Ley Nº 696 - Declaración del castor como especie dañina y perjudicial en el ámbito de la Provincia
Made 2006-05-17 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Country
- Argentina · Tierra del Fuego
- Subjects
- Wild species and ecosystems
- Keywords
- wild fauna, dangerous animal/harmful animal
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LEY Nº 696 FAUNA – CASTOR: DECLARACIÓN DE ESPECIE DAÑINA Y PERJUDICIAL EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA. Sanción: 27 de Abril de 2006. Promulgación: 17/05/06 D.P. Nº 2039. Publicación: B.O.P. 22/05/06. Artículo 1º.- Declarar “Especie dañina y perjudicial” al castor canadensis en todo el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través de la autoridad de aplicación, deberá erradicar o controlar la especie “castor canadensis” en el marco del manejo global de las invasiones biológicas, según reza el artículo 8º, inciso h), de la Ley nacional 24.375. Artículo 3º.- Autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a firmar acuerdos marco referentes a esta temática, con provincias y regiones vecinas a efectos de realizar un trabajo en conjunto para la erradicación del castor canadensis. Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.