Resolución Nº 34/09 - Por la cual se crea el Registro de Fincas de hasta cincuenta (50) hectáreas en la Región Oriental y se establece el procedimiento para el aprovechamiento de las mismas
صدر في 2009-01-26 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- باراغواي
- الموضوعات
- Forestry
- الكلمات المفتاحية
- registration, legal proceedings/administrative proceedings
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
'\8iccntel1l1rio ({u {a Indepctuleucia Nacionall Sl l- 20} 1" Instituto Porestai Nacionai . -, --- . -- ... -' --- . RESOtUC~ÓN N° (?)~J/ -,0('1 "POI:'{ lA CUAL SE CREA El REGiSTRO DE FINCAS DE HASTA CINCUENTA (50) HECTÁi~EAS EN LA REGiÓN ORiENTAL Y SE ESTABLECE El, PROCEDiMiEi\jjTO PARA El APROVECHAMIENTO DE LAS MiSMAS". San lorenzQJt.G~cleenero de 2009. ViSTO: la ley N° 3,.464, "Que crea el Instituto Forestal Nacional (INFONA)"; La Ley N° 2.524, "de Prohibición en la Región Oriental de las actividades de transformación y conservación de superficies con cobertura de bosques"; La ley N° 3.663, "Que rnodifica los artículos 2° y 3° de la ley 2.524104 "de prohibición en la región oriental de las actividades de transfonnación y conversión de supetticies con cobenure efe bosques", modificada por ley N° 3.139/0B"; la ley N° 422/73 "tore stat"; el Decreto N° '13.418, "Por el cual se establecen los procedimientos de Evaluación de Irnpacto Ambiental para los Planes de Manejo Forestal y Planes de Cambio de Uso de Suelo"; el Decreto N° 878 "Por el cual se amplia el Decreto N° '13.418, de fecha 8 de junio de 200'1"; la Resolución SFN N° 817'103 'Por la cual se reglamenta el Decreto N° 878 de fecha t2 de noviembre del 2003"; la Resolución SFN N° 520/05 "Por la cual se establece un régimen de aprovechamiento para asentarnientos campesinos del INDERT"; y CONSIDERANDO: la necesidad de establecer criterios técnicos para el efectivo curnplirniento de lo establecido en los art. 2" y 3° de la Ley 3.663 "QUE MODIFICA lOS ARTíCULOS 2° Y 3° DE LA LEY 2.524/04 "DE PROHIBICiÓN EN LA REGiÓN ORIENTAL DE LAS ACTIVIDADES DE TRAI\jSFORMACIÓN Y CONVERSiÓN DE SUPERFICIES CON COBERTURA DE BOSQUES", MODIFICADA POR LEY N° 3.'139/06", en todo cuanto se refiere a la prohibición ele producción, transporte y comercialización de madera, leña, carbón y cualquier subproducto forestal que provenga del desmonte no permitido en dicha normativa. Que, el aprovechamiento forestal controlado, en pequeñas fincas rurales, otorga a los productores campesinos la posibilicJad eJel uso racional de los recursos torestaies clisponibles en su propiedad, posibilitando el cumplimiento efectivo cle las normativas 'forestales - ambientales, vigentes en nuestro ordenamiento juridico nacional. Oue, los Estudios técnicos de Aprovechamiento forestal y Planes de Manejo Forestal, en terrenos de hasta a 50 hectáreas de extensión, no requieren de licencia ambiental, o Declaración eje Irnpacto Ambiental, conforme al Decreto Reqlamentario N° i4281/96 Y el Decreto Reglamentario 13.4-18/0-1,del 8 de junio ...,. ,. ., de 2001, posteriormente modificado por Decreto N° 878, del 12 de noviembr~.'9,~~:i:.~';:~~~~~, 2003. ú,fr~:#1\tl;J"S::~. W:;(f '<:.tl;~~~!~:;;',f:4 "lB icen te 1111 rio de fa Indepen dencia 'Nacio na [ 1R11- 2011 )) Instituto Porestal 'Nacionai RESOLUCiÓN N° /;:!.":~" /041 "POR LA CUAL SE CREA EL REGiSTRO DE fiNCAS DE HASTA CiNCUENTA (50) iiECTÁREJ~S EN lA REGiÓN ORIENTAL Y SE ESTABLECE EL PROCEOii"iiENTO PARA El APROVECHAMIENTO DE lAS MISMAS"·. P' r¡- ag. c:. Oue, la Ley 422/73, establece en su artículo 42, que: "Todas las propiedades rurales de más de veinte hectáreas en zonas forestales deberán mantener el veinticinco por ciento de su área de bosques naturales ... JJ Que, la Ley 3464 "QUE CREA EL INSTITUTO FORESTAL NACiONAL (INFONA)", en su artículo 4° establece como objetivo general de la Institución, la administración, promoción y desarrollo sostenible de los recursos forestales del país, en cuanto a su defensa, mejoramiento, ampliación y racional utilización. Que, la mencionada normativa en su artículo 6°, incisos, b); c) y d), establece, el fomento y la promoción del desarrollo forestal mediante la planificación, ejecución y supervisión de programas y proyectos forestales, así como el monitoreo y fiscalización ele la extracción de productos maderables y no maderables que provengan de aprovechamientos de bosques autorizados por la Institución; y en casos especiales, como el que nos ocupa, establecer con carácter permanente o temporal, regímenes especiales de manejo y protección, respecto a determinadas áreas o recursos forestales. Que, el Servicio Forestal Nacional, entidad que antecedió al Instituto Forestal Nacional (INFONA) hasta el 6 de mayo de 2008, fecha de promulgación de la ley 3.464 "Oue crea el Instituto Forestal Nacional - INFONA", estableció en las Resolución SFI\I 1\10 817 del 28 de noviembre de 2003 y Resolución SFI\I N° 520 del 7 de setiembre de 2005, los procedimientos técnicos para el aprovechamiento forestal, a ser aplicados en propiedades con extensión de hasta 50 hectáreas y el régimen de aprovechamiento para asentamientos campesinos de INDERT, respectivamente, por lo que con la promulgación ele la ley 3.663; estas resoluciones necesariamente deben ser reemplazadas por otra, la cual establezca los criterios exigidos en la normativa de referencia (LEY 3.663), de manera a crear un mecanismo de control efectivo de productos y subproductos forestales, provenientes del aprovechamiento de fincas de hasta 50 hectáreas en la Región Oriental. Que, son atribuciones del Presidente del Instituto Forestal Nacional (INFONA) por imperio del artículo 10° inciso a); b) y k); hacer cumplir las normas legales vigentes en el sector forestal; ejecutar y ordenar las actividades técnicas de acuerdo a los criterios y objetivos establecidos en la Ley 3464; y aprobar regímenes especiales de manejo y protección en determinadas áreas o recursos forestales . ,,:.,.¡"'~:'/;=-:~;::~.:~~: Que, el Dictamen N° 017/09, de fecha 19 de enero de 2.009, emanadq~;f:,~é-':¡~'!'~';l(~~},~" ,yf;' ~J;"" :. , , . ,f~' • '\ ~" Dirección de Asesoría Jurídica expresa: "Por lo tanto esta Dirección \JurídiQ~;:no 1'i:'~¡il:i;ti;'. ':f:;\y ~{.,.'~»: "' •..• '/ . [ ." \~,¡;-:ít ;;~ <, e : .~',,".- -~'•.~.: ../::,/" (;(jj¡(enlcllario di! [a Independencia 'Nucionulí Stt- 201 j J) . RESOLUCiÓN N° Oc.'-j IOt~ "POR LA CUAL SE CREA El REGISTRO DE FH\iCAS DE HASTA CINCUENTA (50) HECTÁREAS EN LA REG~Óg\i OR~ENTAl y SE ESTABLECE EL PROCEDiMiENTO PARJ\El APROVECHAM!ENTO DE LAS M~SMAS"" Pág. 3 encuentra reparos legales para la puesta en vigencia de la Resolución, recomendando: '1. Adoptar las rnodificaciones técnicas propuestas por la Dirección General de ·Bosques; y 2. El cambio de denominación de la Resolución dejándola establecida corno sigue: "POR LA CUA.L SE CREA EL REGISTRO DE FINC¡~S DE HASTA CiNCUENTA (50) HECTÁf~Et\S EN U-\ REGiÓN ORiENTAL Y SE ESTABLECE El PROCEDiMiENTO PARA El APROVECHAMIENTO DE LAS MISMAS", a fin de evitar interpretaciones ambiguas o mal intencionadas". POR TANTO y en atención a los fundamentos esgrimidos en el exordio de la presente resolución; en uso de sus atribuciones, El PRESiDENTE DEL iNSTITUTO FOREST/~l NACIONAL R E S U E l V E: AHT. 1°. DEROGAR, las Resolución SFN ¡IJo 8'17 y SFN N° 520, de fecha 28 de noviembre de 2003 y 07 de setiembre ele 2005, "POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL DECHETO N° 87'8 DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DEL 2003, "POR EL CUAL SE AIVüPLlA EL DECRETO N° 13.418 DE FECHA 08 DE JUNffO DE:.L 2.(UJ'S".v "POlR LA CUAL SE ESTABLECE UN REGUVIEN DE APROVEGHAfl/UENTO PARA ASENTAIViIENTOS CAMPESINOS DEL INDERT", respectivamente. ART. 2°. CREAR, el REGiSTRO DE FiNCAS DE HASTA CINCUENTA (50) HECTÁREAS EN LA REGiÓN ORIENTAL, la cual dependerá de la Dirección de Registro de Bosques, dependiente a su vez de la Dirección General de Bosques. Jl.RT. 3°. EST¡!!\BLECEH, los siquientes requisitos para la inscripción en el REGiSTRO DE rn\JICAS creado en el artículo 2° de la presente Resolución: a) Llenar los formularios habilitados para el efecto (ANEXO 1) .•..\ / : b) Fotocopia autenticada del documento de identidad del propi~t!ªJjg!'~9::'-."::'"... ocupante del inmueble; en caso de persona jurídica deberá aYffenp·añ.lá:r)"<·~;,,, fotocopia autenticada de íos Estatutos Sociales. /:F':"//«( . .;:;~~q U~C,~~1l?,~;;dj~.:t}ri:'. ':¡)"L f"/t::. e~...1\<.N 1;,0}. ~ \·~.;.t.~.~~ o". -; l <.- ''<%(:~;,;~;:;¿l "(8iccntei1L1rio (fe [a Independencia :Ní:Lciolla[J811- 2011)J Instituto ForestalNacional F!:ESOLUC!Ó~\] N° ((j. r 109-,~-----.. .. "POR LA CUAL SE CREt\ EL F<EGiSTRO DE FiNCAS DE Hlil.STA CINCUENTA (50) HECTÁ.REAS EN LA ~~EG~ÓN ORiENTAL y SE ESTABLECE El PROCEDIMIENTO PjL\HA EL t\PF~OVECHjl,i\i'HE~\rrO DE U·\S ~"\úHSMAS", Pág. 4· c) Fotocopia autenticada del título de propiedad o certificado de ocupación emitido por el II\JDEFIT, cm caso de no poseer los documentos mencionados; Resolución del Juzqado de Paz de la zona, que acredite vía información sumaria de testigos, que el solicitante es ocupante efectivo del inmueble a registrar. d) Impuesto inmobiliario al día o constancia del pago del mismo. En caso de que el inmueble pertenezca al Estado o al Municipio (asentamiento), constancia de exoneración del pago del impuesto de conformidad a lo establecido en la Ley -125 art. 57 incisos a) e i). ART. 4°. ESTABLECER, el pago del equivalente a dos jornales mínimos para activiclades diversas no especificaclas como gastos administrativos por el REGiSTRO DE fiNCAS creado en el artículo 2° de la presente Hesolución. ART. 5°" DiSPONER, que las Oficinas Regionales sean las encargadas de recepcionar la documentación establecida en el Art. 3 de la presente Resolución. AHT. 6°. APROB,AR, el uso de los formularios que se encuentran anexos a la presente resolución (ANEXO 1 de 2 Páq Y ANEXO 2 de 3 Páq.), Y que establecen el REG~Sl'R.O DIE FiNCAS Y el PLAN DE TRABAJO FORESTAIL, cuya aprobación por la Institución será requisito previo necesario para la expedición de las guías de rollos, leña, carbón y cualquier otro producto o subproducto forestal, proveniente de fincas cuya extensión sea hasta 50 hectáreas en la Región Oriental. ART. T". EST,¿\BLECER, que a partir de la promulgación de la presente resolución, la elaboración y presentación del PLAN DE TRABAJO FORESTAl., será realizada por el Funcionario de la Oficina Regional de la zona, previa presentación de la constancia de inscripción del inmueble en el REGISTRO DE FINCAS creado en el art, 2° de la presente Resolución. ART. 8°. EST,J~BlECEH,que el PLAN DE THABJ.\JO fORESTAL presentado a la Dirección General de Bosques para su aprobación, deberá contener la Declaración Jurada del funcionario que elaboró dicho Plan, a fin de aseverar la veracidad de los datos consignados; como así también la Declaración Jurada del Propietario, donde el mismo se compromete a respetar el volumen máximo ele extracción, conforme al Plan elaborado. ,é;~'~:,:,::·:::'::~;'~""." 9°. ESTABLECER, la siquiente escala de la tasa a ser ingre~é;(d.':~, ;1' "i ~ concepto de elaboración del PLAN DE TRABAJO FOREST A,~);.~:la deberá ser previamente abonada a la Oficina Regional de la zi.'a: a) Fincas desde OJ::i hasta 5 hectáreas, dios (2) jornales establecidos para actividades diversas no especificadas. ART. "(Bicentenario dé [a Independencia :Nacionar1811- 2011}1 Instituto Torestai Nacionai RESOLUCiÓN N° /)z.)::/ /0°9 "POR LA CUAL SE CREA El REGiSTRO DE FiNCAS DE HASTA CiNCUENTA . (50) HECTÁREAS EN lA REGiÓN ORIENTAL Y SE ESTABLECE El PROCEDIMiE~\jTO PARIt\ El APROVECHAMiENTO DE lAS IViiSiViAS". Pág. 5 b) Fincas mayores a 5 y hasta 10 hectáreas, tres (3) jornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas. c) Fincas mayores a 10 Y hasta 15 hectáreas, cuatro (4) jornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas. d) Fincas mayores a i5 Y hasta 20 hectáreas, cinco (5) jornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas. e) Fincas mayores a 20 y hasta 25 hectáreas, seis (6) jornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas. f) Fincas mayores a 25 y hasta 30 hectáreas, siete (7) jornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas. g) Fincas mayores a 30 y hasta 35 hectáreas, ocho (8) jornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas. h) Fincas mayores a 35 y hasta 40 hectáreas, nueve (9) jornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas. i) Fincas mayores a 40 y hasta 50 hectáreas, diez ('iO) jornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas. ART. 10°. ESTABLECER, que la expedición de guías de productos y subproductos forestales provenientes de Fincas cuya superficie sea de hasta 50 hectáreas en la Región Oriental, se realizará en la oficina central de INFONA; y estará supeditada a la inscripción del inmueble en el REGiSTRO DE FINCAS creado en el artículo 2° de la presente Resolución y dentro del volumen máximo de extracción aprobado en el PLAN DE TRABAJO FORESTAl. Toda guía que supere el volumen aprobado, será considerada bajo los alcances del A11.252 de la ley N° 1160/97 "Código Penal". ART. 110. ESTABLECER, que las propiedades cuyas superficies superen las veinte (20) hectáreas, solo podrán beneficiarse con la presente resolución si cuentan con una superficie correspondiente al veinticinco (25) por ciento de su bosque natural o se sometan a un programa de reforestación del cinco (5) por ciento de la superficie total de la finca. ARf. 12°. ESTABLECER, que las Fincas afectadas a la presente Resolución y que se hallen inscriptas en el Registro de Bosques del INFONA, pasen a forrnar parte del REGISTRO DE FINCAS creado en el artículo 2° de la presente Resolución, emitiendo la Dirección una Constancia, a fin de ser presentada a las Oficinas Regionales, para que los responsables de las",<;~:;!'~'!:;~~;:~,",; mismas puedan elaborar el PLAN DE TRABAJO FORESTAL de dicha,$íf:~;:i~Ü.hLjjó;:~~~;,. . .i"l"-:'I~I",' i~:;"'1,\\}Fincas ¡Y/f,c' , "" 61,·'0'e . et .;.1 /~ ". :~. \~!:' '~p; ",\.N,~~..",'1l-' .,~<~,::,\¡I ~l;; y~¡/"'1f. \¡.~-;¡," '''l ¡ \"\ ~.. .' .:,:-...•~!; 'ri~\r" 'i~? ¿...:-~i~ V\o,"!,"V.", }::- ;::{ "tf3irelltenario de [a IndepCIU(t?IIÚa Nacionall Sl l- 2011') Instituto P'orestai 'Nacionai RESOLUCiÓN N° .J.-),-~·:;l! me¡ "POR lA CUAL SE CRE¡I\ El REGiSTRO DE fiNCAS DE HASTA CINCUEf\iTA (50) HECTÁREAS EN lA REGiÓN ORIENTAL Y SE ESTABLECE EL PROCEDIMiENTO PARA El APROVECHAMiENTO DE LAS MISMAS". Pág. 6 ART. 13°. DETERMINAR, la vigencia del PLAN DE TRABAJO FORESTAL a un periodo de 2 años, cumplido el cual, el Propietario deberá someter su Finca a un nuevo estudio técnico que permitirá o no la renovación del PLAN DE TRABAJO FORESTAL ART. '14°. DiSPONER, que la fiscalización del cumplimiento de la ejecución de los planes quedará a cargo de la Dirección General de Oficinas Regionales, conjuntamente con la Dirección de Asesoría Jurídica. H i\;3 Ti\ e¡N etJ E N T'A (f:)O)' ¡,.il fr.:::l~"':'u-A'\~::;;fi::: ,¡il¡,c~, E,\\ fi I .1), () r-;' (~, ~1),~NO U:;l ~ Ir::: Nf J\ B••• iU. "H n ,1,,,,.,' " ,, «,,~.,Lu" [""¡,,,,,',,",ij' ••,, i >.,," r\,h. w N r\\L" ÜÜfUi%. a , ll~:C(JI~i: 1--- "" '- - , I [\Jorn!Jr8S y f\pelliclos I --- -'------ -----1-- """ ,,, i [JOCLitllOrrto ldentidao 1\l0 I Domiclüo ,' \ dI-.' 1. " l'l':(3-i?~!\)n1) 1 Ifo 5'E~~-Noi-r~¡r:'(';--;::¡, --"j\,jO,,-- -- ----- '- '",,""-,,-,-,,,,''', '' .• ------""' "' ,,- ,' "- ',,- ",,',-,, -,,-- --""-- -- ,.' ---=- . ~ Padrón N° . -- - --.-----. I\~O0000000 Dl:J..lOS DEL INMUEBLE ,,-,- "---, ",' "-----"--T -----------,,- ,,------""-- -- ,-" -- ------"", .' ... . - ..---.. . - ..... ... --- .... DAfOS DEL ¡:-:;'¡F{,OP~E'rA¡:~,¡O "---"-----,,' Distrito Departamento .~. -----.-----.,-..--- .- - --- . -- - ,--",--,,,,, ,- f--------,. . . .. . - .-,. - - .-.-." .. - ..,.. - o •••.•. •• ••• ---- ••• ,., •. - .•••• •• •.• ••• Esquinas (qeoretoroncia) 2. :3, " A. l. 1 "\11 '1 ,-, "1 le::, 1--1') ("J' 1"-' (,' o 11-cit 1 ,,-.j.. ' I! ' t. .. • .1 ••..)\.. \ •. , L u If~í~,n'¡f:)ro FleDE3-ú¿1 1--- .-- -- --------------.-1 -- 1 1 Fecha elE) F1eoistro ¡<~¡~li:rH: ;rode ~'~-r)¿::;téu,cia HEGISTHO DE PRC'¡¡P'iEDi\[)ES "-"--,,,,,-- - - -,,---- ----" Hequisitos para la inscripción: '1) Fotocopia autenticada eJe! c10CUIl18nto de idontkíad del propietario o ocupante del inmueble: en caso eje persona jurídica deberá acornpanar totocopia autenticada cle los Estatutos Soci,]les, ~:.)Fotocopia autenticada del título de propiedad o certificado de ocupación emitido r- - ,,' Ir'!'--)¡:=r:)~- '''\- ',,-¡, -1-- "é " 0:'-""1"'-' Ice "1' tos ,-", ,,-,., j'- .~, ',J--,,-, ! ",:,:,- ""-'1P',/! Ec,f ,Id,", 11, \.:,11 Cd.::>O (J(:, t ro PO,JL.bl u.:;, e ocumon US mcncronac U~J, I \(:-:,,:,0 ucro: I (..le:: t!i!r(é nt.c 11cirio Je [a Indep« 11 I/L'ucia 'Naciona! l 811-- 20 j i" .Iuzqado de 1':':;'Z"l")I"'I~:' lTL!('" ':·'c'rcI('II'·I("~ \/1"" iníormació 1"1 "IIIY'IC>I"I',:, de '1'('>"-'1'1'9(")' (-~ que r~1. . •...~-.e v., . . \...... el '. \ l J '1 ../ el ~, f'.,..I.A . "- el .e \..1 1.. \::>~. I el ( ..t, ••.•', ,.j ••.). "~' \." . •• Iv "', solicitante 1:::5 ocupante efectivo del inrnueble a reqistrar. ¡:)' 1-- .' CJC' -") • " -- t "1' r- .: r r I '-1- r- " ,~" ol r- -- ~', d '::.1 ," -l I ",,' c,." - l'::" .,,.. c:r: j " ,,:el I~,) IIIPUL<:.{.C, 1i111IUJllcHI,) el. ora U constancra te, paqo no 1¡IUno . .11 caso ue qUL e : IY' e,b¡·,'" ,,·,··, ..tenez "1 [':::c·t' --1' . '1 1\/1 . '.', ( "" .. t" ionto) .cnstar .t . ,1.-,mmuenie pertenezca el ....stauo o el vrurucipro asemarruenroi. LUII¿::>dIlCld dI::, (""( ",., '>:', i : :, .• '1"1 ... r .... --l··1 · .. ' .... '('1· d" ',,' ...¡: .... -'j,. d l' ""+'''bl''~'r'~ ","'. 1.-. L::>' ..¡C)r;:·sxonoracron L\'..· paqo ce tmpuesto le, ('\JII ormu ac a u ESicl ecroo 1.::,11 el ,t>Y c.,.' ""j' ¡-'¡ j, •. ,',~, .. e '-o) , ;)01 <. ,J ,¡)Ll,JI.l", el. (j 1,' 1) F{c~Cib()oriqina: de! P3~JOde la tasa correspondiente, r') IVI"'!')'" rl¡" uso C,C"" "-1 .íe 1';:, finca.) ,,' Ct. cJ ,. ::. ,,:, C! (ud l v el I • , A...i. H¡:\ST ~ .... - o Nombres y i\peiliclos . ..... Teléfono ~ .... Dj\TOS DEI,. prr~OPiETt\mo ··--··-·-·· ..--T ..... -- - . -- -- -- . - - - - .... --- Ir --: Lote ¡\ju Finca l\jO .- . F:lc-:tclrón ¡\lo I--:LISl~!t . . .. . 1 , .. . .. . . .. .. .. . . .. . . . ", .. . .. Distrito , '00' , -.,- • ••••• ••• qel~~I:ta n l E .~ 1 'lo .. . . . L .. . ... . . . . ... .. . . .. . Acceso DA lOS DEL iNiVllUEBlE .-- ...-.------- .. .. ------., . -- --------. -- .----- 1---- -------- .. --.. --.- ------- . §~lpe11iei(" tq!!ªI . . . . .. .. .. . . ..~~!~:I.f).,~3..r~U~;.,~~~)?S~ ;;? ~lue . ,' ' . . .. .. . . . .. . . . . .. . ~3~lp(~11i(:iE:;ªé.lpl-O\lechar .. .. ... . .. Tipo cj(~E) '=1Lo lVIedio Alto . A9Lí qºl~l Ganaderl' <:1. . 1 ... 1,,-, --. "1' unas ("J r-- "-''' '-YI: "J re 1-1 --, ¡' ") ):":.~:)'-u ¡el.) \..\..)Ui 1::. t:. - Le., ..... ... .,- ' ..... . -"" . ...- . .... -- . .~ Número de solicitud . ------- - .. Número ele HG~]istro .. . ---"'.--' Fecha (je rieqislro..--- ....--...,.. '.. .---.....--....,,-.... .+ Numero do Constancia I 1 • I LJ ,'.. tI --tu .:ll ' !-, r-. e: )~::>U,·,C ... e.. \ l,ck1, 2.-- 3.--1. HEGiSTRO DE PROP~EDJ\DES- - .. . . . .- .- --..- .. . - .• -.-- . -. --- .. .. DESCRIPCiÓN DE LA PHOP~EDAD Bosque . Cursos de Aqua OtrosCampo f\Jatural Terreno AneDDdo (Bicentenario dl! 111Independencia 'Nacional. 1811- 20.11)} Instituto Forestal Waciona{ ANEXO 2: PLAN DE TRABAJO FOHESTAl EN El MARCO DE LAS FINCAS HASTA CINCUENTA (50) HECTÁREAS. HOJA 2 .~------ .,.. ------~------~.~~ .. ------ . - . . --.-. ~~ .•. --------- .. .. ---- ... -~ . .. . - ..~~-- . .. -, iNVENTARiO FOHESTAl COMERCiAL.-----...--~--~·-----~-·-~-·-·d.--.-.--.--.-------..~--...--.~-.-------.---------..-.-..---.--. f.'J0 . ~?p§ ºl§ . --ºA ~ ~ mL. . .!\I!!:!Eª 9 .L~ ~tu ra 1 .1!-n) . y. o Ium.§.Q. . ---- . -------- . - . - .. -- -. -- .. . . .. . - --~ .. . .~. - . . ----- . . .. -- . . ------- .- . - . . ------- . ---~----- . . - . - . ---- . - . ...---------.-----.----~.-~ ----- ...----+--------1------· · ·---.---.-.-..-. ~-- . .·· ------------------------·~~~I-~~-·· -- · - · ·-------------------·f---·---·----·----------I------~--·----~--. ¡...-:.. · ------------I---· ---·--I------I--------+----~ I----If-----------.---I--.~--- ·----~~~-f ~~----I-------I ~--·---·----~·-·----f~--~-----I-·---------I f-.--- ----·--- 1--------1--------+--------1------. f----·~·I--- ·--------I--------j------If------ .--+--~------. I--~·-~--~~-~--~-----~~II~-------~-~· .- ~ · · -------I·----·-----I-------I-----· -- .---.-.-. L . . ~ . . DAP = Diámetro él la AHuII"adel Pecho Altura e = Altura Comercial Altura T == AlturaTotal . ..,- .. ---- . ---------,--- ..-.'--- . ---~-------- . . -- .. ~-- .. . ------------ .. ~.. .. . -----~.---- . - .. --- .. CUADRO DE VOLUMEN DE ESPECiES A APROVECHAi~ . . . .•. - . .. .. - . . ----- .. ------- . .. - .--~-- . ---- .. --------- ---------- ... . . ROllOS f---------.- . . E~pecie . ~~.~ . . -- .... --- ---- . .... -------- .. - . ------- . . ..- --- .. - . . ---------; . - . --- .. ----~ Volumen LMetros c úbicos reale-=.s.:.L.) 1 . --~ .. ------------------ . - . +---. ------------~-~ . ----- . -----. ----------------------------~-- . ---- .~ ~. . --- -- . ---------- . -~---~---- . ---~~ . ~--~ ~------ . ~~ ~ . ~----- . .-- . -~ ..~. --- . .. ... ----- . ~--~-- . . ---- . I------· ·~---------------I---·------------ · +-------- -~~- · ------ · ·---I ~----- -----~- •.------- I ----------------~ POSTES ------ . ~--- . ------ .- ... ------- . . ~--------~. --- . .. . ~ e c ·le . ~ . I--~--- Cantidad (unida:.::.:d:..L) .. ~~ f.----- ..-------------.----~------- ..--~---- -..-------.--~-----.---.-----.---.----.-.-.-. .--- ....----.---....------------.------.---.--------.-1------- · -- ---- o -~------ . .. .. . .... ..-.--- .... .. --- . . . - . --- ... . .. . --- . ---- . .. ---------------- .- . .-- . -- .. . .. -- . ... .. ... . . . .. . . ~ . . .. . .~ .. .~ ... ~an!Lº ª º-j!o.L . . . ~.--~--I- .~ . --------------~--~-- .. - . - . - . .-LEÑA .---..------.-.---.---.----.- ..--~. .... --- . ------ . -~ .~. ----- . ----------------~------- . CARBON'-----. . . . . L . ~ . .. . . . . . .¡.•••!f;.~:~-:l.~~~ ,,~...~ \~f,t~! ~.~,,-,.,>%\.-:;;" ...••t. d r\9',..."1 <;;e" ..•.; .:'\~ 'V,'; ~ /í'</'~ ..,:¿~".."-"-,. ~'1";J\\¡,¡,..... -'....:¡.• ,;;p:"'~ ~?\\ .1j J:~ if.{~·~.; "~~i~;':\e.;. \~ rr Mrj.~ jf;;!:q¡~\'i,=!';;\; ;:... ~\l . ¡~,r'" \.V··!t· ";;:'1 ~.~. 1- -;"if • tj ~~~; (J3icentenorio elt: (a Independencia 'Nacionai l Rll- 20n)) 1rgstituto (Forestaf 'Nacional------------~~ ANEXO 2: PLAN DE TRABAJO FORESTAL EN EL MARCO DE LAS FINCAS HASTA CINCUENT'A (50) HECTÁREAS: !-'~OJA3. ········--·-·-·--·---c··---------------·-·----- .. ----. ADJUNT ARMAPA QE USO ACTUAL y, MAPA DE USO ALTERNATiVO. Declaro bajo Fe die •.Juramento, que los datos manifestados en este formulario son cie-rtos. Firma técnico forestal responsable: Obs. Declaro bajo fe de Juramento, que los datos manifestados en este formulario corresponden a la realidad y los he constatado personalmente. Firma propie-tario: . .--'-:- Obs. Declaro bajo fe de juramento que respetare el volumen de extracción de productos y subproductos forestales, autorizado y aprobado conforme al presente estudio técnico. Vo. 80. Jefe del Distrito Forestal lnterviniente: