Decreto Nº 410/2006 - Apruébase la estructura organizativa del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, ente descentralizado dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano del Ministerio de Desarrollo Social
Made 2006-04-12 · Text as of 2026-10-01
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About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Argentina
- Subjects
- Agricultural and rural development, Forestry, Land and soil, Mineral resources, General
- Keywords
- Indigenous Peoples, institution, social protection, public participation, governance, agricultural land, traditional knowledge/indigenous knowledge, land tenure, sustainable use, traditional rights/customary rights
- Categories
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, ente descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de acuerdo con el Organigrama, Objetivo, Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación los que, como Anexos I, II y III forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º — Transfiérese al personal nominado en el Anexo IV al INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, ente descentralizado que actúa en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con las partidas específicas asignadas en el Presupuesto Nacional al INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, ente descentralizado que actúa en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Juan C. Nadalich.
ANEXO I (Anexo sustituido por art. 2° del Decreto N° 702/2010 B.O. 21/5/2010)
ANEXO II MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS Objetivo: servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm 2/7 29/10/2020 servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm Es el objetivo del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país, asegurar su defensa y desarrollo, su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios valores y modalidades, implementando planes que permitan su acceso a la propiedad de la tierra y el fomento de su producción agropecuaria, forestal, minera, industrial o artesanal en cualquiera de sus especializaciones, la preservación de sus pautas culturales en los planes de enseñanza y la protección de la salud de sus integrantes. MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS Dirección de Tierras y Registro Nacional de Comunidades Indígenas Responsabilidad Primaria: Planificar, elaborar y ejecutar Programas de Regularización Dominial de Tierras con el objeto de reconocer la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan las Comunidades Indígenas, y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; analizar aceptar las solicitudes de inscripción en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas. Acciones: 1. Intervenir en el relevamiento de la situación dominial de las tierras que poseen las Comunidades Indígenas, en articulación con los organismos competentes en el orden nacional, provincial y municipal. 2. Diseñar, ejecutar y financiar junto con los gobiernos provinciales, municipales y las Comunidades Indígenas, Programas de Regularización Dominial de las tierras que habitan tradicionalmente. 3. Localizar en articulación con el Programa Nacional de Tierras Fiscales —Programa Arraigo—, tierras disponibles para su posterior adjudicación a Comunidades Indígenas. 4. Entender en la ejecución y el financiamiento de los procesos de expropiación de tierras a favor de Comunidades Indígenas, ordenados por las leyes que sancione el Honorable Congreso de la Nación. 5. Intervenir en las solicitudes de compra de tierras de las comunidades que no posean tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano. 6. Asesorar a la Presidencia del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas y acompañar a las Comunidades Indígenas, en la realización de procedimientos electivos según la tradición y pautas culturales propias de cada Comunidad, para la designación de representantes de la misma y la integración del Consejo de Coordinación. 7. Asistir a las Comunidades Indígenas en los procesos de mediación por conflictos suscitados entre ellas y en su relación con los demás actores de la sociedad, especialmente en aquellos que obstaculicen su acceso y el uso racional de los recursos naturales de las tierras en las que habitan. 8. Asistir técnicamente a las Comunidades Indígenas que lo requieran para que mediante procesos autogestivos, alcancen una organización formal basada en sus tradiciones y pautas culturales, favoreciendo su registro en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas. 9. Organizar, mantener actualizado y hacer público el Registro Nacional de Comunidades Indígenas. 10. Coordinar la acción del Registro Nacional de Comunidades Indígenas con los Registros similares creados en las jurisdicciones provinciales y municipales. 11. Analizar las actuaciones y emitir informes técnicos sobre las tramitaciones que le sean derivadas a tal fin. MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm 3/7 29/10/2020 servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS Dirección de Desarrollo de Comunidades Indígenas Responsabilidad Primaria: Diseñar e implementar por sí o conjuntamente con organismos nacionales, provinciales y municipales, programas de corto, mediano y largo plazo, destinados al desarrollo integral de las comunidades indígenas, incluyendo planes de salud, de educación, de vivienda, de uso y explotación de tierras, de promoción agropecuaria, forestal, minera, industrial y artesanal, de desarrollo de la comercialización de sus producciones, especialmente de la autóctona, tanto en mercados nacionales como externos, de previsión social y ayuda social a personas. Acciones: 1. Difundir el conocimiento del patrimonio cultural indígena y desarrollar proyectos destinados a tal fin, promoviendo la participación de las comunidades en el uso de los medios para ese fin. 2. Formular, en coordinación con las autoridades nacionales, provinciales y municipales competentes, planes de explotación de tierras y de fomento del desarrollo sustentable. 3. Realizar estudios y censos que permitan analizar y diagnosticar los problemas socio-económicos, sanitarios y culturales que afecten a las comunidades indígenas y generar proyectos participativos para resolverlos. 4. Asistir técnicamente a las Comunidades Indígenas para apoyar e impulsar el desarrollo de emprendimientos productivos sobre la base del óptimo aprovechamiento de sus recursos, capacidades y condiciones, respetando sus tradiciones culturales. 5. Fortalecer y propiciar a través de la ejecución de proyectos de desarrollo sustentable, las capacidades locales destinadas a mejorar las condiciones productivas de las Comunidades Indígenas, incentivando proyectos que privilegien componentes de ecoturismo y fomentando la creación de micro y medianas empresas. 6. Coordinar la implementación y desarrollar programas de educación bilingüe e intercultural concediendo prioridad a la realización de una campaña de alfabetización sin afectar la identidad cultural de los Pueblos Indígenas. 7. Implementar por sí o en coordinación con organismos nacionales, provinciales y municipales programas de alfabetización y posalfabetización. 8. Promover y ejecutar en coordinación con las autoridades competentes en el orden nacional, provincial y municipal proyectos de capacitación laboral, orientación profesional y formación para indígenas, tendientes a mejorar el nivel de vida individual y comunitario. 9. Otorgar becas de formación y capacitación e implementar un sistema que permita realizar su seguimiento y evaluación. 10. Promover la formación y capacitación de docentes de nivel primario bilingües a efectos de asegurar el cumplimiento de la Ley 23.302 en particular en lo normado en su Artículo 16. 11. Difundir la legislación social vigente en materia previsional, a la que puedan acceder los miembros de las comunidades indígenas, estudiar y proponer al Poder Ejecutivo Nacional las modificaciones que crea convenientes, así como también asistir a la población indígena en los recursos para acceder a los beneficios previsionales, sociales y sanitarios. 12. Promover convenios con distintos organismos tendientes a facilitar el acceso de los integrantes de las Comunidades Indígenas a planes sociales y sanitarios existentes. 13. Impulsar la implementación de programas de prevención y asistencia sanitaria en las comunidades indígenas, incluyendo conocimientos y modalidades que aporte la medicina tradicional, promoviendo la formación de personal especializado en la problemática que les incumbe. 14. Coordinar con Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales la creación de un catastro sanitario de las Comunidades Indígenas, asegurando la efectiva provisión gratuita de medicamentos por sí o a través de servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm 4/7 29/10/2020 servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm la interacción con Programas Nacionales, Provinciales o Municipales. 15. Desarrollar e implementar planes y programas de construcción de módulos de vivienda para las comunidades indígenas sobre la base del óptimo aprovechamiento de sus recursos, capacidades y condiciones, respetando sus tradiciones culturales. 16. Diseñar e implementar programas de mejoramiento ambiental en las tierras que poseen las comunidades indígenas. 17. Analizar actuaciones, evaluar, emitir informes técnicos y proponer el otorgamiento de subsidios e implementar acciones de control de ejecución relacionadas a la ejecución de proyectos financiados en el área de su competencia. MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS Dirección de Afirmación de los Derechos Indígenas (Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 1° del Decreto N° 702/2010 B.O. 21/5/2010) Responsabilidad Primaria: Promover la mayor participación de los pueblos indígenas en los procesos generadores de políticas públicas que los afecten, impulsando entre las comunidades el pleno ejercicio de sus derechos a través del conocimiento de los mismos y de las herramientas para ejercerlos. Acciones: 1. Elaborar y proponer programas y cursos de acción para la promoción de la participación de los pueblos indígenas en las políticas públicas que impacten sobre sus comunidades, participando en su ejecución. 2. Asistir a la Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS en las acciones necesarias para la constitución y puesta en funcionamiento del Consejo de Participación Indígena Nacional y de los Consejos Regionales y Locales. 3. Diseñar y realizar los programas de capacitación y difusión necesarios procurando aumentar las capacidades de los integrantes de las comunidades en el ejercicio de derechos. 4. Fortalecer los niveles de representatividad de los líderes indígenas, afianzando la integración del Consejo de Participación Indígena en el abordaje territorial de la problemática específica y la defensa y ejercicio de los derechos individuales y comunitarios. 5. Promover la mayor integración del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS en la estrategia de abordaje territorial del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, conformando e integrando equipos provinciales del Instituto en el marco de la Red Federal de Políticas Sociales. 6. Afianzar la presencia territorial del Instituto mediante la coordinación de acciones y estrategias de intervención con la Red Federal de Políticas Sociales del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. 7. Propiciar acciones de creación y fortalecimiento de los mecanismos de participación de los que puedan disponer los representantes indígenas en la aplicación del Programa de Relevamiento de Tierras Indígenas. 8. Diseñar, proponer y llevar adelante programas y acciones de carácter nacional, respetando las particularidades culturales, regionales y locales que tengan como finalidad la promoción, protección y ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas en todo el territorio nacional. 9. Propiciar la difusión de las acciones del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS a través de los medios de comunicación pública y privada, tanto comunitarios como masivos, a fin de poner en conocimiento de las mismas a la sociedad en general. servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm 5/7 29/10/2020 servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm
ANEXO III (Anexo sustituido por art. 1° del Decreto N° 702/2010 B.O. 21/5/2010)
ANEXO IV MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS NOMINA DE PERSONAL Nº de Apellido Nombres Nivel Documento Escalafonario 10.925.747 AMAYA Juana C-5 Adela 16.792.461 BARRIOS Fabián D-6 Ricardo 4.259.539 CLOUX Héctor B-9 Osvaldo 11.849.925 GARCIA Eunice E-7 Graciela servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm 6/7 29/10/2020 servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm 4.981.549 MASTROLORENZO Roberto D-7 Miguel 4.183.209 PEREDA Jorge A-0 Augusto 4.836.956 SILVANI Mabel D-2 Luján 10.913.204 VIDAL Ester C-7 Liliana 6.692.106 VILLA Ana C-7 María 4.961.849 VILLEGAS Uberto C-8 Amilcar servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/115501/texact.htm 7/7