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قوانين باراغواي

Decreto Nº 1.739/14 - Por el cual se declara como Área Silvestre Protegida bajo Dominio Privado la reserva denominada “Yguazú”

صدر في 2014-06-04 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
باراغواي
الموضوعات
Wild species and ecosystems
الكلمات المفتاحية
biodiversity, protected area, ecosystem conservation

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  1. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DEL INTERIOR DECRETO N° /1J9. POR EL CUAL SE DECLARA COMO ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA BAJO DOMINIO PRIVADO LA RESERVA NATURAL DENOMINADA "YGUAZÚ". Asunción, i¡ de / j ~ de 2014. VISTO: La Nota SEAM N°1407/2014 del 9 de abril de SdJ4, por la cual solicita se declare como Area Silvestre Protegida la Reserva Natural bqjo Dominio Privado hecha por la Secretaría del Ambiente (SEAM); y · CONSIDERANDO: Que el Artículo 26 de la Ley No 352/94, de Ar~as Silvestres Protegidas, que establece que "La declaración de Area Silvestre Protegida bqjo dominio privado se hará mediante Decreto del Poder Ejecutivo o ley teniendo como requisito previo la fundamentación en una justificación técnica que contenga el diagnóstico general de las características particulares de los recursos biológicos, fisicos y culturales existef1(es en el área y de su importancia para la conservación actual y futura de los ecosistemas, los procesos ecológicos y los recursos naturales". Que por Resolución N° 854/2013, de la Secretaría del Ambiente (SEAM) fue aprobada la Justificación Técnica para la creación de la Reserya Natural bajo dominio privado, denominada "YGUAZU", con lo cual se ha dado cumplimiento al requisito previo para esta declaratoria prevista en la norma legal citada en el Párrafo Anterior. Que la Ley No 1561/2000, Que Crea el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente, en su Artículo 14, Inciso k), establece que la Secretaría del Ambiente (SEAM), adquiere el cprácter de autoridad de aplicación de la ley N° 352194, "De las Are as Silvestres Protegidas", sustituyendo por tanto a la Dirección de Parques Nacionales y Vida Silvestre en tal sentido. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA: Art. r.- Declárese como Area Silvestre Protegid a, por .un periodo de 5 (cinco) años la Reserva Natural denominada "YGUAZU", ubicada en el Departamento de Alto Paraná, propiedad de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), individualizado con Finca N°. 2895, Padrón N° 334; Finca N° 291, Padrón No 333, ubicados en el Distrito de Francisco Solano López ex Yhú, ~rtamento de Caaguazú y con la Finca N° 4162, con Padrón N° 7997, del ~ l! isflyo de Hernandarias, Departamento de Alto Paraná, inscripta en el Reg1stro de la propiedad de acuerdp al polígono siguiente: No -----1 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DEL INTERIOR DECRETO N° /l.Ef POR EL CUAL SE DECLARA COMO ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA BAJO DOMINIO PRIVADO LA RESERVA NATURAL DENOMINADA "YGUAZÚ". LINEA 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6'-1 2 FRANCCIÓN 1: Finca NO. 2.895, Padrón N° 334 Rumbo Distancia S- 7JD35 '36 "-E 367,33 m S-46°33'00"-E 805,86m. N-71°42'00"-E 336,10m. S-21°45'32"-W 1619,29m. N-34°21 '08"-W 1624,15 m. N-21°30'27"-E 784,69m. TOTAL 154 has. 5565 m 2• 3115 cm2• GEORREFERENCIAS EN UTM N- 7.194.007.00; E- 703.449,00 N- 7.193.897,00; E- 703.800,00 La superficie del polígono así descripto y delineado es de 154 Has., 5565 m2, 3115 cm2 (Ciento cincuenta y cuatro hectáreas, cinco mil quinientos sesenta y cinco metros cuadrados, tres ciento quincé centímetros cuadrados): FRACCIÓN JI Finca N°. 291, Padrón N° 333 LINEA Rumbo Distancia 4-A N- 71°42'00"-E 70,84 m A-B S- 46°33'00"-E 165,69 m. B-C S- 43°27'00"- W 40,00m. C-D S -18°36'38"- W 1764,11 m. D-5 N- 34°21 '08"- W 349,69m. 5-4 N- 21°45'32"-E 1619,29m. TOTAL 65 has. ·6213 m 2• 3081 cm2• ~erficie del polígono así descripto y delineado, es de 65 has, 6213 m2, < ~.~~~wrcm2 (sesenta y cinco hectáreas, seis mil doscientos trece metros cuadrados, trescientos ochenta y un centímetros cuadrados). /~ PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DEL INTERIOR DECRETO N° /t3CJ· ~ POR EL CUAL SE DECLARA COMO ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA BAJO DOMINIO PRIVADO LA RESERVA NATURAL DENOMINADA "YGUAZÚ". LINEA 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-1 2 FRANCC/ÓN 1: Finca N°. 2.895, Padrón NO 334 Rumbo Distancia S- 72°35'36"-E 367,33 m S-46° 33 '00 "-E 805,86m. N-71°42'00"-E 336,10m. S-21°45'32"-W 1619,29m. N-34°21 '08"-W 1624,15 m. N-21°30'27"-E 784,69 m. TOTAL 154 has. 5565 m 2• 3115 cm2• GEORREFERENCIAS EN UTM N- 7.194.007.00; E- 703.449,00 N- 7.193.897,00; E- 703.800,00 La superficie del polígono así descripto y delineado es de 154 Has., 5565 m2, 3115 cm2 (Ciento cincuenta y cuatro hectáreas, cinco mil quinientos sesenta y cinco metros cuadrados, tres ciento quince centímetros cuadrados): FRACCIÓN JI Finca N°. 291, Padrón N° 333 LINEA Rumbo Distancia 4-A N- 71°42'00"-E 70,84 m A-B S- 46°33 '00"- E 165,69 m. B-C S- 43°27'00"- W 40,00m. C-D S -18°36'38"- W 1764,11 m. D-5 N- 34°21 '08"- W 349,69m. 5-4 N- 21°45'32"-E 1619,29m. TOTAL 65 has. ·6213 m 2• 3081 cm2• La superficie del polígono así descripto y delineado, es de 65 has, 6213 m2, ~ cm2 (sesenta y cinco hectáreas, seis mil doscientos trece metros ~ cuadrados, trescientos ochenta y un centímetros cuadrados). /w. 1 :---:--. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DEL INTERIOR DECRETO N° Jf39· POR EL CUAL SE DECLARA COMO ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA BAJO DOMINIO PRIVADO LA RESERVA NATURAL DENOMINADA "YGUAZÚ". 3 GEORREFERENCIAS EN UTM N- 7.193.462,00; E- 704.746,00 N- 7.193.348,00; E- 704.866,00 FRACCIÓN 111 FINCA N°4.162, PADRON N° 7.997 LINEA RUMBO DISTANCIA JJ-J4 S- 31°42'00"- 1042.51 w J4-J5 S- 29°38 '00 "- 733.54 w J5-J6 N- 25°46'50"- 890.97 w J6-J7 N- 50°38'55"- 935.91 w J7-J8 N- 07°14'10"- 544.05 w J8-J9 N- 2r59'I5"- 742.83. w J9-JJO N- 80°01 '45"- 199,99 w Jll -J12 N -10°43'10"-W 798.54 J12-JJ3 N- 39°19'40"-W 722.92 J13-JJ4 N- 36°53'55"-W 780.86 Jl4-J15 N- 34°31'00"-W 264.98 Jl5-JJ6 N- 80°19'30"-E 313.89 J16-JJ7 N -14°55'15"-E 845.31 J17-J18 N- JI 024'15"-W 664.02 J18-JJ9 N- 50°52'55"-E 250.22 J19-J20 N- 46°28'15"-E 357.49 J20-J21 S- 65°51 '15"-E 164.62 J21-J22 S- 39°00 '30 "- 671.44 w J22-J23 S-42°32'25"- 164.62 w J23-J24 N- 68°08'10"- 329.35 E ' PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DEL INTERIOR DECRETO N° /'139, POR EL CUAL SE DECLARA COMO ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA BAJO DOMINIO PRIVADO LA RESERVA NATURAL DENOMINADA "YGUAZÚ': 4 J24-J25 S-36°38'05"-E 2138.38 J25-P14 S -10°11 '55"- 1786.14 w PJ4-J1 S-10°03'25"- 2140.51 w Tota/1.165 has. 2.017 m 2• 8.371cm:Z. Superficie de Reserva Natural de la Finca N°. 4.162, Pf!drón N° 7.997 del Distrito de Hernandarias (hoy Distrito de Yguazú), Departamento de Alto Paraná: 1565 has. 2017m2 28371 cml. (Mil quinientos sesenta y cinco hectáreas, dos diecisiete metros cuadrados, vientiocho mil trescientos setenta y un centímetros cuadrados). Georreferencias UTM X- 706.682,15 Y 7.186.881,97. X- 705.926,70 Y 7.185.699,40. Art. 20.- Ordénase la inscripción de la presente Declaratoria en la Dirección General de los Registros Públicos, para lo cual se pondrá nota de la misma sobre la inscripción de /afinca descripta en el Artículo JO del presente Decreto. Art. 30.- Concédese los beneficjos previstos en los Artículos 55, 56 y 57 de la ley No 352194, "De las Areas Silvestres Protegidas", en forma prevista en el Artículo 30 de la misma. Art. 40.- El propietario de,berá en un plazo no mayor de seis (6) meses presentar el Plan de Manejo del Area, así como un plano del área donde se indique los puntos que cierran sus límites. · Art. 50.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Interior. Victor Carmona DDL

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