Ley Nº 4.664 - Declárase la Emergencia Ambiental en la región que comprende las Lagunas Carrilaufquen Chica y Carrilaufquen Grande en cercanías de la localidad de Ingeniero Jacobacci, debido al retiro de las aguas y consecuente achicamiento de las mismas
Made 2011-06-10 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Country
- Argentina · Río Negro
- Subjects
- Water
- Keywords
- water shortage/drought, basin/catchment/watershed, inland waters
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LEY Nº 4664 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO SANCIONA CON FUERZA DE L E Y Artículo 1º.- Declárase la emergencia ambiental en el marco de desastre agropecuario por sequía en la cuenca que comprende las Lagunas Carrilaufquen Chica y Carrilaufquen Grande en cercanías de la localidad de Ingeniero Jacobacci, debido al retiro de las aguas y consecuente achicamiento de las mismas. Artículo 2º.- El Consejo de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA) como autoridad de aplicación de la normativa ambiental provincial, deberá establecer un Programa de Acción en la región con el fin de realizar estudios e investigaciones tendientes a determinar las causas concretas de la situación actual, métodos de prevención de desastres que posibiliten la sustentabilidad ecológica, económica y social del desarrollo y un correcto control y seguimiento de las condiciones ambientales, en particular, del recurso hídrico. Artículo 3º.- A los efectos del Programa de Acción del artículo anterior, el CODEMA podrá requerir intervención a los organismos provinciales pertinentes, como también, a profesionales especializados y/o entidades no gubernamentales con competencia y capacidad para el cumplimiento de las tareas. Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.