Resolución Nº 671/11/DCG - Instrucciones complementarias para la determinación de la Línea de más Alta Marea (LAM)
صدر في 2011-07-08 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Sea
- الكلمات المفتاحية
- maritime zone, coastal zone management, navigation, continental shelf, high seas, sovereignty, maritime boundaries
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Que, er eetecc Peruanc forma parte del convene lnternacional para prevenir la Contaminaci6n por los Buques , 1973, ratificado mediante Decreta Ley N° 22703 del 25 septiembre 1979. asimisrno a traves del Decreta Ley N° 22954 del 26 marzo 1980. sa ratific6 eJ Protocolo de 1978 relative al Convenio anteriormente senaraoo. reccnccenccseie por ese motive como Conven io Intemaconal para orevemr la contaminaci6n por los Buques 1973. modificado per el Protocolo de 1978 MARPOL 73/78; Que , et Anexo I del MARPOL 73178 establece las prescripciones que deberan cumpfir los Buques Petroreros para cooter con Doble Casco con ra finalidad de reduct la probab ilidad de derrames de hidroc arburos como producto de aborda jes , siendo consecuencia de la oeceec ec de apticar las rerenoasReqlas. establecer las oisposlciones pertinen tes para normar las extensiones de la vida util de los Buques Petroleros 0 las exencicnes del cumpl imiento de esas Regtas, en los casos en que resurteaplicable: Para cumplir los efectos de la apl icaci6n de la Regia 20 del MARPOL73f78.la OrqamzaconMaritima Intemaco nal (OMI). por Resclocic n MEPC 94(46) de 27 de abril de 2001, enmendada por la Resolucon MEPC,155(55) de recna 13 de octubre de 2006 . adopt6 er Plan de Evaluaci6n del Estado del Buque (CAS), aplicable a los buques petroleros, con fa fina lidad de complementar las prescrpciones del Anexo "B" de re Resocccn A.744 (18), Directrices sobre el program a mejorado de inspecciones durante los reccnccmentcs de graneleros 'I petro leros. Que , mediante Resoiucon Directcrat N° 0862-2009/ DCG de techa 20 de agosto de 2009 , se aprobaron las normas para implementar las disposiciones referidas at Doble Casco que eetemece er Anexo I del MARPOL 73f78 ; Que , mediante Resoluci6n Directoral NO 018Q.20111 DCG de fecha 11 de marzo de 2011, se aprcba ron las normas referidas a la exigencia de contar con doble casco por parte de los buques de bandera nacional 0 ext raruera. sean nuevos 0 existentes 'I que transporten . annacenen 0 produzcan hidrocarburos a granel en el dominic maritimo 'I aguas interiores que se encuen tren entre los 150 DWT a menos de 5,000 DWT; Que , mediante Resotuci6n Directoral N° 63Q.20111 DCG de fecha 15 de junio de 2011, se aprobaron las normas rerenoas a la exigencia de contar con cooe casco por parte de los buques de bandera nacional 0 extranjera , sean nuevos 0 existente s 'I que transporten. almacenen o prcduzcan hklrocarburos a granel en el commie fluvial ylacustre: Que , es necesario establecer los procedimientos de cetene para ra emision 'I vigencia de los cernnceccs correspond ientes al Plan de Evaluaci6n del Estado del Buque CAS a ser otorgado per la Direcci6n del Medio Ambiente de ra Dtrecccn Gene ral de cecneotes 'I Guardacostas ; De conformidad con 10 propuesto por el Jefe del Departamento de Proteccon del Medio Ambente, a 10 opinado por el Director de Asun tos Internacionales, Planeamiento 'I Normativa, Director de Control de Actividades Accauces. Director del Medio Ambien te 'I 10 recomendado por el Director Ejecutivo de la Direcci6n General de Capitanias 'I Guardacostas; SE RESUELVE: 1.Aprobar los Procedimientos para dar cumplimiento al Plan de Evaluaci6n del Estado del Buque (CAS), que como Anexo 1 forma parte de la presen te Resoluci6n Directoral , como parte del Programa Mejorado de Inspecciones durante los reconocim ientos de petroleros, adoptado por la Organizaci6n Mar itima Internacional (OMI). 2, Mediante las inspecciones dura nte los reconoc imientos se verificara que: a.- EI estado estructural de lOS petroleros de casco sencilio sea aceptable. b.- Mantenga esa cond ici6n en los reconocimientos peri6d icos subs iguientes. C.- EI armador del buque Ileve a cabo un programa de manlenimien to eflcaz. d.- l as condiciones antes indicadas se mantengan por et periodo de explotaci6n prolongado que se indique en la Declaraci6n de Cumpl imiento que como Anexo 2 forma parte de la presente Resoluci6n Directoral , 8 3, Pcbhcar en et Portal Electrcmco de ta Autoridad Maritima Nac onal http://www dicapi mit pe erAnexo (1) 'I (2) de la presente Resoluci6n Directoral , en la fecha de su publicacion cncet 2. La presente Resclucion Directoral entrara en vigencia al d ia siguien le de su publicaci6n oficial. Registrese 'I comcntquese como Documento Oflcial Publico {D,OP}, CARLOS TEJADA MERA Director General de Capitanias 'I Guardacostas 688307-4 Establecen instrucciones complementarlas para la determinacion d e la Linea de mas Alta M area (LAM) RESOLUCI6N OIRECTORAL N° 0671-2011fDCG 8 de julio de 2011 vtsto . las Resoluciones Directorales selialadas en er anexo de la presente Resoluci6n Directoral, a traves de las cuales se aprob6 Ia linea de mas alta marea de diferentes playas dellitoral peruano. CONSIDERANDO ' Que. mediante las Resoluciones Directorales senataoas en er visto. esta Autoridad Maritima Nac cnat aprob6 CATORCE (14) Iineas de mas alta marea de dife rentes playas dellitoral peruano : Que, la aprobacco de las lineas de mas alta marea fueron efectuadas conlorme et articulo 4.1 del Capi tulo IV de las Normas Tecmcas Hidroqratica HIDRONAV-5130. "mstruccrones tecmcas para la determinaci6n del lfmite de Ia franja no menor de CINCUENTA (50) metros de ancho para lela a la LAM"; Que , las normas tecnicas precisadas en er car-ere anterior, indican que una vez deter minada la linea de mas alta marea 'I el lim ite de Ia franja parale la no menor de CINCUENTA (50) metros, esa tend ra caracter definitive. aunque fa geomorfologia del lugar sulra variaciones con el franscursc del tempo, debido a los carreios estaconares requlares que producen ra sedimentacicn 'I erosion ciclica anual de las playas, as! como par los erectos ocas tonaoos per fenomencs naturales '110 por acti vidades antrcoicas: Que, en el articu lo 4.2 de las Normas 'recmcas creceeoes en er parra fo preceden ts . se estabrece que ta Direcci6n de Hklrog rafia 'I Naveqaco n es er ente tecnicc y de servicic oficial del Estado que definira . previa proceso de evaluaci6n . er establecstuento de la linea de mas alta marea y et limite de ta franja paralela no menor de CINCUENTA (50) metros , para 10 cual se crcnunciara tecnica 'I delinitivamente al respecto ; Que . al pronunciamiento tecnico y definitivo que alactlie la Direcci6n de Hidrografia 'I Navegacl6n sobre la determinaci6n de la linea de mas alta ma rea y el lim ite de la franj a paralela no menor de CINCUEN TA (50) metros sera luego del proceso de eva tuaci6n correspondienle que se efectlie sobre los documenlos, pianos e informes tecnicos que presente el promotor de un proyecto que presumiblemente se encuentre en la jurisdicci6n de la Autoridad Maritima Nacional. correspondiendole a esta liltima comunicar el pronunciamiento tecnico 'I de fln itivo al que se ltegue luego del proceso de evaluaci6n; Que. esta Autoridad Maritima Nacional ha certificado, mediante la expedici6n de la Resoluci6n Directoral correspondiente. la aprobaci6n de CATORCE (14) Ilneas de mas atta marea en diferentes playas del litoral peruano ; Que. resutla necesario establecer que en las Resoluciones Directorales que aprobaron las CATORCE (14) Iineas de mas atla marea en dilerentes playas del litoral peruano . se precise que no seran utilizadas como medios de referencia jurisdiccionaJ0 territor ial por promotores de proyecto que pretendan desarroJiarse en areas contiguas . asi como tamblen debera precisa rse que REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL toea aprobaci6n de las nneas de mas alta mare a que se reaucen seran inalterables a pesar de las verracooes morfol6gicas generadas par acci6n de la naturaleza 0 ennccces. De conrcrmoao con 10 propuesto per el Jete del Departame nto de Riberas y Z6calo Continental, a 10 recomend ado por el Director del Medio Ambiente y a 10 opinado por el Director Ejecu tivo de la txrecccn General de Capitanias y Guardacostas: SE RESUELVE: 1," Establecer las instrucciones complementarias para la determinaei6n de la linea de mas Ana Marea (tAM): a) Las unees de mas alta ma rea aprobadas en las ResoluCiOnes Directorales sellaladas en er anexc de la presente Resoluci6n Dlfect oral no seran ulil izadas como medio de rererenca lurisd iccional 0 lemloria l para proyectos que se ceserroaen en areas contig uas , debiendo los promotores de los proyectos seeeter su propia certlficaci6n, b) En los casos que la geomorfo log ia cc stera surra variaciones ong mando la apa rici6n de extensas areas de playa po r ereetcs del proceso de sedime ntaCiOn, prevalecera ta Linea de mas Alta Ma rea (LAM ) aprobada c) En los cases que la geomorfolog ia coste ra sufra variaciones origmando la perdid a de areas de play a par el proceso de erosiOn, los afectados (prediOS ya estaceoccs frenle a la zona de erosiOn), asr como los interesados en reanzarnuevos proyedOSen Ia jurisd Kx:i6n de Ia Direcci6n General de Cap itan las y c oereacestes. ceoeran repla ntear y elabora r, resceceverreote. los correspcodentes eshJdiOS de Ia linea de mas Alta Ma rea (LAM). d) La aprobaci6n de Ia linea de mas alta mare a otorgada al promotor de un proyedo sera ina lterable, aun per las va riaciones morfol6glcaS cenereees en ta zona. sean esas por acconde la naturaleza 0 eonocces. salvo en los procesos de erosiOn indiCados en el pfIrrafo anterior, e) La LAM y ellimite de la franJa de c nceenta metros de ancnc paralela a ta LAM , debidamente aprobada con Resoluci6n Directoral per ta Aut oridad Mar itima (DlCAPI), te re ceracter definitivo, aunque ta geomorfolog ia del lugar sufra vartacones con et transcurso del l iempe debido a los camb ios estac cna'es regulares (verano, inviemo) que producen la sedimentaci6n y erosi6n crcuca anual de las playas, asi como , per los efectos ocasionados per fen6me nos naturales (bravezas de mar o eventos oceanograficos irregulares no periOdicos) y/o por activid ades humanas . t) Las inslrucciones indicadas en la publicaCi6n HIDRONAV-5130, Instrucciones Tecnicas para la determinaci6n del limi te de la franja no me nor de cincuenta (50) metros de ancho paralela a la LAM, contr ibuyen al cumplimienlo de las normas legales vigen tes . y serviran com o guia para efectuar dicho trabajo. g) No debe exisliren un mismo sectorde playa, mas de un trabajo de delimitad6n de LAM, prevalecera la primera efectuada y aprobada por laAuloridad Marit ima, asi como , no se podrtl realizar !a prolong aci6n de delimitaCiones hisl6ricas, es deCir, no podr tl emplearse para proyectos en areas contigu as, ni lampoco se permitirtl una delimi taci6n que Iraspase la zona del proyecto h) En caso de diferendo, la DirecciOn de Hidrograf ia y Navegad 6n, como ente tecnico y de servicio oficial del Eslado, teniendo en cuenta todos los antecedentes, documenlos relevan les que dispanga, induyendo el replanteo en campo y gabinele, sa pronunCiarti tealica y definltlVamenle al respecto, 2.- Publicar en el Portal Eled r6nico de la AUlorid ad Maritima Nacional htlD 'IJwww dicapj mil pe el anexo de la presente Resoluci6n Directoral, en la misma fecha de su publicaci6n oficia1. Registresa y comu niquese como Oocumenlo Oficia l Publico (O O. P.). CARLOS TEJADA MERA Director General de CapJlanias y Guardacoslas 688307-5 9 ECONOl\llA Y FINANZAS Oficializan la "III Convenci6n Nacional de Infomuitica Contable • INFOCONT PUND 2011" RESOLU CION DIRECTORAL NO 013-2011-EF/51.01 lima. 6 de seterrcre de 2011 veto. La Carta NO 024-20 11JJOCCPP-P/S de Ia Junta de Decanos de Colegios de c eotaecree PUblicos del Peru. CO NSIDERANOO: Que, media nte el cccorente de vista. el Presidenle de La Junta de Decanos de Colegios de Conladores Publicos del Peru . soliCita Ia oficial izaci6n de Ia "III CONVENCION NACIONAL DE INFORMATICACONTABLE - INFOCONT PUNO 2011"; acredrlado co n carta N0031·2 011/JOCCPP PIS ta aproba Ci6n del ind icado eventc con Ada de Asamblea y Tema rio corresccodeore Que. par Resolu ci6n Ministerial NO 239-2OQ5.EF/10 se na delegado en el Conlador Gene ral de La Naci6n, la lacultad de ecrcoar los Estatutcs de los Colegios de Contadores PUblicos 'I oficia lizar semi naries, congreses, curses y otros reLaoonados con Ia Conlabilid ad que organicen la Junta de Decanos de Coleg ios de Contado res Publccs del Peru y sus Colegios de c oetaoores PUblicos Departamentaes: y En uso de las taconeoes conferidas par La Resoluci6n Ministerial NO 239-2005-EFf10; SE RESUELVE : A rt iculo Unico.· Oficia lizar ta "Il l CONVENCIQN NACIONAL DE INFORMA TICA CONTABLE - INFOCONT PUNO 20 11", a rea lizarse en la ciudad de Puno, los eras 03 ,04 y 05 del mas de noviembre del 2011, organizado par erColeg io de Contadores Publicos de Puno Registrese, comu niquese y publ iquesa. OSCAR A. PAJUELO RAMiREZ Director General mrecccn General de Contabilidad Publica 6887 51·1 TRANSPORTES Y COl\lUNICACIONES Renuevan autorizaciones otorgadas a personas juridicas para prestar servicio de radiodifusi6n sonora comerci al en FM en localidades de los departamentos de La Libertad. Ancash. Piura y Huancavelica RESOLUCION VICEMINISTERIAL NO 849·2011-MTCf03 Lima, 24 de agoslo de 2011 VlSTO, el escnto de teglStro NO 20 10.051781 , presentaclo par la EMPRESA RAOIODIFUSORA COM ERCIAL DELTA 2000 S R L , sabre renovaci6n de su aulorizaciOn para la prestaci6n de l sarv icio de radiodifusi6n sonora come rCial en Frecuencia Modulada (FM ) en el diStrito y prov incia de Trujillo, departamento de La Liberta<t: CO NSIDERANOO: Que , med ianle Resoluci6n Vice ministenal NO 596 2OO2-MTCl15.03, del 10 de setlBmbre de 2002 , sa olorg6 REAL TIME EIRL