Acuerdo Nº 383 - NSO 67.01.08:95 sobre cremas pasteurizadas para el consumo humano directo
صدر في 1998-06-12 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Central American Integration System (SICA)
- الدولة
- السلفادور
- الموضوعات
- Food and nutrition
- الكلمات المفتاحية
- food safety and quality, milk/dairy products, standards
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
ACCJEROO No. 383. San Salvador, 12 de junlo de 1998. EL ORQANO EJECCJTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vista la solicitud del lngenieroCARLOS ROBERTO OCHOA CORDOVA, Director EjecutJvolnterinodel CONSEJO NAClONAL DE ClENCIA Y TECNOLOOIA, CONACYT, contraida a que se apruebe la Norma Salvadorefla Obligatoria NSO 67 01. 08: 95 CREMAS LACTEAS PASTE.URIZADAS PARA EL CONS(JMO DIRECT 0. ESPECIFICACIONES; y CONSIDERANOO: Que la Junta Directlva de la dtada lnstitud6n, hll aprobado la Norma antes reladonad!I, mediante el Punto No. CINCO de! Acta No. CIENTO NOVENTA Y OCHO, de la Sesi6n celebrada el 15 de abril de! corriente afio. PORTANTO: De conformidad al Art. 36 de la Ley del Consejo Nacional de Cienda y T ecnologia, ACCJERDA: 1°.- APRCIEBASE la Norma Salvadorena Obligatoria NSO 67. 01. 08: 95 CREMAS lACTEAS PASTECJRIZADAS PARA EL CONSUMO DIRECTO. Especificadones, de acuerdo 1.1 los siguientes terminos: NORMA SALVADORENA Crernas L6c:teas Pasteurlzadas para el Consumo Dlrec:to. Espec:lfk:ac:lones 1"15067.01.08:95 CORRESPONDENCIA: Esta norma S1.1lv1.1dorefl1.1 est6 basad11 en l11 norma A-9 *Crema para el consumo dir~cto• del Codex Alimentarius. I. C. S67.100 Editada por el C011$ejo N11ci~I de Ciend11 y Tecnologia (CONACYT) Colonia Medlca, Av. Dr. Emilio Alvarez, Pje. Dr. Guillermo Rodriguez P11cas, # 51, San Salvador. Telefonos 226-2800, 225 6222; Fax 225 6255; e-mail: infoOconacyt. gob.sv Derechos Reservados 1. Ob.feta Esta norma tiene ~r objeto establecerlaa caracteristicas y especificadones que del>en cumpllr los dlferentes tipos de crema para consumo directo. 2. Campo de aplk:ad6n &ta norma ae apllca a la crema ~ic:a en grao, crema l>aja en grua, crema para batir, crema l>atida y crema de alto contanido de grasa, sometida& a pasteurizad6n, uteriliucion, CJHT (tratamiento termico a temperaturu ultraelevadas) y ultrapasteurizaci6n. · 3. Norma& para consulta NSO 67.01.13 NS067.0l.26 NSO 67.01.22 NSO 67.01.23 NSO0l.09.01 NSO 67.01.30 NS067.0t.16 NSO 67.01.32 4. Deflnlclones Leche y productos l6cteos. Toma de muestraa. Leche y productos 16<:teos. Determinacion del contenido de grasa de la crema. Leche y productos 16cteos. Recuento de bacterias coliformes y Escherichia Coll. Leche y productos 16<:teos. Recuento total en placa. Sistema Internacional de CJnldades (SI) Etiquetado de productos alimenticios para consumo humano. Leche y productos. Determinaci6n de la acidez titulable. Productos envasados. Verificaci6n del volumen neto y variaciones permitidas para el mismo. 4.1 Crema: Se entiende por crema el producto lacteo relativamente rico en grua separado de la leche y que adopta la forma de una emulsion de un tipo de leche descremada con grua. La composici6n final puede ajustarse mediante la adici6n de leche o leche descremada. 4.2 Cremas pasteurlzadas: Son las que han sido sometidas a un proceso de pasteurizaci6n o un tratamiento termico reconocido, similar o equivalente. 4.3 Cremas esterlUzadas: Son las que han sido sometidas a un proceso de esterilizaci6n mediante un tratamlento termino reconocido. 4.4 Cremas CJHT: Son las CFefr!U tratadas a temperatures ultraelevadas (UHT) o cremas pasteurizadas que han sido sometidas de modo continua a un procedimiento UHT ode ultr11pasteuriz11ci6n, segun un tratamiento termico reconocido, y han sido envasadas en condiciones asepticas. 5. Especlflcaclones y caracterlsUcas: 5. t Caracterlstlc-.as generales: El producto terminado deberil estar libre de toda adulteraci6n, deseparaci6n y de sustancias extrai'111s al proceso normal de elaboraci6n. !>.2 caracterlSUcas sensor1a1es: a) Sabor; El producto tendril el sabor caracteristico y deber6 estar libre de sabor ilcido en cremas dulces, amargo o cualquier sabor extraiio. b) Olor: El producto debera tener el olor caracteristico y estara libre de cualquier olor extrano. c) Color: El producto deberil tener color blanco ligeramente amarillento. d) Aspecto: El producto presentar6 el aspecto de un liquido denso, cuya viscosidad debera estar en relaci6n directa al contenido de gr11sa; deberil estar libre de grumos, burbujas, sedimentos o suero y/o grasa separada. · 5.3 .Caracterlstlcas flslcoqulmlcas Tabla 1. Caracterlstlcas flslcoquimlcas Tipo de crema Crema rk:a en grasa Crema baJa en gr11s11 Crema batida y para batir Creme batida rica en grasa Crema para batir rka en grasa Crema ligera en grasa Materla grasa, % m/tn 40-45 18 28 35 36-42 12-15 S.4 Caracterlstlcas mlcroblol6glcas 6. 6.1 6.2 Tabla 2 Caracterlstlcas mlcroblologlcas Mlcroorganlsmos n(l) c{2) m(3) ,., (4) Staphylococcus 11ureus, CJFC/cm3 5 2 10 102 Colifonnes totales, CJFC/cm' 5 2 10 10 Coliformes fecales, CJFC/cm3 5 0 0 0 Escherichia coli, UFC/cm' 5 0 0 0 Salmonella en 25 gramos 5 0 0 0 Recuento total de bacterias aer6bicas 5 3 3x10 5x10' mesofilicas, CJFC/cm3 • Hongos y levaduras 5 1 10 20 Prueb11 de fosf11t11s11 5 0 0 0 * Solo a cremas no cultlvadas Numero de muestr11s que debe 11n11lizarse (1) n (2) C (3)m (4)M Numero de muestras que se permite tengan un recuento mayor que m pero no mayor que M. Recuento m6ximo recomendado. Recuento miiximo pennitido. Materlas prlmas y materlales Adlclones facultatlvas Azucar, solamente en crema batida y para batir S6lldos no gruos de leche Caseinatos Adltlvos Allmentarlos EstabUlzadores (sales de sodio, po\asio y calcio} 6cido citri<:o 6cido c11rb6nico ilcido ortofosforico ilcido polifosforico 6cldo clorhldrlco Dosls mblma PCF 2% 0.1% Dosls mftxlma 2 9/k9 solos o 3 g/kg mezclados, expresados como sustancias 11nhidr11s 6.3 Agentes espesantes y modlflc:antes (han de utilizarse solamente en las cremas pasteurizadas batidas o en la crema CJHT yen la crema esterilizada para batir. Carragenina Alginatos de Na, K, NH,, Ca Oelatina Lecitina Pectlnas Carboxirnetikeluloaa, sodlo Celuloaa mlcrocristalina Mono y <lgleceridos Preparados de reni~ Agar agar Oomas vegetales: Ooma de acacia (arabiga) Oomaguar Goma de algarrobo Goma xanthan 6.4 Oases lnocuos (solamente en las cremas batldas) Di6xido de carbono (CO 2 ) Oxido nitroso (N,O) 7. Muestreo Dosls mixlma 5 g/kg solos 6 mezclados BPF 7 .1 Toma de muestras. La torna de muestras deberii Uevarse a cabo siguiendo el procedimiento descrito en la norma NSO 67 .01 .13. Para los anillisis microbiol6gicos deberan tomarse cinco muestras por lote, y para los analislS fisicos y qulmicos debera tomarse el numero de muestras que indica la norma antes mencionada, de acuerdo al numero de unidades que componen el lote. 7 .2 lnspecclon y control. La inspecci6n y verificaci6nde lacalidad de las cremasseran practicadas por los organismos legalmentecompetentes, los cuales deberan contar con personal tecnico capacitado para la toma de muestras delitinadas II los anillisls, la realizaci6n de estos y la verificaci6n de los demiis requisitos que exije la presente norma. Las muestras se podriln tomar en la flibrica o en los lugares de distribuci6n y venta. 8. Envase y etlquetado 8. t Envase. Los en vases para las cremas deberlin ser de material es de naturaleza tal que no alteren las caracteristicas sensoriales del producto ni produzcan sustancias daliinas o t6xicas. 8.2 Etlqueta: Para los efectos de esta norrna las etiquetas serlin de papel ode cualquier otro material que pueda ser adherido a los envases. Las incripciones deberlin ser facilmente legibles en condiciones de vision normal, y hechas en forrna tal que no deaaparezcan bajo condiciones de uso normal. La etlquet.11 debera contener como minimo la siguiente inforrnaci6n: 11) La designaci6n o nombre del producto, incluyendo el contenido de materi·a grasa. b) El nombre de los ingredientes, en orden decredente de su proporc:i6n. c) Los aditivos, indicando la fund6n en el producto. d) La expresi6n "conservese refrigerada" (o una expresi6n similar), y la expresi6n 'Consumir antes de .. ' e) El contenido neto en unidades del Sistema lnterll!ldonal (SI). f) La ldentificaclon del tote de fabricaci6n, asi como el ano, mes y dia de fabricaci6n, los cuales podran ponerse en clave en cualquier lugar apropiado del envase. g) El nombre o raz6n social del fabricante ode la entidad bajo cuya marca se expende el producto, asi como la direccl6n del establec:imiento. h) La expresi6n "Producto hecho en ... ' pals de origen. i) El numero de registro sanitario correspondiente. j) Cualquier otro dato que fuere requerido por !eyes o reglllmentos vigentes o que en el futuro dicten autoridades competentes. 8.3 La etiquetll no podra tener ninguna leyenda de significado ambiguo, ilustraclones o 11domos que induzcan II eng11iio, ni descripci6n de car11cteristicas que no se puedan comprobar. 9. Almacenamlento y Transporte. Las condiciones de almacenamiento y transporte cumplirlin con las norm11s higienico sanitaries vigentes en e\ pais. 2° .• El presente Acuerdo entrara en vigencia a partir del dia de su publkacion en ~I Oiario Ofidal. COMCJNIOUESE. (Rubricado por el senor Presidente de la Republica ). EL Ml NIST RO DE ECONOMlA, EDUARDO ZABLAH-TOOCHE H.