Ley Nº 2.349 - Prohibiendo en el territorio de la Provincia de La Pampa la utilización de toda sustancia química contaminante en el proceso de cateo, prospección, extracción, explotación, tratamiento o industrialización de minerales metalíferos
Made 2007-08-16 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Country
- Argentina · La Pampa
- Subjects
- Environment, Mineral resources
- Keywords
- pollution control, mining, exploration
- Categories
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Text
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Articulo 1°.- Prohíbese en el territorio de la provincia de La Pampa la utilización de cianuro, mercurio, ácido sulfúrico y toda sustancia química contaminante en el proceso de cateo, prospección, extracción, explotación, tratamiento y/o industrialización de minerales metalíferos.
Artículo 2°.- Prohíbese en el territorio de la provincia de La Pampa la explotación minera de minerales metalíferos a cielo abierto.-
Artículo 3°.- Las empresas y/o personas, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley posean la titularidad de concesiones de yacimientos minerales de primera categoría, y/o aquellas que industrialicen dichos minerales, deben adecuar todos sus procesos a las previsiones del artículo anterior.-
Articulo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los dieciseis días del mes de agosto de dos mil siete.- Dip. César Antonio BALLARI, Vicepresidente 1º Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- EXPEDIENTE N° 10645/07.- Santa Rosa, 7 de Setiembre de 2007 SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: Habiendo quedado promulgada conforme a lo dispuesto por el artículo 70 de la Constitución Provincial, se registra la presente Ley con el NUMERO DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE (2349).- Pase a sus efectos al Boletín Oficial y ARCHIVESE.- Ingº. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-