Resolución Nº 83 - Subsidio para arroz paddy, maíz blanco, maíz amarillo, soya, sorgo y azúcar
صدر في 2013-08-23 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- فنزويلا
- الموضوعات
- Cultivated plants
- الكلمات المفتاحية
- plant production, subsidy/incentive, sugar cane/sugar beet, cereals/grains/rice, crops, agricultural commodities
- الفئات
- agriculture, softs
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Miercole~ 28 de agos.to de 2013 GACETAOFlCIALDEIAREPUBUCABOUVARIANADEVENEZUELA 404.739 D5l@ t: ra ,---.,,,11-=occM"'e""RE=-----,---c°'EDc-U-L.\~D-E-----CAR--oo-~=~a Ill □fl Artlculo 2. El subsidio a que se refiere el articulo anterior, se pagara a los IDENTIDAD / lia Jc,, ce \'co zue!a productores que hayan arrimado su cosedia entre las fechas di50iminadas .--:--::=====-~ ----'P-"A-=S::.:A:,.PO=Rc:.T.:::E ...--------il-J0,1145£4 , por rubros, segun la siguiente tabla: LU S ALBERTO· DELGADO COLMENARES ULAPZIMIR KHADAREUSKY MIKALAI S!AMIONAU EGD!MER JOSE TORRES L Vll.LAMIZAR DAllb!ARY DEL CARMEN LEON 1'ARVAEZ LISBETII NOREIMA DOMINGUEZ AC!sVEOO • V-14.171.133 MP2885395 MP2893427 V-13.682.901 V-13.555.1S7 V-iJ.999.002 PRESIDl:NTE VICEPRESIPEN'I'E VICEPRESIDENTE SUPLEHTE DIRECTOR Pl!lNCIPAL I DIRECTORA SUPLENTE I DIRECTORA PRINCIPAL 11 ~GIO AB~• • GONZALEZ ),{ENDEZ ··------ - PIRECTOR V-14.873.920 SUPLENTE II WILLIAM JOSE v :i4.71 l.475 -- DIRECTOR GARCiA PRINCIPAL III JOSE GREGORIO V-12 .20£..1 57 DIRECTOR · RUIZ LEAL- ~ - -- . SUPLENTE III CAS&LLA, r.ayo~ de cJar.:, t1tuiar de· l;i cCd..:.la de ide:i.tJdad N• V 16.952.120 aboga.da tnscnta en el I.P.S.A. baj:. cl N° 183.372, para que dectuc !a dcbiaa panic,pctc16n de la. pre~<:m~ Acta de A!;aJ'Tibir-a de Acciornsta an te el Re!,;:s~:o !vlercantil Segundo cie !a C:: cuns:ripc!On Jud!:: ia: Cei D1str.1.:. Cap1~a! y F;stado Bo'.1\•ari:ino 0::'! \ ! l!"!ir".da , .1si ccrnu d~ Jos r.c;!"lbr<-mie:i ·os !.el'ia!2cro~ . Xo hahiendo otrc pur~to qu~ tratar, se le:va r:~-~~-..... A~~~b!ea y canfonne~ firman los preser.tes -----···--· · ·· -----·-- -· . ' ' • :~~ --~ ,1~;-,,Ir;',<. YUR.J PIMENTEL f""C.~;&6fi, (EJ de fa Corporan6n de .l11dt.~tna.s iniermed,as de Venezuela, S A /CORPNENSAJ De-?rw, ., · '135Jdef~06/<>tt '101\; w«'•r. Of,,.·.W .•t• J~ •01 r!.e/tc:h,Q, 12/0if/:JG):J e c la Ct-renc1a de Pr?moci.::n !I Cameraa ltza.c1oot d e 1a Mo?.rcan.cia ~ los Pal5<!5 £.nran.~ros G.ei (4,w ·o Com4!'roaf de E,RU IITZ MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS REPUBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y llERRAS. OESPACHO DEL MIHISTRO. RESOLUCJ6N OM/N° 083/2013. CARACAS, 23 DE AGOSTO DE 2013 ANOS 203° y 154° El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras YVAN GIL PINTO, designado mediante Decreto N° 02 de fecha 22 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Oftcial de la Republiea Bolivariana de Venezuela 40.151 de la mlsma fecha, de conformidad con lo estableddo en el articulo 305 de la Constitud6n de la Republlca Bolivariana de Venezuela y en ejerdcio de las atribudones previstas en el articulo 16 de la Ley Organic.a de Procedimientos Adminlstrati'IOS; en el articulo 77, numerales 1 y 27 del Oecreto N° 6.217 con Rall!lo, Valor y Fuena de Ley Organic.a de la· Administraci6n Public.a, en el artfculo 20, numeral 22 del Deaetxl N° 6.071 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Organlca de Seguridad y Soberanfa Agroalimentaria, en concordancia con el articulo 1◄, numerales 1 y 18 del Deaeto N° 6.732 sabre Organiiaci6n y Fundonamlento de ta Admlnlstrad6n Public.a Nadonal, public.ado en la Gaceta Ofldal de la RepubliGa Boll}'ilriana de Venezuela N° 39.202 de fecha 17 de junicl de 2009, este Despacho dicta la siguiente, RESOLUCI6N MEOIANTE LA CUAL SE ESTABLECE EL SU8SIDIO AL ARROZ PADDY, MUZ BLANCO, MUZ AMARIUO, SOY.A, SORGO Y AZUCAR DE PRODUCCION NACIONAL. Articufo 1. Se establece un subsidio directo, unico y transitorlo para los rubros: Arroz Paddy, Maiz Blanco, Maiz AmarHlo, Soya, Sorge y Azucar de producci6n nacional, segun la siguiente tabla : RUBRO SUBSIDIO (B1/Kg) Arroz 2,13 Maiz Blanco 1,75 MaizAmarillo 1,72 ! Soya 1,23 Sorgo 0,64 I ; Azucar 4,36 ! ! ! I I l RUBRO FECHA DEL ARRIME Arroz,Paddy Oesele el 1° de agosto de 2013 hasta el 30 de diciembre de 2013 Maiz,Bfanco Desde el 1° de agosto de 2013 hasta el 30 de enero de 2014 Maiz Desd e el 1 ° de agosto de 2013 hasta el 30 de enero de Amarillo 2014 Soya i Desde el I• de octubre de 2013 hasta el 28 de febrero de i 2014 Sorgo Desele el 15 de septiembre de 2013 hasta el 15 de abril de 2014 Cana de J Desde el 15 de septiembre de ·2013 hasta el 30 de Azucar septiembre de 2014 A los efectos del rubro arroz paddy se recoooceran todos aquellos arrimes que no gozaron del subsidio vigente segun Resoluci6n OM N°/025/2013 de fecha 6 de mayo de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 40.160 de la misma fecha, a causa de la tardanza en la emisi6n de la •eo1eta de Recepcion" respectiva, a cuyos efectos el productor que pretenda beneflciarse del subsidio aqui estableddo debera-consignar este documento. Articulo 3. Los receptores deberan consignar ante la Unidad Estadal del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y nerras, en un lapso no mayor a treinta (30) dias continuos posterior al cierre del arrime, el expediente de cada uno de las productores, conforme a las lapsos seiialados en el articulo 2, el cual debera contener las Siguientes documentos: I. Fotocopia de la cedula de identidad. 2. Boleta de Recepci<in. 3. Registro de Informacion Fiscal (RIF). Se entiende por receptor, la persona natural o juridica en cuyo establecimiento se recibe o acopia el producto agricola con fines de su almacenamiento, clasificaci6n, acondicionamiento, empaque, transporte, distribuci6n1 procesamiento, industrializaci6n o comercializaci6n. Articulo 4. Los receptores deberan estar debidamente autorizados por el Ministerio del Peder Popular para la Agricultura y nerras, para emitir las boletas de recepcion referidas en el articulo 2 de la pcesente Resoluoon. Articulo 5. El Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y nerras, establerera el mecanismo de pago del subsidio objeto de la presente Resoluci6n, de acuerdo a las caracteristicas especific.as de cada rubro y la relaci6n que exista entre el productor y la agroindustria. Articulo 6. Los productores que hayan recibido finandamiento del Fonda para el Desarrollo Agrario Socialista (FONDAS) o del Banco Agricola de Venezuela (BAV), para la produccion de las rubros objeto de la presente Resoluci6n y en el periodo comprendido entre el ciclo inviemo 2013 y norte verano 2013-2014, seiialado en la misma, que esten obligados a animar sus cosechas a traves de los centres de recepci<in indicados por estos entes de la Banca Public.a Social, solo podran presentar Boletas de Recepci6n del Producto que les emitan dlchos centros, sin que se consideren validas para efecto de pago de este subsidio, las Boletas de Recepci6n emitidas por was receptores;· salvo casos que sean Justificados por el ente recepror original. Artic11lo ·7. Los productores que hayan obtenldo el subsi<f10 objeto de la presente,.Jl,esolud6n, mediante acciooes fraudulentas o a traves del aporte de informaoon falsa, deberan repetir a favor de la Administraci6n Publica, a traves del mismo ente que le entrego el subsidio, los recursos que le hayan pagado portal concepto, sin menoscabo de las sanciones previstas en la ley para tales hechos. Asimismo, en caso de que las acciones fraudulentas o informaciones ralsas que sean detectadas durante la tramitaci6n a que se refiere el artfculo 5 de la presente Resoluci6n, las solidtantes perderan el derecho a redbir el subsidio, para estos rubros, coma para cualquier otro, en ~ ddo y en los sucesivos, dentro del programa de subsidios estableddos por el Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras. Articulo 8. En las casos en que se verifique el incumplirniento de las • disposlciOnes seiialadas en esta Resoluci6n, asi coma la normati'la lligente que rige la materia, el Ministerio def Peder Popular para la Agricultura y rierras actuara conforme a lo establecido en el Titulo VII del Decreto N° 6.071 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Organic.a de Seguridad y Soberania Agroalimentaria. 104.740 GACETAOFICIALDELAREP(13UCABOUVARIANADEVENEZUEIA Miercoles 28 de agosto de 2013 Articulo 9 . La presente Resoluci6n entrara en vigenda a partir del 1• de agosto de 2013. Comuniquese y Publfquese, Por el Ejecutivo Nacional, YVANEI~~L-· ~ MlNISTRO PODER , IA AGRl L 11JRA Y TI ) REPUBUCA BOUVARIANA DE VENEZUELA - MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS. INSTITUTO NACIONAL DE I NVESTIGACIONES AGRICOLAS. DESPACHO DE LA GERENCIA GENERAL. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 436. MARACAY, 15 DE JULIO DE 2013 Ailos 203° y 154° El Gereote General del lnst,tuto Nadonal de Jnvestigaciones Agricolas (INIA), con base al articulo 17 de la Ley Organiea de Procedimientos Administrativos y en ejerdcio de la atribuoon conferida en el articulo 15, numeral 5 de la Ley del Institute Naeional de Jnvestigadones Agricolas, deeide dictar Id SJguiente: PROVIOENOA AOMINISTRATIVA Articulo 1: 5e nombra a la dudadana JOSEFA MARi A VALERO VILLAMIZAR, titular de la cedula de >dentidad N• V-9.438.417 como DIRECTORA (E) DEL CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES AGROPEC\JARIAS DEL INSTITllTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES AG RICO LAS (INIA- CENIAP), desde el 29 de Julio de 2013 hasta el 05 de Agosto de 2013. Comuniquese y publiquese, LANDO MORENO nte General del !NIA Jl .. 1 v. li,;,,w .. , •• $,pu, ""'OC}lJJOCWdrAtcJVOldt Al,,#*J«lf. l\b',r-r,,r..-.c. Ol,o,,,1.-. J9IJJor#CN l l*M/46' /WJ REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGR!CULTURA Y TIERRAS. I NSTITUTO NACIONAL DE H<VESOGACIONES AGRICOLAS. DESPACHO DE LA GERENCIA GENERAL PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 437. MARACAY, 1S OE JULIO DE 2013. Aiios 203° y 154° El Gerente General del tnst,tuto 'Nacional de lnvestigadones ·Agricolas ( !NIA), con base al articu!o 11 ae la Ley Qrgi)nlca de Procedimientos Adrnlnlstrativos Y en u.so de las atribudones confendas en el articuk) 15, numeral 7 de la Ley del lnstituto Naciooal rn, JnvestlgadOO~ Agrir()l;is, r.n conco,dancia con ~I arti<uln 39 del Re<;lamento para el Funoonam,ento de las Urndades EJecutoras del Instituto Nadonal de JnvestJgac.anes Agricolas (lNIA), deode dktar la siguiente: PROVI DENCIA ADMINISTRATIVA Artlculo Unlco: Se nombra a la cludacana ANDY JOSE VASQUEZ MARTINEZ, titular de k! cedula de ;dent.clad NO V-14.064.959 coma. JEff D E CAMPO EXPERI MENTAL C:ARI ACO, DE U. UNIDAD EJECUTORA DEL ESTADO SUCRE DEL lNSTITUTO NACIONAL OE I NVESTI GACIONES AGRICOL.AS (INIA SUCRE), a partir clesde el 15 de Jul,o de 20t3. Comuniquese y publiquese, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS, EMPRESA NACIONAL DE PROYECTOS AGRARIOS, S,A, (ENPA, S,A.) DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 18 3/2013 / JO, CARACAS, 14 DE AGOSTO DE 2013. ANOS 2030 y 1540 Quien suscribe, JULIO CESAR 0S10, titular de la cedula de identidad numero V- 12.995.390, actuando en mi caracter de Presldente de la EMPRESA NACIONAL DE PROYECTOS AGRARIOS, S.A., designado mediante Resoluci6n DM/ 069/2013 de fecha 31 de j ulio de 2013, y publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° • 40.218 de fecha 31 de julio de 2013, conforme al numeral 8 de la aausula Vigesimo Septima de los estatutos sodales de la empresa, publicados en Gaceta Ofidal N° 39.902 de fecha l3 de abril de 2012; en ejerdcio de las facultades conferidas en el articulo 17 de la Ley Qrganica de Procedimientos Administrativos, y del ultimo aparte del artfculo 5 de la Ley de! Estatuto de la Funci6n Public.a, por medic de la presente dicta la siguiente: PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Articulo 1, Se designa a la ciudadana YHOLIRIZ YHELITZA VARElA RIOS, titular de la cedula de identidad numero V-13.088.311, como GERENTA OE DESPACHO (E) de la EMPRESA NACIONAL DE PROYECTOS AGRARIOS, S.A.; a partir del 14 de agosto de 2013. Artfculo 2. La presente Providencia Administrati'la entrara en Yigencia a partir de la fecha de su publicaci6n en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela. Comuniquese y publiquese ,..iu.t.t.., ~ ~~".., ........ £ ..,~o~f:"~i rl' . . Ju 0s10 ~•f'tjj•~ Presidente de la Empresa Nacional l b de Proyectos Agrarios, SA • .... t REPUBUCA BOLIVARIANA DE. VENEZUELA. J'IINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS. EMPRESA NACIONAL DE PROYECTOS AGRARIOS, S.A. DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 184/2013/JO. CARACAS, 16 DE AGOSTO DE 2013. ANOS 203° Y 1540 Quien suscribe, JULIO .CESAR ·0s10, titular de la cedula de identidad numero V-12.995.390, actuando en mi caracter de Presidente de' la EMPRESA NACIONAL DE PROYECTOS 0 AGRARIOS, S.A., designado mediante Resoluci6n DM/069/2013 de fecha 3 1 de julio de 2013, y publicadif en la Gaceta Of>c,a l de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 40.218 de fecha 31 de julio de 2013, conforme al numeral 8 de la Oausula Vigesimo Septima de los estatutos sociales de la empresa, public.ados en Gaceta Of>c,al N°· 39.902 de fecha 13 de abril de 2012; en ejercido de las facultades conferidas en el articulo 17 de la Ley Organica de Procedimientos Administrativos, y def Ultimo aparte del a,tic.ulu 5 de la Ley del EStatuto de la Funcion Publ1ca, par med,o de la presente dicta la siguiente: PROV!DENClA AOMINISTRATIVA Articulo 1. Se designa al audadano ASDRUBAL ALBERTO MALDONADO CARRILLO, titular de la cedula de identidad numero V-7.233.243, como GERENTE DE LA OFIONA DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS de la EMPRESA NACIONAL DE PROYECTOS AGRARIOS, 5 .A., a partir del 19 de agosto de 2013. Articulo 2. La presente Providencia Administrativa entrara en vigencia a partir de la fecha de su pubhcaci6n en la Gaceta Oficial de la Republica Bciivariana de Venezuela. omuniquese y publiquese ·.~7'.:~ ~ A 4 "f.B. \\ ~... t ··