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قوانين بيرو

Resolución Nº 405-2016-MINAGRI ─ Modifica el Manual de operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL)

صدر في 2016-07-26 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Agricultural and rural development
الكلمات المفتاحية
institution, legal proceedings/administrative proceedings, agricultural development, agricultural commodities, credit, inspection, governance

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  1. 595356 NORMAS LEGALES Jueves 28 de julio de 2016 / El Peruano AGRICULTURA Y RIEGO Modifican el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0405-2016-MINAGRI Lima, 26 de julio de 2016 595357NORMAS LEGALESJueves 28 de julio de 2016 El Peruano / VISTO: El O cio N° 1129-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, sobre propuesta de exclusión de la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal Piura; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI, de fecha 13 de enero de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, en virtud de la cual la Dirección Zonal Piura incluye dentro de su ámbito de intervención, entre otras, a la Agencia Zonal Tumbes; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0486-2015-MINAGRI, de fecha 05 de octubre de 2015, se modi caron los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del mencionado Programa, incorporándose como nueva dirección zonal a la Dirección Zonal Tumbes, cuyo ámbito de intervención comprende a las provincias de Tumbes, Contralmirante Villar y Zarumilla; Que, mediante documento del Visto, el Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL propone se excluya la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal Piura, sustentado en el Informe Técnico N° 056-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL –OPP/ UPS y el Informe Legal N° 326-2016-MINAGRI-DVDIAR AGRO RURAL/ OAL, en los que se recomienda excluir la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Piura, pues el ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Tumbes cubre la provincia de Tumbes; Que, a través del Memorándum N° 778-2016-MINAGRI-OGPP/ODOM, la O cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Técnico N° 058-2016-MINAGRI-ODOM/OGPP, de la O cina de Desarrollo Organizacional y Modernización, en el cual se emite opinión favorable sobre la propuesta de exclusión de la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Piura; Que, estando a los fundamentos reseñados, corresponde excluirse la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Piura, debiéndose, en consecuencia, modi car los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario – AGRO RURAL; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi car los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0015 – 2015-MINAGRI, modi cado por las Resoluciones Ministeriales N°0486-2015-MINAGRI, N°0588-2015-MINAGRI, N°0197-2016-MINAGRI y N°0376-2016-MINAGRI, excluyendo del ámbito de intervención y dependencia jerárquica de la Dirección Zonal de Piura a la Agencia Zonal Tumbes, en los términos siguientes: “Artículo 38.- Ámbito de intervención en las Direcciones Zonales y Agencias Zonales. El ámbito de intervención de las Direcciones Zonales y Agencias Zonales es el siguiente: (…) DIRECCIONES ZONALES N° AGENCIAS ZONALES ÁMBITO DE INTERVENCIÓN (Provincias) PIURA 1 AYABACA Ayabaca 2 HUANCABAMBA Huancabamba (…) Artículo 43.- Relación de Puestos AGRO RURAL tiene la siguiente relación de puestos: N° DENOMINACIÓN DEL PUESTO NÚMERO DE PUESTOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Dirección Zonal Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Puno, Pasco, Piura, Tacna, Moquegua, Tumbes. 28 Director Zonal 19 Agencia Zonal 29 Jefe Zonal 92 ” Artículo 2.- Quedan subsistentes los demás extremos del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario O cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob. pe) y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural. gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta Resolución en el referido Diario O cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1410134-1

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