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قوانين بيرو

Resolución Nº 533-2012-MEM ─ Aplicación a niveles socioeconómicos C, D y E de la promoción por la conexión de consumidores residenciales

صدر في 2012-12-13 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
energy conservation/energy production, natural gas, contracts, subsidy/incentive, internal trade, transport/storage
الفئات
energy

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  1. Normas 48115733 El Peruano Legales del 18.12.2012 Lima, martes 18 de diciembre de 2012 NORMAS LEGALES 26221, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042- ENERGIA Y MINAS 2005-EM, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y las atribuciones previstas en Disponen la aplicación a niveles los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución socioeconómicos C, D y E de la Política del Perú; promoción por la conexión de SE RESUELVE: consumidores residenciales, a efectos de lograr el mayor impacto social en la Artículo 1º.- Disponer la aplicación a los niveles masificación del Gas Natural socioeconómicos C, D y E, de la promoción por la conexión de consumidores residenciales, a efectos de lograr el RESOLUCIÓN MINISTERIAL mayor impacto social en la masificación del Gas Natural, Nº 533-2012-MEM/DM en las zonas donde existan Concesiones de Distribución de Gas Natural en el país. Lima, 13 de diciembre de 2012 Artículo 2º.- El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, conforme a lo CONSIDERANDO: establecido en el artículo 112a del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red Que, mediante el Decreto Supremo Nº 040-2008- de Ductos aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- EM, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento EM, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2012-EM, de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, que establecerá la normativa correspondiente, a efectos de norma, entre otros aspectos, lo referente a la prestación ser aplicada en la evaluación y aprobación de los planes del Servicio Público de Distribución de Gas natural por de conexiones residenciales a beneficiarse con los gastos Red de Ductos, incluyendo los procedimientos para fijar de la promoción, propuestos por el concesionario. tarifas, los supuestos de reajuste tarifario, normas de seguridad y normas vinculadas con la fiscalización; Regístrese, comuníquese y publíquese. Que, el artículo 112a del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de JORGE MERINO TAFUR Ductos aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- Ministro de Energía y Minas EM, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2012-EM, establece, entre otros aspectos, que la promoción por 879214-1 la conexión de consumidores residenciales se aplicará a determinadas zonas geográficas, ubicadas en la Otorgan autorización a favor de Eco concesión, o para determinados niveles socio económicos, según lo establezca el Ministerio de Energía y Minas Energy S.A.C. para desarrollar la mediante Resolución Ministerial; actividad de exploración de recursos Que, considerando que la proyección de clientes beneficiarios con gastos de promoción ha superado las geotérmicos en zona denominada estimaciones y autorizaciones iniciales, producto de un Pinaya VI, ubicada en el departamento acelerado avance de la demanda; resulta necesario de Puno complementar la regulación de manera que se continúe propiciando el desarrollo integral (redes y conexiones con RESOLUCIÓN Nº 249-2012-EM/DGE instalaciones internas) de esta actividad, beneficiando a los consumidores residenciales con la referida promoción, a Lima, 3 de diciembre de 2012 efectos de masificar el uso del Gas Natural en dicho Sector; Que, en ese sentido, resulta conveniente determinar las VISTOS: El Expediente Nº 12268010, organizado zonas geográficas o niveles socioeconómicos que podrán por Eco Energy S.A.C., persona jurídica inscrita en la ser beneficiadas con los descuentos por promoción; Partida Nº 12286852 del Registro de Personas Jurídicas Que, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Oficina Registral de Lima, sobre la solicitud de de Organización y Funciones del Instituto Nacional de otorgamiento de autorización para realizar la actividad Estadística e Informática – INEI, aprobado por Decreto de exploración de recursos geotérmicos en la zona Supremo N° 043-2001-PCM, dicha institución es el denominada Pinaya VI; órgano rector que regula, coordina y realiza actividades de estadística básica y derivada, así como el análisis CONSIDERANDO: de la estadística oficial. Asimismo, formula y evalúa la política nacional de informática y regula las actividades de Que, mediante documento con registro Nº 2051986 de informática en el Sector Público; fecha 15 de Diciembre de 2010, Eco Energy S.A.C. solicitó Que, en esa medida, se deberá tener en cuenta los autorización para desarrollar la actividad de exploración enfoques, indicadores y metodologías puestas a disposición de recursos geotérmicos en la zona denominada Pinaya por el INEI, con la finalidad de poder determinar quiénes VI, ubicada en el distrito de Santa Lucía, provincia de serán beneficiados con los descuentos por promoción a Lampa, departamento de Puno, cuyas coordenadas UTM los que se hace referencia en el Texto Único Ordenado del (PSAD56) figuran en los Expedientes; Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Que, la petición se ampara en las disposiciones Ductos aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, contenidas en los artículos 2 y 13 de la Ley Nº 26848, Ley modificado por Decreto Supremo Nº 009-2012-EM; Orgánica de Recursos Geotérmicos, y en los artículos 7 y Que, asimismo, el numeral 18.3 del artículo 18 de la 12 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo norma “Procedimiento para la Elaboración de los Estudios Nº 019-2010-EM, habiendo cumplido con los requisitos Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribución de legales de presentación; Gas Natural”, aprobada mediante Resolución de Consejo Que, la peticionaria ha presentado la Declaración Directivo OSINERGMIN Nº 659-2008-OS-CD, modificada Jurada a través de la cual se compromete a elaborar un por Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN Estudio Ambiental, aprobado por la Dirección General de Nº 199-2012-OS/CD, establece que en los casos que Asuntos Ambientales Energéticos, antes del inicio de los el concesionario solicite la aprobación de un Plan de trabajos de exploración, de acuerdo a lo establecido en Promoción, deberá realizar un estudio de mercado de las el numeral 12.6 del artículo 12 del Reglamento de la Ley zonas geográficas donde se aplicará el citado plan para Orgánica de Recursos Geotérmicos; determinar el número de consumidores potenciales que Que, Eco Energy S.A.C. ha cumplido con efectuar el accederían al Plan de Promoción; pago correspondiente al Derecho de Vigencia, conforme De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único a lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de la Ley Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Ley Nº Orgánica de Recursos Geotérmicos;

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