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قوانين بيرو

Resolución Nº 509/08/PRODUCE - Establece cuota de captura a que se refiere la Resolución Nº 434/08/PRODUCE, sobre el reinicio de las actividades extractivas de anchoveta y anchoveta blanca

صدر في 2008-05-29 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
marine fisheries, marine fishes, seasons, fishing area, allocation/quota, fishery management and conservation, aquatic animals

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  1. 373122 i NORMAS LEGALES EI P,,,,,,, LJrtIii, verne. 00ee"'ill'" Cl? ,WB Establecen cuota de captura del recurso anchoveta a que 88 refierela R.M. N° 434· 2008·PRODUCE RESOLUCI6N MINISTERIAL N°509·2008·PRODUCE Lima, 29 de mayo de 2008 \/istos el Informe N° 221-2008-PRODUCEIDGEPP Dchi de tecta 26demayode2008 de la Direcci6n General de Extracci6n y Procesamiento Pesquero y el Informa N° 044-2008-PRODUCE/OGAJ-YCQ de techa 27 de mayo de 2008 de la Ofioina General deAsesorla Jurldica, y; CONSIDERANDO: Que, conform a a 10 dispuesto en el articulo 2° de la Ley General de Pesce - Decreto Ley N° 25977, los recursos hidrobiol6gicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Necion, por 10 que corresponds al Estado regular el mansjo integral y la explotaci6n racional de dicho s recur sos. considerando que la actividad pesquere es de mteres nacional. Que, el articulo s-oe la citada Ley contempla que score la base de evidencias cientfficas disponibles y de tactores socroeconormcos. la autoridad peequere determinara seqcn el tipo de pesquerfa. los sistemas de ordenamiento pesquero. las cuolas de captura pennistbles. las temporadas y zonas de pesca. la regulaci6n del esfuerzo pesquero. los metooos de pesca. las tallas mrrurnas de captura y demas normas que requieran la preservacon y explotaci6n racional de los recursos pesqueros. Que, mediante la Resoluci6n Ministerial N° 434-2008 PRODUCE del 9 de abril de 2008, se autoriz6 el reinicio de las actividades peequeras del recurso anchoveta (Engraulis ringens) en la zona comprendida entre el extremo norte del dominic maritimo del Peru y los 16" 00' Latitud Sur, a partir del dla 21 de abril de 2008, fijandose en el literal a) de su articulo 2", una cuota de captura de 2 000 000 de toneladas para el perlode del 21 de abril al 10 de mayo de 2008, y en elliteral b) del mismo articulo, una cuota de 1 000000 toneladas a exueerse a partir del 2 de junio de 2008, Que, a iraves de la Resoluci6n Ministerial N° 468-2008 PRODUCE del 29 de abril de 2008, se suspendieron las actividades extractivas del recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en el area comprendida oesoe el extremo norte del dominic maritimo del Peru hasta el paralelo 16"00' Latitud Sur, a partir de las 0000 horas del dfa 6 de mayo de 2008, en raz6n de preverse el cumplimiento de cuota de pesca correspondiente al periodo del21 de abril al10 de mayo de 2008; Que, a raves del informe de vistos, la Direcci6n General de Extracd6n y Procesamiento Pesquero senala que del analisis de la informaci6n diaria del Instituto del Mar del Peru - IMARPE, correspondiente a la pesqueria del recurso anc:hoveta, se observa que entre el 21 de abril y 5 de mayo de 2008, la captura de este recurso en la regi6n norte-centro ascendio a 1853210 toneladas.quedando unsaldo porextraer de 146 790 toneladas correspondiente al periodo de pesca del 21 de abril al10 de mayo de 2008 dspuesto en la Resoluci6n Ministerial N° 434-2008-PRODUCE, recomendando que se reconozca dicho saldo para el perfodo de pesca previsto a partir del2 de junio de 2008, cuya cuota de pesca inidalmente fue dispuesta en 1 000000 toneladas: De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001 PE, as l como en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27789; y, Con el visado del Viceministro de Pesquer!a, de la Direcci6n General de Extracci6n y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de As esotla Jurldica. SE RESUELVE Articulo 1°. Reconocer la existencia de un saldo de captura de 146 790 toneladas del recurso anchoveta oroveoente de re cuota de ceptura prevrsta en ernterai a) del articulo 2° de re Resoiucon Ministerial N° 434·2008· PRODUCE Articulo 2°,· Disponer que re cuota de ceptura oreveta en ernterei b) del articulo 2° de re Resojucon Ministerial I~o 434·2008·PRODUCE sera de 1 146 790 tcrereoee. re rrusrna que Incluye el eeoc de cuota de ceotora del recur so eocrcvete recorocroo a eeves del articulo 1° de re oreser.ie Resoiucon Ministerial Articulo 3°,· Las Dreccones Generales de Exuaccon y Prcceserruemo Pescuer o. de Sepurrrnerno Control y VlgllanCla y de Asuntos Arnbentales en Pescuena del MlnlsterlO de la Prccuccrco. as: como las Direccrones Regionales con cornpetenca pesqueray laDreccon General de cecneoee y Gueroacostas del MlnlsterlO de Defensa y la Auoncac Ponoana ueccre oenuo del ambito de sus resoecaves corrceiercres y jonsoccrones. velaran por el curronoueruo de 10 osouesio en laoresente Resotucon Recistrese corruotccese y ououocese RJl..FAEL REY REY urructro de la Produccron 206826-1

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