Resolución 14/2022 - Créase el Programa de articulación territorial
Made 2022-03-04 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Argentina
- Subjects
- General
- Keywords
- institution, public participation, innovation, poverty, governance
Where to read it
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Text
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ARTÍCULO 1°.- Créase el “Programa de Articulación Territorial” en la órbita de la SUBSECRETARÍA DEL CONOCIMIENTO PARA EL DESARROLLO de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con el objetivo de difundir y facilitar el accionar del CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL en todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 2 °.- Son acciones del Programa: a) Apoyar las actividades de la SUBSECRETARÍA DEL CONOCIMIENTO PARA EL DESARROLLO vinculadas con las acciones del CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL. b) Difundir, facilitar y promover el desarrollo de acciones, foros, actividades de capacitación, becas, estudios y toda otra actividad que le sea encomendada para el cumplimiento de los objetivos del CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL. c) Articular las actividades de la SUBSECRETARÍA DEL CONOCIMIENTO PARA EL DESARROLLO con las distintas instancias territoriales involucradas en las acciones del CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL. d) Analizar, evaluar y proponer acciones estratégicas para el desarrollo de los temas que hacen al CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL. e) Identificar cuestiones estratégicas de alcance federal para su tratamiento en el seno del CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL. f) Proponer acciones orientadas a fortalecer la generación de consensos y la participación de la sociedad civil en el seno del CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL. g) Articular y coordinar acciones referidas a la instrumentación de programas y proyectos con financiamiento internacional multilateral y bilateral en relación con entidades y jurisdicciones nacionales y locales.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Gustavo Beliz e. 08/03/2022 N° 12340/22 v. 08/03/2022