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قوانين باراغواي

Decreto Nº 2436 - Por el cual se crea el Sistema de Información Ambiental (SIAM) y se dispone su implementación en el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible

صدر في 2019-08-30 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
باراغواي
الموضوعات
Environment
الكلمات المفتاحية
access-to-information, sustainable development

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  1. It "Sesquicentenario de la Epopeya Nacional 1864 -1870 " PRESIDENCIA de la REPÚBLICA del PARAGUAY MINISTERIO del AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE Decreto N° ole,icY' POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM) Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. Asunción, (30 de de 2019 VISTO: La presentación realizada por el Ministerio del mbiente y Desarrollo Sostenible, a través de la cual solicita la creación del Sistema de Información Ambiental (SIAM) y su implementación en el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numeral 1), de la Constitución Nacional faculta al Presidente de la República a representar al Estado y dirigir la administración general del país. Que de conformidad con el Artículo 4° de la Ley N° 6207/2018, «Que crea el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación y establece su carta orgánica», establece la masificación del gobierno electrónico con el fin de lograr la prestación de servicios eficientes a todos los sectores de la sociedad. Las entidades públicas deberán adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el máximo aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y Comunicación en el desarrollo de sus funciones. Que el Decreto N° 1341, del 20 de febrero de 2019, «Por el cual se aprueba el "Cuarto plan de acción de gobierno abierto de la República del Paraguay", para el periodo 2018-2020», establece entre los compromisos la Rendición de Cuentas e incidencia ciudadana en la acción climática y la Información Ambiental para el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que los principios de Gobierno Abierto constituyen pilares fundamentales de una sociedad justa y democrática, que responden a derechos ciudadanos fundamentales a la participación, a la transparencia y a la rendición de cuentas. Pero, además, son herramientas que puedan contribuir decisivamente en la implementación de políticas públicas más CEXTER/201 9/6080 " Sesquieentenario de la Epopeya Nacional 1864 -1870" PRESIDENCIA de la REPÚBLICA del PARAGUAY MINISTERIO del AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE Decreto N° POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM) Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. 2 efectivas y eficientes y, de esa manera, aportar al logro de los objetivos de desarrollo plasmado en los planes locales e internacionales. Que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible ha dictado la Resolución N° 210, del 14 de noviembre de 2018, «Por la cual se dispone la implementación y la carga digital obligatoria del módulo, Proyectos de Desarrollo del Sistema de Información Ambiental (SIAM) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y se establecen los procedimientos para su aplicación», en la que se pretende brindar mayor agilidad y transparencia en el servicio y comodidad a sus usuarios, quienes podrán remitir los proyectos a ser evaluados en la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales, a través del sitio Web y el Sistema de Información Ambiental (SIAM). Esta nueva herramienta tecnológica, se desarrolla en respuesta al logro de la meta «cero papel» y en sintonía con las nuevas gestiones asumidas por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que el Sector Ambiental es trasversal y abarca todo el desarrollo nacional. La institución responsable de la regulación ambiental es la que debe contar con información oportuna, veraz y transparente para que se adopten mejores decisiones de planificación que ayudarán a proteger el medio ambiente mundial, las mejores decisiones para lograr y mantener los Objetivos Ambientales Globales, serán el resultado de un mejor acceso a los datos e información actuales, así como a nuevos conocimientos. CEXTER/201 9/6080 "Sesquicentenario de la Epopeya Nacional 1864 -1870" PRESIDENCIA de la REPÚBLICA del PARAGUAY MINISTERIO del AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE Decreto N° ,92 POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM) Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. 3 Que esta herramienta integra de manera armoniosa los objetivos de las Leyes N°s 294/1993, «De Evaluación de Impacto Ambiental»; la Ley N° 3239/2007, «De los Recursos Hídricos del Paraguay»; la Ley N° 352/1994, «De Áreas Silvestres Protegidas»; la Ley N° 92/1996, «De Vida Silvestre»; la Ley N° 3556/2008, «De Pesca y Acuicultura» y demás leyes ambientales que son de aplicación del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA: Art. 1°- Créase y dispónese la implementación, funcionamiento y uso del Sistema de Información Ambiental, en adelante SIAM, en el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Art. 2°.- Para efectos de la aplicación e interpretación del presente Decreto, se considerarán las siguientes definiciones: a) Sistema de Información Ambiental (SIAM): es un conjunto integrado de procesos y tecnologías desarrollados como instrumento de recolección, análisis y gestión de la información ambiental para la generación de conocimiento, la participación social, la toma de decisiones y la gestión ambiental orientada al desarrollo sostenible. El Sistema de Información Ambiental (SIAM) fue diseñado con el fin de que la información esté ordenada, sea de calidad, completa y de fácil acceso, de manera a mejorar, agilizar y transparentar los servicios que provee el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), como así también contribuirá al cumplimie 'to de los compromisos 1 C XTER/2019/6080 TER/2019/6080 "Sesquicentenario de la Epopeya Nacional 1864 -1870" PRESIDENCIA de la REPÚBLICA del PARAGUAY MINISTERIO del AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE Decreto N° POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM) Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. 4 asumidos por el país en las Convenciones Internacionales. Es así que los datos generados a través de los procesos internos son reflejados en un visor externo, donde se pueden visualizar en tablas, gráficos y mapas. El Siam contempla un usuario externo que permite realizar los trámites de servicios que tiene la institución, realizar desde el sitio Web del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, y admite hacerlo desde cualquier lugar en que se encuentre el usuario. b) Módulos: son los Subsistemas del SIAM que aglutinan funcionalidades estrechamente correlacionadas entre sí y agrupadas por afinidad. Los módulos aglutinan información relativa a las competencias del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Ley N° 294/1993, «De Evaluación de Impacto Ambiental»; la Ley N° 3239/2007, «De los Recursos Hídricos del Paraguay»; la Ley N° 352/1994, «De Áreas Silvestres Protegidas»; la Ley N° 92/1996, «De Vida Silvestre»; la Ley N° 3556/2008, «De Pesca y Acuicultura» y demás leyes ambientales que son de aplicación del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. c) Proyectos de Desarrollo: Subsistema del SIAM que aglutina funcionalidades relativas a la Evaluación de Impacto Ambiental para identificar, prever y estimar impactos ambientales en toda obra o actividad proyectada o en ejecución para el análisis y evaluación en el marco de la Ley N° 294/1993, «De Evaluación de Impacto Ambiental», y sus decretos reglamentarios. d) Agua: Subsistema del SIAM que aglutina funcionalidades relativas a la gestión de los Recursos Hídricos dentro de los Proyectos de Desarrollo, al registro de la utilización de los Recursos Hídricos y a estadísticas de utilización de los mismos, en el marco de la Ley N° 3239/2007, «De los Recursos Hídricos del Paraguay». "Sesquieentenario de la Epopeya Nacional 1864 -1870" PRESIDENCIA de la REPÚBLICA del PARAGUAY MINISTERIO del AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE ) Decreto N° c,,¿/ 3jo POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL (SIAM) Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. 5 e) Biodiversidad: Subsistema del SIAM que aglutina funcionalidad relativas a las gestiones de las Áreas Silvestres Protegidas, Vida Silvestre y Pesca, en el marco de las leyes: Ley N° 352/1994, «De Áreas Silvestres Protegidas»; la Ley N° 92/1996, «De Vida Silvestre»; y la Ley N° 3556/2008, «De Pesca y Acuicultura». fi Cambio Climático: corresponde al Grupo de Funcionalidades relativas a Cambio Climático. Abarca la definición y configuración de los resúmenes de datos de Gases de Efectos Invernadero por Año, a ser publicados en el Portal público del SIAM Usuarios: son las personas fisicas o jurídicas que realizan gestiones y trámites de servicios en el sitio Web y a través de los módulos del SIAM del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Art. 3°.- Facúltese al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible a implementar y reglamentar los módulos: Agua, Proyectos de Desarrollo, Biodiversidad; Cambio climático y demás que sean necesarios en el marco de las leyes ambientales. Art. 4°.- Facúltese al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible a emitir la reglamentación necesaria para la aplicación del presente Decreto. Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Art. 6°.-. Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial. g) CEXTER/2019/6080

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