmportaci6n tendra una vigencia de (90) dias calendario a partir de su emisi6n. Articulo 26.-Los permisos fitosanitarios son una constancia que acompanan a todas las importaciones para avalar que los envios cumplen con las medidas fitosanitarias establecidas para su comercializaci6n a nivel internacional; ademas, es un documento oficial donde se especifica informaci6n fundamental relacionada a la fitosanidad o condici6n fitosanitaria de los productos y sub productos de origen vegetal. Los mismos que pueden ser emitidos en papel o su equivalente en forma electr6nica. CAPITULOXI DE LA INFORMACION PARA LA IMPORTACION Articulo 27.-Toda persona natural y/o juridica que tenga interes de importar, distribuir o comercializar , Q productos y subproductos de origen vegetal, debera registrarse ante el SENASAG, cumpliendo con el { 0 V~.3o, -~ ~-Y..:,,M . • ~~.S.t,t"'-'. ~~~~~~~~~P,Qr.::~~t:.x'.~r=J<~pc~~l!C'<~:>Qr;;¥.~lb-~~~~..<" .... ~>-"3i-~llcx::::, SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal Manual de Procedimiento para Registro como importador y comercializador de productos de origen vegetal. Articulo 28.-El interesado debera solicitar el Permiso Fitosanitario de lmportaci6n, a traves de una nota dirigida al Jefe Departamental de la jurisdicci6n donde corresponda y adjuntar a la misma, el Formulario de Solicitud de Permiso Fitosanitario de lmportaci6n (PFI). Articulo 29.- Las plantas, productos vegetales y articulos reglamentados que requieren del Permiso Fitosanitario de lmportaci6n, deben estar de conformidad a la Categoria de Riesgo Fitosanitario. Articulo 30.-Los requisites fitosanitarios para la importaci6n de plantas, productos y sub productos de origen vegetal y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resoluci6n Administrativa de la Autoridad Competente, previo estudio de Analisis de Riesgo de Plagas. Articulo 31.-Cuando no existan requisites fitosanitarios establecidos de acuerdo a las normas nacionales, se debera solicitar el establecimiento a traves del Analisis de Riesgo de Plagas (ARP) para los productos que se encuentran comprendidos entre las Categoria de Riesgo Fitosanitario del 2 al 5, en conformidad con la Normativa vigente. Articulo 32.-La vigencia de los Permisos Fitosanitarios de lmportaci6n (PFI), en cualquiera de los medios de transporte, {Terrestre, aereo o Maritimo-terrestre), podran ampliarse a treinta (30) dias calendario adicionales. El interesado tendra que solicitar la ampliaci6n antes del vencimiento de la vigencia del Permiso de importaci6n, presentando la solicitud por escrito en la oficina departamental correspondiente, acompafiando la siguiente documentaci6n: a) Permiso Fitosanitario original b) Pago segun la Ley 830 De manera excepcional, el interesado podra acogerse a una segunda ampliaci6n de (30) dias calendario del Permiso Fitosanitario de lmportaci6n, debiendo solicitar por escrito antes del vencimiento de la vigencia primera ampliaci6n del Permiso, acompanando la siguiente documentaci6n: ► lnforme tecnico justificado por el interesado El SENASAG evaluara la documentaci6n presentada y determinara si procede o no la solicitud, en caso de no ser procedente se comunicara al interesado. Articulo 33.- La persona natural y/o juridica, instituciones, centros de producci6n, asociaciones de productores cuya actividad es la importaci6n de productos y sub productos de origen vegetal, esta sujetos a la fiscalizaci6n por parte del SENASAG, para este prop6sito deberan contar con su registro fitosanitario, de acuerdo norma establecida para tal fin. Articulo 34.-A solicitud del interesado, el Permiso Fitosanitario de lmportaci6n podra ser modificado por razones debidamente sustentadas y solamente en lo referido a cambios en el puesto de control de ingreso y/o recinto aduanero. Articulo 35.-Los importadores quedan exceptuado de solicitar el Permiso Fitosanitario de lmportaci6n, en los siguientes casos: SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal • Cuando el Producto a importarse corresponde a la Categorla de Riesgo uno (1 ). • Productos Bolivianos exportados pueden retornar al pais dentro del periodo de un afio siempre y cuando no hayan sido nacionalizado por el pals destine del producto, y que mantienen tanto la condici6n fitosanitaria del producto, como las condiciones en las que fue enviado. Asi mismo, el interesado debera presentar todo la documentaci6n de origen del producto y otros que respalden la legalidad del producto. Articulo 36.• Los productos bolivianos que han sido expuestos a condiciones ambientales, reempacados, nacionalizado y/o rechazados por el pais destino; se emitira el Permiso Fitosanitario de lmportaci6n previo un estudio tecnico cientlfico; en caso, que no requieran el PFI, el tecnico solicitara la documentaci6n emitida por la ONPF del pals que fue rechazado el producto, mas la documentaci6n que acredite el origen del producto. CAPITULO XII DE LOS REQUISITOS GENERALES Y PARTICULARES PARA LA EMISION DE PERMISO FITOSANITARIO DE IMPORTACION Articulo 37.• Son aquellos que solicita el SENASAG, para iniciar con los procesos de emisi6n del Permiso Fitosanitario de lmportaci6n (PFI), tales como: a) Formulario de solicitud de permiso fitosanitario de importaci6n para productos y sub productos de origen vegetal (Anexo I). b) Una Fotocopia de la Factura Comercial o proforma c) Una Fotocopia de la Lista de Empaque. d) Formulario de liquidaci6n e) Constancia de pag6 Articulo 38.-Ademas de la presentaci6n de los Requisitos Generales detallados anteriormente, debera presentarse los siguientes documentos seg(m el caso: A) Para el caso de importaci6n de semilla o material de propagaci6n: ✓ Presentaci6n de la Autorizaci6n de lmportaci6n de Semillas y/o material vegetal de propagaci6n, emitida por lnstituto Nacional de lnnovaci6n Agropecuaria y Foresta! (INIAF). B) Para el caso de productos de origen vegetal con caracter organico y/o ecol6gico: ✓ Presentar certificado que acredite esta caracteristica, emitido por la autoridad competente en producci6n ecol6gica del pais de origen. ✓ El permiso fitosanitario de importaci6n debe ser previo al embarque en el pais de origen :;/iO:~~~~:>;;:;~::!ldl/;:;;i'::>q~~~~..i;.~ SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal CAPiTULO XIII DE LA SOLICITUD Y PLAZO PARA EMISION DEL PERMISO FITOSANITARIOS DE IMPORTACION Articulo 39.-El lmportador, debera presentar su solicitud de tramite en la oficina Departamental del SENASAG, donde obtuvo su Registro Fitosanitario. Articulo 40.-El Permiso Fitosanitario de lmportaci6n (PFI), se emitira en un plaza no mayor a dos dias habiles (48 horas), a partir de la fecha de recepci6n, esto es en el caso de no existir observaciones de cumplimiento de requisitos Fitosanitarios y llenado del formulario. En caso de haber observaciones, se procedera de la siguiente manera: a) Se devolvera la solicitud al interesado para que este subsane las observaciones realizadas. b) Se devolvera la solicitud, en caso que nose contara con requisitos establecidos para la importaci6n del producto. Articulo 41.-La emisi6n del Permiso de lmportaci6n sera por producto y debera presentar el Certificado Fitosanitario de Origen, independientemente de los datos de la factura comercial y la lista de empaque. Articulo 42.-En el caso, de que el importador haya realizado su solicitud del Permiso de lmportaci6n en una Jefatura Departamental al lugar de desaduanizaci6n de la mercaderf a declarado en el Formulario de solicitud, el SENASAG emitira el permiso y entregara ademas del permiso de importaci6n original, una copia del mismo y una comunicaci6n lnterna dirigida a la Departamental donde desaduanizara el importador, estos documentos seran entregados, al personal del SENASAG que se encuentra en el recinto de desaduanizaci6n o en la Jefatura Departamental. CAPiTULO XIV DE LA EMISION DEL PERMISO FITOSANITARIOS DE IMPORTACION EN LiNEA Articulo 43.-La emisi6n de los permisos de importaci6n en LiNEA de Sanidad Vegetal, es de aplicaci6n para todos los importadores que se acojan al mismo; para esto, deberan una solicitud dirigida a la Jefatura Departamental correspondiente, para la apertura de una USUARIO que les permitira tener acceso a la aplicaci6n; ademas, que deberan contar con el Registro Fitosanitario vigente otorgado por el SENASAG. Articulo 44.-Las empresas (sean estas personas naturales o juridicas), que se acojan a esta modalidad, deberan contar necesariamente con la firma digital, que la obtendra en base a la normativa de uso de firma digital del SENASAG, cumpliendose con los siguientes pasos: ✓ Cada uno de los requisites solicitados deben subirse al sistema, estos documentos antes de ser subidos deberan ser firmados digitalmente por el Representante Legal de la empresa. ✓ Una vez cumplido con los requisitos del Permiso Fitosanitario de lmportaci6n, el funcionario responsable de emisi6n de SENASAG en cada departamento firmara el permiso mediante su firma digital, no siendo necesario la impresi6n del documento (Ley N° 164). Vo.Be. Y.s,M ~ .. ~">!.--~~~::.Ab-c:ro<~~::,qQ.c~~-:::::k:x::i<~~ICl-c~C"C~:;,,.;,-oitv... ...:c-x::::,,--:--....:....-,,.,~-...:-;:t>:,,;,-~~:ic-: ... ~-,.~ SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal ✓ El Documento Permiso Fitosanitario de lmportacion emitido par el SENASAG estara disponible para la empresa solicitante, el cual podra descargarlo del Sistema Informatica Oficial del SENASAG. En un plaza no mayor a un (1) dia habil, a partir del cumplimiento de las requisitos en el Sistema par parte de la empresa, el funcionario responsable de la emision del Permiso Fitosanitario de lmportacion de la Jefatura Departamental, procedera a la firma digital correspondiente. Articulo 45.-Para ambos casos, la emision del Permiso de lmportacion, ya sea de manera normal o en LINEA, coma medida de seguridad, el Sistema Informatica GRAN PAITITI, generara un codigo (mica QR (modulo de almacenamiento de informacion en una matriz de puntos) para cada Permiso de lmportacion, que contendra la siguiente informacion: • Nombre o Razon Social del importador. • Nombre o Razon Social del exportador. • Pais de procedencia. • Oficina Autorizada del SENASAG. • Fecha de emision. • Unidad Tecnica. • Datos generales de la mercaderia (late, fechas de vencimientos) • Nombre del producto. • Numero de Factura Comercial. CAPiTULO XV DE LAS INSPECCION FITOSANITARIA Articulo 46.-La inspeccion fitosanitaria, es un procedimiento oficial que se realiza a las plantas, productos vegetales u otros articulos reglamentados, para determinar si hay plagas y/o determinar el cumplimiento de las regulaciones cuarentenarias; asi mismo, este procedimiento se aplica a: embalajes, medias de transportes y acondicionamiento, incluyendo toda clase de equipaje y encomienda de pasajeros y tripulantes, u otro cuando el tecnico lo estime conveniente; y se lo realizara, en base a la Resolucion Administrativa 127/2002 de sanidad vegetal. Articulo 47 .- Las plantas, productos vegetales u otros articulos reglamentados que ingresen a zonas primarias (Aduana Interior), seran sometidos a inspecciones fitosanitarias en el recinto. Sin embargo, se hara una inspeccion documental en el puesto de control fronterizo y posteriormente se emitira el despacho provisional. Articulo 48.-Las plantas, productos vegetales u otros articulos reglamentados que de acuerdo a Ley que deberan ser nacionalizados en frontera. Se procedera a realizar la inspeccion documental coma del producto en si, aplicando procedimientos y medidas fitosanitarias. SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sartori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal Articulo 49.-El inspector de puesto de control que intercepte un producto de origen vegetal a un pasajero o al conductor de un vehiculo particular, de carga ode pasajeros; inmediatamente procedera a la Retenci6n del producto. Si es un articulo reglamentado y clasificado de bajo riesgo fitosanitario, el inspector procedera a la retenci6n y/o consume inmediato, En caso que el producto este clasificado coma de alto riesgo fitosanitario, el inspector procedera al decomiso del producto. CAPiTULO XVI DE LA APROBACION DEL PERMISO FITOSANITARIO DE IMPORTACION Articulo 50.-Si el inspector determinare coma producto de la inspecci6n que la Mercancia no cuenta con las respaldos documentales correspondientes o que se encuentra con No conformidades que no se pueden subsanar, NO debera firmar el reverse del Permiso de lmportaci6n y debera levantar el acta de retenci6n para determinar su disposici6n final en coordinaci6n con la Aduana Nacional de Bolivia, adjuntando el lnforme Tecnico de INSPECCION FITOSANITARIA A LAS IMPORTACIONES. Articulo 51.-Con las resultados de la inspecci6n y para la CERTIFICACION DE LA MERCANCiA SUJETA A IMPORTACION Solo en el caso de que la mercancia haya pasado satisfactoriamente la inspecci6n y se cuente con las informes de laboratorio correspondientes (si aplica), el inspector coma constancia de ello debera firmar y poner la fecha exacta de la inspecci6n en el reverse del documento de importaci6n emitido par el SENASAG, en el campo de DESPACHO DEFINITIVO. Para Despacho Definitivo D Nota. - La autorizaci6n para Comercializaci6n y Distribuci6n en el Pais es automatica Articulo 52.• En el caso de que luego de la inspecci6n la misma haya pasado satisfactoriamente y que solamente se hayan encontrado NO CONFORMIDADES SUBSANABLES de acuerdo a lo descrito en el punto de "Situaciones que requieren la toma de Medidas Fitosanitarias" el inspector debera firmar y poner la fecha exacta de la inspecci6n en el reverse del documento de importaci6n emitido par el SENASAG, en el campo de DESPACFIO PROVISIONAL. Para Despacho Provisional □ Nota. - Este producto debe ser sujeto a analisis para definir la pertinencia de la autorizaci6n de su Comercializaci6n Articulo 53.-En ambos casos el inspector luego de ingresar al sistema Gran PAITITI y verificar los datos concernientes al permiso de lmportaci6n otorgado para la Mercancia inspeccionada y registrar las datos y resultados de la inspecci6n como ser: Numero de Formulario de lnspecci6n, Numero de Boleta de Deposito, otros datos generales, imprimira a traves del sistema el Numero del Certificado de lmportaci6n, que sera , ,Jf-c.,~~ . Vo.00 1~ " .c iJ ' .... ) SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia . Y..3.fvl i, .:"4 • r:, Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal utilizado coma documento soporte para fines de Desaduanizaci6n de la misma CANTIDAD CERTIFICADA: ..................................................... . CERTIFICADO FITOSANITARIO DE IMPORTACl6N Articulo 54.- Posteriormente, luego de subsanadas las No Conformidades Subsanables par parte del importador, el mismo debera apersonarse a la oficina Departamental Correspondiente en el cual, el jefe Departamental debera firmar en la parte inferior del Documento Emitido par el SENASAG coma constancia de que habiendo cumplido con las requisites y las normas Fitosanitarias Correspondientes, se autoriza la comercializaci6n y distribuci6n en todo el territorio nacional de las productos contemplados en el documento. CAPITULO XVII EN CUANTO A LA ACTUALIZACION DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTO Articulo 55.-La Jefatura Nacional de Sanidad Vegetal y el Area de lnspecci6n y Cuarentena Vegetal seran las encargadas de realizar las actualizaciones al presente manual de procedimientos, siempre y cuando se cuente con la debida justificaci6n. SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia 'r. Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal FORMATOS DE FORMULARIOS DE SOLICITUD DE PERMISO DE IMPORTACION Y MODELOS DE PERMISODE IMPORTACION DE LA UNIDAD DE SANIDAD VEGETAL ANEXO I Los formates de los formularios de solicitud de permisos fitosanitarios de importaci6n para Productos y sub productos de origen vegetal. 1. SOLICITUD DE PERMISO FJTOSANITARJO Lugar: Fecha: JD: N° de Solicitud: .................. 2 DATOS DELIMPORTADOR Nombre o Razo Social: Direcci6n: NIT y/o C.I. Pasaporte: N° Certificado Registro: 3. DATOS DEL EXPORTADOR Nombre o Razon Social: Direcci6n y Telefono: 4. DESCRIPCION DEL PRODUCTO Nombre Comun Nombre Cientifico Tipo Peso Cantidad Tipo y Cantidad de Envase 1. 2. 3. 4. 5. 6. Pais Origen: Puerto de Salida: Punto de Entrada a Bolivia: Medio de Transporte N° de Factura: Valor FOB en (Bs) OBSERBACIONES Uso: Recinto Aduanero a Nacionalizar: Destina Final de la lmportaci6n: DATOS DEL SOLICIT ANTE Nombre y Apel lido del Rep. legal: C.I.: Relacion con la Empresa: Telefono: Firma: ...................................... El formulario de solicitud debe estar llenado integramente y los datos declarados deben estar respaldado en la docurnentaci6n adjunta, con su respectivo Certificado de Registro Fitosanitario vigente. SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal ANEXO II FORMULARIO DE SEGUIMIENTO AL TRAMITE Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria USENASAG" FORMULARIO DE SEGUIMIENTO AL TRAMITE DE EMISION DE PERMISO DE IMPORTACION N° de solicitud -------------- Fecha , 1.RECEPCION DEL TRAMITE Actividad verificaci6n (conforme=OK) verificaci6n de! formulario de solicitud vedficaci6n de la Boleta de Oeposlto y 2 totocopias verificad6n de factura(3 copias de factura FBC) verificacl6n de lista de empaque comparar el monto de la boleta de dep6sito con la cantidad, producto declarados en el formular-io de solicitud y las tasas vigentes 2.PROCESAMIENTO Actividad verificaci6n (conforme= OK) lnspecci6n Muestreo Fumigaci6n Receoci6n del analisis de laboratorio Otras actividades( describir) Escribir N/A, en la casilla correspondiente en case de NO aplicar Aprobado Rechazado 3.EMISION Y FIRMA DEL CERTIFICADO Actividad Verificacion(conforme=OK=) I lmoresi6n del certificado I Firma autorizada I No de permiso de I Firma del responsable inicio de tramite 4. ENTREGA DEL PERMISO I PERSONA QUE RECOGE I I Nombre: I Cl: I I Firma: I Fecha de entrega: I SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av Jose Natusch Esq Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal ANEXO Ill ANVERSO DEL PERMISO FITOSANITARIO DE IMPORTACION - PFI Servicio National de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria "SENASAG" N" ··············· .. . J.D . ................... . PERMISO FITO0SANITARIO DE IMPORTACION DATOS DEL IMPORTADOR NOMBRE O RAZ6N SOCIAL: I DIRECCl6N TELEF6NICO: DATOS DEL EXPORTADOR NOMBRE O RAZ6N SOCIAL: I DIRECCl6N TELEF6NICO: IDENTIFICACION DEL PRODUCTO AUTORIZADO PLANTA, PRODUCTO VEGETAL, ARTICULO REGLAMENTADO, NOMBRE COMUN Y TECNICO: VARIEDAD: PESO, CANTIDAD Y TIPO DE ENVASE: FINES Y USO PROPUESTO: ORIGEN Y LUGAR DE PRODUCCl6N: PROCEDENCIA: PUNTO DE INGRESO AUTORIZADO: MEDIO DE TRANSPORTE: REQUISITOS FITOSANITARIOS I Validez: SELLO Y FIRMA SELLO Y FIRMA REVERSO DEL PERMISO FITOSANITARIO DE IMPORTACION SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3--4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia OTROS: ]. 2. 3. 4. 5. 6. Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal CERTIFICADOS SANITARIOS QUE ACOMPANAN Para Despacho Provisional □ □ Nota.- Este producto debe ser sujeto a analisis para definir la pertinencia de la autorizaci6n. Para Despacho Definitivo Nota.- La Autorizaci6n para Comercializaci6n y Distribuci6n en el Pais es automatica. Sello y Firma Inspector de Frontera ....................................................... Fecha: .......................................... . Nota.- Este permiso de importaci6n solo sera valido con la firma del inspector de frontera del SENASAG al momento de la internaci6n de la mercaderia. (Usar solamente en caso de despacho provisional) Habiendo cumplido con las normas y requisites sanitarios correspondientes se autoriza la comercializaci6n y distribuci6n en todo el territorio nacional de el/los productos expresados en el presente permiso. Sello y Firma Jefe Departamental................................................ Fecha: .................................... . SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia flt; -~ ' I), •. . ,/ 1YY' Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal ANEXO IV ACTA DE: RETENCION, DECOMISO, DESTRUCCION, RETORNO Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria "SENASAG" ACTA DE RETENCION DE PRODUCTOS Jefatura distrital opuesto: N•: El SENASAG en uso de sus atribuciones otorgadas por la ley 2061 articulo 2 a) yd) y D.S 2S729 articulo 7 inciso J) RETIENE: ftem Producto Cantidad Procedencia Observaciones NOMBRE DEL INTERESADO .............................................................................................................................. . CE DULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE N° ................................. NACIONALIDAD .......................................... . ORIG EN O PROCEDENCIA ................................................................................................................................. . FECHA .................. HORA. ................................ VIA ............... N° DE PLACAO VUELO ......................................... . MOTIVO DE LA RETENCION ........................................................................................................................... . PLAZO DE LA RETENCION DEL. .................... AL.. ........................ DE ........................................................... DE ACUERDO AL INFORME DE INSPECCION O LIBRO DE NOVEDADES N° ...................................................... . El Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria - SENASAG, no asume responsabilidad por el deterioro o cualquier tipo de alteraci6n que pudiera afectar a estos productos mientras dure la retenci6n Al no ser retirada al vencimiento del plazo la retenci6n se procedera a su destrucci6n o expedici6n con cargo al interesado INTERESADO SENASAG TESTIGO SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal ANEXOV Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria "SENASAG" ACTA DE DECOMISO DE PRODUCTOS Jefatura Distrital o Puesto: De conformidad a la ley N°2061. El SENASAG es la entidad Encargada de Administrar el Regimen de la Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria. En uso de sus atribuciones conferidas por el decreto supremo N° 25729, art.7 inc. j} de reglamentar el decomiso, destrucci6n, retorno o disposicion final de animales, vegetales, productos, subproductos de origen agropecuario, forestal e insumos agropecuarios, se: DECOMISA: PRODUCTOS PROCEDENCIA PESO/CANTI DAD OBSERVACIONES NOMBRE DEL INTERESADO ............................................................................................................................................... . CEDULA DE IDENTIDAD O PASAPORTE N° ................................. NACIONALIDAD ......................................... .. ORIG ENO PROCEDENCIA ................................................................................................................................. . FECHA .................. HORA ................................. VIA ............... N° DE PLACAO VUELO ........................................ .. MOTIVO DEL DECOMISO .................................................................................................................................. . OBSERVACION ES ............................................................................................................................................... . INTERESADOS NOMBRE Y FIRMA DEL INSPECTOR SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal ANEXO VI Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria "SENASAG" ACTA DEDESTRUCCION Jefatura Distrital o Puesto: N": De conformidad a la ley N°2061. El SENASAG es la entidad Encargada de Administrar el Regimen de la Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria. En uso de sus atribuciones conferidas par el decreto supremo N° 25729, art.7 inc. j) de reglamentar el decomiso, destrucci6n, retorno o disposici6n final de animales, vegetales, productos, subproductos de origen agropecuario, forestal e insumos agropecuarios, se: DESTRUYE: PRODUCTOS PROCEDENCIA PESO/CANTIDAD CONFORME ACTA DE DECOMISO O RETENCION ....................................................................................... .. MOTIVO DE LA DESTRUCCION ..................................................................................................................... . OBSERVACIONES (METODO DE DESTRUCCION) ..................................................................................... . Los abajo firmantes, hemos presenciado la destruccion de los productos Agropecuario arriba citados. En (lugar) .......................................................................................................................................... par el sr. (Nombre) ......................................................................... Inspector de (nombre del puesto de control) .................................................................................................... Bolivia ...................... De ........ de 201 ....... .. INTERESADO SENASAG TESTIGO SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal ANEXO VII Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria 11 SENASAG" ACTA. DE RETORNO Jef"atura Distrital o Puesto: No.: LUEGO DE PRESENTAR EL CERTIFI ADO SANITARlO 0FlCI.AL DE ORIG -N MITrDO P0R: NO. EN FECHA: 0, LUEGO DE RECTIF1CA.R LAS OBSERVACIO ES D SCRITAS N EL A TA DER S PRO EDE A LA DEVOLUCl6N EL: NC16N A TIDAD: FECHA: --------------------------------------- HORA: RETENID0 DE ACUERD0 A ACTA DE RETENCl6N NO. EN FECHA --------------------------------- PRO ED -N IA: ViA: NODE PLACA O VUELO: NOMBRE DEL lNTERESADO: CEDULA DE IDENTLDAD O PASAPORTE No: POR LO EXPUESTO YEN HONOR AL VERDAD FIRMO AL Pl D::. LA PRESENTE ACTA DE RETORNO, SIN LUGAR A POSTERlORES RECLAMOS. INTERESADO SENASAG Fecha: hora: TESTIGO SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal ANEXO VIII Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria "SENASAG" ACTA DE NO COMERCIALIZACION DE PRODUCTO IMPORTADO No ............. . Por el presente documentaci6n, me comprometo a la NO COMERCIALIZACION de (los) producto(s) citados a continuaci6n amparados por el Permiso de lmportaci6n 0 ...................................................... y con Acta de Retenci6n ° ......................... . Hasta que los mismos cumplan con los requisitos establecidos por el SENASAG. Como constancia del incumplimiento se firmara el acapite de despacho definitivo, del citado Permiso de Irnportaci6n el cual autoriza la comercializaci6n y distribuci6n del producto en todo el territorio nacionaL PRODUCTO TIPODE FECHA CANTIDAD ENVASE VENCIMIENTO l 2 3 4 5 CANTIDAD TOTAL No.mbre: .................................................................. C.l ........................ . Relacion con la Empresa: .............................................. Finna .................... . Lugar: ..................................................................... Fecha .................... . Documento elaborado en base a las disposiciones legales vigentes amparadas por la Ley 2061 de 16 de rnarzo de 2020 y de los D.S. 25729 de D.S. 26510 de D.S. 26510 de D.S. 26590 de y los reglarnentos del / 1 , o: "· Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria - SENASAG •1.~ Y.:.M. ;., SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Tt,1.iq. ,, -),; Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal ANEXO IX Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria "SENASAG" INFORME TECNICO INSPECCION SANITARIA A IMPORTACIONES NRO.: ............. . I. DATOS DEL SOLICIT ANTE Nombre/Razon social: Direccion y/o domicilio del importador: N° Padron Sanitario: Lugar y fecha de inspecci6n sanitaria: lnicio a Hrs.: Fin a Hrs.: II. DATOSDELPRODUCTOR Producto/Su bproducto Nombre Tecnico / Cantidad Marca 0 de lote Uso Propuesto Cientifico Origen, Lugar de producci6n: Procedente: Punto de lngrcso: Lugar de Destino del Producto Medio de transporte y N° placa: Fccha de lngre o: ll I. INSPECCION DOCUMENTAL Ccrtificado Sanitario de Permiso Sanitario de lmportaci6n Cum pie con los rcqui itos Otros documcnto que Ex portaci6n dcl Pais de Origcn: SENASAG N°: sanitarios: acompaila certificado de □ NOD origen :\1 IC :--1° SI IV. INSPECCION FISICA Y SANIT ARIA DEL PRODUCTO Cantidad Tipo y Estado de Condiciones de Condiciones de PRODUCTO nidad de Cantidad Almacenamiento [nsoecci6n I nsoeccionada Envase Transporte Situaci6n Sanitaria del producto del Senales de plagas Presencia de plagas im portaci6n: SI □- NO □- SI □- NO SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Embalaje de Madera: Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal V. INSPECCJON SANITARLA A EMBALAJE DE MADERA (NIMF 15) l)Madera con corteza □ l)Madera Elaborada □ Tratamiento Sella: HT Embalaje lnspeccionado: Pallets □ Cajas de Madera □ Jaulas □ Carretes Bloques: Madera para Estiba □ Tablas para Carga □ Calces □ Collarines de palera Situaci6n sanitaria del Seiiales de plagas Presencia de plagas Condici6n de embalaje de madera: MB □ □ embalaje de madera: D SI NOD SI □ NOD AceptadoD Rechazadc[J Vl. TOMA DE MUESTRAS YA Aus1s DE LABORATORIO Unidad de Cantidad de Tipo de Laboratorio Resultados de Producto muestreo Muestra Analisis Laboratorio Vil. TRATAMIENTO SANITARIO Requiere tratamiento sanitario: □ □ Prnrl11r:to: floc;ic;: Mencionar el tipo de tratamiento: Tiempo de Exposici6n: VIII. CONCEPTO FINAL ACEPTADO CONDJCIO ADO RECHAZADO 1. Retenci6n 3. Cuarentena 1. Decomisos y destrucci6n 2. Tratamiento Sanitario 4. Reacondicionamiento 2. Retorno a Ori gen OBSERV ACIONES lnforme tecnico de inspecci6n respalda que el material de origen vegetal y/o productos de madera que se menciona el documento de referencia ha sido inspeccionado de acuerdo a normas establecidas en el D.S. 25729 y la norma IMF 15 de la CIPF FAO. SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105- Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni- Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal l'IT~DO'I.U■'N'"l,'IOIU',DIIIOl'N ANEXO X Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentar-ia 11 S ENASAG" ACTA DE MUESTREO (Productos vegetates, forestales e insumos agricolas) No ............. . En la localidad de ciudad de de) dia ------------- del mes de del 202 . Personal tecnico autorizado por el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria - SENASAG. en cumplirniento a sus funciones conferidas por el D.S. 25729, practico la inspecci6n, fiscalizaci6n y toma de muestras en el establecimiento almacen, deposito, bodega, conteiners, etc. denominado ubicado en --------------- verificada en la presente inspecci6n, se tomaron rnuestras de productos de orig.en vegetal forestal e insumos agricolas que se especifican a continuaci6n: PRODUCTO CARACTERISTICAS MUESTRA (S) 1 2 3 4 5 Procedencia: Destino: ---------------- El cual queda como constancia, Ia presente acta en triple ejemplar entregando el original al propietario/representante o interesado. SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal DEFINICIONES Analisis del riesgo de plagas.-Proceso de evaluaci6n de las evidencias bioI6gicas u otras evidencias cientificas y econ6micas para determinar si una plaga deberia reglamentarse y la intensidad de cualesquiera medidas fitosanitarias que han de adoptarse contra ella [FAQ, 1995; revisado CIPF, 1997; aclaraci6n, 2005] Area.-Un pais determinado, parte de un pais, paises completos o partes de diversos paises, que se han definido oficialmente [FAQ, 1990, revisado FAQ, 1995; CEMF, 1999. Armonizaci6n.-Establecimiento, reconocimiento y aplicaci6n de medidas sanitarias y fitosanitarias comunes por diferentes miembros. Articulo reglamentado.-Cualquier planta, producto vegetal, lugar de almacenamiento, de empacado, medio de transporte, contenedor, suelo y cualquier otro organismo, objeto o material capaz de albergar o dispersar plagas, que se considere que debe estar sujeto a medidas fitosanitarias, en particular en el transporte internacional [FAQ, 1990; revisado FAQ, 1995; CIPF, 1997; aclaraci6n, 2005]. Certificado Fitosanitario de exportaci6n.-Certificado expedido por profesional habilitado por el Servicio Qficial de Sanidad Agropecuaria del Pais Exportador. Certificaci6n.-es el procedimiento mediante el cual un organismo da una garantia por escrito, de que un producto, un proceso o un servicio se encuentran conforme a los requisitos especificos. CIPF.-Siglas de la Convenci6n Internacional de Protecci6n Fitosanitaria, depositada en 1951 en la FAQ, Roma y posteriormente enmendada. C6digo QR.-C6digo (mico que genera el Sistema Gran Paititi y que almacena toda informaci6n relativa a cada Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. Control de una plaga.-La supresi6n, contenci6n o erradicaci6n de una poblaci6n de plagas. Ji;\ Control Fitosanitario.-Qbservancia activa de la reglamentaci6n fitosanitaria y aplicaci6n de los ~ .~. procedimientos fitosanitarios obligatorios, con el prop6sito de erradicar o contener las plagas cuarentenarias 1 "(.-S.t''· ~ o manejar las plagas no cuarentenarias reglamentadas. , ..... -~:.: Decomiso.-Mercaderia o envi6 que es incautado por inspectores de la oficina de Puesto de Control. Diseminaci6n.-Expansion de la distribuci6n geografica de una plaga dentro de un area Embalaje.-Material utilizado para sujetar, proteger o transportar un producto basico. SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENT ARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3--4628105 - Fax: 591-3--4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal Erradicaci6n.-Aplicaci6n de medidas fitosanitarias para eliminar una plaga de un area. Formulario de liquidaci6n.-Es una declaraci6n jurada, siendo esta la manifestaci6n de hecho, actos y dates comunicados par el usuario al SENASAG. lnspecci6n.-Examen visual oficial de plantas, productos vegetales u otros articulos reglamentados para determinar si hay plagas y/o determinar el cumplimiento con las reglamentaciones fitosanitarias Inspector.-Empleado publico o particular que tiene a su cargo la inspecci6n y vigilancia en el ramo a que pertenece y del cual toma titulo especial el destine que desempefia. lnteresado.-Persona o empresa solicitante de un Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. Medida de emergencia.-Medida fitosanitaria establecida en caso de urgencia ante una situaci6n fitosanitaria nueva o imprevista. Una medida de emergencia puede ser o no una medida provisional Medida fitosanitaria.-Cualquier legislaci6n, reglamento o procedimiento oficial que tenga el prop6sito de prevenir la introducci6n y/o dispersion de plagas cuarentenarias o de limitar las repercusiones econ6micas de las plagas no cuarentenarias reglamentadas. Monitoreo.-Proceso oficial continua para comprobar situaciones fitosanitarias. NIMF.-Normas lnternacionales de Medidas Fitosanitarias Notificaci6n de incumplimiento.-Documento oficial al pais exportador sabre el incumplimiento a las requisites fitosanitarios especificados a la importaci6n de los envies de productos y subproductos de origen vegetal Permiso Fitosanitario de lmportaci6n.-Documento expedido por el Servicio Oficial de Sanidad Agropecuaria el que atestigua la condici6n fitosanitaria de cualquier envio sujeto a reglamentaci6n fitosanitaria. ONPF.-Organismo Nacional de Protecci6n Fitosanitaria Plaga.-Cualquier especie, raza o biotipo vegetal o animal o agente pat6geno dafiino para las plantas o productos vegetales. Plaga cuarentenaria.-Plaga de importancia econ6mica potencial para un area en peligro, aun cuando la plaga no exista alli o, si existe, no esta extendida y se encuentra bajo control oficial. ~:::;-io~~iq;; :;ijc,!~~~~~,Clc:~o,;:~C\lc:::~~~~~~>QQ/C.x:::Jlt:,,i~~•- ~~~A SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasa9.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal Plaga no cuarentenaria.-Plaga de importancia econ6mica potencial para el area en peligro aun cuando la plaga no este presente o, si esta presente, no esta extendida y se encuentra bajo control oficial Plaga no cuarentenaria reglamentada.-Plaga no cuarentenaria cuya presencia en las plantas destinadas a plantaci6n influye en el uso propuesto para esas plantas, por sus repercusiones econ6micamente inaceptables y que, por lo tanto, esta reglamentada la introducci6n de las mismas a territorio del pals importador. Plaga reglamentada.-Plaga cuarentenaria o plaga no cuarentenaria reglamentada. Plantas.-Plantas vivas y partes de ellas, incluyendo semillas y germoplasma. Procedimientos.-es un conjunto de acciones que tienen que realizarse todas igualmente, para obtener los mismos resultados bajo las mismas circunstancias Producto vegetal.- Material no manufacturado de origen vegetal (incluyendo los granos) y aquellos productos manufacturados que por su naturaleza o su procesamiento y elaboraci6n puedan crear riesgos de introducci6n y dispersion de plagas. Punto de entrada.-Aeropuerto, puerto maritimo, fluvial o lacustre, servicios postales o punto fronterizo terrestre, oficialmente designado para la importaci6n de envios, cargamentos en transito, o la entrada de pasajeros. Puesto de Control.-son las dependencias encargadas de prevenir, controlar o ejecutar acciones orientadas a proteger y mejorar el estado fito y zoosanitario y contribuir a la seguridad e inocuidad agroalimentaria, de los riesgos relacionados al comercio nacional e internacional de productos y subproductos agropecuarios. Requisites especificos.- Condiciones fitosanitarios o exigencias de caracter tecnico y administrativo bajo cuyo cumplimiento un Pais Miembro autoriza la importaci6n de internaci6n de plantas, de productos vegetales, articulos reglamentados. Reexportaci6n.-Exportaci6n de productos de origen extranjero que han permanecido por menos de un afio en el pais y no han sido expuesto a infestaci6n o contaminaci6n de plagas, no ha perdido su integridad o identidad no han sido procesados para cambiar sus caracteristicas Restricci6n.- Reglamentaci6n fitosanitaria que permite la importaci6n o movilizaci6n de productos basicos especificos que estan sujetos a requisitos especificos Retenci6n.-Acci6n y efecto de retener un cargamento de productos y subproductos de origen vegetal por las autoridades de Cuarentena Vegetal por no llenar uno o mas requisitos exigidos para permitir su nacionalizaci6n, Tiene la caracteristicas de ser temporal y cuando los requisitos hayan sido cumplidos, se deben entregar la carga a su propietario. ~~ ~; c.:'ie,(l~~~>(Ql:.::J<dc;rt:>QiiQC,Cll!~~::11ci~~~. ~~- -..,.. ,.~;:x,::;~~ SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENT ARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Manual de Procedimiento Fitosanitario para la lmportaci6n de Productos y Subproductos de Origen Vegetal Transparencia.-Principia que promueve la divulgaci6n de informaci6n sobre medidas sanitarias y fitosanitarias, y su fundamento en el ambito nacional e internacional. Transporte aereo.-es el servicio de trasladar de un lugar a otro, pasajeros o cargamento, mediante la utilizaci6n de aeronaves. Transporte Maritimo-Terrestre.-es el Servicio combinado de traslado de cosas (cargas s61idas, liquidas o gaseosas) por mar a bordo de un buque y terrestre sobre sobre la superficie terrestre en camiones de alto tonelaje. Transporte Terrestre.-es el transporte que se realiza sobre la superficie terrestre. La gran mayoria de transportes terrestres se realizan sobre ruedas que podrlan ser autom6viles, autobuses, motocicletas, camiones de alto tonelaje, etc. Tratamiento.-Procedimiento oficial para matar, inactivar o eliminar plagas o para esterilizarlas o desvitalizarlas. Verificaci6n.-Comprobaci6n o ratificaci6n de la autenticidad o verdad de una cosa. Vigencia.-Es el tiempo de validez del Permiso Fitosanitario de lmportaci6n. Vigilancia.-Un proceso oficial mediante el cual se recoge y registra informaci6n sobre la presencia o ausencia de una plaga utilizando encuestas, monitoreo u otros procedimientos. SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA Av. Jose Natusch Esq. Felix Sattori Telefonos: 591-3-4628105 - Fax: 591-3-4628683 Sitio web: www.senasag.gob.bo Trinidad - Beni - Bolivia Jr I