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Laws of Argentina

Resolución Nº 369/2015 - Créase el Proyecto «Manejo de Residuos en Sistemas Productivos»

Made 2015-09-15 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Argentina
Subjects
Agricultural and rural development, Waste and hazardous substances
Keywords
smallholders/peasants, waste management, pollution control, waste non-domestic sources

Where to read it

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Text

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  1. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Resolución 369/2015 Bs. As., 15/09/2015 VISTO el Expediente N° S05:0029053/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y CONSIDERANDO: Que el sector agropecuario argentino es uno de los sectores más desarrollados y diversos en cuanto a sus producciones, generando gran cantidad de puestos de trabajo y productos de buena calidad. Que el aumento en la producción de alimentos y las proyecciones del Plan Estratégico Agroalimentario y Agroindustrial 2020 (PEAA) prevén un aumento del CINCUENTA Y OCHO POR CIENTO (58%) en el complejo granos, un CINCUENTA Y TRES POR CIENTO (53%) en cultivos industriales, DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO POR CIENTO (235%) en el complejo algodonero, OCHENTA Y NUEVE POR CIENTO (89%) en el complejo hortícola, VEINTISIETE POR CIENTO (27%) en el complejo forestal, TREINTA Y SEIS POR CIENTO (36%) en el complejo frutal hortícola, VEINTINUEVE POR CIENTO (29%) en el complejo frutal pepita y carozo, QUINCE POR CIENTO (15%) en complejo vitivinícola, CIENTO QUINCE POR CIENTO (115%) en complejo apícola y VEINTISÉIS POR CIENTO (26%) en complejo marítimo. Dentro de la producción ganadera se prevee asimismo, un incremento del CUARENTA Y SEIS POR CIENTO (46%) en el complejo cárneo bovino, OCHENTA Y OCHO POR CIENTO (88%) en el complejo avícola, CIENTO NOVENTA Y TRES POR CIENTO (193%) en el complejo cárneo porcino, CUARENTA POR CIENTO (40%) en el complejo cárneo ovino y SETENTA Y SEIS POR CIENTO (76%) en el complejo lácteo bovino. Que el incremento proyectado en la producción de los distintos complejos está asociado entre otras cuestiones, a los altos niveles de tecnificación así como a la intensificación de ciertas producciones. Que esa intensificación productiva del sector rural trae aparejada una mayor generación de una amplia gama de residuos. Que la generación de residuos a un ritmo mayor a su degradación genera la concentración de grandes volúmenes de residuos que no pueden ser asimilados por el ambiente y que al no ser tratados de manera adecuada liberan Gases de Efecto Invernadero (GEI), producen contaminación en los suelos, el agua y degradación del paisaje. Que la conservación de los recursos naturales dependiendo de los distintos modelos y escalas de la producción, requiere de una planificación sobre la gestión de los residuos, evitando la contaminación puntual y los conflictos que de ella se generan. Que es necesario apoyar a los pequeños productores para que puedan adquirir nuevas capacidades y adoptar las técnicas adecuadas de gestión de residuos en sus establecimientos. Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA) lleva adelante el Proyecto “Tecnologías y Estrategias de Gestión de Residuos y Efluentes en Sistemas Agropecuarios y Agroindustriales”, cuyos objetivos son desarrollar y adaptar tecnologías y generar herramientas de manejo para el tratamiento de los residuos, generar tecnologías y estrategias de gestión para el tratamiento de las aguas residuales y diseñar estrategias de comunicación y capacitación que permitan generar nuevas capacidades a los diferentes actores. Que existen tecnologías con las cuales puede agregarse valor a los residuos, pudiendo utilizarlos como materias primas para otros procesos, promoviendo la reducción de costos. Que la Coordinación de Gestión Ambiental dependiente de la Dirección Nacional de Procesos y Tecnologías de la SUBSECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGÍAS de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA tiene, entre sus incumbencias, contribuir a la articulación y complementación con los diferentes niveles y sectores de gobierno, del sector público y privado, de los aspectos de la gestión ambiental de los sistemas productivos y de los recursos naturales destinados a la producción agropecuaria y forestal que permitan su uso y conservación así como la cooperación con organismos internacionales en dichas temáticas. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 sus modificatorios y complementarios y la Resolución N° 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Por ello, EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Créase el Proyecto “Manejo de Residuos en Sistemas Productivos” en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. ARTÍCULO 2° — El Proyecto que se crea por el Artículo 1° de la presente medida tiene como objetivos principales incorporar la gestión de los residuos en las diferentes producciones, así como brindar apoyo a pequeños productores rurales en la adopción de nuevas capacidades y tecnologías adecuadas de gestión de residuos en sus establecimientos. ARTÍCULO 3° — Los recursos necesarios para establecer, implementar y ejecutar el mencionado Proyecto, serán los que el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA establezca en función de su disponibilidad presupuestaria. ARTÍCULO 4° — Los recursos que se dispongan, serán destinados a la ejecución de acciones específicas vinculadas a la determinación de necesidades de asesoramiento y de tecnologías apropiadas para la gestión de residuos para los productores; organización y dictado de capacitaciones sobre el uso responsable de insumos con el fin de minimizar la generación de residuos; valorización de los residuos como insumos para otros procesos (agregado de valor) y alternativas para su correcto tratamiento. Asimismo, se favorecerá la facilitación de tecnologías y se realizará el seguimiento y evaluación del proyecto. ARTÍCULO 5° — Encomiéndase a la Coordinación de Gestión Ambiental dependiente de la Dirección Nacional de Procesos y Tecnologías de la SUBSECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGÍAS de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la planificación, ejecución y coordinación de las actividades que se materialicen en el marco del Proyecto “Manejo de Residuos en Sistemas Productivos”. ARTÍCULO 6° — Para la ejecución de este Proyecto, la citada Coordinación de Gestión Ambiental podrá articular y complementar acciones con otros programas que se estén llevando adelante en el ámbito del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). ARTÍCULO 7° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. R. GABRIEL DELGADO, Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.

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