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قوانين أورغواي

Resolución S/n - Determínanse los requisitos fitosanitarios para la introducción al país de hojas secas de eneldo (Anethum graveolens)

صدر في 2013-08-20 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
أورغواي
الموضوعات
Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
plant variety, plant protection, pests/diseases, international trade, certification
الفئات
*, agriculture

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النص

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  1. Resolución S/n Determínanse los requisitos fitosanitarios para la introducción al país de HOJAS SECAS DE ENELDO (Anethum graveolens). DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS Montevideo, 20 de agosto de 2013 VISTO: La necesidad de determinar los requisitos fitosanitarios para la introducción al país de HOJAS SECAS DE ENELDO (Anethum graveolens), código de producto AFEGR10902102 procedentes de Egipto. RESULTANDO: Que conforme a la evaluación técnica efectuada, el producto de referencia, integra la categoría 2 de riesgo fitosanitario. CONSIDERANDO: I) Que es responsabilidad de esta Dirección General, en su calidad de Organización Nacional de Protección Fitosanitaria, determinar la categoría de riesgo y establecer los requisitos fitosanitarios específicos sobre la base del Análisis de Riesgo de Plagas. II) Que para el establecimiento de dichos requisitos fitosanitarios deben considerarse los principios establecidos en el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio, las disposiciones de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria y las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias que en el marco de la misma se han adoptado y que resultan aplicables. ATENTO: A las razones expuestas y a lo previsto en la Ley 16.671 de fecha 13 de noviembre de 1994; artículos 285 y 286 de la Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, Ley 17.314 de 20 de abril de 2001, artículo 158 de la Ley 18.834 de 4 de noviembre de 2011, artículo 1º del Decreto 328/91 de 21 de junio de 1991 y Decreto 7/07 de 5 de enero de 2007. LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS RESUELVE: 1º El ingreso al país de HOJAS SECAS DE ENELDO (Anethum graveolens), código de producto AFEGR10902102, procedente de EGIPTO cualquiera sea el régimen aduanero aplicable (importación, admisión temporaria, tránsito a Zona Franca o a Depósitos fiscales) deberá cumplir con el siguiente requisito fitosanitario: A) La mercadería deberá venir acompañada por el Certificado Fitosanitario (o por el Certificado Fitosanitario de Re-exportación si corresponde) e incluirá la siguiente Declaración Adicional: 1) El envío ha sido tratado con (especificar: producto, concentración, temperatura, tiempo de exposición), para eliminar Trogoderma granarium, bajo supervisión oficial. B) Sujeto a Inspección Fitosanitaria al ingreso. 2º Comuníquese a la Dirección General de Secretaría y a la Unidad de Asuntos Internacionales. 3º Publíquese en el Diario Oficial y cumplido archívese. Ing. Agr. INOCENCIO V. BERTONI, DIRECTOR GENERAL, PROGRAMA 4, M.G.A.P. - SERVICIOS AGRÍCOLAS.

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