Ley Nº 5154 - Crea la Comisión Mixta de Asociativismo y Economía Social en el ámbito de la Legislatura de la Provincia de Rio Negro
Made 2016-11-01 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Country
- Argentina · Río Negro
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- cooperative/producer organization, family farming, farming, agricultural development
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Text
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Artículo 1º.- Creación: Se crea la Comisión Mixta de Asociativismo y Economía Social en la Legislatura de la Provincia de Río Negro.
Artículo 2°.- Objeto: Es objeto de la comisión creada en el artículo 1°: 1. Presentar, analizar y evaluar iniciativas y proyectos relacionados con el asociativismo y el desarrollo de la economía solidaria. 2. Fortalecer los vínculos entre las diferentes organizaciones asociativas y de economía social. 3. Promover la cooperación con organizaciones de similares características de la Región Patagónica. 4. Coordinar la promoción de las acciones tendientes a fomentar y fortalecer las organizaciones asociativas y de la economía social. 5. Acompañar iniciativas tendientes a fortalecer el proceso de constitución y crecimiento de organizaciones asociativas ligadas a programas sociales que posibilitan la integración cultural, Legislatura de la Provincia de Río Negro productiva y social, teniendo como eje vector el trabajo autogestionado. 6. Promover iniciativas tendientes a fortalecer la capacitación en todas las cuestiones atinentes a la gestión y funcionamiento de organizaciones asociativas y de economía social. 7. Impulsar mecanismos de diálogo político y de cooperación con los países integrantes del Mercosur.
Artículo 3°.- Organizaciones vinculadas: A los efectos de la presente ley son consideradas de su incumbencia las siguientes organizaciones: 1. Cooperativas. 2. Mutuales. 3. Organizaciones del voluntariado. 4. Organizaciones de agricultura familiar. 5. Organizaciones de microemprendedores. 6. Bancos Sociales. 7. Empresas recuperadas. 8. Organizaciones de trueque y moneda social. 9. Ferias comunitarias. 10. Toda otra organización asociativa y de la economía social que, a criterio de la comisión, se considere de su incumbencia.
Artículo 4º.- Sede: La comisión mixta que por la presente se crea tiene funciones en la Legislatura de la Provincia de Río Negro, pudiendo constituirse en otras localidades del territorio provincial.
Artículo 5º.- Integración: La Comisión Mixta de Asociativismo y Economía Social está integrada por: 1. Tres (3) representantes del Poder Legislativo, los que serán designados por la Comisión de Labor Parlamentaria, procurando que su integración respete en general la proporcionalidad representativa de las agrupaciones políticas que integren la Cámara. Legislatura de la Provincia de Río Negro 2. Tres (3) representantes del Poder Ejecutivo designados por éste, de los cuales al menos uno (1) de ellos represente al Ministerio de Desarrollo Social. 3. Un (1) representante de la Federación de Cooperativas de Río Negro. 4. Un (1) representante del Consejo Asesor Mutual.
Artículo 6°.- Organización interna: Un vez constituida, la Comisión Mixta de Asociativismo y Economía Social elige sus autoridades y dicta su propio reglamento.
Artículo 7°.- Presupuesto: Las partidas presupuestarias necesarias para su funcionamiento, se reasignarán de las establecidas para el Poder Legislativo.
Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Aprobado en General y en Particular por Unanimidad Votos Afirmativos: Luis Horacio Albrieu, Juan Carlos Apud, Ricardo Daniel Arroyo, Marta Susana Bizzotto, Adrián Jorge Casadei, Juan Elbi Cides, Norma Beatriz Coronel, Rodolfo Rómulo Cufré, Oscar Eduardo Díaz, Mariana E. Domínguez Mascaro, Roxana Celia Fernández, Edith Garro, Viviana Elsa Germanier, María Inés Grandoso, Graciela Esther Holtz, Elsa Cristina Inchassendague, Javier Alejandro Iud, Silvana Beatriz Larralde, Tania Tamara Lastra, Leandro Martín Lescano, José Adrián Liguen, Facundo Manuel López, María del Carmen Maldonado, Héctor Marcelo Mango, Humberto Alejandro Marinao, Alfredo Adolfo Martín, Raúl Francisco Martínez, Marta Silvia Milesi, Silvia Beatriz Morales, Jorge Armando Ocampos, Alejandro Palmieri, Silvia Alicia Paz, Carina Isabel Pita, Sandra Isabel Recalt, Sergio Ariel Rivero, Mario Ernesto Sabbatella, Graciela Mirian Valdebenito, Jorge Luis Vallazza, Elvin Gerardo Williams Fuera del Recinto: Daniela Beatriz Agostino, Arabela Marisa Carreras, Alejandro Ramos Mejía, Nicolás Rochás Ausentes: Héctor Rubén López, Miguel Angel Vidal, Soraya Elisandra Iris Yauhar