Resolución Nº 500/13 – Por la cual se aprueba el dictamen de extracción no perjudicial para la especie Bulnesia Sarmientoi (Palo Santo)
صدر في 2013-12-20 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- باراغواي
- الموضوعات
- Forestry, Wild species and ecosystems
- الكلمات المفتاحية
- protection of species, biodiversity
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Ano del Bicentenario de la Proclamaci6n df; la Republica del Paraguay 1813 - 2013 " SECRETARIA DEL AMB!ENTE " .. • Resoluci6n N° SW/13 POR LA CUAL SE APRUEBA EL DICTAMEN DE EXTRACCION NO PERJUDICIAL PARA LA ESPECIE BULNES/A SARMIENTO/ (PALO SANTO) Asuncion, 20 de diciembre de 2013 VISTO: El memorandum DGPCB N° 170/13 de fecha 20 de diciembre 'de 2013 en el cual remite el Dictamen de Extracci6.n no· Perjudicial de palo santo (Bulnesia sarmientdi) elaborado por la Autoridad Cientifica CITES Paraguay para la Comisi6n Europea. ·\ . La Ley 583/76 QUE APRUEBA Y RATIFICA LA CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES (CITES), cuya autoridad de aplicaci6n es la Secretaria del Ambiente, establece que el comercio intemacional de especies silvestres del Apendice II de CITES, debera contar con el informe de una Autoridad Cientifica la cual dictamina que dicha extracci6n no es perjudicial para la supervivencia de la especie. CONSIDERANDO: Que, la especie Bulnesia sarmientoi comi.'.mmente denominada Palo Santo, se encuentra en el Apendice II de CITES; Que, en la Conferencia de las Partes N° 14 de la citada Convenci6n, en su Resoluci6n 14.2 dicta cuanto sigue: "las Partes establecen como objetivo que la informaci6n cientifica mas adecuada disponible deberia ser la base de los dictamenes de extracci6n no perjudicial"; Que, la Ley 96/92 de Vida Silvestre, establece en su articulo 33: "La Autoridad de Aplicaci6n concedera autorizaciones para la colecci6n, explotaci6n, comercializaci6n, transito, importaci6n, exportaci6n, y reexportaci6n de elementos de la flora silvestre, sea en caracter permanente u ocasional, con base en estudios cientificos··. Que, se realizaron ocho taJ.leres con profesionales cientificos botanicos, de manera a realizar entre otros el Dictamen de Extracci6n No Perjudicial de la mencionada especie, ... . ·•· Que, de conformidad al Art. 18 Inc. g) de la Ley 1.561/0'o dice: J;;s atribucion de/ Secretario Ejecutivo dictar todas las resoluciones que sean necesarias para la conservacion de Los fines de la Secretaria, pudiendo establecer Los reglamentos infernos necesarios para sufuncionamiento". POR TANTO, en uso de sus atribuciones legales, LAMINISTRA SECRETARIA EJECUTIVA DE LA SECRETARIA DEL AMBIBNTE RESUEiVE Art. 1 °: APROBAR el Dictamen de Extracci6n no Perjudicial de la especie Bulnesia sarmientoi, Palo Santo, elaborado por profesionales reconocidos del area botanica, como anexo, de- la presente resoluci6n.