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قوانين بيرو

Resolución Nº 395/11/PRODUCE - Establece disposiciones relativas a la temporada de pesca del recurso camarón de río de la vertiente occidental de los Andes

صدر في 2011-12-19 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
inland fisheries, crustaceans, fishing gear/fishing method, size, fishing area, seasons, fishery management and conservation, aquatic animals

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  1. Destgn an Secretarto General de l Mtn tsst e rto RESOL UCI6N MINISTERIAL N°394-2011-PRODUCE Lima. 19 de dicembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General del Minister~ de laProouccicn, cargo consceracc de confianza ; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto de acministracicn por er cuar se designe at funcionario que oesempenara dicho cargo; Con la visacion de! Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica: y, De conformidad con 10 dispuesto per la Ley N° 29158 , Ley Orqarnca del Poder Ejecutivo, la ley N° 27594 , Ley que regula \a cernccecon del Poder Ejecut ivo en el nombramiento y desiqnacicn de funcionarios publiccs: el Decreto Legislativo N° 1047, ley de OrganizaciOn y Funciones del Ministerio de la Procucccn , y, er Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Orqanzacion y Funciones del Ministerio de la Prooucccn y sus mocificatorias: SE RESUElVE: Art ic u lo u mcc.. Designar, a partir de la fecha , al senor eccceoc PEDRO ENRIQUE PRADO PRADO , en et cargo de Secretaric Genera l del Ministerio de la Produccic n, cargo considerado de ccrrnanza . Reqistrese . comuntquese y pubt'quese JOSE URQU IZO MAGGIA Ministro de la Produccic n 730365-2 Estab lecen dt spos tctoncs relativas a la temporada de pcsc a de espcctes nativas del recurso camaron de r io e n c ue rpos de ag ua p ubltcos de la ve r tien te occidental de los An des RESOLUCI6N MINISTERIAL N° 395-2011-PRODUCE Lima . 19 de diciembre de 2011 VISTOS: EI once N" DE-1QQ-358-2011-PRODUCEI IMP del Instituto del Mar del Peru - IMARPE, e! inrorrre N" 908-2011-PRODUCElDGEPP-Dch de la Direcci6n de Consume Humano de fa oeecccn General de Extracci6n y Procesamento Pesquero y el Intonne N" 200-2011 PRODUCE/OGAJ-rzarale de !a Oficina General de Asesoria Jurldica; y, CONSIDERANDO : Que, el articulo 2° de la ley General de Pesca, Decreto ley NO 25977 , establece que son patrimonio de la Naci6n los recursos hidrobiol6gicos contenidos en las aguas jurisdicclon ales del Peru. En consecuencia, corresponde at Estado regula r et manejo inte9ral y la explotaci6n racional de dlchos recursos , conSlderando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9" de la citada ley dispone que el Ministerio de la Producci6n, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de fad ores socioeconomicos, determ inara segun eltipo de pesquerias, los sistemas de ordenam iento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas yzonas de pesca ,la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las talla s minimas de captura y demas normas que requieran la preseNaci6n y explotacion racional de los recursos hidrobiolog icos; asimismo, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenam iento que mediante disposi tive legat de caracter general dicta el Ministerio; Que, por Resoluci6n Ministerial N° 312-2006 PRODUCE del 10 de noviembre de 2006, se estableci6 el 5 periodo corcreoncc entre el 1 de abnl y el19 de dicemore de caoa anc como la temporada de pesca de las especies nativas del recurso cameron de rio Cryphiops caementarius yMacrobrachium spp en los cuerpos de agua cccucce de la vertente occidental de losAndes, quedando prohibida la extracei6n, procesamiento, transporte, ccmeroanzacon y utilizaci6n del recurso entre el20 de ccembre de caoaenc y el 31 de marzo del aac squente: Que, el articulo 20 de la Resoluci6n Ministerial indicada en el consceranoo preceden te dispone que el inicio y termmc de los periodos de libre pesca y de veda a los que se reflere el articulo 1° de Ia misma podran ser modificados por recomendaci6n del tostltuto del Mar del Peru - IMARPE 0 de las Oirecciones Regionales de la Produccon competentes . los que reanzarae el monitoreo de la actividad exnacnva y el sequirmento de ra evoiucron del proceso reproductive del recurso camarcn de rio ; Que, la Resclucicn Ministerial N° 083·2007-PRODUCE cer zz de marzo de 2007 estaoece las condiciones para rea lizar la actividad extractiva de las especies nauvas del recurso camarcn de rio Cryphiops caementarius y Macrobrachium spp en los cuerpos de agua pubjcos de la vertiente occidental de los Andes duran te la temporada de pesca establecida por !a Resolucion Ministerial NO 312 2006-PRODUCE; Que , el Instituto de l Mar del Peru - IMARPE a traves del Oficio de VIStOS remite el docume nto denominado ccnstceracrones acerca de ta Veda Reproductiva del "camarcn de rio", en el que se senate que en los muestreos realizados en los meses de octub re (Tambo y occnai y noviernbre - dciembre (Majes-Camana) del presente alio se han registrado especimenes madurantes o en maduraci6n avanzada en relativos porcentajes, 10 que se explica por cuanto aun no se inicia er periodo de mayor activ idad reproductiva del cameron : por to que , teniendo en cuenta dichc retrasc en fa madurez gonadal , conscera posibleprorrogar un maximo de 15 eraserinlcio del periodo de la veda reprodudiva del cameron de rio; Que , la utreccrcn General de Ext racci6n y Procesarniento Pesquero a traves del Informe de vistcs, en tuncrcn a la recomendaci6n efectuada por el IMARPE y per considerar factib le hacer extensiva dicha recomendaci6n a todas las poblaciones de cameron de ambientes naturales de la vertiente occidental de los Andes Peruanos, propone modi ficar temporalmente er periodo de ra prohibici6n de ra extracco n, crocesarruentc , transporte, comercianzacicn y uunzecrcn de las especies nativas del recurso cam ar6n de rio Cryphiops caemenlarius y Macrobrachium spp dispuesto per el articulo 1° de la Resolution Ministerial N° 312 -2006 -PRODUCE, estab leciendo como fecha de inicio de! mtsmo era de enero de 2012 ; Con el visado de la Viceministra de Pesqueria y de los Directores Generales de la Direcci6n General de Extraccion y Procesamientc Pesquero y de la oncma General de Asesoria Juridica ; y. De conformidad con las disposiciones contenidas en er n ecretc Ley N° 25977 , Ley General de Pesca . su Reglamento , aprobado por Decreto Supremo N° 012 2001-PE yel Reglamento de Orqanzaoon y funciones del Ministerio de la Producci6n. aprobado por Decre to Supremo N° 01Q-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°. Establecer excepcionalmente que la lemporada de pesca de las especies nativas del recurso camaron de rio Cryphiops caementarius y Macrobrachium spp en los cuerpos de agua publicos de la vertiente occidenta l de los Andes para el alio 2011 sera hasta el 2 de enero de 2012 , quedando prohibida la extracd6n, procesamiento, Ifansporte, comercializacion y utilizacion del recurso a partir del3 de enero de 2012 hasta el31 de marzo de 2012 . A part ir del 1 de abril de 2012, resulta de aplicaci6n 10 dispuesto en el articulo 1° de la Resoluci6n Ministerial N° 312-2006-PRODUCE. Art iculo 20.- Las Direcciones Genera les de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Extracci6n y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producdon, las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Reg ionales, los Minlsterios de Defensa y del Interior y las Municipa lidades, en el ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizaran las acciones de difusi6n que correspondan y velaran por el REAL TIME EIRL cumpbmiento de 10 establecido por la presente Resoluci6n Ministeria l Reg istrese, ccmcntquese y publiquese. JOSE URQUIZO MAGGIA M inistro de la Producci6 n 730885 -1 Dejan sin efecto dtspos tctones con tentdas en la HoM. Nil 288 -2011 PRODUCE , re cobrando cfecto las dtspostc tones co n te n lda s en la R.M . N!! 4 83-2009 -PHODUCE , Y dtsponen que cl IMARPE e fectue la evaluaci6n poblaclonal del rccurso pulpo RESOLUCI6N MIN ISTE RIAL N" 396- 2011-PROOUCE lima, 19 de dlQembre de 20 11 VlSTOS: B Oficio N" oe-1ClO-347-2011-PROOUCE1 IMP oer Instnrto det Mar det PerU. elln~ N" 909-2011 PROOUCEJDGEpp-DchdeIaOftco6ndeConsumo Ht.n1aflO de ta 0Wecx:i0n General de Extraa:iOn y~ Pesqueroy ellntorme N" 199-2011-PROOUCE.oOGA.kzarate de IaOficinaGeneral de A.sesoria JuridlCa; 'I, CONS IOEAANDO Que, el art iculo 2° del Oeaeto Ley N° 25977 Ley General de Pesca estableoe Que los recu rsos hidrooiOl6giCOS contenidos en las aguas jurisd icciOnales del Peru son patrimo niOde la NaCi6n, correspofldiendo at Estado regular el mane)o integral y la explot aci6n raccoat de dcncs recurscs. ccnecerarcc Que la aClividad pesqueraes de interes nad onal ; Que, el art iculo 9° de la cteea Ley establece Que el Mlnisterio de la Produ cci6n, score la base de evidences cient ificas dispon ibles y de ractores socoeconomcoe. determina ra, segun er tipo de pesqoenas. los sistemas de ordenamiento pesquerc. las cuotas de capnsa perrrusible. las temporadas y zonas de pesca .1aregulaci6n delesfuerz o peSQuero , los metodos de pesca , las tallas minimas de captura 'I demas normas Que reQuiera n la presef'lla ci6n y explotaci6n racional de los recursos hidrobiol6gicos; ademas, Que los de rectlos adm inistrati vos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento Que mediante dispositivo lega l de carileter genera l dicta el Ministerio : Que , a trave sde la Resoluci6n Ministerial NO 483 -2009 PRODUCE, del 12 de nov iembre de 2009, se prohlbe la extracci6n del recurso pulpo (Oc1opus m imus) en el ambito de los departamentos de Lambayeque y Piura, asi como el transporte, C0ffi6rcia lizaci6n, almacenamiento y procesamiento de ese recurso, a partir del dia siguiente de la pub licaci6n de la citada Resoluci6n, hasta Que los resultados de los estud ios poblacionale s de l Instituto del Mar de l PerU - IMA RPE demuestren la existencia de signos de recuperaci6n de la especie; Que, med iante Resoluci6n Ministerial N° 288 2011-PRODUCE , se pro hlbe la ext racci6n , transporte, comerci alizaci6n , almacenamiento y procesamiento del recu rso pulpo (OCtopus mimus) en lodo ellilo ral peruano, por un periodo de Ires (3) meses. con tados a partir de l dia sigu iente de la publicaci6n de Ia cil ada Resolucion : Que. a Iraves del 0flCi0 N" DE-1OQ-347-2011 PRQOUC E/lM P, el Instituto del Mar del Peru - IMARPE , alcanza el lnforme Tecnico "Prospecciones biOl6giCO peSQueras del pulpo OCtopus mimus (Goukl , 1852) en las principales areas de extracci6n del litoral peruanoo, en el cual ~ala Que: a) Los resultados de Ia prospecci6n evidenciaron el creciml8nlo sornalico del recurso con presencia de una fraCCi6nde ejemplares de peso comercial en las areas prospectadas. reglStrandose enlre 25% y 38% de ejemplares menores at peso mlnimo de eldracci6n, a excepci6n de Ia Bahia de 5echura dotide el 73,8% estuvo pordebaio del PME e Istay - Qu ilea con eI57.5%.Asimismo, 6 en las investigaciones efec1uadas en las Islas Lobes de 'terra (cctubre 20 11) Y Lobes de Afuera (diCiembre 2011) se cbservercn el 100% y 50% de ejemplares menores et PME, rescectrvarnente: y, b) el recurso pulpo se encontr6 iniciando erprccesode desove entre la Bahia de sechura e Islay -Quilea, y en larase de maduraci6n proxima al desove en el Iitoral Moquegua y 'tacna. Este comportamiento responde al pat r6n reproductivo de la espece. que si bien prese nta oesoves a 10 largo del ano. los pees prinCipales se producen en primavera y verano (Cardoso et aI., 204; Ishiyama et aI., 1999): por10 que reccmence. entre once. autorizar Ia actividad enracsva del pulpo (OCtopus mimus) en etjt orat, excepto en las Regiones Piura y Lambayeq ue, a part ir del 20 de ecer ore de 20 11: Que, Ia Oirea:i6n General de Extracci6n y Procesamiento Pesqoerc , a traves del Informe N" 909 2011-PR OOUCEIDGEPP-Och y en virtud de la informaci6n propo rcio nada par ellnstlluto del Mar del Peru - IMARPE, recomeec a dejar sin eledo las d,sposiciones ccotencas en Ia Resoluci6 n M iniste rial N" 288-2011·PROOUC E, asr como ma ntener las dispoestas en taResotuci6n Ministeria l N" 483-2009-PROOUCE: De confol'lTMdad con las dlsposiciOnes contenidas en el Decreto Ley N° 259n • Ley Ger'lera l de Pesca . so Reg lamento aprobad o par el Decret o Supremo N° 012 2001-PE . el Reglamenlo de Organizaei6n y Funciones del M iniSterio de Ia Proruccon. aprobado por Oeaeto Supremo N" 01Q-2006- PRODUCE : v. Con el visado de Ia VlCefTllnlStra de Pesqeena y de los Directores Generales de Ia Direcci6n General de Ext racci6 n y Procesamiento Pesquero y de Ia Oficin a General de Asesoria Juridica: SE RESUELVE: Articulo 1°. DeJar sin efecto las disposiciones conlenidas en Ia Resoluci6n Ministeria l N" 288-201 1 PRODUCE , a partir del 20 de diciembre del 2011, reccerarc c efectc las disposiciones contenoas en la Resoluc:i6rl Ministe rial N" 483-2009-PROOUCE. Artic ulo "r'.- EI lnstiMo del Mar del PerU - IMARPE, efeduar.i laevaluaci6n cceeccoer del reccrsc pulpo (Odopus mimus), con el prop6sito de recornendar las eeeees y actiones de Ofdenamiento pesquero necesarias para SO protecei6n y explo(aOOn racional, Quedando excepluado de los alcances de la presente ResoIlJci6nMlfliSterial, A rt icu lo 3" ,·Las Oirecciones Gene rales de Seguimiento, Control y V'9i1ancia y de Ext racei6n y Procesa miento Pesquero del Ministerio de la Producci6n . las Direcciones Regiona les 0 a las que hagan sus veees con competencia peSQuera del Gobierno Regional correspo ndlente, los Ministerios de Oetensa y del Interior ylasMun icipalidades,en el ambito de sus respect ivas competencias y jurisdicciones, real(zaran las acciones de difusi6n que correspondan y velaran por el estnc10cumpllmiento de 10 establecido per la presente Resolu ci6n Ministerial. Reg istrese, comuniquese y publiQuese. JOSE URQ UIZQ MAGGIA M inistro de la Produ cci6n 730885-2 REIACIONES EXTERIORES Autorizan vlaje. en comlslon de se rvlclos. de Integrantes de la Vigesima Campana Cie ntifica de l Peru a la Ant artlda (ANTAH XX) a la Estaclon Cle nti flca Antartlca Machu Plcchu IECAMPJ RESOL UCION SU PREMA N" 456-2t:l11-RE Lima, 19 de diCiembre de 2011 VISTA: La ResoIuc:iOn MII'H:sterial NO 007C!lRE-2011, de 24 de ene ro de 2011. QueautoriZa Ia Vigesima Cafl'l)8na Cientffica REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL

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