Decreto Nº 161/997 - Reglamentos técnicos para el comercio de frutilla, manzana y pera, aprobados por las Resoluciones Nº 85/996 y 118/996 MERCOSUR
صدر في 1997-05-21 · النص بتاريخ 2026-10-01
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- fruits/edible nuts, standards, food safety and quality, packaging/labelling
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Decreto 161/997.- Adóptanse los reglamentos técnicos aprobadosDecreto 161/997.- Adóptanse los reglamentos técnicos aprobados por las Resoluciones 85/996 y 118/996, del Grupo Mercado Común, para el comercio de frutilla, manzana y pera. (1.153*R) 41B-A =/:.. mJ·ll&JRII·.. .@. @IffitCIU\lL .:~~- ..~:' -': ".' ..., '. '~~'.---~.'~... ' . ., .....-.- N" 24.793· Mayo 29 de 1997 Adicional al Tratado de Asunci6n sabre la F.strn('tura Institucional del MERCOSUR - Protocolo de Ouro Prete, aprobado por ley N" 16.712, de Ig de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adop tar todas las medidas necesarias para asegurar, en sus respectivos terri torios, el cumplimiento de las norrnas emanadas de los organos del MERCOSUR previstos en el Art. 2° de! referido Protncnln: Considerando: necesario proceder de acuerdo al compromiso asumi do par la Republica en el Protocolo at-supra rnencionado, poniendo en vigencia en el Derecho Positivo Nacional, las normas ernanadasdel Gru po Mercado Cornun referidas precedenternente: Atento: a 10establecido por el Art. 4Q de la ley N° 3.921, de 2& de octubre de 1911 susti tuido por eI Art. 286 de la Iey NQ 16.736, de 5 de enero de 1996 y por la ley N° 16.712, del l Q de setiembre de 1995, que aprueba el Protocolo de OUTO Prete, El Presidente de la Republica DECRETA: Articulo I".· Adoptanse para el cornercio de frutilla (cultivates del genera Fragaria), manzana (Malus dornestica Borhk), pera (Pyrus communis L.), los reglamentos tecnicos aprobados par resoluciones 85/ 96, 117/96 Y 118/96 de I Orupo Mercado Cormin, que se anexan 'II pre sente y forman parte del mismo. 2.3.2. Mancha : Alte racion en IIIcoloracion normal de la especie cual quiera sea su origen. Se considera defecto siempre que afecte la pul pa. Asimismo se considerara defecto cuando supere el diez par ciento (10%) de la superficie de la truta. 2.3.4. Defonnada: Desviaciones rnanifiestas de Ia forma caracteristi ca del cultivar, Incluido fasciacion. 2.3.4.1. Fasciacion: Fruta deformada dehidn a la poll n;~7ac;on d"fee tuosa. 2.3.5. Inrnadura: Fruta que presenta basta la rnitad (1/2) de su super ficie sin el color caracteristico de Ia variedad. 3. REFERENCIAS BIBLlOGRAFrCAS SOBRE TECNICAS ANA LlTrCAS. 4. COMPOSICION Y CAUDAD 4.1. ClaslflcacjOn: Las trutittas (morangos) seran clasificadas en ca libres (classes) y categorlas (tipos). 4.1.1. Calibres (classes): Las frutillas seran clasificadas segun el mayor diarnetro transversal en dos: NOTA: En I" clasc 1 .1 di.imcHo cuu c I" f, uta mas granue y ra menor no podra exceder de 10 mm en cada envase. Tolerancia: So: adrnitira hasta un quince por ciento (15%) de unida des no pertenecienteal calibre. EI numero de envases que no cumplan la tolerancia de calibre no podra exceder el 20% del numero de unidades muestreadas. Art. 2°. No sera de aplicaci6n 10 dispuesto par los decretos Nos.• 9291988. de 31 de diciembre de 1988 y 3551990. de 8 de agosro de 1990, en 10 referente a frutilla, manzana y pera, Art. 3°.· Der6ganse los Arts. 1 ailS y 23 del decreta NQ 9291988, de 31 de diciembre de 1988 con las modificaciones introducidas por los Arts. I" y 2" del decreta NQ 355/990, de 8 de agosto de 1990, en 10 referente a frutilla. manzan a y pera. Art. 4",- EI presente deereto regira a partir de su publicacion en el Diario Oficial. Calibres (classes) 1 2 Mayor diametro transversal (mm) >25 > 15s 25 Art. S".- Cornunlquese, etc. BATALLA - CARLOS OASPARRI ALVARO RAMOS. MERCOSUR/SGT No, 3/COMISION DE ALIMENTOS/ FRUTILlA ANEXO No. III PROYEcro DE REGIAMENTO TEeNICO MERCOSUR PARA LA FIJACION DE IDENTIDAD Y CAUDAD DE FRUTILLA (MORANGO) I. ALCANCE: Este Reglamento tiene por objeto definir las caracteristicas de iden· tidad, caUdad, acondicionamiento. -empaque y presentaci6n de frutilla destinada al consumo «in natura.., que se comercialice en el ambito del MERCOSUR, 2. DEFINICIONES 2.1. FRUTILLA: Es la frola proverlientede las variedades ocultivares ltcl genero fragaria. 2.2. DEFEcroS GRAVES 2.2.1. Podredumbre:Dana patologicoylofisiol6gicoque impliquccual ljuiergfaoo de ltescomposlcl~n. dcslntegraciOn 0 fennentacl6nde los teJ ldos. 2.2.2. Sobremaduros (passada): Fruta que presenla un avanzado es· tado de maduraci6n 0 senescencia, caraclerizado por una coloraci6n purpura y perdida de finneza. 2.2.3. Cara de Gato: Frula fuertemente defonnada debido a poliniza ci6n defectuosa. 2.3. DEFECTOS LEVES 2.3.1. Dailo: Herida 0 Jesi6nde origen mecanico, fisiol6gico 0 causa do par plagas. 4.1.2. Categorias (tipos): de acuerdo can las tolerancias de defectos, las frutilla« se c-ta~ifil'adn"n los 8~ado" indicados en I.. labia I. TABLA I % TOTAL DE DEFECTO EN LA MUESTRA CATEOORIA Gr"v ..~ Total Defectos Sobrernadura Podre- Cara de ga!o Graves Leves (passada) dumbre EXTRA 2 1 0 2 5 CATEGORIA I 3 1 2 J 10 Nota: Cuando todas las frulas cnntenidas en un envase sean fasceadas (borboleta), no sera considerado defecto. 4.3. Requisitos generales: Las frutas deberan tener las caraclerfsti cas del cultivar bien definidas, sec fisiologicamente desarrolladas, sanas. enteras, Iimpias y presentarse Iibres de 01 or y sabor eXI raiios y de hume· dad extema anormal. 4.4. Otres requisilos: No sera permitida la comercializacion de fruulla qur: presente residuos y OlrosclemenlOS Rocivospara Jasalud, por eneima de los Hmites admitidos entre los parses miembros del MERCOSUR. 4.5. Los parametros de este Reglamento corresponden a valores refcrenciales en frontera. 4.6. EJ [ate que no cumpla con los requisitos previstos en este Regia menlo al momenta de Ja inspeccion, no podra ser reclasificado, permi. liendose el retiquetado si corresponde. 5. CONDICIONES DE EMPAQUE. ALMACJ:::NAM1J:::NTO Y TRANSPORTE Deberan asegurar una adecuada conservaci6n del produclo. O. TOMA DE MUESTRAS La lorna de muestras se efectuara de acuerdo al Reglamento CARILLA N" 10 NO 24.793 - Mayo 29 de 1997 419-A MERCOSUR de muestreo correspondiente, Mientras esra no exista se aplicara la siguiente tabla: Numero de unidades que componen el lote 001 - 010 011 - 100 101·300 301-500 501 - 10.000 Mas de 10.000 TABLA II Mlnimo de unidades II rnuestrear 01 02 04 05 I%dellote Ralz cuadrada del nurnero de unidades a muestrear 2.2.- Defectos graves: 2.2.1.· Dado por helada: irea descolorida 0 necrosada provocada por la accion de la helada, que supere el So/. de la superficie del fruto y/o afecte la pulpa, Si la lesion no supera el 5% de la superficie del fruto yl o no afecta la pulpa sera considerado defecto leve, 2.1.2.- Quemado del sol: alteraci6n en el color de la epidermis y la pulpa causada par la acci6n del sol. 2.2.3.- Herida abierta: lesion Sill cicatnzar de origen diverse que puede 0 no afectar la pulpa, 2.2.4.- Alteraciones Pisiotogjcas: 6.1. Conformacion de [a muestra conjunta y analisis. 6. \. \. Los volurnenes retirados conforrnaran la rnuestra de trabajo. analizandose todo su contenido, 6. t.:l. Despues del anansrs toda Ia muestra Ie sera devuelta al rntere sado, 6, J.J. EI interesado tendra derecho a so licitar una reconsideracion del dictamen, para 10 cual dispondra de un plaza de VEINilCUATRQ HORA::i (24 Wi). tn este caso se procedere a nuevo muestreo, 7. ENVASES Y ROTULADO 7.1. Envases: Las cajas, cubetas (cumbucas) y rnateriales utilizados ceberan ser nuevos, nmpios y no provocar atteraciones mternas y/o externas en la fruta. Se autoriza el empleo de material con propaganda corneccial, siernpreque sear. atoxicos. 7.2. Rorulado Los envases deben ser rotulados 0 etiquetados en lugar de facil vi sualizacion y de dificil remocion, conteniendo como mlnimo la siguienle infonnaci6n. Nambre del produclO Nombre del cultivar , .. Calibre • Calegorla .. Peso Neto o. Nombre y Domicilio del Importador , ,.' Nombre y Domicilio del Empacador o.," Nombre y DomiciliI)del Exportador "," Pais deorigen Zona de Producci6n o. Fecha de ernpaque .. (0) Se admitira el sellado (carimbo) 0 usa de etiquc:tasautoadhesivas para indicar estas infonnaciones. (..) Optativo. De acuerdo ccm \a regulaci6n intema de cada pals. 7.3. Tolerancia-: 7,).1. Se permitira por envase una diferencia de hasta un dicz por ciento (10%) del peso neto indicado. 7.3.1. Se pennitira hasla un veinte por cienlo (20%) de envases que no cumplan latolerancia. REGLAMENTO TECNICO l\1ERCOSUR PARA LA FIJACION DE JDENTJDAD Y CALlDAD DE MANZANA (MAc,:A) I.- ALCANCE E\ prcsente reglamento tiene por objeto defmir las caracterhticas de identidad, calidad, acondicionamiento, empaque y presentaci6n de man· lana destinada al consumo «in natura)) Que se comercialice en el ambito del MERCOSUR. 2.- DEFINICIONES 2. I. - Man2a11a (MaC;4): SI! entiende por l1lanzana 13fruta de la espe· o;ic Malus domestica Borhk. 2.2.4.1.- l::Iitter ('It: drsturtno nsiotegrco caractenzado por manchas oscuras, redondeadas y deprimidas, midiendo hasta 5,0 mm de diame tro, con corchosidad superficial de la pulpa. 2.2.4.2.- Corchosis (cornea): proceso de encorchamiento del fruto caractenzado per mancnas superncraies, por ei cuai arecta ta putpa y que posee tamano mayor que las de bitter pit, pudiendo defonnar el fruto. 1.2.4.3,- Corazen Acuoso ~l)inEo de me\)~ Ii'l$tur'o\l:> can.c\erizado por Ia presencia ce zonas de aspecto vnreo ell ia puipa, parucutarmente cerca del coraz6n y en los haces vasculares primarios: 2.2.4.4.- Escaldadura: disturbio caracterizado por la muerte de las celulas epidermicas y subepidermicas del fruto, Como consecuencia de la cxtuacton de clertos compuestos volatiles de la resptracton, 2.2.4.5.- Decaimientc interne (degeneracao interna): disturbio ca racterizado por el oscurecimientc y ablandamiento (amolecimento) de la pulpa del fruto. 2.2.4.6.- CorazonPardo: alteracion con pardeamientode los tejidos internos par efecto de baja temperatura, evctucionando desde Ia zona media de la pulpa hacia el corulln y finalmente hacia la penferi•. l.ZA. 7.- Alteraclon imerna por rtlo: parl1eamlenlo ae loS tejidos internos de la (nlla causado por baja temperatura localizado en Ia parte media de la pulpa, extendiendose hacia la superficie de la misma, que dando una zona de tejido normal entre Is epidermis yel tejido Ifeetado. 1.1.4.15.- AlteraciOn por gases: disturbio en el fruta caracterizaOo par manchas oscuras externas y/o internas, asi como par la presencia de areas cavernosas en cuaiquier punto de la pulpa causada por concentra ciones inadecuadas de oxlgeno, gas carbOnico0 amonlacoen laatmosfe ra. 2.2.5.- Alteraciones no fisiol6gicas: 2.2.5.1.- Coraz6n mohoso (podridllo carpelar): alteracion cl1usada pOJ \umgos que afecta el conu6n del frutc 'j e'll;ntualme'\'Ae Ii. ~\l\'l)'''' 2.2.5.2.- Congelamien1o: decaimiento 0 descomposici6n de los teji dos internos de la pulpa por efeeto del descenso de la temperatura por debajo del punto de congelamiento de la variedad, debido a la fonnaciOn de cristalcs de hielo. 2.2.6.- Podredumbre: dallo patol6gico que implique cualquier grado de descomposici6n, desinlegracion 0 fermentacion de los Ic:jidos. 2.2.7.- Sobremaduro (passado): fruto que presenta un avanzado eS tado de maOuraclOn 0 senescenCl8.Se conslderarAsobremacluro cU&nOo la consistencia de la pulpa de la fruta medida COn penetr6meuo sea inferior a to establecido en la Tabla J. 2.1.&.- Inmad\1To: fruto que no alcar.2.Q e\ estadl) I) tst?1d\();'det.\ ~e maduracion para el consumo. ::ie conslOerart inmadurocuando la consis tencia de II pulpa de la fruta medida con penetr6metro sea superior I 10 establccido en la Tabla I. 2.2.9,- Machl,lcamienlo (batida): lesion con deformeci6nsuperficiaJ sin rotura de la epidermis proyocada par la accion mecanica. 2.1.10.- Dalla par insecta: es toda lesion causada par insecto que al CARILLA N" II 420-A N~ 24.793 - Mayo 29 de 1997 rcmov:cr I.. cpi dcrmi s a trcs (3) rni Hrnetroa de profundid..d3igue afect..n do la pulpa, 2.2.11.- Dana par granizo: deformacion a lesion cicatrizada causada par la accion del granizo, Se considerara grave cuando el fruto presente ma" de do" (2) leai orie s o COn una "uj>erfi"ie d .. 5 mm de di",." .. tro por lesion. 2.2.12.< Mancha de sarna: rnanchacausada par el ataque del hongo Venturia inaequalis (Cooke) Winter, Se considerara defecto cuando el an.... "fectad.. super" 0,25 cm2. NOTA; EI defecto coraz6n acuoso (pingo de mel) se considerar;1. defecto a partir del estado moderado inclusive (estado 4), del Anexo 1 de este Reglarnento. TABLA I: Tolerancia admitida para el grade de maduraci6n Cl) Rojo (vcrmclhn): compuesto por 103 culrivarca. Red, S",ur, Ricnared y mutaciones, Red Delicious y mutaciones (Royal Red, Starking, Starkrirnson, Red Chief). Red Gala; King David, Winesap, R~d Rome y otras sirnilares. b) S"rni Rojo (pCltci"l",ent. vermelha) 0 mi.<I.>: compuc.to por 10' cuhivares: Jonathan, Royal Gala. Me tMOS\\, GbMet fl"}, Stayrnan Winesep.Anna, Ohio Beaty, Princesa.Mollie's Delicious, Imperial Gala. Rome Beauty, Delicious y otras similares, c) Ro.}'.>d:> (raj:>da) 0 ligeramente color..ada, co m puesto por los cultivares: Melrose, Braeburn, Elstar, Gala, Jonagold, Fuji, Rainha. Bra sil y otras sirnilares. d) Verde y amarilla (verde e amarelaj: cornpuesto por los cultivates: Grann}' Smith, Golden Delicious, Belgolden, Mutsu, Willie Sharp, Orin, Yellow Newlon Pippin y otros slrnilares. VARlEDADES MADURACION MADURACION MINIMA MAXIMA 4.1.2.- Calibre: Los valores corresponden a la consistencia de la pulpa de la fruta m"rlida ("'on r"n"tr6m"trn cnn I'"nla 7/1 firi FJ resuttsdo se expresa en libras de fuerza/p ulgada cuad rada. 2,2.13.- Lesion cicatrizada: es la lesion de origen mecanico cuya superficie supere 0,5 cm2 0 1,5 ern, de largo yfo.afecte la pulpa. 2.3.- Defectos Leves: Fuji Gala Golden y mutaciones Granny Smith Ohio B<"'Iuty Red Delicious y rnutaciones Otras 19 19 18 19 IS 18 18 9 9 9 11 9 9 9 Definic-i.6n ~ e s ~I .... 11JTle-ro rl~ frlJro .t:'"ol1t~nido~ ~n.el env aee. Se conci derara de un mismo calibre a las unidades que varlen en un 12% en mils o en rnenos ell peso y en un 10% en mas 0 en rnenos en diarnetro 0 calibre prornedio. Tolrllr:llncia+ ,-fI'o :"ldmitfl' T~ mfl"7rl~ rip "':lljhr.f"'~. c1.fl'rUrfl rl~ un mi~mo envase, siernpre que 1.'1 surnatoria de las unidades fuera de calibre. no supere el 10% y la diferencia de peso de Ins rnisrnas; no sea mayor al 12%. El ruirnerode envases que supere la tolerancia, no podra exceder dill 10% 4.1.3.- Categoria: de acuerdo COil las tolerancias de defectos las man zanas se clasificaran en las categorras indicadas en la Tabla II. TABLA It: Limite" mi...imOI;; de defeclos por categ<:"ia ""presado", en porceruaje de unidades de Ia muestra. 2.3.1.- Russeting: rnancha superficial de color rnarron clare aspera 0 lisa sin brillo. Se considerara detecto cuando supere e15% de la superfi ("ie tI",1 fruto No ~e con~'u1e:rara tle:fecto en 1.'1 cavidad peduncular. "2.3.'2.- Mancha: alteraci6n en la coloracion normal de 1.'1 piel de la fruta que supere el S% de 1.'1 superficie de la misma. No se considerara defecto a 1.'1 coloracion rojiza en las variedades Granny Smith y Golden. 2.3.3.- Quemado de! sol; alleraci6n en el color de la epidennis causa da por la acci6n del sol. 2.3.4.- Deformaci6n; desviaci6n manifiesta de 1.'1 forma caracterfSli ca del cuhiv:tr. 2.3.5.- Falta de pedunculo: frota sin pedunculo. No se considerara defeclO para 1.'1 variedad Granny Smith. Sera considerado de forma in dependienle con una tolerancia maxima del 25% para todas las calego rialL 2.3.6.- Deshidrataci6n: perdlda de agua de los tejidos de la frota ocasionllda por el proceso de lranspi radon. 2.3.7.- Dano Dar granizo deformaci6f1 0 lesion eicatrizada eausada por la aeci6n del granizo. Se consideradi leve cllando el frolo presente hasta dos (2) lesiones, 0 can una superficie de nO mas de 5 mm de diametro por lesion. 2.3.8.- Lesi6n cicatrizada: es la lesion de origen mecanico cuya su perficie no supere 0,5 cm2 01,5 em de largo, sin que afecte 1.'1 pulpa, 2.3.9.- Dano par insecta: es loda lesi6n causada por insecto que .'II remover la epidermis a tres (3) mm·. de profundidad no afecta la pulpa. 3.- REFERENCIAS BIBLIQURAF1CAS :SUBRJ: Tt::CNICA:S ANALITtCAS. 4.- COMPOSrCION Y CAUDAD GRADOS DE SELECCION DEfCCTOS GRAVr;S EXTRA CATEGO- CATEGO RIA r RIA II OEFECTOS FISICOS Madmcamienlo '2. S '& AerlOaal>lerta 1 3 Ij Cangelamiento 1 3 6 Dano por granizo I 3 6 Dano por helada 1 3 6 Quemado del sol 1 3 6 Lesi6n dealrizada 1 3 6 DEFECTOS FISIOLOGICOS Bitler Pit 3 6 Corchosis 3 6 Coraz6n acuoso 3 6 Escaldadura 3 6 Decaimiento interno 3 6 Corazon pardo 3 6 Alteraei6n irtterna por frfo 3 6 Alt"r~cion por e""<; Ii OEFECTOS PATOLOGICQS Corazon moho>o 3 5 Podredumbre 3 5 Mancha de sarna 3 5 Podredumbre 1 3 DEFECTOS PORPLAGAS Dano par insecta 3 4 OTROS DEFECTOS Sobremaduro I 4 6 InmadufO 1 ~ (j TOTAL DEFECTOS GRAVES Z 6 La TOTAL DEFECTOS LEVES 5 10 15 TOTAL DE DEFECTOS 5 12 20 4.1.- ClaSlflcaclon, la manzana sera Clasiflcada en: 4.2.- Requisitos generales: las manzanas debedn ser bien desarrolla . .. d<lS. secas, limpias, de lama!l.o uniforme y cnconlrarse libre de 010re5 'I 4.1.1.- Grupo: de acuerdoaicolorpredom1ll3llie en lae\lldcnmsdel fnato. sabores extranos. CARILLA N° 12 N° 24.793 - Mayo 29 de 1997 421-A 4.J.- Rc quiairos f1.sieo". qufmicos y mierob'olc,sico,", no "erli. perm; tida la comercial izaci6n de manzanas que presenten residues u otros elementos nocivos a la salud por encirna de los llmites admitidos en el ambito del MERCOSUR. Toler"n¢i .. en peso nc to: Sc l'dmitirli por envase hasto. "n 8%.:on m.6:.s y 2% en menos del peso nero indicado en el envase. Se permitira basta un 10% de envases que superen la tolerancia. Anexo 1 4.4.- Los parametres de este Re glamento corresponden a valores referenci ales en fronte ra. CORAZON ACUOSO (PINGO DE MEL) 4.5.- Ellote que no cumpla con los requisites en este Reglamento al memento de la inspeccion, podra ser reclasificado, reembalado y/o rcctiquet"do par" "ju"t"r"c ,,61. L:> eomereiol;;;:acion fuer" de especificu ci6n no podra destiriarse al consume directo ..in natura», No se autorizara la reclasificacion de Iotes que presentee porcentaje de podredumbre por encima del Ires por ciento (3%), los que seran rechaec.doc. *5.- TOMA DE MUESTRAS Se efectuara de acuerdo al Reglarnento MERCOSUR de rnuestreo ¢orrecpondiente. H:u,t:> tanto, ce ;lpli¢;lrollo "guiente, I· NAOA 1-I \ ( / .:-*/- - ~,'•• 4 -'!~;I " ' Mfnimo de Unidades a muestrear 01 unidad 02 uni da des 04 unidades 05 unidades 1% dellote rafz cuadrada del rnirnero de uni dades del late Niirnero de Unidades que cornponenen el lote 001 - 010 011 - 100 101 - 300 301 - 500 501 - 10.000 Mas de 10.000 5.1.- Conformaci6n de la muestra conjunra y anallsis: 2 - INlC1AL 10-2 nwnl 5.1.1.- En caso de obtenerse un mimero de unidades de rnuestreo entre 1 )' 4, se hOfTlog.'ni~ ..",. SU eonrenido extr,.Y"ndoce "ien (101)) frutos elegidos al azar, que conforrnaran la mueslra a analizar, 5.1.2.- Para Somas unidades, se retirara como minima 30 frutos de cada unidad, se homcgeneizara y se formad una rnuestra de cien (100) frutoc p"ro. ,n~l is is. 5.1.3.· Los restantes frutos seran devueltos al interesado, incluyen dose la rnuestra de anal isis en case de ser solicitada. ~ 1 d. FI i nt"r",,-,,<1n re "o1d <1nn·hn 01 ... ,,-olil'irar una reconsideracirin del dictamen, para 10 cual dispondra de un plazo de 24 horas, En este caso, se procedera a un remuestreo y analisis. ;] • L.,EVE 12-4 'PIIOI 6.· ENVASES Y ROTULADO 6.1.- Los erivases y rnateriales utilizados en el interior de los mis mos. deben ser nuevos.rlimpios y de una materia tal que no prcvoque a los frutos alteraciones externas ni intemas, Se autoriza el empleo de rnateriales y en particular de papeles 0 sellas, con indicaciones corner ri"I ..s, "i"mpr" '1""1,, irnpresion 0 "I eti'l"elado se realicen con tintas yJ o colas no roxicas. Losenvases 'deben estar exentos de cualquier cuerpo extraiio. 6.2.- ROTULADO; Los envases deben ser rotulados a etiquetados ".n lin lng..r rt" fa..il visual izacirm de diff... 1 remocion: conteniendo como rninimo la siguiente informacion; • Nombre del producto Nombre del cultivar Gmpo • Cal ibre * Categorfa * • Peso Neto (Peso Ilquido) • Nombre y Dornicilio del Importador • ,** Nombre y Domicilio del Empacador *••• Nombre y Domicilio del Exportador ,.. · Pais de Origen Zona de produccion . Fecha de empaque (data de embalagem) * Nota: (0) se admitira el sellado 0 uso de etiguetas autoadhesivas para indicar estas informaciones. (*.) optativo 4 - MODERAOO (4", """I S • SEVERO (>t onl CARILLAW 13 422-A N" 24.793 - Mayo 29 de 1997 TABLA I Tolerancia admitida para el GRADO DE MADURACION (en el momento de la inspeccion) PRESION MINIMA EN UHKA:S jPULG2 VARIEDADES ANEXO PROYECI'O DE REGlAMENTO TECNlCO MERCOSUR PARA LA FIJACION DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE PERA \. ALCANC~ EI presente reglamento tiene por objeto definir las caracl:rfsticas de identidad, calidad, acondicicnamientc, empaque y presentacion de pera destinada al consumo in natura que se comercialice en el ambito del M:E:RCOSUR. II. DEFINICIONES A. Pera: Se entiende por pera la fruta de la especie Pyrus communis L. VARIEDADES RED BARTLETI WILIAMS BARTLETI PACKAM'S TRIUMPH SANTA MARIA A. FElTEL CONFERENCE WINTERNEUS 12 12 10 12 12 12 10 BEURREBOSC BEURRE D'ANJOU BEURRE GIFFARD BEURRE HARDY CLAPP'S FAVORITE WINTER BARTI.ETT OTRAS PRESION MINIMA ENUBRAS 1PUI...G2 9 9 8 8 8 10 10 B. Defectos graves: 1. Dario por helada: area descolorida 0 necrosada provocada por Ia ~C',..ion de 13 hf!bcb. "I"'" supere "I 'i% el.. I,. ~"p..rfiC'i.. <1,,1 fruto yin ,.f.. .-tp la pulpa. 2. Quemado de sol: alteracion en el color de la epidermis y la pulpa causada par la accion del sol. 3. Herida abierta: lesion sin cicatrizar de origen diverse que puede0 no afectar la pulpa. 4. Alteraciones fisiologicas: 2.2.4.1. Bitter Pit: Disturbio tisiologico caracterizado por manchas oscuras, redondeadas y deprimidas, midiendo basta 5 mm de diarnetro, con corchosidad superficial de la pulpa. 2.2.4.2. Corchosis (cortica]: Proceso de encorcharniento del fruto caracrertzauo par rnanchas superrtclates, por el cual arecra ra putpa y que posee tarnafio mayor que las de Biller Pit, pudiendo defonnar el fruto. 2.2.43. Cavidad calcinal parda (Black end): Pardearniento y altera don de 10 e"v;dod colle;nol que pucdc origin"r un .. podredurnbre 3Oc... 2.2.4.4. Escaldadura: Disturbio caracterizado por la muerte de las celulas epiderrnicas pudiendo tambien afectar las celulas subepidermicas del fruto. Los valores corresponden a consistencia de pulpa de Ia fruta, medi da can penetrornetro can punta 5/16. EI resultado se expresa en libras de fuerzaipulgada cuadrada. Z.Z~8. Inmaduro: S'" -';Qn.3id~nI inma,duro ~u.oitndo La. conaistcm...i4 de la pulpa de la fruta, medida can penetrometro con punta 5/16, sea superior a 21 libras de fuerzalpulgada cuadrada. 2.2.9. Machucamiento (batida): Lesion can deforrnacion superficial sin rotura de 12epldenni£ provoc:oll~PO'" 12 :leeion l"I1e:canica~ 2.2.10. Dafio par insecto: es toda lesion causada por insecta que al remover la epidermis a no mas de tres (3) milimetros de profundidad sigue afeetando la pulpa. 2.2.11. Dana par granizo: defonnad6n ylo lesion cicatrizada causa da por la acci on de I gran izo. Se considerara grave cuando el fruto presen te mas de dos (2) lesiones ylo coo una superficie de mas de 5 mm de dlarnetro par lesion. 2.2.12. Mancha de sarna: mancha causada por el araque del hongo Venturia piri na (Aderb), Se considerara defecto cuando el area afectada supere los 0,25 cm2. 2.2.13. Rameado [raspado): lesi6n superficial causada por rozamiento Clel truro contra estructuras de ra ptanta que provoca subenticacron de ra epidermis '1 que supere I cm2 ylo 3 em de largo '1/0 deformaci6n. 2.3. De tecros le yes: WINTER NELLIS BEURRE HARDY GENERAL LECLERC ABATE FETrEL CONFERENCE • BEURRE BOSC HIGHLAND KAISER 2.3.1. Ru."clilljo;: 111",,1.:1'<1 ,ullC,l1d..1 de "UIUI marron aspera u li~<1 sin brillo, Se considerara defecto cuando supera el 10% de la superficie del fruto. En la variedad Packam's Triumph se conside rara defecta euan do supera el 25% de la superficie del fruto. No se considerara defeeto cuando el russeting es de origen genclico 0 caracterislico varietal, por ejemplo en l03 .:,;ig:uientc3 cuJtiV£U"Ci3:' 2.3.4. Deshidralaei6n: perdida de agua de los tejidos de la fruta ocasionada par el proceso de lranspiracion. 2...3.:5. Manella de sarna: mancna causaCla por el ataque del nongo Venturia pirina (Aderb). Se considerarii defe~'to cuando el area afectada sea igual 0 inferior a 0,25 em2. 2.3.6. Quemado del Sol: Frulo que presenla areas descoloridas 0 necrosadas en su epidermIs por 1a leeiOn ael SOl. 2.3.2. Mancha: alteracion en la coloracion nonnal de la piel de la fruta que supere el 5% de la superficie de la misma. No se considerani defecto la coloracion rojiza Crt los cuhivares: WILLIAMS Y D'ANlOU. 2.3.3. Deformacion: desviaci6n de la forma caracteristiea del culti· var. 2.3.7. Dano por granizo: defarmacion ylo lesion cicauizada causada por la acci6n del granizo. Se eonsiderara leve cuando el fruto presente CARILLA N" 14 2.2.4.5. Decaimientointerne (degeneracao internal: Disturbiocarac terizado por el oscurecimiento y ablandamiento (amolecimento) de la pulpa del fruto. 2.2.4.6. Coraz6n Pardo: Alteraci6n can pardeamiento de los tejidos internos par efecto de baja temperatura, evolucionando desde la zona de la pulpa hacia el coraz6n y final mente hacia la periferia. 2.2.4.7. Alteraci6n inlerna por frio: Pardeamiento de los tejidos in ternos de la fruta causados por la baja temperatura localizado en la parte media de la -pulpa, extendiendose hacia la superficie de la misma. que· dando una zona de lejido normal entre la epidermis y eltejido afectado. 2.2.4.3. Alteraci6n par gases: Disturbio en el fruto c3usado par inadecuada l,;oncentraci6n de gases en la atmosfera. 2.2.5. Alteraciones intemas no fisiologicas: 2.2.5.1. Coraz6n mohoso (podriadio carpelar): Alteraci6n causada par hongos que alacan el corazon del fruto '1 eventual mente la pulpa. 2.2.5.2. Congelamiento: Decaimiento 0 descomposici6n de los teji dos internos de la pulpa por efeeto del desl,;enso de la temperalura por debajo del punto de congelamiento de la variedad, con formacion de cristales de hielo. 2.2.6. Podredumbre: dano patol6gico que implique cualquier grade de desl,;omposici6n, desinlegracion 0 fermentaci6n de los tejidos. 2.2.7. Sobremaduro (passado): Frulo que presenta un avanzado e~' t~do d.. maduraci6n 0 ."n".c"ncia. S.. con.id"rara .obr"maduto cuando III consisteneia de la pulpa de la (rula medida con penetr6metro sea inferior a 10establecido en la Tabla I. N° 24.793· Mayo 29 de 1997 423-A hil~liI Llu~ (2) ],':>;011"", 1/0 "on 'W4 :sup"rfi"i..- de: no rna, de: S mm de: diametro par lesion. 2.J .8.- Lesion cicatrizada: es toda lesion de origen rnecanico euya superficie no supere 0,5 em2 y un largo mayor a 1,5em. 2.3.9.- Dailo por insecto: es toda lesion causada por insecta que al remover la epidermis a Ires (3) mm de profundidad no afecta la pulpa, 4.2. Requ i~ito~ 5e:n<:",,1"9; LllS pera:l deberan e:3t&rd",4rro114UIQ ~c cas, limpias, de tamailo uniforme y eneontrarse libre de olores y sab~rcs extranos, 4.3. Requisites fisicos, qulmicos y microbiotogicos: No sera permi tida la Ccmercializacien de peras Que presenten residues u otrns "I". mentes nocivos a la salud par encima de los lImites admitidos en el ambito del MERCOSUR. 2.3.1 0.- Dano peduncular: defecto ocurrido por accion rnecanica que provoca ta ausencia total, parcial a la ruptura del pedunculo. Sera consi derado de forma independiente con una tolerancia maxima del Z5% para todas las categorias. 2.J.11.- Rarneado (raspado): lesion superficial causada por roza miento de! fruto contra estructuras de la p lanta que produce una suber iflcaclou de la cp idcunis '1ue ao :sup"" de 10m2 "I/o J em de I"T1;o. J.. REFERENCIAS BIBLJOGRAFICAS SOBRE TECNICAS ANALITICAS. a., COMPOSICTnN V rAr.rnA[) 4,1.- Clasificacion, la pera sera clasificada en: 4.4. Los parametres de este Reglamento corresponden a valores referenci ales en frontera. 4.5. El lote que no cumpla con los requisites previstos en este regia menlo al memento de la inspeccion podra ser reclasificado, reembalado y/o reetiquetado para ajustarse a e]. La eornercializacion fuera de espe cificaci6n no podra destinarse al consume directo in natura. No ae autori.o=l1l'"6. la I"eclasi ficacion de lotes que presenton porccntQ. jes de podredumbre por encima del tres por ciento (3%), los que seran rechazados, 5. TOMA DE MUESTRAS Se efectuara de acuerdo al Reglamento MERCOSUR de muestreo correspondiente, Hasta tanto, se aplicara 10siguiente: 6.- ENVASES Y ROTULADO 6.1.- ENVASES: Las peras serlin empacadas, en envases nuevas, resistentes, limpios y secos, que no transmilan olares y sabores extra nos a la mercaderla. 6.2.- ROTULADO: Los envases deben ser rotulados 0 etiquetados en un lugar de ricil visualizaci6n y de diflcil remocion, conleniendo como minimo la siguienle informacion: 5.1.4,- EI interesado tendra derecho de solicaar una reconsideracion del dictamen, para 10 cual dispondra de un plazo de 24 horas. En este easo, se procedera a un remuestreo y anal isis. 01 unidad 02 unidades 04unidades 05 unidades 1% dellote ralz cuadrada del numero de uni dades del lore MInima de Unidades a rnuestrear 001·010 OII~IOO 101 - 300 301 - 500 501 - 10,000 Mas de 10.000 Numerode Unidades que cornponen el lote Nombre del producto Nombre de cultivar Calibre • Catcgorla • Peso Neto (Peso llquido) • Nombre y Domicilio del Importador • ,•• Nombre y Uomlcilio Clel Empacae:tor ,•• Nombre y Domicilio del Exportador ,•• • Pals-de Origen • Zona de producci6n . Fecha de empaque (data de embalagem) • Nota: (.) se admitira el sellado 0 usa de etiquetas autoadhesivas para indicar eSlas ioformaciones. (.. ) optativo. 5.1.2.- Para 5 0 mas unidades, se retirari como mlnimo 30 frutos de cada unidad, se hornogeneizara su contenido extrayendose cien (100) frutos para anAl isis. 5.I.J, - Los restantesfrutos seran devueltos al interesado, inctuyen dose la muestra de analisis en caso de ser solicitada. 5.1.- Conformacion de Ia muestra conjunta y analisis: 5.1.1.- En caso de obtenerse lin numero de unidades de muestreo entre I y 4, se hornogeneizara su contenido extrayendose cien (100) frutos eiegidos al azar, que conformaran la rnuestraa analizar, Tolenml:hl en pe~... IICIIl. S.. ddmitiro. por I;llYa:lC ha:llil un 8% en ml£ y 2% en menos del peso neto indicado en el envase. Se permitira basta un 10% de cnvases que superen 1atolerancia. CATEGORIA DEFECTOS GRAVES EXTRA I n DEfECTOS FISICOS DANOS POR HELADA I ) 6 QUEMADO DE SOL I 3 6 HERlDA ABIERTA 1 ) 6 CONGELAMIENTO I 3 6 DANO POR GRANIZO I 3 6 RAMEADO (RASPADO) 2 5 8 MACHUCAMIENTO (BATIDA) 2 5 8 DEFECTOS FlSlOLOGICOS BITTER PIT ) 6 CORCHOSIS (CORTlt;A) J (; CAVIDAD CALlCINAL ) 6 ESCALDADURA ) 6 DECAIMIENTO INTERNO 3 6 CORAZON PARDO 3 6 AITERAc:ION POR FRIO ) 6 ALTERACION POR GASES J 6 DEFECTOS PATOLOGICOS CORAZON MOHOSO (PODRIDAO CARPELAR) ) 5 rODREDUMDRI: 2 J MANCHA DE SARNA 3 5 DEFECTOSPORPLAGAS DANOS POR INSECTOS 3 4 OTROS OEFECTOS SOBREMADURQ (PASSADO) 1 4 6 INMADURO I 4 6 TOTAL DE DEFECTOS GRAVES 2 6 10 TOTAL DE DEFECTOS LEVES 5 10 15 TOTAL DE DEFECTOS 5 12 20 Categoria, por su calidad. Calibre (classe), par el nurnero de frutas conlenidas en el envase, 4. L1- CATEGORIA: De acuerdo con las tolerancias de defectos, las peras se clasificaran en los grades indicados en la TABLA II Tabla II. l.lrnitcs maximos de defectos por categorta expresados en porcernaje de unidades de la ruuestra 4.1.2.- CALIBRE (elasse): es el numero de frulos conteoidos en el envase. Se considerara de un mismo calibre (classe), a las unidades que va rien en un 12% en mas 0 en menos en peso y en un lO% en maS 0 en menos en diamelro 0 calibre promedio. Tolerancia: se admite la mezcla de calibres, denlfO de un mismo envase slempre que la sumatoria Cle las unidades Cuera de calibre, nu supere eI 10% y la diferencia de peso de las mismas; no sea mayor al 12%. CARILLA N° 15