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قوانين السلفادور

Acuerdo Nº 390 - NSO 65.080.05.03:96 sobre el fertilizante Sulfato de amonio

صدر في 1998-06-17 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Central American Integration System (SICA)
الدولة
السلفادور
الموضوعات
Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
fertilizers/nutrients, standards, plant production
الفئات
agriculture

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  1. ACUERDO NII 390. San Salvador, 17 de junio de 1998. EL ORClANO EJECCJTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vista lasollc:ttud del lngenleroCARLOSROBERTOOCHOA CORDOVA, Director Ejec:utlvolnterinodel CONSEJO NAOONAL DEOENOA Y TECNOLOOIA, CONACYT, contraldll • que se apruebe la Nonna Salvlldorenll Obliglltoria NSO 65.080.05.03:96 SCJI.F ATO DE AMONIO. ESPECIACAOONES; y CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva de la cltade lnstitucl6n, ha aprobado la Norma antes reladonada, mediante el Punto N11 5 del Ac:t.11N 11 198, de la Sesi6n c:elebrada el 15 de abril del corriente aiio. PORTANTO: De conformidad al Art. 36 de la Ley del Consejo Naclonal de Cienda y Tecnologia, ACUERDA: lo.- APRUEBASE la Nonna Salvadoreiia Obligatoria NSO 65.080.05.03:96 SCJI.FATO DE AMONIO. Especilicaciones, de acuerdo II los siguientes termi~: NORMA SALVADOREl'IA AOROQ<JIMICOS. FERTIUZANTES. Sulfato de Amonlo. Especlfkaclones. CORRESPONDENCIA: Esta norma es una adaptaci6n de la norma ICAITI 44 013. ICS:65.080 Editada pore! Consejo Nacional de Oencla y T ecnologia, CONACYT, Urbanlzacl6n laldro Menendez, Avenida Los Americas, Pasaje San Antonio, ii 51, San Salvador, El Salvador, Centro America. Telefonos: 226 2800, 225 6222; Fax. 226 6255; e-mail info Ons. conacyt. gob. sv. Derechos Reservados. 1. Ob.feto Esta norma tlene por objeto establecer las especlficeciones que debe cumplir el sulfato de amonio usado como abono o fertilizante. 2. Deflnlc:lones 2.1 Sulfato de amonlo usado c:omo f11rt1Dzante. Es el producto c:omerc:i11I form11do princ:ipalmente por la sal diam6nic:11 del ticido sulfuric:o, (NH.)2S0,. 3. Espllc:lk:ac:lonu 3.1 Caracterlstk:as 91merales. B sulfato de amonio c:orno fertilizante se presentll c:omo un solido c:ristalino o granular. 3.2 Espec:lftc:ac:lonu flalc:aa y qulmk:as. El sulfato de amonio undo como fertiliz11nte debe c:umplir con l,is eapec:ific:,iciones siguientes: Espllc:lftc:ac:lon11s Porc:11ntaje en masa Contenido de nitr6geno arnoniacal, exprendo c:omo nitr6geno (N) Contenido de sulfato, expresado c:omo azufre (S) Acidez libre, expresada como ilcido sulluric:o Contenido de humed'ld Residuo sobre tllmiz 4. Toma d11 muestras, ensayos y an,11s1s Mlnlmo Mblmo 20.5 23.5 0.3 0.5 Por c:onvenio Para la tome y prep,ir,icion de muestras, ensayos y anillisis, se adoptan los Metodos Oficiales de Analisis de la Asoc:iaci6n de Quimic:os AnalistasOficililes, (Officim Methods of Analysis Association of Official Analytical Chemists. Fertilizers Section 2 • A. 0. A. C., ensu ultirna edici6n en ingles). La tr'lduc:cion y el uso de estos es responsabilidad del usuario. Se exceptua el metodo de determinaci6n de ,iddez Ubre, que es el de Ta Norma Salvadorerns NSO 65.05.01.01 :96. l'ISO-A. 0. A. C. 929.01: Toma de muestr,is. NSO-A. 0. A. C. 929.02: NSO-A. 0. A. C. 950.01: NSO-A. 0. A. C. 920.03: NSO- A. 0. A. C. 980.02 (11): NSO- 65.05.01.01.96: 5. Envase y r6tulo Prep11r11ci6n de la muestra. Determinaci6n de l,i humedad total. Determin,idon del nitr6geno amoniacal. Determinaci6n de azufre de sulfatos. Determinaci6n de acidez libre. 5.1 Envase. Los envases deben cumplir con los siguientes requisitos: 11) Ser resistentea a la ac:c:i6n del producto; b} No lmpartir color 111 producto; c} Ser impermMbles al agu11 en estado llquido; d) Asegurar la protecclon del producto contra condidones extemas que puedan alterer sus caracteristic:as quimicas o fisicas; e) Poseer propiedlldt!!S flsic,is y mecimicas tales que permit,in los procesos de empaque manual o mecimico sin que haya perdlda de resisten<:i,i; f) Resistir las condfcione:. de manejo, transporte y alm11cen11miento. 5.2 Rotulo. Los r6tulos deberan ser fadlmente legible& a simple vista, redac:tados en castellano yen otro idioma si las necesidades de algun pais llsi lo dispusler,in y hechos en for!Tlll t,il que no desapare:r.can b,ijo condiciones de uso normal. No podran tener ninguna leyenda de signific,ido ,imblguo que pued,i inducir ll engaflo ni descripci6n de caraclerlsticas del producto que no se pued,in comprobar. El r6tulo debera llevar Ills slguientes indic11dones: ,i) El.nombre c:omerc:i,il del producto; b) El contenido de nitr6geno amoni11c11I (expres11do coma N); c) El contenido bruto/neto expresado en unidades del Sistema Internacional yen su equivalente en unidlldes c:onvendonales cu11ndo sea 11propl,ido por la.prilctka de uso; d) B nombre o raz6n social del fabricante y del importador del producto; e) El nombre del pais donde se el,ibor6 el producto. 6. Corrcspondcm:la Par11 l11 redac::ci6n de 111 pr•ente norma se ha tornado en cuenta la norma ICAITI 44013. • FIN DE LA NORMA 2o.- El presente Acuerdoentrara en vlgencia a partir del dia de su public,ici6n en el Oiario Oficial.- COMCJNIQUESE.- (Rubricado por el senor Presidente de la Repliblic,i ). • EL Ml NIST RO DE ECONOMIA, EDUARDO lABLAH-TOOCHE H ..

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