Resolución Nº 511/08/AG - Lineamientos para la formulación y ejecución de proyectos de inversión pública en el sector agrario
صدر في 2008-06-23 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- agricultural development, financial agricultural measures, policy/planning, credit, legal proceedings/administrative proceedings
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1/:1 PcrUOllO Sistema Peruano de Informacion .luridica AGRICULTURA Establecen Iineamientos de politica para la formulaclon y ejecuci6n de proyectos de inversion publica en et sector RESOLUCION MINISTERIAL N° 0511·2008·AG Lima, 23 de junio de 2008 VISTO: EI Oficio 1256-200B-AG-OGPA-DG. del Director General de la Oficina General de Planificaci6n Agraria del Ministerio de Agricultura mediante el cual solicita establecer lineamientos para la formulaci6n y ejecuci6n de proyectos de inversion en el Sector Agrario: y, CONSIDERANDO Que, mediante la Ley 27293 58 cre6 el Sistema Nacional de Inversion Publica con la finalidad de optimizar e! usa de los recursos publicos deetlnados a ta inversion; Que, la fase de preinversi6n de los proyectos de inversi6n publica comprende obliqatoriamente ta formufaclon de perfil y, en funcion a! monte de inversion y ta evaluacion tecntca correspondiente. la elaboraci6n de los estudios de prefactibilidad y de factibilidad, de manera que cada estudio mejore la calidad de la informacion proveniente del estudio anterior a fin de reducir el riesgo en la decision de inversion: Que, a fin de reducir el ciclo de la preinversi6n y actuar de manera Inmediata. las entidades publicae del sector agrario han venido ejecutando proyectos de inversi6n publica que en la mayoria de los casos obtuvieron viabilidad s610 con el estudio a nivel de perfil, qenerandoee asi una gran cantidad de proyectos que por su reducida escala no han generado impactos considerables en la calidad de vida de los beneficiarios: Que, la situaci6n de baja efectividad de la inversi6n publica en el Sector se agrava porque edemas ha venido ejecutandose de manera desarticulada con las politicas sectoriales. diluyendose el sentido de la intervenci6n del Estado sin lograr los resultados esperados: Que, en el marco de la normatividad del sistema nacional de inversi6n publica, es necesario establecer lineamientos de politica para la inversi6n publica en el sector agrario, que comprenda a las entidades adscritas al Ministerio de Agricultura; De conformidad con la Ley 29158, Ley Orqanica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo 997, Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Agricultura: SE RESUELVE: Articulo 1.- Objeto La presente norma tlene por objeto establecer lineamientos de politica para la formulacton y ejecuci6n de proyectos de inversion publica en el sector agrario, con el objeto lograr que la composici6n de la inversion publica refleje las prioridades establecidas en la politica sectorial, opttmlzando e! usc de los recursos publicos durante el penodo 2009-2011, Articulo 2.- Alcance. Paqina 42 1/:1 PcrUOllO Sistema Peruano de Informacion .luridica Se encuentran sujetas a los Iineamientos de polltica establecidos en el articulo precedente las siguientes entldades: el Ministerio de Agricultura, e! Servicio Naclonal de Sanidad Aqraria (SENASA), el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), el Instituto Nacional de Innavad6n Agraria (INIA), y el Instituto Nacional de Desarrollo (INADE), incluyendo las unidades ejecutoras, programas y proyectos de estas entidades. Articulo 3.- Marco orientador. La inversion publica en el sector agrario se rige par los siguientes criterios: a) Focalizaci6n: proyectos en funci6n a grupos, territorios 0 subsectores a los que se orientan para maximizar sus efectos. b) Impacto en economfa rural: proyectos que impulsen en la agricultura la asociatividad para la competitividad, innovaci6n tecnol6gica. 0 que promuevan condiciones favorables para la inversi6n privada local y regional y el desarrollo de actividades productivas en materia agraria y forestal que permitan el crecimiento y fortalecimiento de la unidades agropecuarias locales, c) Ejecuci6n indirecta: a traves de los gobiernos subnacionales. manteniendo. en el nivel nacional, acciones de supervisi6n y monitoreo. d) Subordinaci6n a polltica sectorial: los proyectos de inversi6n responden a la polftica agraria fijada por el Titular del Sector. e) Sostenibilidad: los proyectos deberan sustentar como. con los recursos futuros disponibles y el marco institucional previsto. qarantizaran su operaci6n, funcionamiento y mantenimiento. luego de concluido su periodo de ejecucicn. Articulo 4.- conducclon. La Oficina General de Planificaci6n Agraria del Ministerio de Agricultura posee las atnbuclones de Oflctna de Proqramaclon e Inversiones del Sector y es el orqano tecntco encarqado de conducir el proceso de inversi6n publica en el sector aqrario. De manera excepclonal y a traves de Inforrne favorable, la Oflctna General de Planificacion Agraria del Ministerio de Agricultura podra exceptuar a un determinado proyecto de inversi6n publica de los alcances de la presente Resoluci6n Ministerial. Articulo 5.- Catlffcaclon de proyectos. Para la formulaci6n de proyectos de inversi6n publica se requerira la previa aprobacion por parte de la Oficina General de Planificaci6n Agraria del Ministerio de Agricultura de una propuesta elaborada por la unidad formuladora, en la cual se exponga el objeto del proyecto de inversi6n publica y como se enmarca en la politica aqraria, as! como datos aproxlmados sobre la poblacion beneficiaria. ambito de ejecucion, duracion. fuente de financiamiento y montos de inversi6n contemplados. La Oficina General de Planificaci6n Agraria devolvera a la unidad formuladora los estudios de preinversion elaborados sin observar 10 sefialado en el parrafo anterior. Articulo 6.- Estudics de Pretnverelcn. Los proyectos de inversi6n publica que se formulen a partir de la vigencia de la presente Resoluci6n Ministerial deberan contemplar montos de inversion que conlleve a elaborar estudios de preinversion a nivel de facfibilidad. Articulo 7.- Ejecuci6n de proyectos Paqina 43 1/:1 PcrUOllO Sistema Peruano de Informacion .luridica Los proyectos de inversion publica que se elaboren preveran mecanismos para que su ejecucion se realice preterentemente a traves de los qobiemos eubnaclonales. as! como mecanismos de supervision y monitoreo. Articulo 8.- Asignaci6n de racursos Durante el proceso presupuestario, los pliegos comprendidos en los alcances del presente dispositivo solo Incluiran para la asignaci6n de recursos publicos proyectos de inversion publica que cuenten con estudios de preinversi6n a nivel de factibilidad y con declaratoria de viabilidad. La Oftcina General de Planificaci6n Agraria excluira durante el proceso de programaci6n presupuestaria aquellos proyectos de inversion publica que incumplan can 10 dispuesto en la presente dtepostclon. Registrese. comuniquese y publiquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura Paqina 44