Resolución Nº 487/09 - Por la cual se dispone el inicio de la aplicación del Sistema Simplificado de Exportaciones, denominado Ventanilla Única de Exportación (VUE), para los productos y subproductos forestales y afines, y se aprueba el manual operativo referente a normas de procedimiento relativo a la interacción de las instituciones involucradas y el Sistema de Ventanilla Única de Exportación (VUE)
صدر في 2009-04-28 · النص بتاريخ 2026-10-01
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1.2 En el "Menú de Actualización (Exportador)" acceder a la rutina Solicitud de Exportación; el sistema habilitará el Formulario electrónico: Solicitud para Exportación de MADEM y DERIVADOS DE I-A MADEM;
1.3 Proceder al ingreso de los datos solicitados, llevando en consideración la obligatoriedad del ingreso en los campos considerados obligatorios;
1.4 Si hubo intervención previa por parte del INFONA, ingresar los datos del informe técnico conespondiente; 1.5 Verificar la exactitud de los datos;
1.6 Para confirmar la solicitud, ejecutar la operación "Envío a INFONA'; 1.7 lmprimir el documento Solicitud de Exportación; 1.8 lmprimir la Autorización del Despachante;
1.9 Cenar Ia operación de la rutina;
1.10 Firmar el documento Solicitud de Exportación para Productos y Subproductos de Origen Forestal, y remitirlo al INFONA.
1.11 Firmar el documento Autorización del Despachante, y remitirlo al Despachante asignado. Observación: La asignación del Despachante es concretada a través del ingreso del RUC del mlsmo en el campo "Despachante". Etapa !1. Verificación de datos en INFONA El personal técnico del.|NFONA designado para el efecto, recibirá electrónicamente del sistema Ventanilla Unica de Exportación - VUE, la correspondiente Solicitud para Exportación de MADERA y DERIVADOS DE LA MADERA. 7 o(Bianrtan¿rio a e k nepenencb $facionat ls I I - 2ol I " /6e l' W hstirrúotFoftstatlrtocbnat -3- Paso 2, Verificación y Control de los datos declarados en la SOLICITUD.
2.1 Acceder al sistema Ventanilla Única de Exportación - VUE, y a la rutina de la aplicación que corresponda a consultas de Solicitudes de Exportación aprobadas para elsistema SOFTA;
2.2 Veríficar la exactitud de los datos ingresados;
2.3. Si hubiere errores o si se presenten datos incompletos, realizar las observaciones que conespondan y retomar al exportador, vía Ventanilla Unica de Exportación - VUE;
2.4 Proceder a verificar los datos.
2.4.1. La principal verificación a realizar es sobre las GUIAS DE TRASI-ADO (Cantidades, Tipo de Madera etc.);
2.4.2. En el caso de la autorización de EXPORTAC¡ON DE CARBON, tendrá intervención del MINISTERIO DE INDUSTRIA YCOMERCIO, se enlazara el pedido con los TECNICOS del MlC, para su conespondiente autorización;
2.5 Verificar la exactitud de los datos ingresados; ejecutar la operación de "Aprobado',
2.6 Cenar la rutina. Etapa lll. Elaboración del Despacho de Exportación. El Despachante de Aduanas, debidamente autorizado por el Exportador, interviene en la tramitación del Despacho de Exportación ante la Dirección Nacional de Aduanas - DNA. . Paso 3. Oficialización del Despacho
3.1 Acceder al sistema VUE, obtener los datos precisos relacionados con la Autorización de la Exportación concedida por el INFONA.
3.2 Acceder al sistema SOFIA, y a la aplicación que corresponda; el sistema habilitará el conespondiente Formulario electrónico; 3.3 Completar los datos de los campos requeridos;
3.4 Verificar la exactitud de los mismos;
3.5 El Despachante de Aduanas hará efectivo el pago de tasas y aranceles conespondientes específicamente a través de los Bancos habilitados para el
3.9 Cenar la operación. \ "@i¿enten¿tio e k nfepercia ${ociowt 1 t I 7- 2OI I " .ffia w [frgePse¡ hstit t o lfioftstatg{al'thzÍ 4- Etapa lV. Control y Verificación de Documentos. El Departamento de Registros de la Dirección Nacional de Aduanas - DNA, intervendrá para la realización del conespondiente conhol de documentos relacionados con el Despacho de Exportación en trámite, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos legales relacionados con el despacho. o Paso 4. Verificación de Documentos.
4.1 Acceder al sistema SOFIA, visualizar los datos del Despacho Oficializado;
4.2 Acceder al sistema Ventanilla Única de Exportación - VUE, y controlar los documentos vinculados al Despacl"ro de Exportación;
4.3 Si los documentos controlados están en orden, proceder a autorizar el pago de aranceles conespondientes; 4.4 Proceder a ingresar los datos conespondientes al control efectuado en el campo conespondiente del Formulario de Despacho, en elsistema SOFIA;
4.5 Procesar, conforme a la normativa aduanera, el Formulario de Despacho de Exportación;
4.6 En caso que los documentos no estén en orden, procederá a ejecutar las acciones previstas para estos casos; 4.7 Cenar las operaciones;
4.8 Entregar el Formulario de Despacho al Despachante. Etapa V. Verificación Flsica de Mercadería / Aforamiento. El Despachante, procede a la presentación del legajo de doct¡mentos al Departamento de Visturía, encargado de realizar la verificación física de mercaderías. o Paso 5. Verificación Aduanera. 5.1 Acceder al sistema SOFIA;
5.2 Verificar los datos del Despacho de Exportación;
5.3 Si el canal de selectividad asignado fuere "verde", pasa directamente al punto 5.7,
5.4 Si el canal de selectividad asignado fuere "naranja', procder a la verificación de la documentación, y si todo esa en orden pasar al punto 5.7; caso contrario notificar al Despachante acerca de las inegularidades detectadas;
5.5 Asignar un 'Vista' para la verificación;
5.6 Pro@sar, conforme a la normativa aduanera, el Formulario Exportación, si la verificación presenta problemas; "(Bhenten¿tiof,¿hlillopillnlidg{ocioru[1511-2011" d,&^ i§'d#t&\ \W ffi§ffi#i} Irrsüt úo lfionsu[ t{uioaat -5-
5.7 Proceder a la asignación del estatus'Autorizado" al trámite del Despacho, en el sistema SOFIA;
5.8 En caso de problemas, asigna el estatus "Precumplido parcial', y se procederá de acuerdo a los procedimientos establecidos de la institución provistos;
5.9 Los Despachos con verificación conecta, procesados por la Jefatura del Departamento. Paso 6. Verificación de Carga.
6.1 ElVista de la DNA, comparece al depósito del exportador, depósito aduanero, andén, o patio de verificación de cargas, conforme al proceso y autorización de la autoridad aduanera.
6.2 De acuerdo a los procedimientos establecidos, procede a la verificación de la mercadería en presencia delTécnico INFOM;
6.3 ElVista elabora el conespondiente lnforme; 6.4 El Técnico - INFONA, accede al sistema Ventanilla Única de Exportación - VUE;
6.5 Procede a completar, o modificar, los datos del lnforme Oficial de Carga; 6.6 Confirma la Operación; 6.7 lmprimeeldocumento;
6.8 Ciena la rutina. Etapa Vl. Resguardo/Control de Embarque. El Departamento de Resguardo de la Dirección Nacional de Aduanas - DNA, interviene en los puertos, aeropuertos y cruces fronterizos, donde se verifica si la mercadería se ajusta a lo declarado. Paso 7. Verificación del Embarque.
7.1 El funcionario de Resguardo de Aduanas recibe los documentos de exportación;
7.2 Realizar la verificación física de las mercaderías a embarcar;
7.3 Efectuar la Relación de Carga en el Formulario de Despacho; a Paso 8. Cumplido de Embarque.
8.1 Elaborar y emitir el "Cumplido de Embarque''; ffittt 'e-.. áE :\ 8.2 lnformar los casos de faltantes/excedentes, de acuerdo a los t§ 7- intemos establecidos; ,§'il o *t
8.3 Sellar el Formulario de Despacho. ^t1 "(Bti¡.ent¿nztioefanepenlencUMaciorutlsll-2011" ,ffie ,qw [fi{reraa hutih¿üotflarertaÍgtfacionat 6- Etapa Vll. Finiquito del Despacho
9.1 El sistema Ventanilla Única de Exportación - VUE facilitará los datos del Embarque y Despacho de Exportación Finiquitados a las Oficinas del INFONA y a todos los funcionarios de la institución habilitados para las consultas vía web.
9.2 Una vez finiquitado el despacho, el despachante deberá remitir a la Oficina Central del INFONA una copia del despacho y las guías originales que lo respaldan, en un plazo no mayor a diez días, so pena de que el mismo quede inhabilitado para tuturos trámites de exportación. "\\Bicentenario de la Independs¡cia Nacional 1811- 20L1t' @ Instituto f,'oreshl Nacionel RESOLUGIÓN N' '09 POR LA CIiAL SE DI§FONE EL II\üCIO DE IlI, APLICACIÓN I'EL SISISMA SIMPLIFICAIX) I'E EXPORTACIOI\IES, I'ENOMINAI'O VEIYTATTILLA INVTCI IIE EXPORTACIÓN (YUE), PARA LOS PRODUCTO§ Y SI]BPRODUCTOS FORESTALES Y AFII\f,S. San Lorenzo, de mazode2009 VISTO: el compromiso y deber del lnsütuto Foreshl Nacional de optimizar los servicios que presta, a fin de amparar los impulsos del sector productivo y exportador. La Ley No 9(M163, que es{ablece las funcionm del Ministe¡io de lndusfia y Comercio, modificado y ampliado por la Lsy No 2.961/(E; el Decreto No 7290l(8, que autodza la aplicación del Sisüema Simplificado de Erportación Denominado Ventanilla Unica de Expo¡tación (WE)" y el Convenio de Cooperación y Asistencia Mufua lnterinsüh.tcional enbe el Ministerio de lndustia y Comercio (MlC) y el lnstit¡to Forestal Nacional (INFONA), firmado el 27 de noviembre de 2008; y CONSIDERANÍIO: Que, el Superior Gobiemo Nacional asumió el comprom¡so polftico de la optimización, eficiencia y transparencia en los servicios del Estado para con sus ciudadanos como primera prioldad, iniciando para el efecto tareas de adecuación de la organización funcional y de su esüucfura adminisüativa, institryendo el cambio para el geronciamiento de la adminisffiación prlblica. Que, el Decreto No 7290 del 23 de marzo de 20(8, esilablece que el Ministerio de lndustia y Gomercio disponen de las medidas necesarias para la imdementación orgánica, adminisbativa y económica del Sistema simp[ficado de Trámites de Erportración denominado Ventanilh Única de Exporhción (VUE). Oue a los efectos de la adecuación al proceso informativo Ventanilla tJnica de Exportación (VUQ, hnto del sector público como pdrado, resulh perentodo el lnicio de ¡as gestiones simpEficadas de exporEción conforme a los Productos Seleccionade en el Plan Piloto presentado por el Programa FOMIN BID AT¡{/MT- 8083'PR, a los efectqs de permiür que las interaccions se realicen en un ambiente organizado y ordenado, para su posterior aplicación al univefso de productos que el pa[s exporte y vaya a exportar. Que, la Ley N' 34;A4/oE, de creación del lnsfituto Forestal Nacional (INFOM), en su Art. lfP establece: 'Son atibuciones del Presidenb... c) Esúablecer el Reglamenb y la organización intema...". Que, por Decreto No 81, de fecha 16 de agcto de 2008, "Se nombra al lng. Lufs Gustavo Torale Kennedy, como Presidente del lnsüt¡to Forestal Nacional (INFOM), el cual fue creado por Ley No 3464/08. POR TANTO, en uso de sus atibuciones conferidas; EL PRESIDENTE DEL INST¡TUTO FORESTAL NACIONAL RESUELVE: Art. f o.- D§PÓNGASE, la aplicación obtigatoria det STSTEMA S|MPLIFICADO DE EXPORTACIÓN, DENOMIMDO VENTANILIS Ú¡,¡ICA DE EXPORTAC!ÓN MJE), para la e¡eortación de producte y subproductos fordales. ...il §Bicentenario de Ia Inde¡rendencia Nacional. 1811- 20LLa át\ t\tgr,/ \:r. Instituto X'orestal Nacional RESOLUCTóN N' '09 POR II\ CUAL SE DIIIPOIIE EL IMCIO DE II\ APIJCACIÓN DEL SISITMA SIMPLMICAIX) I'E EXPORTACIOI\IE§I, DENOMINNX) YENTAI\IILU\ ÚMCA DE EXFORTACIóN (YUE), PARA LOS PRODUCTOS Y STJBPRODUCTOS FORESTALES Y ATINE§. -2- Art. !o.- APRUEBASE, el Manual Operaüvo referente a norrnas de l¡lm¡[do: Aft ?.- - DEPóI{GASE el inl6b de te procedimientos relativo a la interacción de las lnstiü¡ciones involucradas aplicaclón del §Éema y et Sistema de Ventanilla Única de Exportación (VUD, que se adjunta a stnplÍb€do d6 E¡portaclón, pafa lo9 pf9ductls y la preente Resolución y forma parte ¡ntegrante de la migna. r¡jbFdurtG dE origBn br€stal, asf oomo produd@ Art.3:.- ASIGNESE. a las personas responsables de los Procgdimientqg...de añnes. f Autorización Electrónica v de Verificación de los Puertos de Salida del !_ Ebrhtdos 3 INFONA. Ehrhdo:4 Art.S.- COMUNISUESE, a quienes corresponda y cumplida archtuese. Ehnhdo:4 lng. Agr, LUIS TORALES KENNEDY Prcsidente El¡trh.do: LTrc?O/dm.- §Bicentenario de la Inde¡rendencia Nacional 1811- 20tLo ,4?:! /'.-<.-\ @ Instituto X'orestal Nacional Proceso de Tramitación de ExpoÉación de MADERA Y DERIVADOS DE LA MADERA fl,efinición y Descripción Gene¡al de Procedimientc --._ ta secuencia de las acüvidades vinculadas al proceso de tamitación de exportación f-Ennúo"dor f --- de MADERA y DERIVADOS DE lá MADERA, ünculan las intervenciones realizadas por diferente inshncias: el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO - MlC, el INSTITUTO FoRESTAL NAQIQNAL_INFONA, la FEDERACIoN PAMGUAYA DE MADERERoS--FEPAMA y la DIRECCION NACIONAL DE ADUAMS - DNA. EIh DE- PARAGUAY 'do! En el proceso que se descdbe, no se incluyen a aquellas relacionadas con las etapas de negociación, y se lÍmita a la descripción de cada una de las etapas del úámite en base a las cuales ss da cumplimiento a las exigencias ¡equeridas. fHhd¡ldo:legaks I El proceso de Tramitación de Exportación de ÍVIADERA Y DERIVADOS DE t.A MADERA, se ha ¡nodificado en términos operativos a consscuencias de la viqencia t gffir"d.t ü"t"_ l-l sislema Ventanilla Unica de Exportación, el cual permite el flujo rápido y seguro de (- Etrnú""d", h,,plrr.,rt""ló,r I formula¡ios y documéntos electrónicos, Én reelnplazq "del a Ia tramitación física, Gtht'h.d.nG _l .l redundando asf misma en la reducción drástica del ntimero de procesos presenciales de qestores - en las oficinas y/o los exportadores, prlblicas y privadas, con la finalidad de Eamitar cerlificados y autorizaciones, y al m¡smo üempo incrementará la seguddad en el manejo de los datos e informaciones de los despachos. lg¡t¡aao:g Elmsdo3alGduab§ EsE implem€rúeión Elffiido; comparec€ncia ] ffsioa de bs D€8paÉhantes ds Adua¡aa a En los procedimientos v¡nculados a eSe proceso, intervienen el Exporhdor, el Despachante de Aduanas, el personal técnico del INFOM, el sistema Ventanilla Unica de Exportación - WE, el s¡stema SOFIA de Gesüón Aduanera, FEPAMA, el Ministerio de lndusffia y Comercio, y la Dirección Nacional de Aduanas. Cada enlidad, a efectos de la bamitación del Despacho de E¡rportación y de las documentaciones - Autorizacions, Certificados, y - otros ejercen una función especlfica en el proceso, y los procedimientos que se definen¡¿describen en cada una cada una de ellas, en cada etapa del procoso. "de Todo ope¡ador-que requieran realizar trámites a iravés del .sistema Ventanilla tJnica de Exporhción - WE, requerir{ estar suficientemente habilihdq en calidad de usuarioo Etapa l- lnicio del Proceso - Exportador El proceso de Tramitación de Exportación de MADERA Y DERIVADOS DE l-A MADERA, se inicia con el Exporbdor; este, en cumplimiento de los requisitos lqals, requiere-asignar a un Despachante de Aduanas quien gesüonará a su nombre, ante Elhrhsdo: , a ffn de de¡ inicio las instifuciones, cada una de las autorizaciones y certificados requeridos. alprrco, En caso que hubiere necesidad de alguna intervención previa a la realización de la solicÍtud de exportación por parte del INFONA, el exportador solicita dicha inte¡vención de fonna dlrecb sÍn inbrmediación delVUE. ...il "Bi centenario de Ia Independencia Na NacionaL 1811- ?OLL, @ Instituto X'orcstal Nacional -2- r Paso l. §olicitud de Exportación La solicifud de exporEción se hará de forma espectfica a través de la operación del sistema WE, para lo cual el Erportador deberá ingrer en la recl JNTERNET al portal t ebrd""d.t e"' I del WE: www.vue.org.py, y acceder a la rutina de Solicitud de Exportación a tavés del ingreso de sr conepondiente clave de acceo y contaseña. 1.1 lngrear al sistema Ventanilla tJnica de Exportación (VUE). 12 En el "Menú de Acfualización (Expoñador)' acceder a la rutina Solicifud de" @n fontato: Sa¡glh: DquErda: 1,'5 ctn, S8¡¡grb Exporhción; el sistema habilitará el Formulario elecüónico: Solicifud para ft'¿nGa: 124 crn Exporhción de MADERA y DERIVADOS DE LA MADERA; I .3 Procedor al ingreso de los datos solicitados, llevando en consideración la" Con font¡ab: Sangrb: Izquhrda: 125 cír, Sarigrb obligatoriedad del ingresoBn los campos considerados obligatorios; frT*"il¿4jm ElLnhado: d
1.4 Si hubo intervención preüa por parte del INFONA, ingresar los datos deF ffi informe técnico correspond¡ente; Izquhrda: r?s on, Sangd¿ ñ'aric€ús: 124 cm
1.5 Verificar la exactitud de los datos;
1.6 Para confinnar la slicifud, ejecutar la operación "Envlo a INFONA'; 1.7 lmpfimir el documento Solicit¡d de Erporhción; 1.8 lmpñmir la AutorLación del Despachante;
1.9 Cerrar la operación de la rutina; 1-10 Firmar el documenb Solicitud de Exportación para Producbs y Subproductos" I Con lormao:SangÉ: I de Origen Foresbl, y remitirlo al INFOM. I ¡zqugda: 125 cm, sangrh I ifrancesa: 124cm ]
1.11 Firmar el documento Autorización del Despachante, y remitirlo al Despachante. CoE tor !b3 Sangrb: Izquhrda: 125 fii, sañgr& asignado. trarEesa: 124 cm Observación: La asignación del Despachante es concretada a tavés del ingreso del RUC del mismo en el campo "D6pachante'. Etapa lt. Verificación de datos en INFONA. El personal técnico del. INFONA designado para el efecto, recibirá elec{rónicamente del sistema Ventanilla Unica de El@nadón - WE, la conespondiente Solicitud para Exportación de MADEFIAy DERIVADOS DE láMADERA. ...il '\Bícentenario de la Independencia Nacional 1811- 20LLn /_a\ @ Instituto f'oreshl Nacional -! a Paso 2. Veriñcac¡ón y Control de los datos declarados en h SOUCITUD. 2.'l oAcceder al sistema Ventanilla lJnica de Exportación - WE, y a la rutina de la" aplicación que corresponda a consultas de Solicitudes de Exportación Con tomato: Sangrh: aprobadas para el sistema SOFIA; Izquhrda: 1¿5 cm, sang¡b
2.2 Ve¡ificar la exactifud de los datos ingresados;
2.3. Si hubiere errores o si se presenten dalos incompletos, realizar las" Con lbfmato: S€ngrb: Dqukrda: 1¿5 cm, Sangrb obsenraciones que correspondan y retomar al exportador, vfa Ventanilla Unica franca: 124 .rn de Exportación - WE; Proceder a verificar los datos. 2 41. La principal verificación a ¡aalizat es sobre las GUIAS DE TRAST-ADO" Con fofmab: Sangrñ: (Canlidades, Tipo de Madera etc.)" Dqübrda: 2"5 crn, Sangrü ft-¿ncesa: 1?J cm
2.4.2. En el caso de la autorización de EXPORTACION DE CARBON, tendrá Elffi8do:,afnds€Mta¡6u IntervencIÓn de| MINISTERIO DE INDUSTRJA Y COMERCIO, se Rerfiiidn. enlazara el pedido con los TECNICOS del MlC, para su correspondiente Co¡t formato: ResalEr autorización; Con forE¡tD: RÉaltar Verificar la exacüfud de los datos ingresados; ejeoÍar la operación de" CoD formlto: Sangrb: "Aprobado'; DqubrdE: 125 cm, sarigrh francesa: 124 cm
2.6 Genar la rutina. Etapa lll. Ehbo¡ación de! Despacho de Erportación. El Despachante de Aduanas, debidarner¡te autorizado por el Exportador, iriterviene en la tamitación del Depcho de E:gorhción ante la Dirección Nacional de Aduanas - Ol.lA o Paso 3. Oficialización del llespacho 3.'l Acceder al sistema VuE, obtener los datos precisos relacionados con la" Con tofmab: Sangrb: Izqubnla: 1¿5 sn, SangÉ¡ Autorización de la Exportación concedida por el INFONA. ftan@¡: 1¿5 crn
3.2 Acceder al sistema SOFIA, y a la aplicación que conesponda; el sistema" habilitará el conespondiente Formulario elecúónico ;
3.3 Completar los datos de los campos requeridos;
3.4 Vedficar la exactitud de le mismos;
3.5 El Despachante de Aduanas hará efect¡vo el pago de tasas y aranceles. conespondientes espocfficamente a través de los Bancos habilitados para el efecto;
3.6 Confirmar la operac¡ón;
3.7 El Slstema SOFIA, asigna el conespondiente canal de selectividad; 3.6 lmprimir el Formula¡io de Despacho de Expoñación;
3.9 Cerar la operación. .,,11 §Bi centenario de 1811- 20L!a 4- Etapa lV. Control y Vedñcac¡ón de Docr¡nentos. El Departamento de Registos de la Dirección Nacional de Aduanas - DNA, intervendrá para la realiación del conespondiente contol de documentos relacionados con el Dspacho de Exporbción en trámite, a fn de verificar el cumplimiento de los requisitos legales relacionados con el despcho. ¡ Paso 4. Verificación de Docurrentos.
4.1 Acceder al sisbma SOFIA, úsualizar los datos del Despacho Olicializado;
4.2 Acceder al sistema Ventanilla Única de Exportación - WE, y controlar los" Ic.rf.-t bt C"grfrr- Izqutsrda: 1.25 crn, Sangr& documentos vinculade al Despacho de Exportación; francesa: 124 c?n ] l
4.3 Si los documentos conüolados están en orden, proceder a autorizar el pago de. arancelqs correspondientes;
4.4 Proceder a ingresar los datos conespondientes al control efectuado en el" @n forüato: Sangrh: Equ¡erdal 125 «n, sa¡qrb campo correspondlente del Formulario de Despacho, en el sistema SOFIA; ft-dncesa: 1¿4 c¡n
4.5 Procesar, conforme a la normatrva aduanera. el Fonnulario de Despacho de" cotr lorüab: sa¡¡gfa: ] Dquhrda: 1,25 cm, Sangra Exportación; , francesa: 124 cm ] 4.A En caso que los documentos no estén en orden, procederá a ejecutar las acciones preÚstas para estos casos;
4.7 Cenar las operaciones;
4.8 Enbegar el Formula¡io de Despacho al Dspachante. Etapa V. Verificación Ffsica de Mercaderúa / Aforamiento. El Despachante, procede a la presentación del legajo de documentos al Departamento de Mstur[a, encargado de ¡ealba¡ la ver¡ficación flsica de mercaderfas. Paso 5. Verificacaón Aduanora.
5.1 Acceder al sistema SOFIA;
5.2 Verificar los date del Despacho de Exportación;
5.3 Si el canal de selecfividad asignado fuere !erde", pasa directamente al punto 5.7;
5.4 Si el canal de seleclividad asignado fuere "naranja", proceder a la verificación de la documentación, y si todo esa en orden psar al punto 5.7; caso contrario notÍficar al Despachante acerca de las irregularidades detectadas;
5.5 Asignar un Yista' para la verificación; 5,6 Procesar. conl'or¡¡e a la normaiiva aduanera, "el Formulario de Despacho_lg" fGfot-rto,s"ng,tTl Exportacrón, si la verificación presenh problemas; I Izquleda: ,,25 sn, sangrb ...il [fr"1qi1,21L .] I iitaoaot n-rr v "errgr ] ,"Bicentenario de la Independencia Nacional 1811- 20LLn Á\ @ Instituto X'o¡estal Nacional -5-
5.7 Proceder a la asignación del eslafus'Auto¡izado" al támite del Despacho, en el sistema SOFIA;
5.8 En caso de problernas, asigna el estafus "Precumplido parcial, y se procederá de acuerdo a los procedimientos establecidos de la insüt¡ción provistos; -- 5.9_Lc Despachm con vedfcación correcta, procesados por la Jefatura del" l c." r.r-"to:s""g-,ú,-- Departamento" I lzquhrda: L27 q\*t,gth I fr¿ncesa: 127 cm, Esquer¡a l nuftrer¿do + NlYel:2 + Esülo . Paso 6. Verifcación de Caqa. de numeracún: 1, ¿ 3, ... + Inhlaren:9+A¡neacdn: Izqulelda + Allneackín: 125
6.1 El Vista de la DNA, compareoe al depósito del exporiador. depósito aduanero." cm + Tabulsclón después de: 1¡8 cm + Sangrla: 1,88 crn, anden. o patio de verilrcación de carqas, conforme al proceso v autorización de Tabulacbnes: Noen 1¡8 crn la autoridad aduanera. Elmhado: Eon EelladG y ñfmadc pcr el Jde (bl 62 De acuerdo a los procedimientos establecidos, procede a la verificación de la - - Departame¡rto de Vidufa mercaderla en presencia del Técnico INFOM; Con lomato: sangr&: Izqubrd¿: 1.27 crn, Sangr&¡ francesa: 1¿7 «n,
6.3 ElMsta elabora el correspondiente lnforme; Tabuhdones: No en 127 cm
6.4 El Técnico - INFONA, accede al sistema Ventanilla Única de Exportación - VUE;
6.5 Procede a completar, o modificar, los datos del Informe Oficial de Carga;
6.6 Confirma la Operación; 6.7 lmprime el documento;
6.6 Giena la nfina. Etapa Vl, Resguardolcontrol de Embarque. El Deparhmenb de Resguardo de la Dirección Nacional de Aduanas - DNA, interviene en los puertos, aeropuertos y cruc6 fronteüos, donde se verifica si la mercaderla se ajusta a lo declarado. ¡ Paso 7. Verificación de! Embarque. I 7'l El funcionario de Resguardo de Aduanas recibe los documentos exportación;
7.2 Realizar la verificación ffsica de las mercaderlas a embarcar; I 7.3 Efectuar la Relación de Carga en el Formulario de Despacho; Paso 8. Cumplido de Embarque.
8.1 Elaborary emitir el 'Cumplido de Embarque-; , Izquhrda: 125 crn 82 lnformar los casos de faltantes/excedentes, de acuerdo a los procedimientos I c.. f"rrn"t", Nr"*r"6ry I I vfietas j intemos establecidos; 8-3 Sellarel Formulario de Despacho. ...il . "Bi. centenario de 1811- 2017,, €- Etapa Vll. Finiquito del Oespacho
9.1 El sistema Ventanilla Única de Exportación - VUE "fcgll@!1_los datos deF Elltd¡rdo: envla I Embarque y Despacho de Exr¡ortación Finiquitadog a las Oficinas del INFOM y I con fo¡mato: sarigrí¡: I a todos los funcionarios de la inslilución habilitados para las consultas vfa web. Dquleda: 127 cm, Sangrh I francesa: 122 cm, sh vtñetas nunreradón I nt
9.2 Una vez finiquitado ol despacho, el dspachante deberá remilir a la Ofic¡na" ] Central del JNFONA una copia del despacho y las gufas originales que lo respaldan, en un plazo no mayor a diez dfas, so pena de que el mismo quede inhabilitado para futuros trámites de exportación. Elbnh¡do!