Resolución Nº 73 - Regula y promueve el uso racional y eficiente de la energía eléctrica en los sistemas de publicidad luminosos
صدر في 2011-06-10 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- فنزويلا
- الموضوعات
- Energy
- الكلمات المفتاحية
- energy conservation/energy production, ecofriendly products/ecofriendly processes, internal trade
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1.- Estados Tachira, Merida, Tru]§ REPUBLlCA ~OLNARIANA DEVENEZUELA Distrito Metropolitano de caracas n consumo de energJa e1ectrica Igual 0 supenora MINISTERIO oa PODER! POPULAR PARA LAENERGtA aECTRICA DESPr\CHO DELMINISTRO quinientoskilovatios hora (500 ) al meso
2.- Estados carabobO, PorttJg t Cojedes, Apure, Barinas, Sucre, Delta AmaQJro. caracas, 10 dejunio de 2011 Nf 74 201° Y 152° Amazonas, Guarico, Bolivar, Mona~as, Anzoategui y Nueva Esparta oon consumo de energia electrtcaigual 0 superiora \x:hodentos kilovatioshora (BOO kWh) al meso \:tfSOlUCI6N 3.- Estado Zulia con consumo de erergia electrica igual 0 superiora un mil doscientos kilovatios hora (1.200 kWh) al mes: En ejerciciode las competendas estableddas en el Articulo n numerales 1 y 13 del ARTiCULO 4. los inCentiVor (descuentos y oontribudones) dirigidos a los Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Organica de la Administraci6n PUblica, en usuaries residendales descritos en pi ArtiOJIo 3, se aplicaran de Ia siguientemanera: concordancia con 10estableddo enlel Articulo2 numerales 1 y 5 del Decreto N°7.3n, 1.- UnacontribudOn de setentay dnco par ciento (75%) sabre Ia faeturaci6n mensual de fecha 13 de abril de 2010, jpublicadO en la Gacetl Ofidal de la Republica para los usuarios resldenciales qLe no logren al menos una disminuci6n de su I Bolivariana de Venezuela N° 39.4*" de fecha 30 de abril de 2010. En cumplimiento consume de energia electrica del diezpor ciento(10%). de los. prindpios Ydisposiciones p~vistos en los articulos 5 numeralS, 16 numerales . I
2.-Uria contribuciOn del den par ~nto (100%) a los usuarios que incrementen su 34 y 35, 27 numeral4 y 63 de ~ Ley Organica del Sistema Y Servido EJectrico, en consumo de energia entre diezporjoento (10oJll)y veinte por dento (20%). concordanda con eI Decreto N° 6.~92, de fecha 21 de octubrede 2009, publicado en la Gaceta Ofidal de Ia Republica sOtivariana de Venezuela N° 39.298,de fecha 03 de noviembre de 2009 y con las Resol~dones Conjuntas del. Ministeriode la Producci6n y 3.- Unacontribuci6n del doscientoS par ciento(200%) a los usuariosque incrementen I . su consumo de energfa electrlca erl milsde un veinte par dento (20%). el ComerdoN° 089 Y N° 055 del f1inisteriode Energia y Minas, de fecha 1 de abril de i 2002, publicada en la Gaceta ~al de Ia RepUblica Bolivariana de Venezuela N° 4.- Un descuento del veintidnco P\lr oento (25%) sabre la faeturad6n mensual para 37.415, de fecha 3 de abril de 2oaF; del Minlsterio de Industria y ComerdoN° 568 Y los usuarios que disminuyansu ca)sumode energiaentre un diez par ciento (10%) Y N° 380 del Ministerio de Energi, y Minas, ~e fecha 29 de diciembre de 1998, un diecinueve con noventay nuev, centesimas por ciento(19,99°Jll) :-;~~blicada en la Gaceta Olidal de ~ RepUblica de Venezuela N° 36.612, de fecha 30 5.- Un descuento de un d ncuen9 par dento (50%) par.r los usuarios residenciales de diciembrede 1998; asi como~I Ministerio de Industria y ComerdoN° 098 y N° que Iogrendisminuir su consumo d~ energiaa partir del veinte por dento (20%). 002 del Ministerio de Energia y Mirjas, de fecha 22 de enerode 1999,publicada en Ia ARTiCULO 5. los usuarios iesJdenciales no descritoS en el 3 de Ia presente Gaceta Ofidal de Ia RepUblica dej Venezuela N° 36.629, de fecha 26 de enero de Resolud6n, Que Iogren una dismir\ud6n de su consumode energia eIectrica igual 0 1999. mayor al diez por ciento (10%), Ise les aplicara un descuento del diez par dento epNSIDERANDO (10%) sobresu faeturaci6n mensu.jl. Que, en relaOOn con elProductoIrterno Bruto, el consumo de energia eJectrica de la pobladOn en nuestro pars, es miif alto que eI promedio de America Latina, 10 que ARTICULO 6. Los consumos d;electricidad a los que se reflere esta Resoluci6n indicaun patr6nde consumo ineticlente, que Pueblo y Gobiemo debenrevertir. corresponden a un periodode fa raOOn de treinta (30) diascalendario. En los casas en que los periodos reales de raci6n sean distintos de este, debe calcularse cfNSIDERANDO Iinealmente el consumo equivalen~ paratreinta (30) dfas,con el objeto de establecer Que fa demanda de energia elt!ctrlca nadonal ha experimentado en los ultimos alios una misma basede comparaci6n. un crecimiento excesivo muy su~ a los requerimientos realesde energiae1ectrica, En aQueilos casas en que ~'fisponga del hist6rico de oonsumo anual 0 no se acentuilndose aun mas en el pres!ente ailo oon un incremento superioral slete por considere una base de comparadtn ciilecvada, el operador y prestador del servicio dento. podrautilizar el prornedio hist6ricolie los Ulti~~ (3) rneses 0 de los diSponibies. ARTiCULO 7. Los incen~ (recargos y desWeiitD$l. en la faeturaci6n a los c~les se refiere la presente ResoI\'d6n se aplicaran a partir ~~e1 presente ano. ~ CONSIDERANDO Comuniquese y pubHquese. Que, pesea lasimportantes invef'S!oneS realizadas parasatistaoer eI credmientode la Por el Ejecutivo Nacional, demanda, desde el momentoen que cesaron las medidas para el ahorro de energia aplicadas durante 2010, se ha r~istrado un repunte excesivo en el oonsumo de electricidad, 10 cual exige al Ejecutivo Nadonal eI establecimiento de estrategias y lineamientos Que promuevan el uso ef.oente de Ia Energia E1ectrica en las Areas y AU RODIUGUEi §hft!jf P Zonas 5ervidas por Ia Corporad6n Electrlca Nadonal S.A. (CORPOELEC). Ministrodel Poder POPu~'\."ergia EI'/Jica