Resolución N° 48/022 DINARA - Exceptúa veda por marea roja a almeja en Rocha, febrero
صدر في 2022-02-25 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- أورغواي
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- marine fisheries, seasons, molluscs, fishery management and conservation
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Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca RESOLUCION Nº 48/2022 Dirección Nacional de Recursos Acuétlcoa DlRECClON NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS Montevideo, 25 de febrero de 2022 VISTO: los análisis efectuados en moluscos y floraciones de organismos extraídos en el Departamento de Rocha: RESULTA DO: 1) que se dispuso por Resolución de DINARA Nº. 37/022 de 7 de febrero de 2022, la prohibición la extracción, comercialización y transpo1te de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes de los Depattamentos de Maldonado y Rocha. CONSIDERANDO: 1) que los últimos análisis efectuados comprueban que continúan presentes toxinas lipofílicas en moluscos bivalvos, procedentes de los Departamentos de Maldonado y Rocha: 11) que los análisis efectuados en almeja amarilla extraídas en la zona comprendida entre la desembocadura del Canal Andreoni y el Arroyo Chuy del Departamento de Rocha, no han detectado la presencia de toxinas marinas en estos moluscos; 111) por tanto, desde el punto de vista técnico se sugiere levantar la veda para la extracción, comercialización y transporte de almeja amarilla extraídas a cargo de permisarios debidamente autorizados por DINARA, de la zona comprendida entre la desembocadura del Canal Andreoni y el Arroyo Chuy del Departamento de Rocha: ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley Nº 19.175 de 20 de diciembre de 2013 y al artículo 121 del Decreto Nº 115/018 de 24 de abril de 2018; LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS RESUELVE: 1º) A partir de la fecha, déjase sin efecto, la prohibición oportunamente establecida para la extracción, comercialización y transporte de almeja amarilla (Mesodesma mactroides) en la zona comprendida entre la desembocadura del Canal Andreoni y el Arroyo Chuy del Departamento de Rocha. 2°) Mantener la prohibición de extracción, comercializaci 'n y mejillones, berberechos y almejas en el resto del Departat ento d Maldonado, establecida por Resolución de DINARA Nº 37/022 e 7 de debido a la comprobación de la presencia de toxinas lipofílicas 3º) Comuníquese, publíquese. Dirección Nacional de Recursos Acuáticos/ Ministerio de Ganadería .A,g~ cultura y Pesca infodinara@mgap.gub.uy/ (598) 2 4004689/ Constituyente 1497, 11200 M ntevideo, Uruguay https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/direccion-nacio I-recursos-acuaticos