تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين بورتوريكو

Ley Núm. 39 - Para prohibir la interrupción de los servicios de electricidad y agua potable, a todos los clientes, durante la vigencia de la OE-2020-023

صدر في 2020-04-09 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
قانون
الدولة
بورتوريكو
الموضوعات
Energy, Water, General
الكلمات المفتاحية
coronavirus disease (COVID-19), water supply, sewerage, taxes, water charges, consumer protection, business/industry/corporations, fees/royalties, energy conservation/energy production
الفئات
*

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. Artículo 1.- Se prohíbe la interrupción de los servicios de electricidad y agua potable, durante la emergencia de la OE-2020-023, la cual viabiliza los cierres necesarios gubernamentales y privados para combatir los efectos del Coronavirus (COVID-19) y controlar el riesgo de contagio en Puerto Rico; establecer que esta prohibición permanecerá por el periodo de hasta dos ciclos de facturación, luego de culminada la emergencia. Esta Ley aplicará a cualquier extensión del período de emergencia decretado por la Gobernadora, para combatir los efectos del Coronavirus (COVID-19).

  2. Artículo 2.- Esta Ley aplica a los clientes residenciales y comerciales de la Autoridad de Energía Eléctrica y de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados.

  3. Artículo 3.- La entidad que incumpla con esta Ley incurrirá en infracción que conllevará el pago de una multa de hasta cinco mil dólares ($5,000). Las querellas por el incumplimiento de esta Ley deberán presentarse ante la agencia reguladora del correspondiente servicio.

  4. Artículo 4.- Aunque no podrán interrumpir los servicios a los clientes, la Autoridad de Energía Eléctrica y la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados podrán continuar facturando sus servicios, de manera usual, durante el período dispuesto en esta Ley

  5. Artículo 5.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

Ley Núm. 39 - Para prohibir la interrupción de los servicios de electricidad y agua potable, a todos los clientes, durante la vigencia de la OE-2020-023 · Nelum