Ley Departamental Nº 395 - Ley modificadora a la Ley Nº 340 Ley Departamental de fomento a la producción de cítricos en el departamento de Tarija
Made 2019-07-02 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Bolivia · Tarija
- Subjects
- Food and nutrition
- Keywords
- fruits/edible nuts, subsidy/incentive
Where to read it
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Text
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ASAM BLEA LEGISLATIVA ye DEPARTAMENTAL DE & = TARIJA ee a ae a 2 LEY DEPARTAMENTAL N° 395 del 31 de julio de 2019 Adrian Esteban Oliva Alcdzar GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE TARIJA LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE TARIJA, Por cuanto la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, ha sancionado la siguiente Ley Departamental: LEY DEPARTAMENTAL MODIFICATORIA A LA LEY N° 340 “LEY DEPARTAMENTAL DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CITRICOS EN EL DEPARTAMENTO DE TARIJA” Articulo 1. (Objeto).- La presente Ley tiene por objeto modificar el articulo seis (6) de la Ley N° 340, “Ley Departamental de Fomento a la Produccién de Citricos en el Departamento de Tarija”. Articulo 2. (Modificacion del Articulo 6).- Se modifica el articulo seis (6) de la Ley N° 340, Ley Departamental de Fomento a la Produccion de Citricos en el Departamento de Tarija con el siguiente texto: El Organo Ejecutivo Departamental deberd realizar la reglamentacién de la Ley N° 340, “Ley Departamental de Fomento a la Produccién de Citricos en el Departamento de Tarija” en el plazo de 60 dias calendario posterior a su promulgacién, en coordinacién con las asociaciones de productores de citricos del Departamento. Es sancionada a los dos dias del mes de julio del afio 2019, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija. Remitase al Organo Ejecutivo Departamental para los fines Constitucionales y Estatutarios. Fdo. Guillermo Vega Flores, Roberto Carlos Cardozo Reyes. Por Tanto: La Promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Departamento de Tarija. Es dado en la Gobernacién, en la ciudad de Tarija, a los treinta y un dias del mes de julio de dos mil diecinueve ajios. Fdo. ADRIAN ESTEBAN OLIVA ALCAZAR. Calle Sucre Esq. La Madrid (Plaza Luis de Fuentes y Vargas) « Telf. 591- 4 6113312 - Fax: 591 - 4- 6113308 www.aldt.gob - Tarija - Bolivia » Gestidn Legislativa 2017 - 2018