Skip to content
Nelum
Laws of Argentina

Ley Nº 5.474 - Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina

Made 2016-07-14 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Country
Argentina · Catamarca
Subjects
Agricultural and rural development, Food and nutrition
Keywords
family farming, food sovereignty, smallholders/peasants, comparative analysis, farming, agricultural development, food security

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. Anterior Siguiente Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina LEY 5.474 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 14 de Julio de 2016 Boletín Oficial, 7 de Octubre de 2016 Vigente, de alcance general Id SAIJ: LPK0005474 Sumario adhesión provincial, Catamarca, agricultura familiar, Ministerio de Producción, Actividades económicas, Ministerio de la Producción EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ADHESION: Adhiere la provincia de Catamarca a los términos de la Ley Nacional , que declaraARTICULO 1°.- N° 27.118 de interés público la agricultura familiar, campesina y de pueblos originarios por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaria del pueblo, por practicar y promover sistemas de vida y de producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva. parte 0,[Contenido relacionado] COMPETENCIA: El Ministerio de Producción y Desarrollo de la provincia de Catamarca, a través de laARTICULO 2°. Secretaría de Agricultura, Ganadería y Agroindustria será la autoridad de aplicación responsable de regular y controlar las acciones que surjan por inspiración de esta Ley. RECURSOS: Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a obtener los fondos necesarios, sea delARTICULO 3°. presupuesto Provincial, como de los créditos y convenios eventualmente disponibles de la Administración Pública Nacional, con el objeto de garantizar la competencia que se asume por la presente. De Forma.ARTICULO 4°. Firmantes Augusto César Ojeda Presidente Provisorio a/c de la Presidencia Cámara de Senadores Marcelo Daniel Rivera Presidente Cámara de Diputados Omar A. Kranevitter Secretario Parlamentario Cámara de Senadores Dra. Carolina Patricia Vega Subsecretaria Parlamentaria a/c Secretaría Parlamentaria Cámara de Diputados

Ley Nº 5.474 - Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina · Nelum