Resolución Nº 129 - Crea la Comisión Nacional de Atención y Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres
صدر في 2010-07-26 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- فنزويلا
- الموضوعات
- Environment
- الكلمات المفتاحية
- institution, hazards, early warning system, governance
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
Lunes 26 de julio de 2010 GACETAOFIaALDELAREPUBUCA80LIVARlAi~ADEVENF.ZUEI..A 378.153 MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARALASALUD REPUBLICA BOLlVARlANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL POOER POPULAR PARA LA SALUO NUMEROl 29 DE 2 6 DE JUL. 2010 200" Y 1510 RESOLUCl6N En eiercicio de las etnbudones que me cOl"lfiere I'll Decreto N° 7.0436 de fecha 24 de mayode 2010, publiclldo Bnla oeceta Ofic;ial dB ra Republica Bolivariana de Venezuela N° 39-434 de fecha 28 de mayo de 2010, modificado mediante Aviso Oflcial de fecha 09 de junio de 2010, publicado en la aaceta Oficial de la Republica BolivBri8na de Venezuela N" 39.442 de Ie. misma lecha, de conjcrmldad can 10 ciepuesto en los numerates 2, y 19 del artkulo 77 del Decretc con Rilngo, Valor y Fuerza de Ley Org;inica de la Adminislracion PUblica, en concorcercra con los arncucs 5, 11 numeral 1 y 27 de IaLey Organica de Salud, 10 previslo en e! articulo 5 numeral 2 y artlculos 17, 18 Y 19 ultimo aparte de la Ley del Estalulo de la Funcicn Publica. asr como I'll art!culo 48 del Reglamento Organico de este Ministerio, este Despacho Ministerial. RESUELVE i:rtioulo 1. Se crea 141 Cornisicn Nacional de Atencion y GlIstion de Riesgos de Emergencias y Desaslres del Minislerio del Poder Popular para la Salud, con er objeto de rejmpulsar. rcrterecer. ecpervtser y unificar las accones a ser ejecutadas en e! sistema Publico Nacional de Salud para la Reduccion de Emergencias y Desastres. Articulo 2. La Comisicn estara adscrita al Despacho de la Ministra 0 Minislro del Poder Popular para la Salud y estera ccnto.maea per u , Di.r~ctor y cuatro (4) rmembrcs que seran designados per e! Min'~&~o Mll"lIslra del Poder Popular para la Salud. l~ ~, < Articulo 3, La Comisi6n Naccnat de Atenciorl y Gesti6n de Riesgos de Emergencias y besesues lendra las slguientes funciones: 1 Cccrcmer y participar con los Organismos ccrnperentes en matene de Gesticn de Rlesgos y Administracion de nesestres a Nivel Nactcoa: para eraccrar y eptcar los planes de recuccen de RiOlSgOS de Ernergencias y nesastres 2 Reahzar una evaluaccn y diagnoslico del funcionamiento de los distintos orccesos 0 planes de recucccn de Riesgos de Desastres v Emergencias en el Sistema PubliCO Natacnal de Salud, 3 Evaluaclon de los Comites para Emergencias y Desastres de tccas las cepencenctas de este Ministerio y de las Cccromac.cnes de steve-ceo de Riesgos y Atencen de Eme~encias y oesastres de toces las Dneccicnes Estadales de Salud del pais, 4. Planificar y unificar creercs para ta elaboraci6n de 10$ c'ones ccntenuvcs de las medidas a ser ecncacas en slluacion de Emergencias y nesasees en tcocs sus origenes y lases. 5, Reimpulsar y fcrtalecer los programas de caoactacien net personal que conforman los Comilh para Emergencias y Desastres de lodas tas cecence-ctes de este Ministerio v de las cccrcmacrcnes de Prevencic de Riesgos y Atencton de Emergencias y uesesnes de tooas ias Direcciones Estacales de Saiud del pals, S veier porque el personlll acscnte a las cecercencras de eeie Mirlls!erio y a todas las pnecccaee Estadales de Salud del pais se capactten en la confecci6n y aplicacion de ios planes de reduccion de Riesgos de Emergenclas y Deusties. 7. A$llgurar la participaci6n de la Comunidad y los 6rganos del Poder Popular en la l;Onfecd6n y aplicacion de los planes de reducclon de Riesgos de Emergencias y Desastres. 8. Supervisar que los Comites para Emergencias y Desastres sean Multidisciplinarios. Intra e lnterinstitucionales. con el fin de garantizar que 378.154 C,\CETAOFlt'lAL HE LAREPliBLiCABOLlVA!UA'iA DEYE~EZL'EI,A Lunes 26 de julio de 2010 .as accenee de mlligaGi6n de Rlesgoe de Emergencias y Des.as:res sean las mils efediYlls. 9. E}erc:erer control y H!iluimiento de las poIfticas en materia de~~' y GestiOn de RedUGCiOn de Riesgos de Emergendas y Desaslr er desarrolladas en los Convenlos, Acuetdos que senlin euscrsos IUiIi Ministerio. ~ t'!l' 10, Particlpar en las mesas de trabajo llevadas a cabo en tooas las dependencias de este Minbterio, doncle se requiefa et ccnccmeotc t6cnlco 'elaclonado con la materia de Aienci6n y.Gesti60 de Reduc.ciOn de Riesgos Emergenclaa y Desastrea. 11. P'esentar lnforme mensual a la M1niatra 0 Mlnlsw del Podef Popular para la Salud del funcionamiento de la ComisI6n Nadonal de Atenci6n y GestiOn de Riesgos de EmeJgencias y OeAIlres en e! Sislema PUblico Nacional de Salud, 12. Las demis que les atribuya Ie Mini,tra 0 Ministro del Poder Popular para la Salud. 13.· Coordinar actiones y planes con la ComislOn Nadonal de Hospitales 5egures frenle a Desastres adscrita el Viceminl8terio de Redes de SeNicies de Salud ereada segun Resoluci6n Nrc. 093 de fecha 03 de junio de 2010, publicada en Gaeeta Ondal de Ia RepUblica Bollyanana de Venezuela Nro, 39.441 de recna 16 dejunio de 2010. Articulo 5, 5e deroga tOda ResoluciOn que ccnea con ia presente. ArtIculo 6. La presente Re50luciOn entra'" en 'o'igencia a partir de su publicaciOn en la Gaceta Oflcial de la RepUblica Boliv'ariana de Venezuela. f'ij:lliflquese rfubllquese... ~ IA SAQet CAStEJ,.LANOS M' ie del Poder Popular para la Salud o H" 1,.36 delBrile 2. de mat<> <Ie21)10 ~~al H" ~.':loO de 18~.mayo<le 2~1~......., Of":j., dellllI~. jIlnlo<Ie10'0 G.""t. ~., N' J~,"'2~1II 011 dejuniode 201~