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Laws of Argentina

Ley Nº 5.853 – Crea el Programa Provincial “Tomemos Agua”

Made 2014-12-29 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Country
Argentina · Jujuy
Subjects
Food and nutrition, Water
Keywords
potable water, education, water supply

Where to read it

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Text

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  1. Poder Judicial de JujuyPoder Judicial de JujuyPoder Judicial de JujuyPoder Judicial de Jujuy Superior Tribunal de Justicia Superior Tribunal de Justicia Superior Tribunal de Justicia Superior Tribunal de Justicia Dirección de BibliotecasDirección de BibliotecasDirección de BibliotecasDirección de Bibliotecas LEY Nº 5853 “CREACIÓN DEL PROGRAMA “TOMEMOS AGUA”” San.: 19-11-2014 Prom.: 29-12-2014 Publ.: 09-01-2015 Art. 1. Créase el Programa Provincial “TOMEMOS AGUA” destinado a promover la cultura del consumo de agua potable. Art. 2. En el marco del Programa que se crea por la presente ley, todos los establecimientos que desarrollen actividades de expendio de alimentos al público, tales como restaurantes, confiterías, comedores, bares, etc., deberán en forma obligatoria y gratuita ofrecer a sus clientes la posibilidad de consumir agua potable. Art. 3. El agua se servirá en envase de tipo botella o jarra, deberá ser de vidrio, cerámica o material sólido no poroso, con una capacidad no inferior a un (1) litro y se renovará sin cargo a pedido del cliente en todas las oportunidades en que sea requerido. Art. 4. Los establecimientos comerciales alcanzados por las disposiciones de la presente ley contarán con sesenta (60) días para efectuar las modificaciones necesarias y poner en práctica este Programa. Art. 5. El incumplimiento de las disposiciones de la presente ley serán sancionadas [sic] con multas que graduará la autoridad de aplicación que designe el Poder Ejecutivo Provincial, entre los valores de cien (100) y mil (1000) litros de nafta de máxima calidad, según se importe vigente en el mercado a la fecha del hecho. Art. 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

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