Resolución Nº 319-2017-EF ─ Conforma Equipo Técnico de Trabajo denominado Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola
صدر في 2017-09-13 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- sustainable development, institution, aquaculture, mariculture, capacity building, public private partnership (PPP), business/industry/corporations, international trade, governance
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40 NORMAS LEGALES Jueves 14 de setiembre de 2017 / El Peruano Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Defi nir como Entidad Tipo B del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, al Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, y al Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA PILAR DÍAZ UGAS Secretaria General 1565268-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de especialista a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 316-2017-EF/43 Lima, 12 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 350-A-VI-2-024 de fecha 10 de agosto de 2017, el Centro Multilateral de Impuestos de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas, para participar en el “Seminario sobre BEPS y las Guías de Precios de Transferencia”, a llevarse a cabo en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 25 al 29 de setiembre de 2017; Que, el mencionado seminario tiene como objetivo presentar la revisión de las Guías de Precios de Transferencia posterior a la aprobación de los resultados del Proyecto de Erosión de la Base Imponible y Traslado de Benefi cios – BEPS (por sus siglas en ingles), las mismas que son fuente principal en la emisión de la normativa interna peruana en materia de Precios de Transparencia; Que, asimismo, en el citado evento se desarrollarán los siguientes temas: i) la guía para aplicar el principio de plena competencia, los riesgos y las transacciones de productos básicos; ii) la guía sobre el método transaccional de partición de utilidades, los intangibles, los servicios intragrupo de bajo valor agregado y los acuerdos de contribución de costos; y, iii) casos de estudio relativos a los temas cubiertos de naturaleza práctica; Que, la participación del Ministerio de Economía y Finanzas, en el mencionado seminario forma parte de la ejecución del compromiso asumido por el Perú en el “Programa País” de profundizar las relaciones que lleven en un futuro a que nuestro país pueda convertirse en miembro de la OCDE en el mediano plazo; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Diego Pablo Fuertes Zorrilla, Especialista en Tributación III de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, en el citado evento, toda vez que los contenidos temáticos a abordarse, la información y experiencias a intercambiar, se vinculan al ámbito de actuación de la referida Dirección General y contribuyen al desarrollo de las funciones que les han sido atribuidas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, en consecuencia, y siendo de interés nacional e institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva Nº 002-2015-EF/43.01 – Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial Nº 069-2015-EF/43 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Diego Pablo Fuertes Zorrilla, Especialista en Tributación III de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, del 24 al 30 de setiembre de 2017, a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 1 584,83 Viáticos (5 + 1 día) : US$ 2 640,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 1564400-1 Conforman Equipo Técnico de Trabajo denominado “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 319-2017-EF/10 Lima, 13 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 117-2014-MEF, dicho ministerio tiene -entre otras- competencias en materias de carácter económico, fi nanciero, fi scal, inversión pública y privada, presupuesto público, endeudamiento público, tributario, utente Cross-Out 41NORMAS LEGALESJueves 14 de setiembre de 2017 El Peruano / aduanero, arancelario; así como en armonizar la actividad económica y fi nanciera nacional para promover su competitividad, la mejora continua de productividad y el funcionamiento efi ciente de los mercados; y las demás que se le asignen por Ley; Que, conforme al artículo 3 del citado ROF, el MEF tiene entre otras funciones, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política económica y fi nanciera nacional y sectorial, aplicable a todos los niveles de gobierno; dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política económica y fi nanciera; formular, proponer, ejecutar y evaluar políticas, normas y lineamientos técnicos sobre materia de inversión pública y privada; formular, proponer, ejecutar y evaluar las políticas, normas y lineamientos técnicos sobre competencia y calidad normativa, promover la efi ciente asignación de recursos y aumentos continuos de la productividad y competitividad; así como, coordinar con los demás Ministerios y organismos de la administración pública las actividades vinculadas a su ámbito de competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM, se constituyó el Consejo Nacional de la Competitividad y Formalización, como una comisión de coordinación de asuntos específi cos del MEF, encargada de desarrollar e implementar un Plan Nacional de Competitividad con el objeto de mejorar la capacidad del Perú para competir en el mercado internacional, y que tiene entre otras funciones, proponer al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, proyectos normativos necesarios para la mejora de la competitividad, en forma coordinada con los sectores competentes; evaluar las políticas de competitividad así como su implementación; así como ejecutar las actividades complementarias que fueran necesarias para lograr los objetivos que le son encomendados; Que, el literal f) del artículo 5 del Decreto Supremo N° 024-2002-PCM, establece que la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de la Competitividad y Formalización, a cargo del Director Ejecutivo, tiene entre sus funciones el convocar a equipos técnicos de trabajo público – privados para la identifi cación y seguimiento de las reformas prioritarias en materia de competitividad; Que, el artículo 7-A del Decreto Supremo N° 024 2002-PCM señala que los equipos técnicos de trabajo estarán conformados, indistintamente, por miembros del sector público, privado, académico y del campo de la investigación, cuya participación sea relevante al tema, quienes actuarán ad honorem, estando la coordinación de los mencionados grupos a cargo de la Secretaría Técnica; Que, en ese sentido, es de suma importancia conformar un espacio de coordinación público – privado, a fi n de contribuir con el desarrollo del potencial del sector acuícola, favoreciendo la productividad y competitividad del mismo; impulsando, de esa manera, el crecimiento económico; por lo que, resulta conveniente la conformación del equipo técnico de trabajo denominado “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola”, desde la perspectiva de la productividad y competitividad, conforme con lo acordado por el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización; Que, acorde con las competencias del Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesario promover e impulsar estrategias, mecanismos e instrumentos que, desde una perspectiva de gestión e implementación de políticas públicas, contribuyan con el desarrollo y la mejora de la productividad y competitividad, en el presente caso con el desarrollo del sector acuícola; Que, en ese sentido, el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, en su sesión del 23 de agosto de 2017, acordó promover, implementar y utilizar a las “Mesas Ejecutivas” como una herramienta de gestión que contribuya con la productividad y la competitividad; por lo que, corresponde en el presente caso la conformación del Equipo Técnico de Trabajo denominado “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola”; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 117-2014-MEF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; y, el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM, que crea el Consejo Nacional de la Competitividad y Fiscalización; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Conformar el Equipo Técnico de Trabajo denominado “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola”, que tiene como objeto identifi car, promover y proponer acciones que impulsen el sector acuícola, así como permitan facilitar y favorecer la productividad y competitividad de dicho sector, a fi n de contribuir con el crecimiento económico. Artículo 2.- Conformación La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola” está conformada por: a) El Ministro de Economía y Finanzas, o su representante, quien lo presidirá. b) El Ministro de la Producción, o su representante. c) El Ministro de Comercio Exterior y Turismo, o su representante. d) Un representante del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, SANIPES. e) Un representante de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo, PROMPERU. f) Un representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas, CONFIEP. g) Un representante de la Sociedad Nacional de Industrias, SNI. h) Un representante de la Asociación de Exportadores, ADEX. i) Un representante de la Sociedad de Comercio Exterior del Perú, COMEXPERU. j) Un representante de la Sociedad Nacional de Pesquería, SNP. Artículo 4.- Designación de los representantes Las entidades públicas y privadas que conforman la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola” podrán acreditar a sus representantes, titular y alterno, ante la Secretaría Técnica de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola”, mediante comunicación escrita, en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5.- Compromiso y participación Los integrantes de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola”, sean del sector público y privado, ejercen el cargo ad honorem y deben cumplir y contribuir de manera sostenible y responsable con la identifi cación de los problemas, difi cultades, barreras o ausencia del sector público, así como en las propuestas de solución que se requieran y su implementación, entre otros aspectos que se requieran, con la fi nalidad de favorecer el desarrollo y la competitividad acuícola, en aras del interés público. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola” estará a cargo del Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización, quien brindará el apoyo técnico y administrativo necesario para el desarrollo y cumplimiento del objeto de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola”. Artículo 7.- Colaboración de profesionales La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola” podrá contar con la colaboración de profesionales con experiencia o especialistas en temas de gestión e implementación de políticas públicas, así como en las demás materias que se aborden en la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola”. Artículo 8.- Participación de invitados La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola” podrá invitar a participar de las reuniones o sesiones de la misma, a otros representantes o especialistas del sector público o privado, cuando se considere conveniente para abordar temas concretos o específi cos. 42 NORMAS LEGALES Jueves 14 de setiembre de 2017 / El Peruano Artículo 9.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada Pliego Institucional asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Artículo 10.- Instalación La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola” se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la misma fecha en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 1565314-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO N° 263-2017-EF Mediante Ofi cio Nº 1268-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 263-2017-EF, publicado en la edición del día 8 de setiembre de 2017. DICE: “Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia Financiera del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, a favor del pliego 465: Municipalidad Metropolitana de Lima, (….)” DEBE DECIR: “Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia Financiera del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, a favor del pliego 150101: Municipalidad Metropolitana de Lima, (….)” 1565313-1 EDUCACION Autorizan Transferencia Financiera del Programa Educación Básica para Todos a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, para financiar transferencia financiera en el marco del Convenio N° 438-2017-MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 501-2017-MINEDU Lima, 13 de Setiembre de 2017 CONSIDERANDO Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 676-2016-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 477 963 653,00 (DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2017, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; asimismo, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban mediante resolución del titular del Pliego, previo informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfi ere los recursos. La resolución del titular del pliego se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, con fecha 26 de mayo de 2017, el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Ingeniería– UNI, suscribieron el Convenio N° 438-2017-MINEDU, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, con el objeto que las partes ejecuten los actos necesarios y sufi cientes para la elaboración de temarios, matrices e ítem de evaluación para ampliar el banco de ítems de la forma educativa de Educación Técnico Productiva, los cuales serán utilizados en los diversos concursos y evaluaciones docentes previstas en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; estableciéndose además, que el Ministerio de Educación transferirá a favor de la UNI el monto de S/ 1 041 700,00 (UN MILLON CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS Y 00/100 SOLES), suma que cubre los costos y gastos administrativos efectivamente realizados por la UNI para el cumplimiento del objeto del Convenio bajo comentario; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral VI. TRANSFERENCIAS A REALIZAR del Anexo A TERMINOS DE REFERENCIA del Convenio N° 438-2017-MINEDU a la conformidad del Informe 3 corresponde efectuar la transferencia del cuarenta por ciento (40%) del monto al que se hace referencia en el considerando precedente; Que, con Memorándum N° 2102-2017-MINEDU/VMGP DIGEDD e Informe Técnico N° 009-2017-MINEDU/VMGP DIGEDD-DIED, la Dirección General de Desarrollo Docente otorga conformidad al Informe 3 presentado por la UNI, y solicita se efectúe una Transferencia Financiera hasta por el monto S/ 416 680,00 (CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), para fi nanciar la segunda transferencia del Convenio N° 438-2017-MINEDU conforme a lo establecido en el numeral VI. TRANSFERENCIAS A REALIZAR del Anexo A TERMINOS DE REFERENCIA del referido Convenio; Que, a través del Informe N° 604-2017-MINEDU/SPE OPEP-UPP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la UNI y señala que en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para fi nanciar la citada Transferencia; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 416 680,00 (CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), para fi nanciar la segunda transferencia del Convenio N° 438-2017-MINEDU;