Acuerdo Nº 2544 - Manual de procedimientos para emisión de dictamen para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas
صدر في 2021 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
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- Spanish
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- السلفادور
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- Waste and hazardous substances
- الكلمات المفتاحية
- hazardous substances, authorization/permit, procedural matters, processing/handling, transport/storage, registration, public health
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Manual de procedimientos para emisión de dictamen para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. San Salvador, El Salvador 2021 Manual de procedimientos para emisión de dictamen para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. San Salvador, El Salvador 2021 2021 Ministerio de Salud Está permitida la reproducción parcial o total de esta obra por cualquier medio o formato, siempre que se cite la fuente y que no sea para la venta u otro fin de carácter comercial. Debe dar crédito de manera adecuada. Puede hacerlo en cualquier formato razonable, pero no de forma tal que sugiera que usted o su uso tienen apoyo de la licencia. La documentación oficial del Ministerio de Salud, puede Consultarse en el Centro Virtual.de.Documentación.Regulatoria.en: http://asp.salud.gob.sv/regulacion/default.asp Ministerio de Salud Calle Arce No. 827, San Salvador. Teléfono: 2591 7000 Página oficial: http://www.salud.gob.sv 3 http://asp.salud.gob.sv/regulacion/default.asp# blank http://www.salud.gob.sv/ Autoridades Dr. Francisco José Alabi Montoya Ministro de Salud ad honorem Dr. Carlos Gabriel Alvarenga Cardoza Viceministro de Salud Dra. Karla Marina Díaz de Naves Viceministra de Operaciones en Salud 4 Equipo técnico Ing. Luis Alberto Guerrero Ing. Pablo Arturo García. Lcda. Catalina Ochoa Ing. Juan Antonio Machado Dirección de Salud Ambiental Dr. Carlos Roberto Torres Lcda. Alejandra Pocasangre Dirección de Regulación 5 Índice I. Introducción 8 II. Objetivos 9 III. Concepto, nómina de sustancias, registro, requisitos y procedimientos 9 1. Concepto de sustancias químicas reguladas 9 2. Nómina de sustancias químicas 10 3. Registro y requisitos 11 4. Procedimientos 12 IV. Disposiciones finales 16 V. Vigencia 16 VI. Terminología 17 VII. Anexos 18 6 Acuerdo n.°2544 El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Salud Considerando: I. Que la Constitución de la República, en su artículo 65, determina que la salud de los habitantes de la República constituye un bien público. El Estado y las personas están obligados a velar por su conservación y restablecimiento; II. Que el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en el artículo 42, numeral 2), establece que compete al Ministerio de Salud: Dictar las normas y técnicas en materia de salud y ordenar las medidas y disposiciones que sean necesarias para resguardar la salud de la población; III.Que en el artículo 117 del Código de Salud, establece que el Ministerio fijará las condiciones para manejar y almacenar las materias nocivas y peligrosas para protección del vecindario; IV. Que de conformidad a los considerandos anteriores se hace necesario establecer los requisitos y procedimientos técnicos, para la obtención del dictamen técnico para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas, a fin de que los trámites relacionados sean eficientes, eficaces, efectivos y transparentes. POR TANTO: en uso de sus facultades legales. ACUERDA emitir el siguiente: Manual de procedimientos para emisión de dictamen para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas 7 I. Introducción El Ministerio de Salud, reconoce la importancia del rol de regulación, a partir de mantener altos estándares de calidad que se traducen en procesos eficientes y eficaces, que favorecen la responsabilidad institucional en relación a las sustancias químicas peligrosas, por lo que se decide actualizar e incrementar el número de sustancias químicas peligrosas a incorporar en el presente “Manual de procedimientos para emisión de dictamen para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas", con el propósito de dar a conocer al usuario y al personal del MINSAL, las actualizaciones de los procedimientos y requisitos para solicitar la emisión del dictamen técnico. En este documento se establecen los procedimientos y requisitos para la emisión de dictamen técnico para el manejo y almacenamientos de sustancias químicas peligrosas, por primera vez, trámites subsecuentes y trámite en línea con formatos electrónicos, a través de la página web del MINSAL. De igual forma se da a conocer el listado de sustancias químicas que requerirán de dicho dictamen; así como los modelos de solicitud para el trámite. 8 II. Objetivos General Establecer los procedimientos que deben cumplir los usuarios, para solicitud y otorgamiento de la autorización del dictamen para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. Específicos 1. Establecer los requisitos que deben presentar los usuarios para obtener el dictamen técnico. 2. Establecer los procedimientos necesarios para obtener el dictamen técnico por primera vez y tramites posteriores. 3. Establecer los procedimientos para la obtención del dictamen técnico vía electrónica. III. Concepto, nómina de sustancias, registro, requisitos y procedimientos. 1. Concepto de sustancias químicas reguladas El MINSAL considerando la demanda en los procesos productivos industriales, establece como sustancias químicas peligrosas reguladas, aquellas que por su grado de peligrosidad, pueden poner en riesgo la salud, la vida de las personas y el medio ambiente, así como de aquellas sustancias de comercio internacional, que se emplean en procesos industriales, que están incorporadas en el Convenio de Rotterdam para la Aplicación del Procedimiento de Consentimiento Fundamentados a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos, objetos de comercio internacional, incorporada a la legislación salvadoreña mediante Acuerdo Ejecutivo n.° 291, del Ramo de Relaciones Exteriores, aprobándolo y Decreto Legislativo n.° 601 ratificándolo, Diario Oficial Tomo No. 343, Número 97 de fecha 26 mayo 1999 con alerta de riesgo a la salud, de las cuales el MINSAL tiene a bien regular para permitir o prohibir su ingreso bajo un criterio precautorio. 9 2. Nómina de sustancias químicas A continuación se presenta el listado de sustancias químicas, con requerimiento de dictamen técnico para su liberación de un recinto aduanal. Sustancia nº CAS Sustancia nº CAS 1. Azufre 7704-34-9 16. Bifenilos polibromados PBB (PI) 36355-01-8 27858-07-7 13654-09-6 2. Ácido clorhídrico 7647-01-0 17. Bifenilos policlorados PCB (PI) 1336-36-3 3. Glicerina 8043-29-6 18.Tetraetilo de plomo (PI) 78-00-2 4. Nitrato de sodio 7631-99-4 19. Tetrametilo de plomo (PI) 75-74-1 5. Peróxido de hidrógeno 7722-84-1 20. Fosfato de tris (2,3 Dibromopropil) 126-72-7 6. Ácido nítrico 7697-37-2 21.Éter de pentabromodifenilo 32534-81-9 7. Cloro. (gas) 7697-37-2 22. Éter de octabromodifenilo 32536-52-0 8. Nitrato de bario 10022-31-8 23. Ácido perfluro-octano sulfonico no tiene un número CAS específico 9. Clorato de potasio 3811-04-9 24. Sulfonatos de perfluoro octano no tiene un número CAS específico 10. Acetona 67-64-1 25. Sulfonamidas de perfluoro-octano no tiene un número CAS específico 11. Plomo elemental y sus sales 7439-92-1 1317-36-8 7758-95-4 26. Perfluoro-octanos sulfonilos no tiene un número CAS específico 12. Amianto 12.1 Actinolita 12.2 Antofilita 12.3 Amosita 12.4Crocidolita 12.5Tremolita 77536-66-4 77536-67-5 12172-73-5 12001-28-4 77536-68-6 27. Mercurio elemental y sus sales, 7439-97-6 28. Amoniaco gas 7664-41-7 13. Ácido perfluorooctano sulfónico, sulfonatos de perfluorooctano, sulfonamidas de perfluorooctano y perfluorooctanos sulfonilos, 1691-99-2, 1763-23 1, 24448-09-7, 251099-16-8, 2795 39-3, 29081-56-9, 29457-72-5, 307-35 7, 31506-32-8, 4151 50-2, 56773-42-3, 70225-14-8. 29. Compuestos de tributilo de estaño. 1461-22-9, 1983-10-4, 2155-70-6, 24124-25 2, 4342-36-3, 56-35-9, 85409-17-2. 30. Trifenilos policlorados (PCT), 61788-33-8 14. Éter de octabromodifenilo de calidad comercial (entre otras: éter de hexabromodifenilo y éter de heptabromodifenilo) 36483-60-0, 68928 80-3. 31. Éter de pentabromodifenilo de calidad comercial (entre otras: éter de tetrabromodifenilo y éter de pentabromodifenilo), 32534-81-9, 40088 47-9. 15.Hexabromociclododecano 134237-50-6, 134237-51-7, 134237 52-8, 25637-99-4, 3194-55-6. 32. Parafinas cloradas de cadena corta (PCCC), 85535-84-8. PI: prohibido su ingreso al país. Fuente: Convenio Internacional de Rotterdam, para la Aplicación del Procedimiento de Consentimiento Fundamentados a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos, objetos de Comercio Internacional, Acuerdo Ejecutivo No. 291, del Ramo de Relaciones Exteriores, aprobándolo y Decreto Legislativo No. 601 ratificado, Diario Oficial Tomo No. 343, Número 97 de fecha 26 mayo 1999. 10 El MINSAL se reserva el derecho de incrementar la lista de sustancias químicas en los procesos de revisión y actualización del presente Manual, previa evaluación de evidencia de daños a la salud pública, que hayan sido reportados en estudios realizados por organismos internacionales, investigaciones institucionales o académicas nacionales. 3. Registro y requisitos Requisitos a presentar al MINSAL: 1. Solicitud dirigida al Director de Salud Ambiental DISAM, según anexo 1. 2. Copia de escritura de constitución de la sociedad.Presentar copias de los permisos de las instituciones competentes, como son: a) Permiso de funcionamiento vigente de la empresa, emitido por la Unidad Comunitaria de Salud Familiar UCSF, respectiva. b) Permiso ambiental de la empresa emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, MARN. Si la actividad de la empresa no requiere permiso ambiental, el solicitante debe presentar la resolución ambiental que lo exime del permiso. 3. Copia de la hoja de seguridad química original del fabricante del producto, según Sistema Globalmente Armonizado (SGA) o por sus siglas en ingles (GHS), en caso que la hoja de seguridad esté escrita en idioma diferente al español, debe anexarse la traducción en español, autenticada por notario. 4. Copia de factura de compra del producto, donde aparezca reflejado el nombre de la empresa que realiza el trámite. Este trámite debe ser realizado en las oficinas de la DISAM del MINSAL, Ubicada sobre Alameda Roosevelt, edificio Laboratorio Nacional de Salud Pública LNSP, Dr. Max Bloch, frente a parque Cuscatlán, San Salvador. • Requisitos que deben presentar las personas jurídicas para solicitar la emisión del dictamen técnico en ventanilla de importaciones del Centro de Importaciones y Exportaciones, en adelante CIEX, del Banco Central de Reserva, BCR: 11 1. Solicitud impresa llenada vía sistema de importaciones del BCR, BCR/CIEX. 2. Copia de factura de compra del producto, donde aparezca reflejado el nombre de la empresa que realiza el trámite. 3. Validar en el sistema la autorización sanitaria de funcionamiento de la empresa. Si la autorización ha caducado, el usuario debe realizar la renovación del mismo. 4. Toda empresa a la que se le autorizó un dictamen técnico de sustancia regulada por el MINSAL, con el fin de comercialización, debe presentar un detalle de la distribución de la sustancia autorizada, al momento de realizar un trámite posterior para la misma sustancia, según anexo 2. 5. Previo a la entrega del dictamen, el solicitante debe realizar la cancelación respectiva en la colecturía de las instalaciones del BCR según anexo 3. 4. Procedimientos Los procedimientos definidos por el MINSAL para la emisión de dictamen técnico para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas, son los siguientes: Procedimiento 1 Registro de usuario por primera vez. Cada una de las personas jurídicas que requieran registrarse como usuario del sistema de trámites en línea del MINSAL, deben cumplir los requisitos establecidos, en el presente manual. Dependencia responsable: DISAM. Objetivo: establecer los pasos y requisitos que deben cumplir las personas jurídicas y naturales, para obtener el dictamen técnico para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. Responsable Pasos Actividad Secretaria de la DISAM 1 Recepción de solicitud por primera vez, la documentación es recibida en la recepción de la DISAM, verifica si cumple con los requisitos de forma y contenido establecidos en el presente manual, en caso que la documentación estuviere incompleta, se debe prevenir al solicitante, para que se subsane el problema. 2 Una vez admitida la solicitud, debe extenderse al solicitante el mandamiento de pago por este servicio y la documentación recibida debe ser entregada al técnico del área responsable, 12 lo cual debe hacerse a través del libro de registro de entrega de correspondencia. Técnico, responsable de sustancias químicas de la DISAM 3 El técnico responsable de sustancias químicas de la DISAM. recibe el expediente y ratifica la documentación presentada, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente manual y debe confrontar la información del registro para aprobar el acceso al sistema en línea. 4 Aprobado el acceso al sistema, el usuario podrá obtener el dictamen técnico en la ventanilla del CIEX-BCR. Procedimiento 2 Adquisición del dictamen técnico en ventanilla CIEX-BCR Dependencia responsable: DISAM. Objetivo: establecer los pasos y requisitos que deben cumplir las personas jurídicas para obtener el dictamen técnico para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas, en ventanilla única del CIEX-BCR. Responsable Pasos Actividad El técnico delegado del MINSAL en la Ventanilla Única de CIEX-BCR, 1 El técnico debe revisar solicitud y documentación presentada, con el fin de verificar cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente manual, en caso que la documentación estuviere incompleta, se debe prevenir al solicitante, para que se subsane el problema. 2 Una vez admitida la solicitud, el técnico de sustancias químicas o el delegado del MINSAL en la ventanilla única del CIEX – BCR, debe elaborar el dictamen técnico, tomando en cuenta lo establecido en el presente manual. 3 El delegado del MINSAL en la ventanilla única de CIEX-BCR, procederá a imprimir el dictamen, firmar y sellar el mismo. 4 La entrega del dictamen, se realizará en las oficinas de la ventanilla única del CIEX-BCR, previamente a la entrega el solicitante debe realizar la cancelación respectiva, en la colecturía del MINSAL, ubicada en las instalaciones de CIEX-BCR. El técnico responsable del programa de sustancias químicas peligrosas 5 El técnico responsable del programa de sustancias químicas peligrosas de la DISAM, llevará un registro de los dictámenes técnicos otorgados a través de copias de los originales entregados, como también de forma electrónica con el fin de emitir informes trimestrales de los dictámenes otorgados a la jefatura correspondiente, los cuales contendrán lo siguiente: 1. Total de dictámenes otorgados por solicitante y total general. 2. Total de kilogramos de químicos importados por solicitante y total general. 13 Dependencias que intervienen en el procedimiento del dictamen: a) Dirección de Salud Ambiental (DISAM). b) Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación, DTIC. Actores: Los actores de la Dirección de Salud Ambiental, que intervienen en el proceso son: a) Técnico del programa de sustancias químicas. b) Analista de informática de la DTIC. c) Delegados ministeriales en ventanilla CIEX-BCR. Descripción de las actividades y tiempos estimados Actividad Responsable Tiempo estimado Recepción y revisión de documentación por primera vez DISAM (Recepción de correspondencia), por la secretaria 10 a 15 minutos Revisión de cumplimiento de requisitos para trámite por primera vez. Técnico del programa de sustancias químicas Cuatro horas Elaboración de formato de dictámenes técnicos de sustancias nuevas reguladas y creación de plantilla en sistema en línea. Analista de informática de la DTIC 2 días Recepción, revisión, impresión y firma de dictamen técnico por delegado del CIEX-BCR Delegados del MINSAL con firma autorizada 15 a 30 minutos 14 Entrega y retiro de Dictamen Recepción de solicitud para registro de usuarios nuevos Revisión de cumplimiento de requisitos establecidos Elaboración de formato de dictámenes técnicos de sustancias nuevas reguladas y creación de plantilla en sistema en línea Notificación electrónica de autorización a nuevo usuario Trámites de dictamen sistema en línea Impresión de solicitud y mandamiento de pago en línea Presentarse en ventanilla CIEX-BCR con solicitud, mandamiento de pago y requisitos 3.2 a retirar dictamen técnico Cancelación del derecho de dictamen con mandamiento pago Ingreso al sitio como usuario registrado Llenado de formulario de solicitud en línea Flujograma para realizar el trámite para obtener el dictamen técnico para el almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. Trámites de solicitud y entrega de dictamen técnico de manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. 15 Trámite por primera vez Trámite de seguimiento IV. Disposiciones finales a) Revisión y actualización del manual El presente manual debe ser revisado y actualizado por un equipo técnico multidisciplinario cuando existan cambios institucionales o avances tecnológicos que lo ameriten. b) De lo no previsto Todo lo que no esté previsto en el presente lineamiento se resolverá a petición de parte, por medio de escrito dirigido al titular de esta Cartera de Estado, fundamentando la razón de lo no previsto, técnica y jurídicamente. c) Derogatoria Derógase el Manual de procedimientos para emisión de dictamen para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas, emitido mediante Resolución Ministerial n.° 189, del 21 de agosto de 2015. V. Vigencia El presente Manual entrará en vigencia a partir de la fecha de la firma del mismo, por parte del Titular de esta Cartera de Estado. San Salvador, a los doce días del mes de octubre de dos mil veintiuno. Dr. Francisco José Alabi Montoya Ministro de Salud Ad honorem 16 VI. Terminología Sustancia química peligrosa: son compuestos químicos, que presentan características de peligrosidad a la salud o el ambiente de acuerdo a sus propiedades químicas y físicas tales como explosiva, inflamable, corrosiva, reactiva y toxicidad. Hoja de seguridad química: documento que elabora el fabricante de una sustancia química peligrosa, la cual da información detallada sobre la naturaleza de esta; tales como sus propiedades físicas y químicas, información sobre riesgos y efectos potenciales a la salud, uso, almacenamiento, procedimientos de emergencia, y riesgos al medio ambiente que la sustancia pueda causar. Dictamen técnico: documento emitido por la autoridad de salud en respuesta a una solicitud recibida, luego del cumplimiento de los requisitos establecidos; en el cual se establecen las condiciones de manejo y almacenamiento para una sustancia química peligrosas regulada por el MINSAL. Ventanilla del CIEX-BCR: oficina de Gobierno donde se realiza el trámite del dictamen técnico, ubicada en la Alameda Juan Pablo II, entre 15 y 17 Av. Norte, San salvador, El Salvador. Usuario en línea: persona que ha realizado el procedimiento de registro ante el administrador del sitio Web de la Dirección de Salud Ambiental, para hacer uso de trámites vía Internet. Link: es un enlace a través de un hipervínculo que hace una conexión con otro documento web por medio de la dirección URL. al pulsar en el link, el usuario descarga en su navegador en una ventana nueva o en la actual la página vinculada. Estos enlaces aparecen en el texto de un documento web en forma de texto subrayado y de distinto color. 17 VII. Anexos Forman parte del presente manual, los siguientes anexos: a. Anexo 1. Modelo de solicitud. "Dictamen sanitario para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas". b. Anexo 2. Productos controlados Ministerio de Salud. Informe de distribución de dictamen según n° correlativo de oficio a reportar su comercialización c. Anexo 3. Mandamiento para trámite de pago del Fondo de Actividades Especiales Dirección de Salud Ambiental 18 Anexo 1 Modelo de solicitud "Dictamen sanitario para el manejo y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas" Sr. Director de Salud Ambiental. Presente. Yo, mayor de edad, portador de mi Documento Único Identidad número , en calidad de representante legal de la empresa con Dirección principal de sus negocios en Solicito a Usted la autorización para (importación, exportación, almacenamiento, transporte, uso, distribución) de la sustancia química siguiente en la cantidad de Unidades (Vol. o peso). Este producto será utilizado y será almacenado en Señalo para oír notificaciones la siguiente dirección: Teléfono Dirección electrónica : San Salvador, de del año dos mil Firma del Solicitante 19 Espacio para membrete de empresa con sus datos generales Fecha Nº de Comp. Tipo Transacción Nombre Cliente NIT DUI Anexo 2 Productos controlados Ministerio de Salud Informe de distribución de dictamen según n° correlativo de oficio a reportar su comercialización Rango de fecha que reporta: desde hasta 20 Anexo 3 Mandamiento para trámite de pago del Fondo de Actividades Especiales Dirección de Salud Ambiental San Salvador, de de Nombre de la empresa: o persona natural Cod Nombre del servicio Cantidad Costo unitario $ Total $ S1 Registro Sanitario de Alimentos y bebidas (cada 5 años). $ 35.00 S2 Renovación de Registro Sanitario de alimentos y bebidas (Cada 5 años) $ 35.00 S3 Autorización de importación de productos alimenticios o bebidas. $ 5.00 S4 Certificación de libre venta de alimentos y bebidas. $ 10.00 S5 Registro de usuario de alcohol Potable y no Potable $ 12.00 S6 Renovación anual de registro de usuario de alcohol Potable y no Potable $ 12.00 S7 Dictamen técnico de condiciones de manejo y almacenamiento de productos químicos peligrosos según código de salud y ley de solventes e inhalantes, previo a su desalmacenaje de aduana. $ 5.00 S8 Ampliación o cambio de marca de Producto. $ 10.00 S17 Ampliación o cambio de presentación del Producto. $ 10.00 S9 Cambio o ampliación de nombre del Producto $ 10.00 S10 Cambio en la lista de Ingredientes $ 10.00 S11 Cambio de Razón Social del fabricante del producto. $ 10.00 S12 Cambio de Razón Social del propietario de Registro Sanitario. $ 10.00 S14 Reposición de Certificado de Registro Sanitario $ 10.00 S15 Reconocimiento de Registro Sanitario dentro del marco de la Unión Aduanera Centroamericana (No incluye análisis de Laboratorio). Entre $70 y $543.00 S16 Importación de Alcohol Potable y no Potable $5.00 Para iniciar el proceso del servicio solicitado, el pago debe ser realizado en la Colecturía del Ministerio de Salud, ubicada en las oficinas de la Unidad de Salud Ambiental en el Edificio del Laboratorio Central Dr. Max Bloch, sobre la Alameda Roosevelt, frente al Parque Cuscatlán, donde se le emitirá la Factura o Comprobante de Crédito Fiscal, según lo estipulado en el artículo 107 del Código Tributario. Para montos mayores a $110.00, favor cancelar con cheque certificado o de caja a nombre de la DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA. HORARIO DE ATENCIÓN EN COLECTURÍA: 07:30 A.M. a 03:30 P.M. F. Sello Nombre y Firma de Responsable Acuerdo Ejecutivo Nº 11 del 05 de enero de 2021, Diario Oficial, Tomo nº 20, número 430 del 28 de enero del 2021. 21