Resolución Nº 593/98/PE - Disposiciones relativas al otorgamiento de permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras artesanales
صدر في 1998-12-14 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- marine fisheries, fishing vessel, artisanal fisheries, fishing authorization, fishery management and conservation, authorization/permit
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Lima, manes 15 de diciernbre de 1998 pag. 167253 , Dictan disposiciones relativas al otorgamiento de permisos de pesca para operar embarcaciones pesque ras artesanales RESOLUCION MINISTERIAL N" 593-98-PE Lima, 14 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2°del Decreto Ley N"25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Naci6n los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdic cionales del Peru y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotaci6n racional de dichos recursos; Que el Articulo 4° de la precitada Ley establece que el Estado presta el apoyo necesario para el desarrollo de la actividad pesquera artesanal y conforme al Articulo 69°de su Reglamento, promueve su desarrollo en las fases de extracci6n,procesamiento y comercializaci6n; i Que el Articulo 44°de dicha Ley establece que el pernriso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras; Que mediante Resoluci6n Ministerial N"810-97-PE del 17 de diciembre de 1997, prorrogada en su vigencia por las Resoluciones Ministeriales N"s. 313-98-PE y 460-98-PE hasta el31 de diciembrede 1998, se amplio los alcances de los permisos de pesca otorgados a armadores pesqueros artesanales para operar sus embarcaciones en la extracci6n de todas las especies hidrobiologicas que sean destinadas al consumo humane directo; Que siendo la actividad pesquera artesanal de singular importancia por su significativa contribuci6n al abasteci miento de productos hidrobiol6gicos para el consumo huma no directo, asi comogeneradora de mana de obra y bienestar socioecon6mico para las zonas de influencia, se considera necesario, con el fin de promover y contribuir a consolidar el desarrollo de esta pesqueria,dictar como medida general y de caracter permanente, la disposici6n de ampliar los alcances de los permisos de pesca otorgados a armadores pesqueros artesanales para operar sus embarcaciones en la extracci6n de todas las especies hidrobiol6gicas que sean destinadas al consumo humane directo;" De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley N" 25977, Ley General de Pesca y de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 01-94-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1°. Loll'permisos de pesca para operar embar caciones pesqueras artesanales seran otorgados para la extracci6n de todas las especies hidrobiologicas, siempre que sean destinadas al consumo humane directo. Los permisos de pesca para operar embarcaciones arte sanales que actualmente se encuentren vigentes, automa ticamente ampliaran su alcance para la extracci6n de todas las especies hidrobiologicas, siempre que sean destinadas al consumo humane directo. Articulo 2°. La Direcci6n General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Direcci6n Na cional de Extraccion y las Direcciones Regionales de Pes queria, dentro del ambito juriediccional de sus respectivas competencias, velaran por el estricto cumplimiento de 10 dispuesto en la presente Resoluci6n Ministerial. ,Registrese, comuniquese y publfquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesqueria 14699