تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين باراغواي

Resolución Nº 156/01 - Autoriza la incineración de las carnes y pieles en descomposición y la donación de las carnes de animales silvestres

صدر في 2001-08-02 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
باراغواي
الموضوعات
Waste and hazardous substances, Wild species and ecosystems
الكلمات المفتاحية
wildlife products, waste disposal, organic waste, waste management

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. RESOLUCIÓN Nº 156 POR LA CUAL SE AUTORIZA LA INCINERACIÓN DE LAS CARNES Y PIELES EN DESCOMPOSICIÓN Y LA DONACIÓN DE LAS CARNES DE ANIMALES SILVESTRES. Asunción, 2 de agosto de 2001 VISTO: La presentación realizada por la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales, de la Secretaría del Ambiente, sobre la factibilidad de donar carnes de animales silvestres (en buen estado) a instituciones de beneficencia y la destrucción (entierro o incineración) de las carnes en descomposición y las pieles, y CONSIDERANDO: Que, la Ley 96/92 “De Vida Silvestre” en su art. 57, segundo párrafo establece: Los animales muertos o que murieron en el transcurso de la operación, serían inhumados o incinerados, labrándose acta, y los productos decomisados serán aprovechados o destruidos según las reglamentaciones respectivas. Que, asimismo el art. 58 del mismo cuerpo legal dispone: Que los productos o derivados decomisados de especies incluidas en el Apéndice 1 de CITES, serán destruidos dejando debida constancia. Que, de conformidad al Art. 18 inc. g) de la Ley 561/00 “Que crea la Secretaria del Ambiente”, es atribución del Secretario Ejecutivo dictar todas las Resoluciones que sean necesarias para la consecución de los fines de la Secretaria, pudiendo establecer los reglamentos internos necesarios para su funcionamiento. POR TANTO, en uso de sus atribuciones EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA SECRETARIA DEL AMBIENTE RESUELVE Art. 1º: Autorízase la incineración de carnes y pieles de animales en descomposición y la donación de carnes de animales silvestres en buen estado a entidades de beneficencia. Art. 2º: Comuníquese a quienes corresponda y cumplida, archívese. EDMUNDO ROLON OSNAGHI Secretario Ejecutivo, Ministro

Resolución Nº 156/01 - Autoriza la incineración de las carnes y pieles en descomposición y la donación de las carnes de animales silvestres · Nelum