Ley Nº 6.599 - Declara monumento natural provincial a algunas especies de animales silvestres y sus hábitats naturales
Made 1998-05-12 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Country
- Argentina
- Subjects
- Wild species and ecosystems
- Keywords
- management/conservation, birds, camelids, protection of habitats, protection of species, biodiversity
Where to read it
No source link is recorded for this law.
Text
The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.
LEY 6.599 DECLARA MONUMENTO NATURAL PROVINCIAL ESPECIES DE ANIMALES SILVESTRES MENDOZA, 12 DE MAYO DE 1998. El Senado y Cámara de diputados de la provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de ley: Artículo 1º - Declárase Monumento Natural Provincial a las siguientes especies de aniamles silvestres y sus hábitats naturales: Cóndor (Vultur Gryphus). Choique o Suri (Pteronemia Pennata). Guanaco (Lama Guanicoe). Tortuga del Macizo Extracordillerano del Nevado (Helonoidis Donosabarrosi). Liebre Mara, Criolla o Patagónica (Dolichotus Patagonum). Pichiciego (Chlamyphorus Truncatus). Artículo 2º.- Se establece la veda total y permanente de caza para estas especies, prohibiéndose su tenencia en cautiverio, excepto para fines educativos, científicos, de subsistencia o de manejo sustentable, para lo cual se requerirá autorización expresa a la Autoridad de Aplicación. Artículo 3º.- El Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, a través de la Dirección de Recursos Naturales Renovables será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley. Artículo 4º.- En el caso de las especies guanaco (Lama Guanicoe) y choique o suri (Pteronemia Pennata), autorízase su aprovechamiento económico cuando se funde sobre los principios de bienestar animal y manejo social y ecológicamente sustentable y en la medida que dicha actividad no genere daños, perjuicios o deterioro a las poblaciones naturales de las mencionadas especies. Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.