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Laws of Bolivia

Resolución Administrativa Nº 082/2006 - Créase la Comisión Técnica de Control de Contaminantes en Alimentos

Made 2006-05-26 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Bolivia
Subjects
Livestock, Food and nutrition, Cultivated plants
Keywords
drugs, hormones/steroids, animal health, food safety and quality, institution, MRL-maximum residue limit, pesticides, governance, plant protection
Categories
agriculture

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  1. 'BL/CA DE DOLIVTA. ·sterio de Asun/os • os y Agropecua~ios "LI" aou--nP. Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Jnocuidad Alimentaria RESOLUCION ADIIIIINISTRATIV A N" 082/2006 Santfsima Trinidad, 26 de mayo 2006 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mcdiantc Ley de la Republica N°. 2061, se crea el Serv:icio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria "SENASAG", como estructura operativa <lei Ministerio de Agricultura, Ganadcrfa y Uesanollo Rural-MAGDR-, cncargado de Administrar el Regimen de Sanidad Agropecuaria e loocuidad Alimentaria. Que, en el Art. 2 incs. a, b, e) y f) de la citada ley, se refiere a la protecci6n sanitaria de! patiimonio agropecUlll:io y fore-stal, la certificaci6n de la sanidad agropecuaria e inocuidad a!imentaria de los poductos de conswno nacional, de exportacion e importaci6n asi como al control y garantra de la ioocuidad de los alimentos, en Ios trarnos productivos y de procesamiento que conespondan al sector agropecuario, el control de los insumos utilizados para la producci6n agropecuaria e inocuidad alimentaria; cntrc otras. Que, mediante Decreto Supremo N° 25729, de fecha 07 de abril de 2000, se establece la organizaci6n y funcionamiento de! Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Tnocuidad Alimentaria "SENASAG", determinando al m.ismo tiempo su mhi6n institucional y atribuciones. Que, entre las competencias mencionadas en el referido dccreto, en el Art. 7, se encuentran las siguientes: f) administrar el Sistema de Registro de insumos Agropecuarios, coordinando los temas de Salud y Media Amhiente con los responsables del Sector; g) reglamentar y administrar el sistema de reutena, para cl control e inspecci6n fito y zoosan.itaria en el comercio interno y externo de! pafs; h) reglamentar los requisitos sanitarios para la importaci6n de animales, vegetales, pwduclos, subpmductos de origen agropecuario, forestal e insumos agropecuarios; i) reglamentar los procedim.ientos para la fiscalizacion, control y seguimiento para la inocuidad alimcntaria en los tramos productivos y de proccsamiento <lei sect0r agropecuario; entre otras. Que, el control de rcsiduos de mcdicamcntos velerinarios, honnonas y pesticidas en los alimentos es de fundamental importancia para garantizar la inocuidad de los alimentos destina90s a consumo humano asi coma tamhi~n fortalecer la capacidad expo1tadora de cstos productos. l.. Que, es necesa1io iJ1tegrar las tareas de control y fiscal izaci6n de! uso de medicamentos veterinarios y plaguicidas que se llevan a cabo yen las Un.idades de Sanidad AniJnal y Sanidad Vegetal, a objcto de. implementar un sistema de vigilancia de residuos de mcdican1entos veterinarios, de pesticidas y hormonas '.PORTANTO: LJ O lJ O O (J 5 Q El Director Nacional de! Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e lnocuidad Alimentaria "SENASAG", con las atribuciones conferidas pore! ArL 10 Inc. e), de! Decreto Supremo N°. 25729 de 7 de abril de 2000: "6n Nacional iose Natusch Velasco. • d-Beni-Bolivia Tel.fl 591-3-46-28105 591-3-46-28106 Fax: 591-3-46-28107 Email: dimacional@senasag.gov.bo asuntosjuridicos@senasag.gov.bo WEB: www.senasag.gov.bo .lJOL1V\P. REPl'BUCA DE BOLfVJA Ministerio de Asuntos esinos y Agropecuarios Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria RESUELVE: ART[CULO PRIMERO.- Crease la Comisi6n Tecnica de Control de Con1aminan1es en Alimentos, dcl SENASAG, conformada por las Unidades de Sanidad Animal, Sanidad Veget:al e lnocuidad Alimentaria. ARTICULO SEGUNDO (NATURALEZA).- La Comision es de neituralez.a deliberaliva y propositiva. Cos cursos de acci6n detenninados por la misma deberan ejecutarse por las Uoidades Tecnicas correspondicntes; en el marco de sus competencias y estructurn organizativa. Sus m.iembros no gozan de c;molumentos adicionales . .ARTiCULO TERCERO (08JETIVO).- La Comisi6n tiene los sig.1ientes objetivos especificos. I. Elaborar directrices para la consolidaci6n de un sistema de coutrol de residuos de medicamedos veterinarios, hormonas, plaguicidas y coniaminantes ambientales, en alimentos destinado, a consumo huma.no; de acuerdo a la normativa vigentc. 2. Organizar la base de datos de Leyes y disposiciones en materia de registro de insumos agropecuarios, registro de en:presas elaboradoras, i.mportadoras y comercializadoras de inswnos l'leropecuarios, control de medicamentos vetei·inarios, honnonas y plagtuc.idas, en alirne.ntos destinados a consw110 humano y piensos, uso y adr.ninlstraci6n de insumos agropccuarios. 3. Idcntificar la necesidad y proponer la elaboracion y aprobaci6n de normas y disposiciones en la materia, de acuerdo a las competencias de las Unidades Tecnicas del SENASAG. 4. Proponer la elaboraci6n de programas relacionados con cl tema. 5. Coordinar las actividades para el Plan Opemtivo Anual del SENASAG eJ1 esta materia e identificar fucntcs de financiamiento. 6. Dar seguimiento a la implementaci6n de las directrices y actividades determinadas por la Comisi6n en lo que respecta al trabajo de las Unidades Tecnicas del SENASAG. 7. Proponer cursos de capacitaci6n. ARTiCULO CUARTO (ORGA1'IZACT6N).- La orga1Jizaci6:i. intcrna de la comisi6n scra la siguiente: • La Coordinaci6n General estara a cargo de! Jefc Nacional de Inocui<lad Alimentaria. • La Secretaria Tecnica estara a cru·go del. Encargado Nacional de Laboratorios de Sanida<l Vegetal. • l:,os coordinadores de las Un.idades de Sanidad .tulimal y Sanidad Vegetal, seran los Jefes nacionalcs respectivos. • Los reprcsemantes de las siguientes areas: o Area Nacional de Cm:rentena (Sarlidad Animal). o Area Nacional de Laboratorios (Sanidad Animal). o Area Nacional de Rcgistro (Sanidad Animal). o Area Nacional de Cuarentena (Sanidad Vegetal). o Area Nacional de Lal:oratorios (Sa.nidad Vegetal). o Area Nacional de Registro (Sanidad Vegetal). o Area Nacional de Latoratorios (lnocuidad Alimentaria). o Afea Nacional de Registro (lnocuidad A.liu1entaria). UDOOOOSl ion Nacional . Jose Natusch Velasco. d-Beni-Bolivia Telf/ 591-3-46-28105 591-3-46-28106 Fax: 591-3-46-28107 Email: dimacional@senasag.gov.bo asuntosjuridicos@senasag.gov.bo \VEB: www.senasag.!!ov.bo Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Jnocuidad Alimen1i1ria • Los Coordinadores de Unjdad y Coordinador General podran delegar a tm altemo como coordinador de la Unidad respectiva, de entrc los rcprcsentantcs arriba mencionados. Iefes Nacionales de las U nidades de Sanidad Vegetal, Sanidad Animal c lnocuidad Alimentaria de! ASAG", queclan encargados de la ejecuci6n y cumplimiento de la presente Resoluci6n • istrativa. 'sttesc, Comuniqucsc, Cumplase y Archfvese . . ~ ABOGADO CAB 0033 JfFE NAC/0,W.J. ASUNTOS JURfo:cos al. StiNASA.G. MA.CA C/Arch. D.N. Juri:lico. • on Nacion al Jose Natusch Velasco. ., : .. ; Telf/ 591-3-46-28 I 05 591-3-46-28106 Fax: 591-3-46-28107 IIVO s nidad ~grop ·dod Affmenlorio SfNASAG • MACA Email: dimacional@senasag.gov.bo astmtosjuridicos@senasag.gov.bo WEB: www.senasae:.gov.bo

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