Resolución Nº 474/98/DCG - Normas para preparación y ejecución de las pruebas de estabilidad a naves nacionales que realizan actividades acuáticas en el mar, ríos y lagos navegables
صدر في 1998-11-13 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- fishing vessel, standards, navigation
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
Page 166458 Lima, viernes27 de noviembrede 1998 Aprueban' normas para preparaci6n y ejecuci6n de pruebas de estabilidad a naves nacionales que reallzan activi dades acuaticas RESOLUCION DIRECTORAL N' 0474-98/DCG Lima, 13 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, conforme 10establece el Articulo 6° inciso (b) de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, Ley N" 26620 de fecha 7.junio.1996, es funci6n de la Direcci6n General de Capitanfas y Guardacos tas, velar por la Seguridad de la Vida Humana en el mar, rios y lagos navegables. Que, por Resoluci6n Ministerial N° 0375-DElMGP, de fecha 20.marzo.1992, del Ministerio de Defensa, se faculta al Director General de Capitanfas y Guardacostas a dictar normas para la Beguridad de la Vida Humana a bordo. Que, por Resoluci6n Directoral N" 0224-961DCGde fecha 14.agosto.1996, se aprobaron normas para la preparaci6n y ejecuci6n de las pruebas de estabilidad de las naves que se construyen; Que, las naves pesqueras tipo CERCO, por sus caracte rfsticas de trabajo originan angulos de escora pronunciados, por 10que sus caracteristicas de estabilidad deben permitirle contar con una mayor energfa de recuperaci6n; . De conformidad con 10propuesto por el Jefe de Departa mento de Inspecciones Tecnicas y a 10 recomendado por el Director de Control de Intereses Acuaticos de la Direcci6n General de Capitanfas y Guardacostas. SE RESUELVE: 1°,- Aprobar las normas para la preparaci6n y Ejecuci6n de las Pruebas de Estabilidad a naves nacionales, que reali zan actividades acuaticas en el mar, rios y lagos navegables, las mismas que figuran en el anexo 1. 2",- Es responsabilidad del astillero constructor y del Ingeniero 0 Arquitecto Naval a cargo, efectuar la Prueba de Estabilidad bajo la supervisi6n de la Autoridad Maritima y en presencia de un representante del armador 0 propietario. 3°,- La Direcci6n de Control de Intereses Acuaticos de la Direcci6n General de Capitanfas y Guardacostas, dispondra 10necesario para el debido cumplimiento de las normae a que se refiere el articulo anterior, las que entraran en vigencia a partir del siguiente dfa de la publicaci6n de la presente Resoluci6n Directoral. 4°,- Derogar la Resoluci6n Directoral N" 0224-961DCGde fecha 14.agosto.1996,del Director General de Capitanfas y Guardacostas. Regfstrese, comuniquese y archfvese como Documento Oficial PUblico (D.O.P.) LUIS BIANCHI MUNOZ Director General de Capitanfas y Guardacostas ANEXO I NORMAS PARA LA PREPARACION Y EJECUCION DE LAS PRUEBAS DE ESTABILIDAD A NAVES NACIONALES QUE REALIZAN ACTIVIDADES ACUATICAS EN EL MAR, RIOS Y LAGOS NAVEGABLES Articulo 1°,- Serlin sometidas a la prueba de estabilidad o inclinaci6n, las naves nacionales nuevaalmodificadas, cons truidas en acero naval, libra de vidrio u otro material, diferente a la madera, que realizaran actividades en el mar, rfos y lagos navegables. . Articulo 2",- EI solicitante designara un representante como responsable de la ejecuci6n de la prueba de estabilidad, quien estara presente cuando el personal especializado de la Direcci6n General de Capitanfas y Guardacostas, supervise la prueba. Articulo 3°,- Se fijaran en la cubierta unas marcas 0 gufas de ubicaci6n, para asegurar que la posici6n de los pesos escorantes no varie. EI brazo del par escorante, puede marcarse sobre cubierta antes de la prueba, la precisi6n del brazo escorante estara dentro del 0.5%, teniendose en cuenta que los pesos seran colocados de la secci6n media hacia popa y proa. Articulo 4°,- La lectura del calado a proa y popa, se hara antes de la prueba juntamente con las mediciones del fran cobordo en proa, popa y centro (a babor y estribor). Los calados y francobordos deben tomarse con una exactitud de 10 mm. para medir los calados Be utilizara un tubo de cristal con una escala de medir unida, con el fin de reducir las oscilaciones producidae por las olas de superficie, asimismo se medira la densidad del agua. Articulo 5°, EI lin~o maximo de inclinaci6n a cada lado de la condici6n inicial sera, en la prueba de estabilidad de 4° y el minimo de 2",para determinar el angulo de escora, se utilizara un pendulo u otro instrumento aprobado por la Administraci6n, la longitud del pendulo no sera inferior a 3 metros, que permitira una deflexi6n a cada lado de la vertical de 150 mm. como minima, y la tina utilizada sera de forma paralelepipeda, de medidas que permitan el deslizamiento del pendulo para el angulo requerido (4°). ArtIculo 6",- La nave debe estar terminada y en 10 posible con el equipo y las herramientas del astillero reduci das al mmimo, todos los pesos m6viles Be afirmaran a sus posiciones, durante la experiencia el mimero de personas sera minimo, teniendose en cuenta el numero de pendulos instalados, al efectuar cada lectura del pendulo, estas perso nas se situaran en los lugares prefijados. Articulo 7",- Los tanques en general estaran vacios (secos) 0 completamente llenos para evitar el efecto de superficies libres. Be dispondra de informaci6n exacta del efecto de las superficies libres permitidas durante la expe riencia, se comprobara que los tubos de sonda y las planchas de refuerzo debajo de estos, respondan a los supuestos establecidos en las escalas de calibrado de los tanques. Be corregiran cuidadosamente las lecturas de las sondas, segUn Be haga necesario para el efecto de asiento (trimado). Be anotara la densidad de los liquidos para hacer posible los Lima,viemes 27de noviembrede 1998 Pcig. 166459 calculos del efecto de las superficies libres; se comprobara que los aceites y combustibles almacenados, tengan la visco sidad que ocasiona los efectos practices en servicio de las superficies libres. Articulo 8".- La disposici6n de las amarras es muy importante, durante la lectura del pendulo se comprobara que los medios de amarre no afectan al buque. ~iculo9".· La prueba de estabilidad se llevara a cabo con tiempo en calma y en aguas abrigadas sin corrientes importantes y los sistemas de propulsi6n y auxiliares no deben estar en servicio. Articulo 10".-Antes de realizar la prueba de estabilidad, el buque debe estar 10mas adrizado posible y tener un calado suficiente, puede aceptarse una escora hasta de 10 grado. Articulo lr.- Comoresultado satisfactorio de la prueba, se aceptara que los calculos efectuados determinen una Altura Metacentrica Transversal de 450 mm. como minimo y en el caso especifico de las naves de pesca tipo "CERCO"la Altura Metacentrica Transversal sera de 900 mm. como minimo. Ademas, todas la naves consideradas en el Articulo 10 , deberan presentar ante la Autoridad Maritima el estudio de Estabilidad Estatica y Dinamica de acuerdo a las normas tecnicas estipuladas en los Convenios Internacionales vi gentes. Articulo 12".- El incumplimiento de algun paso sefiala do, sera causa para la no realizaci6n de la prueba. 13747