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Laws of Argentina

Disposición Nº 166/01 - Crea el Programa Nacional de Energías y Combustibles Alternativos

Made 2001-08-16 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Argentina
Subjects
Air and atmosphere, Energy
Keywords
climate change, ozone layer, clean development mechanism, renewable energy

Where to read it

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Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. ARTÍCULO 1º.- Créase, en el ámbito de la SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLÍTICA AMBIENTAL, el PROGRAMA NACIONAL DE ENERGIAS Y COMBUSTIBLES ALTERNATIVOS, relacionado con la problemática del cambio climático y la normativa emergente de la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC).

  2. ARTÍCULO 2º.- Son funciones del Programa: 1. Coordinar la realización de estudios y desarrollos sobre: Componente de energías primarias y su transformación. • Energía eólica • Energía solar • Hidrógeno • Producción • Almacenamiento • Distribución • Uso Componente de conversión de la energía. • Celdas de combustibles Componente de generación de energía eléctrica. • Microturbinas para poblaciones rurales aisladas dentro del mercado eléctrico disperso, • Máquinas térmicas que utilicen hidrógeno como combustible exclusivo o simultáneo, • Integración energética eólica-solar-hidrógeno, • Integración de una planta piloto de producción, almacenamiento y utilización de hidrógeno. 1. Articular las acciones en el desarrollo de energías y combustibles alternativos y sustentables, con las de otros programas nacionales relacionados, tanto en esta Secretaría como en otras dependencias nacionales. 2. Coordinar las acciones con las principales áreas gubernamentales provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en las áreas de uso y control de energías y combustibles, en el marco del CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE (COFEMA). 3. Coordinar las iniciativas y proyectos empresariales, que con el Marco de la Convención y las políticas ambientales en Cambio Climático, deseen incorporarse a éste Programa, a los fines de trabajar en cooperación con el Estado, y de lograr financiaciones genuinas para sus innovaciones tecnológicas, en el campo del desarrollo de energías y combustibles alternativos y sustentables. 4. Llevar un Registro y Base de Datos de libre acceso, de los estudios y proyectos que se realizan en nuestro país y el extranjero, en la temática. Además, generar una Base de Datos Referencial sobre técnicas, métodos y software, que unidades de investigación nacionales y extranjeras ofrezcan, o estén dispuestas a compartir con otras. 5. Gestionar y gerenciar, ante entidades financieras y organismos internacionales y nacionales, programas de financiamiento de los proyectos de investigación y desarrollo referidos en los párrafos anteriores, en los temas que sean considerados prioritarios para la SDSyPA.

  3. ARTÍCULO 3°.- Las medidas que se adoptan en los artículos 1° y 2° de la presente disposición quedan sujetas a su posterior ratificación.

  4. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Lic. David Mutchinick

Disposición Nº 166/01 - Crea el Programa Nacional de Energías y Combustibles Alternativos · Nelum