Resolución Nº 722/2023 - Por la cual se aprueba Protocolo de prevención y abordaje de la violencia hacia mujeres rurales, con énfasis en la violencia patrimonial e institucional en el marco de acceso a la tierra
صدر في 2023-12-18 · النص بتاريخ 2026-10-01
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- Agricultural and rural development, Land and soil, General
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- equity, rural employment, labour, gender, land tenure, land consolidation, property rights, institution, governance, integrated management, rural development, legal proceedings/administrative proceedings, access-to-justice
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Art. 1 ° . - Aprobar el "PROTOCOLO DE PREVENCION Y ABORDAJE DE LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES RURALESll, CON ENFASIS EN LA VIOLENCIA PATRIMONIAL E INSTITUCIONAL EN EL MARCO DEL ACCESO A LA TIERRA, conforme al anexo adjunto el cual forma parte integral de la presente resoluci6n.--------
Art. 2°.- Comuniquese a quienes corresponda, y cumplido c.c. AACtt.SRIA, GRAL. IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIlllllllllllllllllllllll llllll •FROL-1 NDERT- 111111111111111111 2023• lllll 111111111111111111 "Protocolo de prevenci6n y abnrdaje de la violen<;ia hacia las mujeres rurales", con enfasis en la violencia patrimonial e institucional, en el marco del acceso a la tierra. Contenido I. Introducci6n ................................................................................................................... 2 II. Marco legal. ...................................................................................................................... 4 II. Objetivos y enfoques cenc~ptuales................................................................................... 6 1. Objetives Generales y Especific,·•: ................................................................................ 6 2. Enfoques cenceptuale:;.............. : ................................................................................ 6 III. Aberdaje institucional. ................................................ :······.............................................. 8 1. Ambito de aplicaci6n ........................................................ :............................................ 8 2. Instancias de aplicaci6n:................................................................................................. 9 Ruta de intervenci6n: ......................................................................................................... 9 a) Bocas de acceso de las d~nuncias t' casos identificados .............................................. 10 b) Precedimientos: .......................................................................................................... 10 Pautas para la calidad de la atenci6r::............................................................................... 11 c) Registre de cases............................. ........................................................................... 12 Ficha: ................................................................................................................................ 12 Expediente - Caratula Lila: .............................................................................................. 12 3. Accienes preventivas: ................................................................................................ 13 a) Programa de capacitaci6a sebre d i·.mcienamiente del protecele: ............................. 13 b) Campana cemunicacienal de sensi /)ilizaci6n y prevenci6n de la violencia ................ 13 c) Mesa interinstitucienal cun acteres del sistema de justicia, para la prevenci6n y el aberdaje de les cases ........................................................................................................ 14 IV. Moniteree -Evaluaci6n ................................................................................................. 15 V. Instrumentes .................................................................................................................... 15 Anexo 1. Ficha de registro de cases ................................................................................. 15 Anexe 2. Directorio y cent.::ctesde i nte, ~s para derivaciones ......................................... 15 r--. '. . fetteita y.eat.01- c\OS 1\itica . i p1oie c\bfl Qu~· E.s\l.lOIOS p\3{1\t\C3 1n~·ec\01a oepo\\\ica~ i ogado 011 c,erefl c°laoe !..t-loE.$ ,.._,__. Planificaci6n 6 ""~ OERT l. lntroduccion Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tiena es la instituci6n encargada de promover la integraci6n armcnica de la poblaci6n campesina al desarrollo economico y social de la Nacion trabajando en el acceso equitativo a la tierra, a una agricultura diversificada, sostenible y a los fat;t,:-iresque contribuyen al logro de un desarrollo humano, en condiciones de seguridaC:.juridica y administrativa con la paiiicipacion solidaria y comprometida de la sociedad. La tierra como cimiento de la.producci6n campesina posee valor social y economico de vital impo1iancia para la st'bsistencia de las familias del campo, acentuandose en aquellas encabezadas por mltjeres rurales, lo que constituye para ellas su patrimonio mas preciado y un derecho ftmdarnenta.lr,;;irael desarrollo sostenible. I Sin embargo, la inseguridad en la tenencia de la tierra es una amenaza que persiste afectando a las mujeres rurales, poniendo en riesgo sus m_ediosde subsistencia, su acceso a los recursos naturales ya la seiuridad alimentaria de sus familias. Multiples factores intervienen en la insC;guridadde la tenencia de la tierra y uno de ellos es la violencia hacia las mujeres. A traves de espacios de analisis realizados por planteles tecnicos de la instituci6n, desde el afio 2021 se ban identificado los tipos de violencia mas frecuentes, en el proceso de acceso a la propiedad de la tierra: la patrimonial, la institucional y la violencia domestica. Si bien se han dado grande~ ~iasos en el incremento de los porcentajes de adjudicaci6n de tierras para las mujeres, el periodo entre la adjudicaci6n y la titulaci6n de tierras es muy sensible y es cuando pue-.lenocurrir violaciones a sus derechos. En base a casos analizados en la instituci6n, existe un numero significativo de mujeres que inician el proceso de acc-~soa la tien-a con la adjudicacion de un lote promedio de 10 hectareas, y con en .el pasar de los ai'ios, mientras que la _titulaci6n esta en tramite, van perdiendo la extension de sus tiem:i~.incluso en algunos casos son desalojadas de su propiedad quedando desposeidas. Esta ;:-irdida economica y patrimonial a consecuencia de situaciones de violencia, cc,nstituye una grave violaci6n a los derechos de las mujeres rurales. Es obligaci6n del estado paraguayo y sus instituciones, en el marco de la Constituci6n Nacional, de la Ley N° 5777 ''De Proteccion Integral a las Mujeres contra toda fonna de violencia", de la Ley N° 544:5"De Politicas Publicas para Mujeres Rurales y de la Ley N° 1863 "Que Establece el Estatuto A grario", garantizar y proteger los derechos de las mujeres y familias campei;:inas, ofr?.ciendo respuestas efectivas en terminos de prevenci6n y abordaje. Una de las medidas centrales que el INDERT ha decidido tomar en el contexto sefialado, es la construcci6n de un "Protocolo de prevenci6n y abordaje a la violencia hacia las Mujeres", con enfasis en la violencia patrimonial e institucional, en el marco del acceso a la tierra. Este instrumento normative orientara bs acciones institucionales hacia la prevenci6n y abordaje de cases de violencia que se presenten ante la instituci6n. Implica el disefio de herramientas de gesti6n, medidas intemas y fortalecimiento de capacidades con un fuerte componente de capacitaci6n y sensibilizaci6n. El protocolo tambien incupora mecanismos interinstitucionales tales como el establecimiento de alianzas con otras ins(cuciones del Estado que actuan en materia de prevenci6n y abordaje a la violencia 0ontra las mujeres, posicionando el tema de violencia patrimonial en el acceso a la tierra. Entre ellos, la Mesa Interinstitucional de Prevenci6n y Abordaje a la Violencia contra las Mujeres y el Observatorio de Violencia contra las Mujeres, ambos mecanismos previstos en la Ley N° 5777/l 6. Asi tambien propane el fortalecimientt' de los mecanismos de articulaci6n y dialogo con el sistema de justicia y la posibilidad de impulsar reformas legislativas a favor de la igualdad de derechos y oportlinidades en el marco de la Reforma Agraria y el desarrollo rural. Propiciar y promover acciones para fortalecer el empoderamiento politico y econ6mico y cultural de las mujeres rnrales, siendo las Comisiones :Vecinales de Fomento y Desarrollo, espacios organizativos :_d6r~eospara su participaci6n en la toma de decisiones y el conocimiento de sus de,.echos. De esta fo1ma, el trabajo en conjunto _ gl entre las comunidades rurales y las instituciones del Estado, dara resultados mas s6lidos '~'Jl!tml J _g l.;,: y duraderos. La construcci6n del presente protocolo es resultado de un trabajo mancomunado desde ::E.gs .st,tEiil( la Direcci6n General de Promoci6n So·si:.tldel INDERT, promovido desde la Direcci6n Cl'J.!25 c.i ~ (.J ~iS de Genero, con el apoyo de la Gerencia ie Politicas y Planificaci6n y la FAO. II. Marco legal El presente protocolo plantec~la preve1ici6n y el abordaje de los casos de violencia de las mujeres beneficiarias de la Reforma Agraria, en especial laecon6mica, patrimonial e institucional. Tiene como fundamento la Constitucion Nacional de la Republica del Paraguay, que en el Art. 60, establece: De la Protecci6n contra la Violencia "El estado promoveni politicas que tengan por objeto evitar la violencia en el ambito familiar y otras causas destructoras de su solidaridad". Paraguay ha incorporado en su marco juridico instrumentos internacionales vinculados a la prevenci6n y erradicaci6n de todo tipo de violencia hacia_las mujeres tales como la Convenci6n sabre Sobre Eliminaci6n de todas formas de Discriminaci6n Contra la Mujer (CEDAW), ratificada por Ley :'I'' 1215/86 y su protocolo facultativo ratificado por Ley N° 1683/01. Asi tambien, la Convenci6n Interamericana para Prevenir, Sancionar y Enadicar la Violencia contra la Mujer "Convenci6n de Belem do Para" ratificada por Ley N° 605/95. Ambos tratados, obligan al E:;tado paraguayo a adoptar, en forma progresiva, medidas especificasque busquen garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. El tipo penal de violencia familiar, fue incorporado en el articulo 229 de la Ley N° 1160/97 "C6digo Penal", qu~ fue moditicada por Ley N° 5378/14, estableciendo que "El que, aprovechandose del ambito familiar ode convivencia, ejerciera violencia fisica o psiquica sobre otro con quien convi 1,e o no, sera castigado con pena privativa de libe11adde uno a seis afios". En el afio 2000 se sanciono la Ley N° 1600/00 Contra la Violencia Domestica, estableciendo mecanismos de protecci6n para toda persona que sufra lesiones, maltratos fisicos, psiquicos o sexuales por parte de alg(m integrante del grupo familiar, aunque hubiese cesado la convivencia, tambien en el supuesto de parejas no convivientes. La Ley N° 5777/16 "De Protecci6n Imegral a la Mujer contra toda forma de violencia", va mas alla de la violencia en el ambito domestico y reconoce la existencia de diversas formas de ejercer violencia .::ontra la mujer. La violencia patrimonial es una de las formas en que se expresan los atropellos perpetrados hacia la mujer, aprovechandose de su condici6n de vulnerabilidad a la que fue relegada por la cultura que considera superior al genero masculino ..Esta ley tambien incorpora el tipo penal de femicidio. La Ley N° 6806/21 y su modificatori.a Ley N° 7183/23 que declara "Emergencia nacional por feminicidios" establece e11 d Art.16. "De la prioridad en los tramites" que todas las instituciones del Estado, asf como los operadores y operadoras de justicia, deberan brindar tramite preforencial y urgente a las situaciones y casos de violencia contra la mujer. En el Ait.17 .- "De los.protocolos" se establece que el Ministerio de la Mujer como 6rgano rector, esta facultado para disefiar, actualizar y aplicar los protocolos interinstitucionale:; que considere necesarios para la prevenci6n de casos de feminicidio y de violencia contra la mujer. La salvaguarda del patrimonio de las mi.ijeres rurales corresponde a Derecho mediante la Ley N° 1863/02 "Del Estatuto Agrario", marco legal que rige al INDERT, queen su
Articulo 49 establece la calificaci6n mas alta para la mujer, cabeza de familia, en el orden de preferencia para la adjudicaci6n, mientras que en el Articulo 50 dispone los criterios de preferencia en caso de ocup:i.ci6nconjunta, estableciendo que " ... En caso de duda sobre la antigliedad y si uno de lo~.ocupantes fuera mujer cabeza de familia, se le adjudicara a ella el lote ... " .. El Comite CEDAW en la Recomendaci6n general num. 34 (2016) sobre los derechos de las rnujeres rurales recornienda a los Estados "adoptar todas las medidas necesarias, incluidas medidas especiales de caracter temporal, para lograr la igualdad sustantiva de las rnujeres rurales en relaci6n con la t:erra y los recurses naturales, y disefiar y aplicar una estrategia integral pan acabar con las actitudes, .practicas y estereotipos discriminatorios que obstaculizan su derecho a la tie1Tay los recurses naturales". Llama a desplegar acciones de sensibHizaci6n vinculadas al derecho de las mujeres rurales a la tierra, el agua y o~ros recursos naturales, dirigidas a los liderazgos politicos, religiosos, a los legislador~s, a los· operadores de justicia, agentes del orden, administradores te1Titorialesy medios di=;comunicaci6n. Asi tambien insta a los estados "a velar por que las adquisiciones de tierras, incluidos los contratos de arrendamiento de tierras, no vulneren los derechos de las mujeres rurales o provoquen su desalojo forzoso, y proteger a las mujeres rurales de los efectos II. Objetivos y enfoques conceptuales 1. Objetivos Geuerales y Espedficos El objetivo general del presente pror.ocolo es adoptar las medidas institucionales preventivas en relaci6n a la violencia patrimonial y/o institucional hacia las mujeres rurales en el ambito del derecho al acceso a la propiedad de la tiena y el desarrollo rural regulados en el marco del Estatuto Agrn.rio. Como objetivos especificos se establecen: Definir las procedimientos administrativos concretos para la prevenci6n e intervenci6n en casos que involucren violencia patrimonial y/o institucional contra mujeres rurales. - Fo1talecer y capacitar a funcionarios/as de la instituci6n en el maneJO de conceptos, enfoques e instrumentos metodol6gicos del ambito de la prevenci6n y abordaje de las distiatos tipos de violencia contra las mujeres rurales. - Fomentar y articular mecanismos interinstitucionales para el abordaje integral y coordinado de la prevenci6n de la violencia patrimonial y/o institucional contra las mujeres rurales. - . Apoyar las procesos de empoderamiento de mujeres rurales en las Colonias y Asentamientos del INDERT. - 2.. Enfoques conceptuales Mujer Rural. Aquella cuyo media de vida o fuente de ingresos esta directa o indirectamente relacionado con la agri!)ultura, la ganaderia, artesania u otra actividad productiva que se desarrolla en el ambito rural y que se encuentra en situaci6n de vulnerabilidad social, econ6mica y cultural. Genero. Es el conjunto de comportar.::.ientos,roles y atributos que una sociedad determinada, en una epoca determinadi:., considera apropiados para hombres y para mujeres. El genera tambien se refiere a hs relaciones entre hombres y mujeres, nifias y nifios, asi como a las oportunidades asociadas con la condici6n de ser hombre y ser mujer. El genera es de caracter relacional, caltural e hist6rico. Se aprende en el proceso de socializaci6n y es cambiante dado el ccmtexto. En la mayoria de las sociedades existen diferencias y desigualdades entre hombres y mujeres en relaci6n a las responsabilidades asignadas, el tipo de actividades realiwdas, el acceso y control a los recurses, asi corno las oportunidades para tomar decisiones. El Enfoque de Genero. Refiere a las herrarnientas conceptuales y rnetodol6gicas que perrniten observar, analizar y prornover transformaciones respecto de las desigual_dades e inequidades en la condici6n y posici6n de hombres y mujeres en la sociedad. La transversalizaci6n ·del Enfoque de Genero. Irnplica aplicar este enfoque en las fases de planificaci6n, ejecuci6n y evaluaci6n de todas las politicas publicas, prograrnas y proyectos llevados a cabo por las adrninistraciones publicas, con la finalidad de eliminar las desigualdades entre mujeres y hombres. / Violencia de Genero. Es cualquier da;1o cometido contra una persona como resultado de las desigualdades de poder en el marco de los roles de genero establecidos en esa sociedad o cultura. Este tipo de vio\encia generalmente tienen un mayor impacto negative en las mujeres y en las nifias. La violencia de genero esta presente en las culturas y puede ocurrir a lo largo del ciclo de vida de una mujer. Violencia contra la Mujer. La Ley N° 5777/16 define: "es la conducta que cause mue1te, dafio o sufrimiento fisico, sexual, psicol6gico, patrimonial o econ6mico a la mujer, basada en su condici6n de tal, en cualquier ambito, que sea ejercida en el marco de relaciones desigua;es de poder y discriminatorias". Tambien define a la discriminaci6n contra la mujer come: "toda distinci6n, exclusion o restricci6n contra la mujer que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos, en condicior,es de igualdad entre hombres y mujeres, en las esferas: politica, econ6mica, social, cultural, civil y laboral, ya sea en el sector publico o privado, o en cualquier otro ambito". El presente protocolo reconoce los 15 tipos de violencia definidos en la Ley N° 5777116 y hace enfasis en los siguienks: Violencia patrimonial y econ6mica. "Acci6n u omisi6n que produce dafio o menoscabo en los bienes, valores, recun:os o ingresos econ6micos propios de la mujer o los gananciales por disposici6n unilateral, fraude, desaparici6n, ocultarniento, destrucci6n u otros medics, asi como el negar o impedir de cualquier modo realizar actividades laborales fuera de] hogar o privarle de los medics indispensables para vivir". c...-- 7 ;fi;: ogado '-' /:':-,.:::::,,::::;;~ nificaci6n J I~ - ERT ..,,:"\..:. ,~.' ,~1.r~\~~:·;;.~ [)\rec ', pi:,e\11~:.·.; ..... S0C'0 \: .r~::~!F.~--· ,.¾P Violencia lnstitucional. "Actos u omisiones cometidos por funcionarios/as, de cualquier instituci6n publica o privadr:, que tengan coma fin retardar o impedir a las mujeres el acceso a servicios publicos J privados o que en la prestaci6n de estos se les 1 agreda o brinde un trato discriminatorio o humillante". Violencia intrafamiliar. "Es la acci6n de violencia fisica o ·psicol6gica ejercida en el ambito familiar contra la mujer par su condici6n de tal, par parte de miembros de su grupo familiar. Se entiende par "miembros de su grupo familiar" a los parientes sean par consanguinidad o par afinidad, al c6nyuge o conviviente y a la pareja sentimental. Este vinculo incluye a las relaciones _vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia". III. Abordaje institucional 1. A.mbito de aplicacion Este protocolo sera activado ante la recepci6n institucional, par las canales definidos, de la denuncia de violencia contra una mujer que involucre algunas de las siguientes situaciones de hecho o derecho relacionados con inmuebles rurales patrimonio del INDERT: a) Venta de derecheras realizada par la pareja de la mu3er, perjudicando el patrimonio y el sustento de la misma y sus hijos. - b) Judicializaci6n arbitraria de la legitima ocupaci6n de la mujer, alentada en la mayoria de los casos por el c6nyuge, ex c6nyuge, familiares del c6nyuge o par propios consanguineos de la mujer (hermanos, hijos, padre, etc.), en los casos de conflictos familiares, fallecimicnto o separaci6n de la pareja, amparados en prejuicios sociales que persisten. - c) Desalojo irregular de la mujer del te1Teno que ocupa y explota de manera pacifica, par las casos mencionados en los parrafos anteriores. - d) Conocimiento de situaciones de violencia domestica que afectan a la beneficiaria y la expone a la vulneraci6n de sus derechos. - e) Actos, omisiones o malos tratos cometidos par funcio_narios/asde la Instituci6n que generan retardo en las gestiones o impiden a las mujeres acceder a 3g informaci6n, documentaci6n, asesoramiento o a la situaci6n procesal de su expediente en vinculad6n a la tenmcia de su tierra. - f) Cuando el/la funcionario/a inclllT'plalas normativas legales vigentes por omisi6n de la debida diligencia ante la situaci6n de denuncia de violencia contra la mujer rural, o por acci6n de cualquier tipo de discriminaci6n contra la mujer denunciante. - 2. Instancias de aplicacion: Ruta de intervcncion - 1° PASO: Abordaie-Ruta ., de lntervenci6n . Toma de conocimiento del case, registro en Agendas regionaies y ficha. derivaci6n a la Direcci6n de Genero. 1 distritiales Atenci6n en Mesa de Entrada, _J denvaci6n a la Direcci6n de Genero. Mesa de entrada ,/••'r Sede Cenrtal / Bocas I Atenci6n telefonica gestionada , Acceso por la Direcci6n de Genero. \. ·, ', ... _ ,r-/ .,., Regi..:tr::iy verifica. Lfnea Lila Ruta de intervenci6n - 2° PASO: Abordaje-Ruta de lntervenci6n Ueva registro unificado - -~ ' Toma contacto con la afectada, amplia informaci6n AnaJiza el case, establece med~das_ de acompanam,ento • o cijji -- ~ derivaci6n. Agata instncias. Elabora informes . ~ """""' u 9 ogado nificaci6n DERT Gen~- ~,o~'t. :;l:!--- a) Bocas de acceso de Jas denuncias o casos identificados - Agencias Descentralizadas, Departamentales y Distrital~s: Funcionarios/as de las agencias regionales y distritales, administradores de colonias y personal asignado a los censos y relevamientos tom·m conocimiento del caso a traves del testimonio de la afectada (detecci6n directa) o familiares/vecinos cercanos a la afectada. - Mesa de Entrada, Sede Central (Asuncion): Funcionarios/as toman conocimiento del caso a traves de la denuncia presentada por la afectada. - Linea telef6nica habiHtada para reportar quejas, consultas, denuncias: Funcionarios/as de la Direcci6n de Genero toman conocimiento del caso por via telef6nica. b) Procedimientos En el caso de las Agencias Descentralizadas, Departamentales y Distritales: Los funcionarios/as que reciban las denuncias deberan registrarla inmediatamente en el Sistema SIRA y remitir directamente los antecedentes administrativos a la Direcci6n General de Promoci6n Social, esta dependencia a traves de su Direcci6n de Genero debera interiorizarse de la situaci6n de he.cho y de derecho, dispondra en consecuencia acompafiamiento institucional a la Mujer denunciante de la violencia patrimonial y/o institucional. - En el caso de Mesa de Entrada, Sede Central: Persona afectada presenta su caso, funcionarios/as conforman Expediente al cual asignan Caratula Lila para dar celeridad a los tramites y derivan a la persorn1.a la Direcci6n de Genero, dependiente de la Direcci6n General de Promoci6n So6al, para que sea asesorada personalmente. La Direcci6n de Genero procede a completar la ficha de registro y define las acciones de derivaci6n y/o acompafiami~nto. Luego providencia a area especifica segun caso identificado en base a los fundamentos legales existentes. En el caso de la linea telef6nica: La Direcci6n de Genero toma contacto con la persona afectada para ampliar la informaci6n y establecer acciones de derivaci6n y/o acompafiamiento. Se evaluara la necesidt:d de ir a verificar in situ la situaci6n. Pautas para la calidad de·la atenci6n El abordaje de los casos requ.iere como principio fundamental la calidad de la atenci6n que se brida a las mujeres o persm1us vinculadas que se acercan a la instituci6n buscando asesoramiento o soluci6n a sn problema. La atenci6n estara basada tm los principios expuestos en el C6digo de Etica del INDERT: Servicio: Satisfacer con calidad, calidez y oportunidad las necesidades de la poblaci6n en general. Honestidad: Respeto, cuidado y protecc:6n de los bienes publicos. Respeto: Reconocimiento, aceptaci6n y valoraci6n de los derechos del otro y de la sociedad. Responsabilidad: Capacidad para resp--:-inder por las obligaciones asignadas, haciendose cargo de las consecuencias de las propias acciones. Compromiso: Asumir como propios los objetivos Institucionales Imparcialidad: Actuar sin favoritismo ni discriminaciones. Transparencia: Dar cuentc1.de nuestros actos y disposiciones que han de ser observados por los demas. Colaboraci6n: Capacidad de integrar esfuerzos alrededor de un fin. Amabilidad: Comportamiento en el cual nos mostramos corteses, solidarios, complacientes y afectuosos hacia los demas. Integridad: La persona integra tiene un comp01iamiento probo, recto e intachable, sigue sus principios eticos en lo que dk~ y en lo que hace y no intenta aprovecharse de los demas. Priorizaci6n: Orden de impo:.tancia a los casos de mujeres en situaci6n de violencia. Igualdad y la no discriminaci6n: Capacidad de tratar de modo que todas puedan obtener los mismos resultados sin imp01tar los factores pruticulares que condicionen a cada individuo. Ademas, es importante brindar un arubiente amigable, que transmita tranquilidad y confianza para el desan·ollo de la atenci6:11. El principio de Confidenciaiidad debe ser respetado en todo momenta, garantizando que la informaci6n proveida no sera expuesta a terceros. En este sentido, si es necesario, se debe adecuar la infraestructura de la instituci6n, sobre todo de las bocas de acceso de las denuncias, para contar con espacioi-donde se garantice la confidencialidad. Evitar la revictimizaci6n de la pers,:ina afectada en todo el proceso de atenci6n y acompafiamiento. c) Registro de casos Ficha: La inforrnaci6n relevada por cualquiera de las bocas de acceso antes mencionadas debera ser registrada en una Ficha de Abordaje a la violencia patrimonial/institucional (en anexo), ya sea en formato digital o en formato fisico (ficha en papel). Los funcionarios/as que toman conocimiento del caso tienen la obligaci6n de llenar de manera correcta y oportuna la ficha y derivar a la instancia co1Tespondiente, via correo electr6nico institucional (utics@indert.gov.py), por mensajeria telef6nica ode manera personal. La Direcci6n de Genero llevara un rciz-istrounificado de las fichas que se le deriven permitiendo el monitoreo y seguimient'r)a los casos, asi tambien proveera informaci6n estadistica a los 6rganos que asi lo soliciten, con fines vinculados a este protocolo. La Direcci6n de Genero mantendra el registro actualizado de los procesos efectuados en cada caso, hasta la definici6n o el agotamiento de las instancias pertinentes. Expedicnte - Caratnla LHa: Se impler::ientarala caratula lila para los expedientes en los cuales haya sido identificado el cam de violencia con ,el fin de dar prioridad y celeridad a las gestiones, end marco de lo establecido en la Ley N° 5777/16 y la Ley N° 6806/21 y su modificatoria Ley N° 7183/23 que declara "Emergencia nacional por feminicidios", Art. 16° "De la prioridad en los tramites" que todas las instituciones de! Estado, asi como los operadores y l\J-~radoras de justicia, deberan brindar trfunite preferencial y urgente a las situaciones ','·casos de violencia contra la mujer. ,...,.,._og~oc...--,, 12 lanlficaci6n -;-7 ..,;... ,~ ~esti ,, ......, -~ G!,;:neral Fray Presidente -~~ / ll"!l,. 0 DER!'. EMi.- ~ 3. Acciones preventivas a) Programa de capacitacion sobre el funcionamiento del protocolo. Para la adecuada implementaci6n del protocolo la Direcci6n de Genero en conjunto con la Direcci6n General de Gesti6n y Dernrrollo de Personas y la Gerencia de Politicas y Planificaci6n diseiiaran ui:i programa de capacitaci6n para el fortalecimiento de capacidades de funcionarios/as en los distintitos niveles. Dicho programa estara fundamentado en el marco legal y los procedimientos del presente protocolo. Incorporara metodologias adaptadas a las necesidades de cada publico meta. Tendra cobertura nacion,;J y podra ser desarrollado de manera presencial y/o virtual. La participaci6n sera gratuita y de caracter obligatorio. Se expediran certificados dejando constancia de participaci6n y horas catedras desarrolladas, permitiendo contribuir al escalafonamiento de la cerrera administrativa. Se incluiran en el programa de cap.citaci6n, talleres dirigidos a las Comisiones de Fomento y Desarrollo y redes de lideresa~ campesinas en las colonias y Asentamientos del INDERT, para instalar capacidades ~omunitarias en prevenci6n e identificaci6n de cases de violencia. Se articulara con el Ministeri1)de la Mujer para el 6ptimo desarrollo de los contenidos y metodologias de las capacitaciones. Publico objetivo: Funcionarios/as de Oficinas Regionales y distritales Funcionarios/as de la Sede Central. Presidencia, Direcciones Generales, Direcciones, Gerencias, Mesa de entrada. Integrantes de Combiones Vecinales de Fomento y Desarrollo y redes de lideresas campesinas. b) Campana comunicacional de sen~ibilizacion y prevencion de la violencia. La Direcci6n de Genero er, conjunto con la Direcci6n General de Comunicaci6n diseiiaran campaiias peri6dicas para sensibilizar y difundir informaci6n relacionada la implementaci6n del protocok. 3G Productos comunicacionales: Estas campaiias podran incluir audiovisuales, flyers, folletos, banners, afiches, stickers con informaci6n util y relevante para la implementaci6n del protocolo. Canales de difusion: Se ~tilizaran los establecidos oficialmente, pagina web, redes sociales y otros medios institucionales. Tambien se promoveran espacios en medios de comunicaci6n masiva, por medio de notas, gacetillas, entrevistas. Si fuera necesario se fortaleceran las vocerias institucionales por medio de talleres y/o asesoramiento especializado. Publico meta: Funcionarios/as del INDERT, de todos los niveles, con especial enfasis en los que actuan en tenitorio. Integrantes de Comisiones Vec.inales de Fomento y desarrollo y redes de lideresas campesinas. Pobladores/as de las c-::iloniasy Asentamientos del INDERT. Las campaiias podran articularse con el Ministerio de la Mujer y el Ministerio de Informaci6n y Tecnologias de la Comunicaci6n (MITIC). c) Mesa Interinstitucional con actores del sistema de justicia, para la prevencion y el abordaje de los ci~so::;. La Direcci6n de Genero en conjunto ~on la Gerencia de Politicas y Planificaci6n impulsaran a traves de lbs convenios integrada por actores del-sistema de justicia, con el objetivo de fortalecer los mecanismos de articulaci6n/dialogo con el sistema de justicia para los casos de violencia patrimoninl/institucional contra las mujeres rurales en el proceso de acceso a la tiena. Las instituciones convocadas en princir io seran: C.S.J - Direcci6n de Genero, Direcci6n de Derechos Humanos, Direcci6n General de Registros Publicos, Juzgados segun sea el caso. Ministerio Publico .,__Direcci6n de Derechos Humanos, Fiscalias segun sea el caso. Ministerio del Interior - Policfo Nacional - Direcci6n de DD HH. Ministerio de la Mujer. IV. Monitorco - Evaiuacion. El cumplimiento del Protocclo sera de caracter obligatorio para los/as funcionarios/as del INDERT, desde el rol que le toca segun sus funciones. El protocolo contara con un Plan de acci6n anual, con objetivos, resultados e indicadores establecidos para el monitor<!Oy la evaluaci6n. Las instancias de monitoreo y control ;,eran la Auditorfa Intema, la Direcci6n General de Gesti6n y Desarrollo de Personas, y la Direcci6n General del MECIP. Anualmente la Direcci6n General de Promoci6n Social a traves de la Direcci6n de Genera presentara un infor-ne resumiendo los avances de la implementaci6n del protocolo, asi como el impact0 generado en las beneficiarias. La Evaluaci6n de los avance~.estara a cargo de la Gerencia de Politicas y Planificaci6n en conjunto con las Gerencias, Direcciones Generales y Direcciones involucradas en la implementaci6n. V. Instrumento
Anexo 1. Directorio y contactos de interes para derivaciones Instituci6n/Servicio Marc'l le al ara !!I derivaci6n Datos de atenci6n contacto. Ministcrio de la Mujer. Ley NJ. 34/92 esrnblece como una de sus Ciudad def Este. Direcci6n: Campo Servicios de contenci6n y funciones implementar acciones Via casi America, Area 4. Horario de tera pia psico16gica. Centros dirigic:as a eliminar todas las formas de atenci6n: 07:00 a 15:00 horas. Regionales de la Mujer. discrir,1inaci6n de genero, asi como Telefono: (06 I) 507.531. lograr la igualdad Filadelfia. Direcci6n: Caraya casi de ooortunidade;s y resultados, Carlos Casado. Horario de atenci6n: favoreciendo la d.!mocratizaci6n de 07:00 a I 1:30 y 13:30 a 17:00 horas. la socicdad. Telefono: (0491) 432 370. Curuguaty. Direcci6n: Calle 34 Curuguatenos esq. Jose G. Rodriguez de Francia. Horario de atenci6n: 07:00 a 15:00 horas. Pedro Juan Caballero. Direcci6n: 14 de Mayo entre Carlos A. Lopez y Tte. Herrero. Horario de atenci6n: 07:00 a I 5 :00 horas. Ministerio de la Mujer. Idem. Capital y Central: Telef. (021) 452 Casa Albergue para 060. mujeres victimas de Curuguaty: Recurrir al Centro violencia. Re ional de Mu·eres. MSP y BS. Atenci6n medica En ba~e al Art. 4 de la Ley 1600/2000 Directorio de Hospitales y Centros a victimas de violencia. Violencia Domestica se establece que: Regionales de Salud. Hospitales y Centros - En las institucione~ publicas deben http://www.mspbs.eov.pv/bospitales/ Regionales de Salud. atend,, con urgen::ia a la persona http://~,vw.mspbs.gov. pv/hospitales- lesionada y otorg;ir el tratamientopor regiona les-2/ profe$:onales id6neos, disponer todos los exame:1es ertiner.tes, la derivaci6n del o...,, • ·n y Gesti6n eneral p_fil!! paciente a instituciones especializadas, si fuese necesario; Se debe entregar copia del diagnostico al pacicnte y al Juzg:ido de Paz que corresponda, dentr:, de las vcinticuatro horas. MSP y BS. Servicios de Idem. Directorio disponible en: contencion y terapia http://v,ww.mspbs.gov.pv/proQramasde psicologica. Hospitales saludiwpcontcnt/uploads/2013/02/salud Regionales y programas de -mental-directorio-completo.pdf salud mental. Juzgados de Paz Ley N° 1600/2000es,ablece que Si la En Id Capital se reciben denuncias de victima presenta lesiones, alega maltrato violencia domestica las 24 horas a fisico y/o psicol6gico por parte de algun traves de la Oficina de Atenci6n miembro de su grupo familiar, de su Permanente. Planta Baja de! Palacio de pareja con quien con•1iveo no, se la debe Justicia, Torre Sur. Alonso y derivc:ral Juzgado ,:e Paz para formular Testanova. Telef.:(021) 424 275. la demmciay solii:it:,.rlas medidas de En el Dpto. Central y en el interior de! protecci6n urgente. Si la mujer nose pais, los Juzgado de Paz funcionan de encuentra en condi-:ionesde realizar la lunes a viernes de 07:00 hs a 13:00 hs. denur.cia,pueden h:u;erlolos parientes o Se puede acceder a direcciones y telefs. quien ,enga conocimiento del hecho. En http://w\vw.pj.!l.ov.py/contactos/4- dirc:ccion-de-comunicacion Ministerio de! Interior - Segun la Ley N° 1600/2000la Policia A nivel pais se puede solicitar la Policia Nacional. Nacicnal debe: intervenci6n llamando al Sistema 911. Comisarias especializadas. - Auxiliar a la victima que se encuentre Comisarias especializadas: en pePgro, aun cuando se encuentre Comisaria 6ta Metropolitana. dentrc-de su domicilio, siempre que esta, Direcci6n: Meal. Lopez c/ Kubischetk. sus parientes, o q,1ienestengan Tel.: (021) 204 876, atenci6n las 24 conoc1mientolo req:.Iieran; horas. - Aprehender al denurdado en caso de Comisaria 7ma. Metropolitana. encontrarlo en flagrante comisi6n de Direcci6n: Eusebio Ayala N° 1412 c/ hechos punibles, de wnformidad a lo Dr. Luis Morquio. Tel.: (021) 228 518, dispuesto en el Art. 239 del C.P.P. atenci6n las 24 horas. - Remitir una copia dd acta al Juzgado Comisaria 15•,Metropolitana. de Paz, competente dentro de las 24 Direcci6n: Avda. Fdo. De la Mora c/ horas. De la Victoria. Tel.: (021) 554 389, - Cumplir las medi<!a.;de protecci6n atenci6n las 24 horas. dispuestas por el Juzgado, cuya ejecuci6n Comisaria 7ma. Central. Direcci6n: estuvi~:sea su carg,·, Avda. Eusebio Ayala esq. Morquio Tel.: (021) 964 254, Atenci6n las 24 hs. Comisaria 4ta. Villarrica. Direcci6n: Barrio San Miguel Tel.: (0541) 42580, atenci6n las 24hs. En las demas localidades la comisarias ordinarias reciben las denuncias, y asi coma el cumplimiento de las-medidas de rotecci6n. Ministcrio Publico. Art. 52 al 57 del C6digo Procesal Penal: La Fiscalias se encuentran en todo el Fiscalias. "Corrtsponde al Ministerio Publico, por pais, se organizan por tumos para medio de los agentes fiscales, cubrir las 24 horas. Las oficinas de furn,:ionariosdesignados y de sus 6rganos denuncias en el area penal en capital auxili~resdirigir la inv.::;stigaci6n de los funcionan las 24 hs y en las demas hecho,;punibles y promover la acci6n dependencias del pais, de 07:00 hs a penal publica. Con e!'fe prop6sito 13:00hs y de 13:00 hs a 19:00 hs. Se realizara todos los actos necesarios para puede acceder a informaci6n de las prepar.ll'la acusaci6n ~•participar en el sedes en procedimiento,conforme a las http://www.ministeriopublico.!!Ov.pv/s dispo~•cionesprevistas en este C6digo y edes-fiscales. en su l.!yorganica. Tendni a su cargo la direcci6n funcional y el central de los f.incionarios y de las reparticionesde la 1-.~:iciaNacional, en tanto se los asigne ,1 la investigaci6n de determinados hech,·:.'; unibles". L-.:.M=in:.:i..:..st:.:e..:..r:.:io:....P:...::.u·.::. b:.:li..:..co:..:·-.:C.::.e:::n::..:t:.:.r::..o_.J....:L:.:a:..:l::::;_ey organica del :·v1'-'.~in..:..i;.:.;s:..:te..:..r:.:i '-=p=--u""'· b....,l.,..ic_o_-i-,E=-xi,_s-te_n_o_fi""1c-i-na_s_a_n-iv_e_l _n-ac_i_o_n_al-. --~ ~ • "£,e&" •:c\Zf~~sv'-- ~c.\.u s..-;o-, 16 C~ cl\O& i Pf£ r.€-ac.ibl' s\\l ; i pl'fl "• 111c.a~( ~..,, Bogado ~ ;;;ff: • ntedeP y Planificaci6n~ .A .,sti6n • $ .... " A. ~r;gfil_ j ~/_ • V FranciscoRuizDiaz • 0r:::\, '".. Q!i91I' ,o( •••~,•• ?c\9\)\0"'_ ~ r.:_"( '} ;.-J.~~~.,.r ~"---- /!r~; ~ ~,.t-3' de atenci6n a victimas. N° 1552/00 en SU ,·•.•·t.65 expresa que el lnformes al Telef.: 415 6000.- Servicio de Orientaci6n, Centro de Atenci( ..1 ·,1Victimas "cumplira contenci6n y apoyo a las todas las funcione!' cleasistencia a las victimas, acompaiiamiento y perso1~asofendidas por los hechos asistencia en declaraciones punib!es, a los efec: os de encarar el testificales, orientaci6n corresµondiente pro ceso criminal". psicosociojuridica. Defensorfa de la Niiiez y la Art. 162 al I 64 del Codigo de la Niiiez y Los defensores estan asignados en cada Adolescencia. la Adolescencia establece que sus circunscripcion judicial, y se organizan funci0nes entre otra s son: Recibir por tumos para cubrir las 24 horas. En denun:::iade transgr esiones a los derechos la pagina web de la defensoria se puede de los nifios o adcle scentes y promover acceder a los defensores de tumo de la las acciones corresp and ientes, velar por capital los de,·echos del riiiio y requerir las http://www.mdp.gov. pvidefensores- medidas de protecci 6n que considere publc/calendario-de-defensores- neces~.,ias. publ icos-de-turno-en-asuncion , y tambien se puede acceder al listado de defensores publicos a nivel pals http://www.mdp.gov.pv/defcnsorcs- publc/defensores-publicos-por- circunscripciones Consejeria Municipal por Art ..4?, al 51 del C:-digo de la Niiiez y la La CODENl, depende de cada los Derechos de la niiiez y Adolescencia. Cc··1-rspondera a la Municipalidad. adolesccncia (CODENI). Consejeria Muni-:i:)a: por los Dcrechos Asuncion, Direccion, Avda. Fernando del Niiio, Nina y A ::olescente (CODENI) de la Moray Avda. Rea Argentina, prestar servicio per: nanente y gratuito de Terminal de Omnibus. Telef. (021) protec:ion, promoc ion y defensa de los 610-808 I (021) 610-817. derecl:os del niiio y del adolescente. No En los demas municipios, se puede tendra caracter juri sdiccional. Entre sus acceder a la direccion y los telefonos atribu~iones debe intervenir en el enlace preveutivamente en caso de amenaza a http://directorio.snna.gov. py/ transgresi6n de lcs derechos de del nii'lo o adole~cente, brind fil orientacion especi.-tlizadaa l..:_f amilia para prcvenir situaclones criticas y derivar a la autoridad judiciai° lOS <'..SOS de SU compe_tencia.