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قوانين السلفادور

Acuerdo Nº 139 - Crea la Unidad Ambiental del Ministerio de Economía

صدر في 2006-02-03 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Central American Integration System (SICA)
الدولة
السلفادور
الموضوعات
Environment
الكلمات المفتاحية
institution, governance

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النص

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  1. MINISTERIO DE ECONOMiA RAMO DE ECONOMIA ACUERDO No. 139. San Salvador, 03 de febrero de 2006 EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA 1. Considerando que mediante Decreto Legislativo No. 233, del 2 de marzo de 1998, publicado en el Diario Oficial No.79, Torno No. 339 del 4 de mayo del mismo afio, se aprob61a Ley del Medio Ambiente, mediante la cual se cre6 el Sistema Nacional del Medio Ambiente el cual estara formado por el Ministerio de Medio Ambiente y las Unidades Ambientales de cada Ministerio y de las Instituciones Aut6nomas y Municipales. II. Que la finalidad del Sistema Nacional del Medio Ambiente es establecer, poner en funcionamiento y mantener en las entidades e institu ciones del sector publico los principios, normas, programaci6n, direcci6n y coordinaci6n de la gesti6n ambiental del Estado. III. Que el Ministerio de Economfa no cuenta con la Unidad Ambiental, por 10que se hace necesario organizar la misma. POR TANTO De conformidad con 10anterior. ACUERDA: 1°) Crear dentro de la estructura organizati va del Ministerio de Economia, a partir del 6 de febrero de 2006, la Unidad Ambiental del Ministerio de Economia, como parte del Sistema Nacional de Gesti6n del Medio Ambiente. 2°) La Unidad Ambiental estara conformada por los siguientes funcionarios: el Director de Energfa Electrica, el Director de Comercio e Inver si6n y el Director de Hidrocarburos y Minas, quienes ejerceran su cargo ad-honorem. 3°) La Unidad Ambienta! tendra la funci6n de supervisar, coordinar y dar seguimiento a las polfticas, planes, programas, proyectos y acciones ambientales dentro de su instituci6n y para velar por el cumplimiento de las normas ambientales por parte de la misma y asegurar la necesaria coordinaci6n institucional en la gesti6n ambiental, de acuerdo a las directrices emitidas por el Ministerio. 4°) La Unidad Ambiental brindara apoyo a las actividades y proyectos que en la materia promueva el Ministerio de Medio Ambiente, de con formidad con la Ley. 5°) PubHquese el presente acuerdo en el Diario Oficial. YOLANDA DE GAVIDIA, MINISTRA.

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